Los funcionarios comunicaron al letrado que no podía transitar con su artilugio mecánico, si bien el aludido, tal y como ha explicado éste en declaraciones a Europa Press, trasladó a los agentes que, dada su profesión, se había documentado sobre esta cuestión y alegó que el Reglamento General de Vehículos vigente, recogido en el Real Decreto 2822/98, anexo II, no incluye a los patinetes en dicha regulación.
#14:
#5 gilipollas??? Porque? Por conocer la ley mejor que los policías? Por decir que iba a recurrir? Por no bajar la cabeza y decirles a todo que sí señor agente?
Vamos no me jodas ...
#46:
#39 La policía no se sabe la normativa, a mi me pararon el otro día por llevar una niña con alzador delante, les expliqué que los asientos de detras (2) los llevaba llenos con otras dos niñas, me dijeron que entonces en el de el medio de detras. Entonces les tuve que explicar que la normativa me prohibe poner un menor de edad en un asiento del medio con un cinturon que solo sujeta la cadera y que por tanto podía ir delante al estar todos los asientos "disponibles" de atras ocupados. Me miraron flipandolo y me dejaron ir. Si hubieran sido los de valladolid me habrían multado y yo hubiera tenido que recurrir
#94:
#92 Que no, que contramarcha solo si es pequeño (un bebe o niños muy pequeños) que necesiten sillitas. A partir de una altura no llevan sillitas y no van a contramarcha. No te centres en lo que te interesa. A contramarcha solo van los niños PEQUEÑOS como dice en el enlace que he puesto.
Pero por si no te ha quedado claro, no hay elevadores con sentido contrario a la marcha, eso es para niños PEQUEÑOS.
Luego viene cuando se les sube a la cabeza, chulean a muchos, se equivocan chuleando a alguno que no deben, y acaban a ostias a la salida de un bar ...
Y luego todo son lamentos
#88:
#87 Te has leido lo que he mandado???? Veo que no. Un niño menor de 135 PUEDE ir sentado delante con un alzador si los asientos de detras van llenos. No es tan difícil leer antes de comentar.
Evidentemente delante se pone al niño más alto, digo yo!
Pero tu erre que erre, intentando tener razón y agarrándote a un clavo ardiente.
Repito para que te quede claro:
Delante puedes llevar un menor de 1.35cm con alzador, en el sentido de la marcha, con airbag puesto, siempre y cuando detrás esté ocupado por otros menores (evidentemente con menos estatura que el que va delante). Te ha quedado claro? Es decir, en un coche normal con cinturones normales puedes llevar hasta 4 niños. Si no tienes cinturones completos puedes llevar 3 niños, e incluso un adulto en el cinturon trasero del medio si no es completo
#6:
El hecho es que no te pueden sancionar por algo que no es sancionable. Mientras no esté regulado es legal.
Nota:
Regulado como eufemismo de prohibido claro.
#1:
Si dio esa respuesta normal que lo multaran, por listillo
hace tiempo me pusieron una multa por aparcar en un vado en horario permitido. mi acción no era multable y así me lo notificaron posteriormente, pero me multaron y me hicieron perder mi tiempo en escribir un recurso y presentarlo.
#39:
#30 pues no lo sabía, siempre ha sido de coches, así que mea culpa por no estar actualizado, pero aun así me mantengo en que "la víctima", de la cual nos insisten tanto en su profesión, algo raro debía ir haciendo o lo de velocidad de peatón es algo que él dice y no se ajusta a la realidad. Y me parece bien que quieras defender a los usuarios de patinetes eléctricos que nos van a salvar el planeta, pero yo los veo a diario haciendo burradas como campanarios
#32:
#9 Los patinetes eléctricos no están considerados como vehículos a motor, están considerados como vehículos de movilidad personal.
#36:
#10 Hombre, yo si tengo un patinete electrico que pesa 10 -15kg, prefiero montarme en él a llevarlo cargando aunque vaya a poca velocidad. Digo yo pero si quieres buscarle 8 pies al gato...
#9:
#6 Estaba circulando por una via pública, con un vehiculo a motor no homologado. Esto es sancionable.
Era una vehiculo a motor sin seguro. Sancionable.
Estaba poniendo en peligro su vida circulando a velocidad inadecuada. Sancionable.
Llevaba cascos. Sancionable.
Todo eso esta regulado. Debe ser uno de esos que utiliza el duckduck para buscar por internet.
#33:
#1 No se ha aprendido el socorrido "lo siento, [señor agente], no volverá a ocurrir".
#18:
#15 correcto las narices. si no es multable no es multable. a ver si ahora van poder regalar recetas a todo quisqui, así como el que el regala sonrisas, amparándose en que la mayoría de los mortales no recurrirá sus desproporciones por desconocimento de la ley o porque piensen que lo que diga un agente va a misa.
