Hace 4 años | Por --523080-- a 20minutos.es
Publicado hace 4 años por --523080-- a 20minutos.es

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), dependiente del Ministerio de Sanidad, ha comprobado que todos los estudios presentados, tanto por las empresas aludidas (Isdin y Babaria) como por la OCU, sobre dos cremas solares para niños que la organización de consumidores pidió retirar del mercado son válidos y que, por tanto, están correctamente etiquetadas.

Comentarios

D

#1 marca españa.

TonyStark

#2 Hay que leer los artículos por completo: "si bien se ha observado una cierta variabilidad en la metodología utilizada entre los laboratorios, lo cual podría explicar los distintos resultados obtenidos."

te quedas tranquilo? resulta que ambos análisis son correctos y que muestran resultados distintos, o sea que una marca puede decidir la metodología que más se adapte al resultado que desea... que mierda de método científico es este??

cc #1 #3 #4 #6 #13

woody_alien

#25 Léeme en #17

Según el enlace puesto en los comentarios (1) la OCU ha usado un laboratorio extranjero. Éste ha empleado métodos de análisis actuales mientras las empresas se han atenido a la ley española de etiquetado de 2010, Ergo no hay ilógica, lo que hay como siempre es una falta de actualización de las leyes españolas con respecto a Europa. La etiqueta es legal ahora, pero en el antedicho enlace se hace mención a una petición para que se actualice la normativa española. En el momento en que se actualice la norma esas cremas "bien etiquetadas" ahora tendrán que pasar a poner lo que dice la OCU que deberían poner.

(1) https://elpais.com/sociedad/2019/07/08/actualidad/1562582933_272795.html?ssm=FB_CM&fbclid=IwAR1cc7BocPTZ6wEXkVYV6CxihfG4bllpN17bCOerCNcLsmnVxAY53JYF1m8

#17 Si OCU ha hecho el estudio empleando métodos actualizados, tenía que haber sido consciente de este hecho y pudo haberlo indicado en su estudio. Al no hacerlo, ha dañado la marcas y engañado al consumidor. Si una organización como esta tiene estas prácticas, pierde todo el prestigio y la confianza que debería tener. Y realmente da igual las razones de que tanto marcas como la OCU estén correctas. Si las conclusiones de sanidad son correctas, OCU debía ser consciente de la diferencia de criterio y haberlo indicado en su estudio.

j

#22 Siempre los ensayos se hacen con normativa actualizada. Normativas sobre la construcción, seguridad, alimentación, ensayos tecnológicos, higiene en establecimientos, etc.

Si tomo un producto o un lote de productos con fecha de fabricación anual, debe de cumplir la normativa vigente en ese año.

#45 No es cierto lo dices. Pues esa normativa anterior no está derogada. Es decir está vigente actualmente.

Se supone que avanzamos y debemos de avanzar, No me voy a la prehistoria para aplicar la normativa de antaño.
Los consumidores seguramente quieran saber que se cumple la normativa actual.

Y respecto a la OCU un diez. Primeramente por que han puesto en conocimiento que la normativa actual no es válida. Seguramente la cambien.

v

#16 Entonces el problema radica en que el standard ISO no es tan standard

#17 Lo de que la OCU ha usado métodos actualizados no sé de donde sale, en el artículo no lo he visto, en teoría ambos se rigen por la normativa ISO de 2010. Al hacer incapié en el tema de sprays/brumas, creo que la diferencia puede estar en el método de aplicación de la crema, por ejemplo si uno se embadurna de spray y luego lo restriega con las manos o si se echa el sprays como si fuera un perfume y ya

desobediente

#7 #14 leed a #16 y la contestación de la ocu cuestionando a la aemps https://www.ocu.org/salud/cuidado-piel/noticias/respuesta-aemps-protectores-solares

La Comisión Europea, en su Commission Recommendation on the efficacy of sunscreen Products and the claims made relating thereto, en 2006, expresa la necesidad de que haya test que permitan la reproducibilidad y comparabilidad de la protección mínima recomendada frente a la radiación UVB y para ello establece el empleo del International Sun Protection Factor Test Method, actualizado y aceptado por la industria europea, japonesa, estadounidense y sudafricana.

