L

El artículo publicado no dice que el troyano de la policía sea una solución. Simplemente aporta un punto de vista de una persona he hubiera preferido que la troyanizaran a que arrasaran con su vida con un maldito registro domiciliario.

L

Vivimos troyanizados, Google, Facebook o Twitter saben más de nosotros que nosotros mismos. El troyano de la policía no serviría para detener a delincuentes peligrosos. Esos están a años luz de cualquier troyano policial.

L

Todos y cada uno de los archivos que ha motivado una redada P2P en España, todos siguen ahora mismo disponibles en las mismas redes P2P. En estas redadas no se suelen liberar niños ni detener a agresores sexuales. Por otro lado, estas redadas suelen iniciarse gracias a la descarga accidental que sufre un usuario que lo denuncia a las autoridades, generando la detención posterior de otros usuarios que pudieran estar en similar situación que el usuario denunciante.

L

Evitar el debate tampoco es una buena salida a las medidas represoras. No te creas que el titular es muy sensacionalista. En cualquier caso, acepto que me he suicidado en menéame.

D

#113 Cierto, tendría sus buenas aplicaciones, es sencillo de ver. Como también lo tendría el que pusieran cámaras de vigilancia en todas las habitaciones de absolutamente todas las viviendas, pero, ¿aceptarías tal violación de la intimidad?.

L

Yo fui detenido en 2006 en una redada P2P bajo el criterio policial de presunción de placer remoto en una única descarga P2P detectada por un agente de la BIT con un eMule Plus v.1.g como rastreador sin control judicial previo. Nunca hallaron esa descarga en mi casa.

Personalmente, hubiera preferido que me troyanizaran toda mi VIDA DIGITAL antes de que arruinara con un registro domiciliario mi VIDA REAL.

En 2010 fui absuelto y el Juez calificó de INSUFICIENTE la investigación de la BIT.
¿Quizás troyanizar evitará ejecuciones sociales innecesarias?

L

La reforma del artículo 189 es un despropósito. Dudo mucho que esa medida sirva para proteger a la infancia de los abusos sexuales infantiles, principalmente porque éstos ocurren en el entorno cercano del niño, lejos de internet. La pornografía infantil es, comparativamente, residual frente al número de abusos que ocurren. Por otro lado, la pornografía infantil debe ser considerada una evidencia de un delito antes que un producto sexual. Por tanto, generar histeria con estos asuntos en nada beneficia a la infancia.

Yo fui detenido en 2006 en una redada P2P por pornografía infantil bajo el criterio policial de presunción de placer remoto en una única descarga P2P detectada con un eMule Plus v.1.g que utilizó un policía de la BIT como rastreador. Nunca hallaron esa descarga en mi casa, pero como había que justificar la cagada de entrar en mi casa, derivaron la atención hacia otros archivos pornográficos (sí, yo tenía porno adulto). Una médico forense catalogó a ojo de buen cubero algunos de esos vídeos como menores de 10 y 11 años. Las niñas resultaron ser actrices porno adultas
http://indignado7777.wordpress.com/2009/07/16/lineaeroticabrook/

Fui Absuelto después de CUATRO años de pesadilla judicial.

Con el Código Penal de Gallardón yo posiblemente estaría en prisión

L

Cuando se apruebe el futuro Código Penal de Gallardón, se ofrecerá una definición de pornografía infantil que criminaliza, entre otras cosas los dibujos de apariencia "infantil" :
http://www.lawp2p.com/indignado77/codigogallardon.pdf

Definición que aparece en la página 110:

A los efectos de este título se considera pornografía infantil o en cuya elaboración hayan sido utilizados personas con discapacidad necesitadas de especial protección:



c. Todo material que represente de forma visual a una persona QUE PAREZCA ser un menor participando en una conducta sexualmente explícita, real o simulada, o cualquier representación de los órganos sexuales de una persona QUE PAREZCA ser un menor, con fines principalmente sexuales, salvo que la persona QUE PAREZCA ser un menor resulte tener en realidad dieciocho años o más en el momento de obtenerse las imágenes.

L

Estáis hablando de pena de muerte, castración química, etc. La inmensa mayoría de los detenidos por "pedofilia" en España son simples usuarios de las redes P2P. La noticia comienza hablando sobre las redadas P2P
http://www.lawp2p.com/peer/resumenoperaciones

En España la pedofilia (una parafilia) se diagnostica remotamente a golpe de rastros P2P.
Recomiendo ver este vídeo para separar conceptos científicos



Todos y cada uno de los archivos que han originado una redada P2P, todos siguen estando disponibles públicamente en las redes P2P. Esos archivos no son retirados (imposibilidad técnica mientras exista una fuente en alguna parte del mundo).