#30 pues no lo sabía, siempre ha sido de coches, así que mea culpa por no estar actualizado, pero aun así me mantengo en que "la víctima", de la cual nos insisten tanto en su profesión, algo raro debía ir haciendo o lo de velocidad de peatón es algo que él dice y no se ajusta a la realidad. Y me parece bien que quieras defender a los usuarios de patinetes eléctricos que nos van a salvar el planeta, pero yo los veo a diario haciendo burradas como campanarios
#39 La policía no se sabe la normativa, a mi me pararon el otro día por llevar una niña con alzador delante, les expliqué que los asientos de detras (2) los llevaba llenos con otras dos niñas, me dijeron que entonces en el de el medio de detras. Entonces les tuve que explicar que la normativa me prohibe poner un menor de edad en un asiento del medio con un cinturon que solo sujeta la cadera y que por tanto podía ir delante al estar todos los asientos "disponibles" de atras ocupados. Me miraron flipandolo y me dejaron ir. Si hubieran sido los de valladolid me habrían multado y yo hubiera tenido que recurrir
#66 Has leído lo que he mandado? Si tienes los asientos de atras ocupados por menores puedes llevar a un niño delante. El airbag no aplica, estoy hablando de niños, no de bebes. Un niño con elevador no tiene ningún problema con el airbag
#70 el airbag tienes que tenerlo desconectado delante y llevarlo a contramarcha (menos de 135cm, pero tú no hablas de la altura ni nada, dices niño como si eso fuese un estándar de peso y altura).
#86 un niño con alzador no dice nada, puedes estar sentando a un niño de menos de 135 en un alzador, mirando en el sentido de la marcha y con el airbag activado, con lo cual, la policía podría haberte emplumado muy bien.Tu sólo dijiste que lo sentaste delante porque detrás no podía ir al ir ocupadas dos plazas por otras dos niñas.Si una de las niñas de atrás es más alta que el de delante, multa también.Eso sí, dejaste bien claro que sabías que había algún caso en el que podía ir un menor delante y que la policía lo desconocía..
#87 Te has leido lo que he mandado???? Veo que no. Un niño menor de 135 PUEDE ir sentado delante con un alzador si los asientos de detras van llenos. No es tan difícil leer antes de comentar.
Evidentemente delante se pone al niño más alto, digo yo!
Pero tu erre que erre, intentando tener razón y agarrándote a un clavo ardiente.
Repito para que te quede claro:
Delante puedes llevar un menor de 1.35cm con alzador, en el sentido de la marcha, con airbag puesto, siempre y cuando detrás esté ocupado por otros menores (evidentemente con menos estatura que el que va delante). Te ha quedado claro? Es decir, en un coche normal con cinturones normales puedes llevar hasta 4 niños. Si no tienes cinturones completos puedes llevar 3 niños, e incluso un adulto en el cinturon trasero del medio si no es completo
#88 otra vez, puede ir si está desconectado el airbag y va a contramarcha, que lo pone en el enlace que me dijiste que leyese
En ese caso la normativa sí permite que un menor ocupe el asiento delantero con su sillita infantil correspondiente, al igual que en el caso de que el vehículo solo tenga dos asientos traseros homologados.
Es importante recordar también que en el caso de que sea necesario llevar a un niño en el asiento delantero en una silla en sentido inverso a la marcha (sillitas del grupo 0+ de 0 a 13 kilos) es necesario desconectar el airbag frontal de pasajero. Revisa que tu vehículo tenga airbag desconectable porque, en caso de que no, tendrás que llevarlo a un taller para que lo desconecten.
#92 Que no, que contramarcha solo si es pequeño (un bebe o niños muy pequeños) que necesiten sillitas. A partir de una altura no llevan sillitas y no van a contramarcha. No te centres en lo que te interesa. A contramarcha solo van los niños PEQUEÑOS como dice en el enlace que he puesto.
Pero por si no te ha quedado claro, no hay elevadores con sentido contrario a la marcha, eso es para niños PEQUEÑOS.
#92 "...en el caso de que sea necesario...". me parece que esta claro lo que dice.
si tiene que ir en sentido contrario (bebes, grupo 0+), debe desactivar airbag. si no tiene que ir en el sentido contrario, pues no debe desactivar el airbag. #94 tiene razón
#88 me parece que hablando cón #92 estás predicando en el desierto. Se ha apŕendido lo de los bebes con airbags y sus hijos le cogerán el coche a los 20 años para follar con sus novias, pero con el airbag desconectado y mirando para atrás...mientras hace lá marcha atras.