Ese mismo año 2006, la Comisión Europea emitió un mandato de estandarización sobre productos de protección solar dirigida al CEN (Comité Europeo de Estandarización): las normas ISO sobre SPF (ISO 24444) y UVA (ISO24443) se desarrollaron en 2010 y 2012.

Estos estándares ISO han sido apoyados por la industria y la patronal del sector en Europa, por ejemplo por Cosmetics Europe, la organización europea de fabricantes de productos cosméticos (de la que forma parte la española Stanpa), que insiste en la idoneidad de los métodos recogidos en las normas ISO para medir el factor de protección solar (SPF), la protección frente a los rayos UVA y la resistencia al agua de los protectores solares.

Estas son las normas vigentes, con una metodología clara, que es la que han seguido OCU y las demás organizaciones del ICRT en sus análisis comparativos. Y las que respetan las decenas de fabricantes de protectores solares que sacan a la venta cada año sus productos y que salen bien parados de las pruebas: desde Garnier Delial, a Vichy, Nivea, La Roche Posay, Biotherm, Eucerin o Avène...

D

#18 No tiene sentido, por mucho que lo diga la agencia. O estaban bien etiquetados, o estaban mal. Pero bien y mal a la vez, un mismo hecho analizado no puede ser.

Entiendo lo que dices tú, y #15 y #16, pero carece de sentido. Ni el gato de Schrondiger estaba vivo y muerto a la vez. Sólo no se sabía si estaba vivo o muerto mientras no se abriese la caja. Pero una vez abierta, la respuesta era clara.

Dramaba

#25 Sí tiene sentido si tienen dos maneras diferentes de medirlo...

e

#31 Lo que no tiene sentido es que Sanidad no haga sus propias pruebas y se limite a ver unos papeles....

j

#25 En realidad la que está equivocada es la normativa de aplicación. Es decir existía dos normativas de aplicación vigentes y legales. Con la aplicación de una de las normativas, los resultados son distintos de si aplicas la otra normativa.

Endor_Fino

#25 #29 Pues ahí está la gracia del asunto. Ningún organismo serio puede comparar resultados que no estén hechos en las mismas condiciones.

6 es múltiplo de 3? Sí
6 es múltiplo de 2? También

Así que se trata de ver qué es lo que estamos investigando, si los múltiplos de 3 o de 2.

j

#38 Yo me quedaría con los resultados de la OCU.

Si se aplica las dos normativas vigentes y que debería de cumplirse ambas. Tenemos:


.- Los resultados de la OCU cumplen ambas normativas.

.- Los resultados de las empresas en cuestión no cumplen las dos normativas vigentes al respecto.

j

#16 Con el nuevo cambio de norma o unificación de la norma, la razón sobre el factor de protección de 50 que según la OCU debería de ser de 30 ¿sería el correcto? a al contrario.

Cancerbero

#5 ¿no pudieron contrastar o consultar con un experto?
Ahhh... ¿Acaso crees que la ocu es una panda de cuñaos que hace los análisis de laboratorio en su casa y publica lo que les da la gana?

D

#1 El daño para la OCU ni te cuento, yo tengo en casa una crema de esas desde el año pasado y ya estaba medio escandalizado, porque preferí pagar más (no es precisamente barata) si es buena.

Después de esto para mí la OCU ha pedido toda credibilidad.

woody_alien

#1 #2 #6 #13 El análisis de la OCU era correcto y los datos eran veraces.

D

#6 Empresas, "lo que indica el etiquetado es correcto"
OCU, "lo que indica el etiquetado es incorrecto"
Administración, "las dos afirmaciones anteriores son correctas." El problema está claro que lo tiene la administración, que no sabe ni por donde sopla el viento. clap

c

#9 He entrado buscando más información y he encontrado la misma. De hecho no veo más detalles sobre una explicación lógica sobre #7 en ningún otro medio.

Duernu

#11 Opino lo mismo, mi experiencia es idéntica a la tuya.

ChemicalX

#11 #34 otro por aquí con la misma experiencia...
En algo que es tan fácilmente medible por así decir (te quemas o no) no sé cómo puede surgir está polémica... Si la gente se quemara usando esta crema se habría dejado de vender simplemente porque nadie la compraría digo yo

Acido

#11 ¿Esa crema? ¿A cuál de las dos te refieres?
Ah, bueno, supongo que a la del factor 15... la de Isdin ¿no?