La gran mayoría de los detenidos P2P no son abusadores sexuales. Obviamente existen pedófilos pero también existen personas que no lo son, víctimas de unas investigaciones policiales peligrosamente insuficientes. Los detenidos P2P, al contrario de lo que se suele afirmar por la policía, no suelen ser reincidentes. Ver sentencias y observar columna de antecedentes penales
http://www.lawp2p.com/peer/resumensentencias

Mientras la Sociedad aplaude estas redadas ciegamente, detrás se esconde tragedias personales y familiares horrorosas.
Niños que ven cómo sus padres son señalados como lo peor de la sociedad ¡por unas descargas que siguen en el mismo sitio!
Parejas que se destrozan al no poder soportar esta situación
Usuarios P2P indefensos ante un sistema que defiende el in dubio pro Fiscal
Suicidios...

Yo fui detenido en una redada P2P de la BIT. El criterio policial para entrar en mi casa y joderme la vida fue la detección de UN RASTRO P2P ¡¡¡UN RASTRO!!!. Nunca encontraron ese archivo en mi casa. Todo se derivó en otros archivos que fueron catalogados a ojo de ¿buen? cubero como pornografía infantil. Las supuestas niñas eran ACTRICES PORNO ADULTAS. Después de cuatro años fui ABSUELTO.
http://indignado7777.wordpress.com/2008/12/11/un-resumen-de-mi-caso/

L

CRITERIOS POLICIALES ERRÓNEOS:
- Una IP en internet no determina remotamente al infractor, sino al titular que paga la factura que puede estar ajeno a lo que por su conexión transcurre: varios usuarios, varios ordenadores, wifi robada, malware, descarga accidental,...
http://indignado7777.wordpress.com/2009/10/12/tambien-se-puede-cometer-un-asesinato-por-internet-por-ejemplo-cambiando-la-medicacion-pautada-a-un-paciente-en-un-hospital/

- El HASH de archivo MD4 en la red eDonkey2000 no determina remotamente su contenido. Sirve para una vez descargado comprobar que lo que hemos recibido genera el mismo resultado HASH que lo anunciado. Los rastreadores policiales se limitan a saltar la foto del radar cuando una IP aparece como fuente disponible de todas las partes de un archivo. Un cliente P2P puede ofrecer cola sobre un archivo inexistente: http://www.lawp2p.com/indignado77/FalseQueueRank.pps

- Cuando la policía dice que se ha seleccionado a aquellos usuarios que estaban compartiendo el archivo con nombre explícito a pornografía infantil, omite decir que ese nombre explícito suele estar formado por palabras o siglas inglesas QUE PUEDEN PASAR DESAPERCIBIDAS PARA EL USUARIO. Supongamos un usuario que busca la palabra SEX y descarga los primeros 100 resultados ¿conocéis a alguien así?. Es posible que entre esas descargas aparezcan archivos que contengan las palabras malditas
http://indignado7777.wordpress.com/2011/07/16/las-palabras-malditas/

L

Los detenidos son simples USUARIOS de eMule. No conforman una red organizada como se intenta vender mediáticamente. Ninguno de los detenidos tiene relación entre sí y NO SON LOS PRODUCTORES DE ESOS CONTENIDOS.

Es importante SEPARAR ya que este tipo de noticias contienen una bruma que presenta a los detenidos como si de abusadores sexuales infantiles se tratara. NADA MÁS LEJOS!.

- La operación se llevó a cabo gracias a informaciones aportadas por los ciudadanos = descargas accidentales notificadas.

- Se "analizaron" casi 31.000 conexiones P2P = 31.000 fuentes P2P correspondientes a los HASH de archivo investigados.

-De esas 31.000 conexiones 48 tenían IP española.

-Entre imputados y detenidos suman 41, los siete que faltan "ya habían sido detenidas por hechos similares" ¿y con qué resultado? ¿si has sido detenido antes ya no te detienen por estos hechos? Es extraño: por lo general un detenido P2P deja de usar eMule.

-Ninguna de estas personas, la "inmensa mayoría hombres", era autor de las imágenes distribuidas.