#46 ¿Los policías que te pararon o todos los policías?.
La legislación española obliga a que los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros que se desplacen en vehículo, además de viajar con el sistema de retención infantil adecuado a su talla y peso como la norma exige, deberán ir sentados obligatoriamente en los asientos traseros de los vehículos, excepto:
1. Cuando el vehículo no disponga de asientos traseros.
2. Cuando todos los asientos traseros estén ya ocupados por otros menores de las mismas características. 3. Cuando no sea posible instalar en dichos asientos traseros todos los sistemas de retención infantil.
¿Un menor de edad puede viajar en el asiento del medio?.
17 años menor de edad
1´80 de altura
70kg
Creo que si puede ir sentado en el asiento del medio.
Tu has puesto: "tuve que explicar que la normativa me prohibe poner un menor de edad en un asiento del medio con un cinturon que solo sujeta la cadera".
#39 a mi me pararon yendo a paso de mosca (como voy siempre) por una calle sin peligro. Con la ley en la mano, pueden interpretar lo que quieran (pueden decir que vas con un vehiculo no reglamentado o sin seguro). Estoy de acuerdo en que hay qie regular, y todo empieza por multar a los que hacen el idiota, que sí que los hay.
#30 Por eso mismo como es una calle peatonal no pueden ir vehiculos por esa calle.
Yo por ejemplo para pasar con la bici por esa calle me toca ir andando o me podrian multar.
Porque no iba a ser lo mismo con el patinete electrico.
En Valladolid esta prohibido ir con la bici por las aceras y calles peatonales en horario de 8:00 am a 10pm.
Luego viene cuando se les sube a la cabeza, chulean a muchos, se equivocan chuleando a alguno que no deben, y acaban a ostias a la salida de un bar ...
El hecho es que no te pueden sancionar por algo que no es sancionable. Mientras no esté regulado es legal.
Nota:
Regulado como eufemismo de prohibido claro.
#6 Estaba circulando por una via pública, con un vehiculo a motor no homologado. Esto es sancionable.
Era una vehiculo a motor sin seguro. Sancionable.
Estaba poniendo en peligro su vida circulando a velocidad inadecuada. Sancionable.
Llevaba cascos. Sancionable.
Todo eso esta regulado. Debe ser uno de esos que utiliza el duckduck para buscar por internet.
#9Velocidad inadecuada? Por qué? Era una vehiculo a motor sin seguro, sancionable? Estás seguro de eso? Y si es obligatorio tener seguro, como sabes que no lo tiene? Llevaba cascos. Sancionable. Qué normativa prohibe llevar cascos en un patinete?
#32 Los usuarios de sillas de ruedas se consideran peatones según la ley de seguridad vial.
Anexo I
4. Peatón. Persona que, sin ser conductor, transita a pie por las vías o terrenos a que se refiere el artículo 2.
También tienen la consideración de peatones quienes empujan o arrastran un coche de niño o de una persona con discapacidad o cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones, los que conducen a pie un ciclo o ciclomotor de dos ruedas, y las personas con discapacidad que circulan al paso en una silla de ruedas, con o sin motor.
#35
Menuda panda de vagos
REGLAMENTO GENERAL DE VEHÍCULOS
TÍTULO I
Normas generales
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 1.
Autorizaciones y sus efectos.
1. La circulación de vehículos exigirá que éstos obtengan previamente la correspondiente autorización administrativa, dirigida a verificar que estén en perfecto
estado de funcionamiento y se ajusten en sus carac- terísticas, equipos, repuestos y accesorios a las prescripciones técnicas que se fijan en este Reglamento. Se prohíbe la circulación de vehículos que no estén dotados de la citada autorización.
El Ministerio de Industria y Energía podrá establecer excepciones al cumplimiento de alguna de las condiciones técnicas previstas en este Reglamento a deter minados vehículos, equipos, repuestos y accesorios.
#89 Vamos, que según tú las bicicletas necesitan una autorización administrativa para circular.
Hay un vacío legal porque la técnica y las opciones han avanzado más rápido que las leyes.
En otras ciudades la normativa indica o va a indicar que se puede circular por calles peatonales con patinete a velocidad de peatón (6 km/h supongo) con un metro de distancia creo, y por la calzada a 30 km/h (y sin casco en los de menos de cierto peso), así que fíjate si es legal, si lo dice un ayuntamiento.
hace tiempo me pusieron una multa por aparcar en un vado en horario permitido. mi acción no era multable y así me lo notificaron posteriormente, pero me multaron y me hicieron perder mi tiempo en escribir un recurso y presentarlo.
#10 Obviamente estaba buscando la confrontación y la multa para mostrar la actitud de las autoridades de forma pública. Y dado que estamos hablando del tema, no se le ha dado mal.