Nightology

#35 #11 sí, perdona, me refería a la de isdin pediátrica

D

Recordemos ese sabio consejo de nuestros mayores: "No te creas todo lo que leas".

Bravo por la OCU, se han manchado ellos mismos su reputación, las de otras organizaciones de consumidores, y por supuesto, las de las marcas vilipendiadas. Lo suyo sería unas buenas querellas a la OCU.

Endor_Fino

#2 de bravo nada. Lee el artículo, el dictamen también da razón a la OCU

P

A ver, el factor de protección marca cuánto protege, un factor 30 protege durante 30 veces más que sin crema, un 50, 50 veces...

Como van a estar bien dos estudios que para la misma crema dicen que protege 50 veces y 15 veces? Ese es un valor objetivo, no de metodología....

Sospecho que la ocu tiene razón y las compañías de protectores solares le han apretado los cojones al ministerio....

Endor_Fino

#10 lee el artículo. La forma de realizar las observaciones no es la misma, de ahí que a diferentes pruebas, diferentes resultados.

D

#19 Pues vaya porquería de pruebas, una de las dos está claro que no es adecuada para medir el factor de protección. Como para los medicamentos sea igual...

D

Pues al menos valdrá para estandarizar los análisis. Parece que las nuevas "presentaciones" influyen en los resultados. Y apuesto a que barren para las honorables y honradas farmacéuticas.

Connect

La pena es que esto ya no capta tanto la atención. De lo que la gente se acordará es de que ISDIN dijeron que era una mala crema protectora. Lo que diga después la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) será complicado que se viralice de la misma manera.

leader

#4 Y es una mala crema protectora. Según los estándares actualizados es una crema del 15. Según la ley española, de 2010 es del 50.

TLDR Es legal pero una mierda.

powernergia

Es sorprendente: De justicia social andamos justitos, pero para defender a las marcas estás de lo que solo parece un error, los primeros.

D

#12 la justicia social ni es justicia ni es social.

m

Yo he sido socio de la OCU durante dos años, y sus comparativas y pruebas no hay por donde cogerlas, muchos artículos muy mejorables, otros ambiguos, otros descaradamente patrocinados... Para mi no tienes credibilidad, y os recuerdo otras trolas famosas: la de las leches y las de los aceites

D

El título debería ser:

Los inútiles de Sanidad confirman que las cremas solares para niños que la OCU pidió retirar, están bien etiquetadas según el laboratorio que pagan las empresas y mal etiquetadas según el laboratorio que paga la OCU. Por tanto, como lo único que saben es que no saben nada, mejor se van de vacaciones, sin ponerse esas cremas por si acaso, ya que no tienen ni idea de que pruebas se les tiene que hacer para averiguar el factor de protección.

x

AEMPS reconoce que el estudio de OCU es correcto... pero deja indefensos a los usuarios: https://www.ocu.org/salud/cuidado-piel/noticias/respuesta-aemps-protectores-solares

d

#42 Por motivos profesionales que sí puedo detallar (trabajé en la OCU durante años), lo que dices es una mentira como una catedral de grande.

Lo de dejarle a la apreciación subjetiva de cada cual si la crema tiene protección 50 o no es una gilipollez. Siguiendo esa misma línea argumentativa, podríamos prescindir no solo de la OCU, sino del Ministerio de Sanidad mismo, y guiarnos por la opinión de nuestro cuñado. Yo soy rubio y de piel tirando a blanca, y utilizo las que se venden como protección 50, solo por si acaso. Aún así, a veces me quemo.

Espero que, tras lanzar la piedra y bien cobijadito en tu alias, nos des más detalles de esos presuntos estudios pagados: producto, año, cantidad que se pidió e incluso persona de contacto (con unas simples iniciales me serviría para saber si tienes idea de lo que hablas o lo que dices es pura mierda).

D

#57 No lo dudes: es una bullshit antológica.

L

¿Del año pasado? ¿Abierta?
Lo digo porque una vez abierta, se va deteriorando más rápidamente.
En algún lugar tiene que tener un simbólico que indica durante cuántos meses después de su apertura se puede seguir utilizando sin problemas.
Es así:
https://es.m.wikipedia.org/wiki/S%C3%ADmbolo_PAO

Lo normal es que una solar tenga una vida útil de 6-12 meses tras su apertura. Luego ya no protege igual.