-Un profesor de educación infantil, un técnico informático, jubilados y desempleados. Estos dos últimos colectivos representa el 50% de los detenidos e imputados.

-Las IP aparecían como fuentes disponibles de al menos 3 archivos catalogados como ilegales por su HASH y con nombres compartidos ¿explícitos? a pornografía infantil. Este criterio policial es peligrosamente insuficiente. Un cliente P2P puede dar positivo sobre unos archivos que ya no existen: False Queue Rank y el nombre explícito suele estar formado por siglas y palabras inglesas que pueden pasar desapercibidas para el usuario.

L

No es la primera vez que sucede

03.12.2011
Marcelino Madrigal publicó en su TL un perfil explícito de pornografía infantil
http://goo.gl/7qunn

20.12.2011
La imprudencia de no distinguir entre aquí (España) y allí (California)
http://goo.gl/NdG6J

31.12.2011
Cerca de 4000 Twitteros publicitaron un perfil que solicitaba pornografía infantil y la GC dice que es “colaborar”
http://goo.gl/crFFj

L

No es la primera vez que sucede

03.12.2011
Marcelino Madrigal publicó en su TL un perfil explícito de pornografía infantil
http://goo.gl/7qunn

20.12.2011
La imprudencia de no distinguir entre aquí (España) y allí (California)
http://goo.gl/NdG6J

31.12.2011
Cerca de 4000 Twitteros publicitaron un perfil que solicitaba pornografía infantil y la GC dice que es “colaborar”
http://goo.gl/crFFj

morzilla

#3 "Enlace a los seguidores de un perfil entre los que se hallaban algunos followers con avatar explícito de PI". LOL. ¿Lo siguiente qué es? ¿Denunciar los enlaces a Twitter por qué tiene enlaces internos y resultados de búsquedas con fotos de pornografía infantil?

a

#4 no funciona asi. tienes que verlo desde un punto mas psicológico.
aqui lo que se protege es la psique de la victima, es su seguridad y su tranquilidad.
si tu haces RT de ese video, es una burla, una humillación, y una cosa es que lo vean un grupo controlado de personas, que aunque sea una putada, puedes huir y olvidar, y otro es .. bueno, ya sabes el resto.
hay que ponerse en la piel de la persona asediada para comprenderlo mejor.
y si has presenciado suicidios por este tema, entonces poco te olvidas ya de la lección

neotobarra2

#6 Sin quitarte ni un ápice de la razón que tienes... Perseguir los RT e incluso calificarlos (o tipificarlos, si no lo están) como delito no va a cambiar nada. Se van a seguir haciendo, igual que se sigue vendiendo y comprando droga pese a estar prohibida. Lo único que se puede conseguir es que Twitter abandone España, o que cuatro ignorantes que ni siquiera son conscientes del daño que están haciendo terminen en prisión, pero no lograría nada útil. Internet tiene sus cosas buenas y sus cosas malas, este tipo de memes pueden arruinar vidas pero si lo piensas lo suficiente (y puede que necesites años para darte cuenta, como fue mi caso) acabarás llegando a la conclusión de que una población completamente alienada y desinformada a diario por la televisión y la radio son mucho más dañinas y pueden llegar a asimilar (y hasta a provocar) más daño y muertes que los memes. A Corea del Norte me remito (allí no existe internet). Y con esto no hay medias tintas: o se permite la plena libertad de difusión de datos en internet, o se la mantiene bajo control del Estado anulando lo que precisamente es su mayor potencial: la capacidad de crear espacios no controlados y de generar y alimentar movimientos sociales.

Con internet no hay control que valga, no si lo queremos conservar tal y como lo conocemos. No se pueden eliminar contenidos a placer sin imponer la censura. Lo único que vale es la concienciación: que todo el mundo se entere de lo que puede implicar hacer un retuit al vídeo para quienes aparecen en él (que todo el mundo habla de la chica, pero al chaval que aparece sujetando el pelo le han puesto el calificativo de #pagafantas, se están burlando de él el doble, y puede que lo esté pasando igual o peor como consecuencia). Comentarios como el tuyo deberían llegar a twitter con más hincapié.

L

#1 Creo que voy a agotar mi Karma. Un internauta en china puede pasar sin problemas la censura técnica de su país, frente a un internauta español que choca de frente con la absurda censura moral reinante en España.

L

#11 efectivamente, pero no sería más lógico que antes de solicitar la orden de registro que acaba sin opciones con la vida social de un internauta por estos asuntos, realizar una investigación adicional. Por ejemplo analizar el tráfico de su ADSL retirándole antes su derecho al 18.3 (secreto de las comunicaciones) que el 18.2 (inviolabilidad del domicilio).

Obviamente necesitamos de la labor de la policía. Yo no he dicho lo contrario. Pero eso no quita que yo reclame como afectado que se establezcan protocolos rigurosos de obtención de evidencias digitales. Actualmente los secretarios judiciales no están capacitados para dar fe de lo que acontece en un registro cuando un agente se sienta delante de un ordenador y lo manipula alterando datos tan relevantes para una investigación como la fecha de último acceso de un archivo.

L

#9 llegas a la misma conclusión que yo entonces. ¿Por qué no se investiga digitalmente a los detenidos antes de entrar en sus domicilios? ¿demasiado trabajo? ¿es más fácil las ejecuciones públicas sin opciones a la presunción de inocencia?
Las detenciones son anunciadas como "desarticulada una red de pederastas" ¿te parece lógico? gente que ve cómo su vida de desmorona ante una situación insoportable. Algunos incluso terminan aceptando culpas de delitos que no han cometido para acabar lo antes posible con esta pesadilla.

Para la BIT un usuario P2P es un delincuente con cinco rastros, para la GC lo es con 15, yo fui detenido en 2006 por un supuesto rastro P2P que nunca hallaron ... y todavía me deben un portátil. ¿Te parece lógico este proceder? ¿cuántas notificaciones reciben nuestros agentes por incidentes en descargas accidentales con pornografía infantil? ¿Por qué no hacen algo por desaparecer esa mierda de las redes P2P? Todos y cada uno de esos archivos siguen ahora mismo en el mismo sitio. Ni el FBI ni la GC, ni la BIT desaparecen nada de las redes P2P... eso sí, si es lo último de Bisbal, la cosa cambia... la tecnología está dispuesta a acabar con esos contenidos en las redes P2P (fakes, etc...)

Cerca de 4000 detenidos P2P ya son muchos detenidos:
http://www.lawp2p.com/portal/resumeoperaciones

francisco

#10 Porque si pides una orden de registro me parece más lógico enviar un policia a una revisión personal de la casa donde pueda observar si existen pruebas adicionales del posible delito (material no informático) o no.

Son cosas que te pueden pasar, vas a recoger a un amigo a Castellana y se sube con las "compras del finde" para una fiesta y te empapelan por tráfico. Es la vida, también puedes cruzar un semaforo en verde de peatones y que te atropellen, pero necesitamos coches y policia investigando, la opción contraria es inviable.

Ahora, dentro de eso, los coches deben tener reglamentos y la policia normas.

L

#11 efectivamente, pero no sería más lógico que antes de solicitar la orden de registro que acaba sin opciones con la vida social de un internauta por estos asuntos, realizar una investigación adicional. Por ejemplo analizar el tráfico de su ADSL retirándole antes su derecho al 18.3 (secreto de las comunicaciones) que el 18.2 (inviolabilidad del domicilio).

Obviamente necesitamos de la labor de la policía. Yo no he dicho lo contrario. Pero eso no quita que yo reclame como afectado que se establezcan protocolos rigurosos de obtención de evidencias digitales. Actualmente los secretarios judiciales no están capacitados para dar fe de lo que acontece en un registro cuando un agente se sienta delante de un ordenador y lo manipula alterando datos tan relevantes para una investigación como la fecha de último acceso de un archivo.

L

#7 es mi opinión en tu planteamiento falta un detalle muy importante, que no es otro que la tipificación del delito.

El artículo penal que motiva las detenciones P2P por estos asuntos es el 189.1.b que penaliza la difusión o facilitación con dolo (intencionalidad) de pornografía infantil. Por tanto para que exista delito se requiere de dos elementos: la acción (difusión o facilitación) y la intencionalidad. El rastreo P2P no determina la intencionalidad, o lo que es lo mismo, no descarta la accidentalidad. Sin dolo no existe por tanto el delito.

Me parece absurdo que en un delito tecnológico, se te retire antes el 18.1 (honor e intimidad personal y familiar) y el 18.2 (domicilio) y nunca se te retire el 18.3 (secreto de tus comunicaciones). Como mínimo, los detenidos P2P deberían ser investigados (SITEL) antes de ser ejecutados socialmente. Cada entrada y registro es una tragedia personal y familiar.