Merece la pena comprar un buen producto. Pero hay que usarlo.

LarryWalters

Supongo que habrá indemnización por daños y perjuicios...

johel

#13 ¿para los laboratorios que han hecho bien la prueba o para la ocu que tambien ha hecho bien la prueba?
El metodo cientifico nos indica que el mismo experimento realizado en las mismas condiciones no puede arrojar diferentes resultados, en ese caso la metodologia o la prueba es erronea. Y en este caso dicen bien claro que han hecho pruebas "diferentes"

Para salir de dudas usemos la navaja de Ockham ¿que es mas plausible y mas simple? ¿Que la ocu se juege su imagen y perjudique a los consumidores dando datos falsos o que los laboratorios esten usando las pruebas legales que mas margen de beneficio les aportan?
No responda ahora, hagalo despues de unos breves anuncios publicitarios pagados por nuestros patrocinadores.

c

#22 Por motivos profesionales que no puedo detallar sé de primera mano que hay estudios de la OCU pagados, que perjudican seriamente la imagen de las empresas que no entran en el juego.

Así que eso de que la OCU se juegue su imagen y perjudique a los consumidores me parece la opción más probable desde mi punto de vista.

Por otra parte, si una crema no tiene factor 50 sino 15, habría cientos de personas que estarían corroborando que se han achicharrado, y a los periódicos les habría encantado mostrar sus testimonios, dada la premura con que dieron altavoz al publirreportaje de la OCU cuando salió en su momento sin pararse a contrastar con la versión de los fabricantes.

Y llego más allá, si los fabricantes usan una metodología legal no están engañando a nadie. En todo caso habría que plantear que se cambiara la metodología.

El daño que han hecho es irreparable, no solo han destrozado la campaña de verano, les han dañado la imagen de marca.

D

#13 A los consumidores?

D

No se atrevieron a terminar la frase poniendo: de momento
Que es lo que debería ocurrir porque en cuanto actualicen la norma no podrán etiquetar esas cremas con esos factores.

soundnessia

Acaso hay quien crea algo de lo que dice esta asociación ? Subvencionada por tod@s
La cual te defiende previo pago y si eres afín a su símbolo.

A

Parece claro que esas marcas no pagaron algún impuesto de "buena publicidad" y claro les dieron caña.

donkeyro

El problema es que al final la sociedad se ha quedado con que Isdin 'en general' es mala marca y no con que el 'spray 50 niños de Isdin' no es realmente de 50. El daño a la marca está hecho porque la gente no va a dejar de comprar ese spray concreto, si no cualquier producto de la marca. La crema del 50, la que no spray, no dicen nada malo de ella. Pero así somos y si un producto de una marca tiene un problema, lo extendemos a su gama completa.

De todas formas, yo cuando me he dado spray de esos me quemo un poco, pero si me extiendo con crema normal nunca me quemo. Los spray son todos basura. Son cómodos para la playa pero fijo que no protegen igual, al menos desde mi experiencia.
roll

D

#52 Efectivamente. El problema son las brumas y sprays y cosas así, que es muy fácil aplicarlos mal. Pero como dice el Ministerio, si se aplican como pone en la etiqueta no hay ningún problema y el factor de protección es correcto.

Por otro lado, yo siempre uso crema.

N0noYy

A mí la marca Babaria no me gusta mucho. Compré una vez una crema de cuerpo y después una de manos, costando bastante más, en relación litro/precio. Me di cuenta que ambas tenían el mismo olor y misma textura. Buscaba algo específico para manos porque las tenía un poco jodidas, y acabé sintiéndome engañado.

c

Yo creo que Sanidad le ha salvado el culo a la OCU. Que sigan haciendo esos estudios en los que siempre salen favorecidas determinadas empresas.
Hago un estudio en el que se otorga la misma puntuación a la calidad del producto que a si la etiqueta tiene color "verde celestial" y... gana el producto de determinada empresa que tenía, casualmente, la etiqueta "verde celestial".

D

De ser así ahora a la OCU, se le debería caer el pelo penal y económicamente hablando.