Por otro lado, es sospechosa la manipulación mediática que hace el gobierno de estos asuntos. Los detenidos P2P no tienen ninguna conexión entre sí. Cada uno tendrá su propio y particular juicio ya que no forman ninguna banda organizada. Pero el Estado organiza redadas simultáneas y sensancionalistas en todo el territorio nacional ¿por qué?

francisco

#8 El rastreo P2P no determina la intención por eso precisamente hacen un investigación más profunda en el domicilio del presunto acusado.

L

#9 llegas a la misma conclusión que yo entonces. ¿Por qué no se investiga digitalmente a los detenidos antes de entrar en sus domicilios? ¿demasiado trabajo? ¿es más fácil las ejecuciones públicas sin opciones a la presunción de inocencia?
Las detenciones son anunciadas como "desarticulada una red de pederastas" ¿te parece lógico? gente que ve cómo su vida de desmorona ante una situación insoportable. Algunos incluso terminan aceptando culpas de delitos que no han cometido para acabar lo antes posible con esta pesadilla.

Para la BIT un usuario P2P es un delincuente con cinco rastros, para la GC lo es con 15, yo fui detenido en 2006 por un supuesto rastro P2P que nunca hallaron ... y todavía me deben un portátil. ¿Te parece lógico este proceder? ¿cuántas notificaciones reciben nuestros agentes por incidentes en descargas accidentales con pornografía infantil? ¿Por qué no hacen algo por desaparecer esa mierda de las redes P2P? Todos y cada uno de esos archivos siguen ahora mismo en el mismo sitio. Ni el FBI ni la GC, ni la BIT desaparecen nada de las redes P2P... eso sí, si es lo último de Bisbal, la cosa cambia... la tecnología está dispuesta a acabar con esos contenidos en las redes P2P (fakes, etc...)

Cerca de 4000 detenidos P2P ya son muchos detenidos:
http://www.lawp2p.com/portal/resumeoperaciones

francisco

#10 Porque si pides una orden de registro me parece más lógico enviar un policia a una revisión personal de la casa donde pueda observar si existen pruebas adicionales del posible delito (material no informático) o no.

Son cosas que te pueden pasar, vas a recoger a un amigo a Castellana y se sube con las "compras del finde" para una fiesta y te empapelan por tráfico. Es la vida, también puedes cruzar un semaforo en verde de peatones y que te atropellen, pero necesitamos coches y policia investigando, la opción contraria es inviable.

Ahora, dentro de eso, los coches deben tener reglamentos y la policia normas.

L

#11 efectivamente, pero no sería más lógico que antes de solicitar la orden de registro que acaba sin opciones con la vida social de un internauta por estos asuntos, realizar una investigación adicional. Por ejemplo analizar el tráfico de su ADSL retirándole antes su derecho al 18.3 (secreto de las comunicaciones) que el 18.2 (inviolabilidad del domicilio).

Obviamente necesitamos de la labor de la policía. Yo no he dicho lo contrario. Pero eso no quita que yo reclame como afectado que se establezcan protocolos rigurosos de obtención de evidencias digitales. Actualmente los secretarios judiciales no están capacitados para dar fe de lo que acontece en un registro cuando un agente se sienta delante de un ordenador y lo manipula alterando datos tan relevantes para una investigación como la fecha de último acceso de un archivo.

L
L

#3 Los derechos fundamentales retirados ocurren después del rastreo P2P. Con esos metadatos se justifica a un juez la identificación del titular de la IP (18.1 Constitución Española) y la entrada y registro de su domicilio (18.2 Constitución Española), todo eso sin que en ningún momento se intercepten las comunicaciones (18.3 Constitución Española). En resumen de la IP detectada al registro domiciliario, sin mediar ningún tipo de investigación adicional.

#5 ... lo que menos necesito es publicidad. Yo intento explicar con argumentos una situación, que ya de por sí es bastante compleja. Partimos de un principio fundamental: la pornografía infantil es un material execrable.

francisco

#4 Es que el rastreo policial es un paso previo a la investigación in-situ en el domicilio y el equipo del propietario. Si llegas a su PC y tiene un montón de imagenes similares, en carpetas accesibles por él, no ocultas y no aparece un troyano la responsabilidad del dueño es evidente.

No le condenan porque su IP aparezca, se requiere un registro del ordenador concreto, más garantías es complicdo.

#5 Eso no es Spam salvo por reiteración según la wiki.

#6 Las comunicaciones no se interceptan porque el propio usuario abre los puertos para consulta externa por parte de cualquiera, publica sus archivos en descarga y compartidos, si el usuario no es consciente de lo que hace es SU problema. Está haciendo pública a cualquiera esa información, también a la policia.

L

#7 es mi opinión en tu planteamiento falta un detalle muy importante, que no es otro que la tipificación del delito.

El artículo penal que motiva las detenciones P2P por estos asuntos es el 189.1.b que penaliza la difusión o facilitación con dolo (intencionalidad) de pornografía infantil. Por tanto para que exista delito se requiere de dos elementos: la acción (difusión o facilitación) y la intencionalidad. El rastreo P2P no determina la intencionalidad, o lo que es lo mismo, no descarta la accidentalidad. Sin dolo no existe por tanto el delito.

Me parece absurdo que en un delito tecnológico, se te retire antes el 18.1 (honor e intimidad personal y familiar) y el 18.2 (domicilio) y nunca se te retire el 18.3 (secreto de tus comunicaciones). Como mínimo, los detenidos P2P deberían ser investigados (SITEL) antes de ser ejecutados socialmente. Cada entrada y registro es una tragedia personal y familiar.

Por otro lado, es sospechosa la manipulación mediática que hace el gobierno de estos asuntos. Los detenidos P2P no tienen ninguna conexión entre sí. Cada uno tendrá su propio y particular juicio ya que no forman ninguna banda organizada. Pero el Estado organiza redadas simultáneas y sensancionalistas en todo el territorio nacional ¿por qué?

francisco

#8 El rastreo P2P no determina la intención por eso precisamente hacen un investigación más profunda en el domicilio del presunto acusado.

L

#9 llegas a la misma conclusión que yo entonces. ¿Por qué no se investiga digitalmente a los detenidos antes de entrar en sus domicilios? ¿demasiado trabajo? ¿es más fácil las ejecuciones públicas sin opciones a la presunción de inocencia?
Las detenciones son anunciadas como "desarticulada una red de pederastas" ¿te parece lógico? gente que ve cómo su vida de desmorona ante una situación insoportable. Algunos incluso terminan aceptando culpas de delitos que no han cometido para acabar lo antes posible con esta pesadilla.

Para la BIT un usuario P2P es un delincuente con cinco rastros, para la GC lo es con 15, yo fui detenido en 2006 por un supuesto rastro P2P que nunca hallaron ... y todavía me deben un portátil. ¿Te parece lógico este proceder? ¿cuántas notificaciones reciben nuestros agentes por incidentes en descargas accidentales con pornografía infantil? ¿Por qué no hacen algo por desaparecer esa mierda de las redes P2P? Todos y cada uno de esos archivos siguen ahora mismo en el mismo sitio. Ni el FBI ni la GC, ni la BIT desaparecen nada de las redes P2P... eso sí, si es lo último de Bisbal, la cosa cambia... la tecnología está dispuesta a acabar con esos contenidos en las redes P2P (fakes, etc...)

Cerca de 4000 detenidos P2P ya son muchos detenidos:
http://www.lawp2p.com/portal/resumeoperaciones

francisco

#10 Porque si pides una orden de registro me parece más lógico enviar un policia a una revisión personal de la casa donde pueda observar si existen pruebas adicionales del posible delito (material no informático) o no.

Son cosas que te pueden pasar, vas a recoger a un amigo a Castellana y se sube con las "compras del finde" para una fiesta y te empapelan por tráfico. Es la vida, también puedes cruzar un semaforo en verde de peatones y que te atropellen, pero necesitamos coches y policia investigando, la opción contraria es inviable.

Ahora, dentro de eso, los coches deben tener reglamentos y la policia normas.

L

#11 efectivamente, pero no sería más lógico que antes de solicitar la orden de registro que acaba sin opciones con la vida social de un internauta por estos asuntos, realizar una investigación adicional. Por ejemplo analizar el tráfico de su ADSL retirándole antes su derecho al 18.3 (secreto de las comunicaciones) que el 18.2 (inviolabilidad del domicilio).

Obviamente necesitamos de la labor de la policía. Yo no he dicho lo contrario. Pero eso no quita que yo reclame como afectado que se establezcan protocolos rigurosos de obtención de evidencias digitales. Actualmente los secretarios judiciales no están capacitados para dar fe de lo que acontece en un registro cuando un agente se sienta delante de un ordenador y lo manipula alterando datos tan relevantes para una investigación como la fecha de último acceso de un archivo.