Cc/ #11
#10#11#24#36 Porque probablemente, pasada esa zona peatonal, puede ir mas rápido.
Aunque también es posible que en realidad vaya normalmente a esa velocidad, tengo un amigo con problemas en una de sus rodillas que esta pensando en comprarse uno de estos aparatos para ir a velocidad de peatón.
#10 Hombre, yo si tengo un patinete electrico que pesa 10 -15kg, prefiero montarme en él a llevarlo cargando aunque vaya a poca velocidad. Digo yo pero si quieres buscarle 8 pies al gato...
#10 igual andaba dando vueltas por la calle buscando acabar en las noticias.
hace unos años salio en las noticias un abogado de vigo porque le asaltaron el despacho y le hicieron pintadas nazis y tal. a las 3 semanas lo pillaron en el aeropuerto robando en dos coches del parking.
#10 porque puede que por otra vía no vaya a esa velocidad, que puede, en bcn hasta 30kmh por el carril bici y cuando llega a una calle peatonal, en bcn(no se ahí), ha de ir a 10kmh y sin molestar(o algo así pone).
Y no me digas que porque no camina entonces en ese trozo, porque a parte de ser libre de hacerlo si es legal es bastante mas cómodo ir encima y con el motor que empujarlo (que obviamente es factible).
Ordenanza de circulación del ayuntamiento de Valladolid:
Artículo 48.- Patines, monopatines o aparatos similares
1.- Los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares no podrán circular por Las vías urbanas, salvo que se trate de zonas, vías o partes de las mismas que les estén especialmente destinadas y por
las calles residenciales debidamente señalizadas.
#26 Tal vez este sea el error del abogado. No pensar en que cada puñetero pueblo de España tiene un reglamento distinto para bicicletas, patines, monopatines o aparatos similares .
Primera referencia al caso, https://www.elnortedecastilla.es/valladolid/ayuntamiento-recuerda-patinetes-20181117191403-nt.html
Y esto he opinado, De forma constructiva: en el caso de la regulación creo que el gobierno local va despacio en este aspecto cuando otras ciudades ya la tienen. El abogado, que algo no esté regulado, en este caso el uso del patín eléctrico, no te exime de comportarte con cierto sentido común. Si una bici puede moverse por aceras peatonales a ciertas horas, haz lo mismo. No creo que deba valer la lógica de un patín eléctrico no es una bici, no tengo que respetar la ordenanza ciclista, y no hay regulación del patín eléctrico me muevo como un peatón. Creo que las usuarias de VMU/VMP deberían de organizarse para buscar una regulación para estos vehículos y que les permita moverse por la ciudad de forma segura. Y la policía, mientras siga la llamada Ley Mordaza seguiremos viendo multas desproporcionadas.
#73 La policía o cualquier agente de la autoridad en materia de tráfico si sanciona ante una infracción aunque no sea en el acto y así lo dice la ley otra cosa es lo que diga la administración, si está de acuerdo y el afectado haga recurso porque el agente sea un incompetente
#93 Esto es lo que dice la ley de tráfico, pero el procedimiento es similar para cualquier sanción administrativa
El procedimiento sancionador se incoará de oficio por la autoridad competente que tenga noticia de los hechos que puedan constituir infracciones tipificadas en esta ley, por iniciativa propia o mediante denuncia de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas o de cualquier persona que tenga conocimiento de los hechos.
La autoridad competente no es la policía sino la administración competente que es quien tiene la potestad sancionadora. De hecho lo que habitualmente se conoce como multa es en realidad una denuncia (un boletín de denuncia) por eso en ella hay frases como hora de la denuncia, hecho denunciado, etc.
#21 El susto que me dieron a mi en el 99 cuando al ver mi carnet después de un accidente me dice el local: "este carnet es falso" (yo con 18años, imagínate mi cara...)
Después de entender que el poli no había visto aun un carnet de moto limitado y explicarle...
Agente: "Aaa esto debe ser lo de los carnets nuevoss..."
Y le cita una norma estatal cuando quizás haya una norma local que permite a los patines ir por la acera, con limitaciones.
No, lo mejor no es callarse la boca, es acatar la autoridad, no discutir con ella en asuntos futulies y ahorrarse una multa que aún no te han puesto. Si va en un patín es para ahorrar tiempo. Discutir con el policía te hace perder tiempo. Obedecer y circular como el diga te lo ahorra. Ya circulará como crees que debes circular cuando no esté mirando. Discutiendo en el mejor caso pierde tiempo y en el peor se lleva la multa. No discutiendo en el mejor caso no pierde el tiempo y en el peor se lleva la multa. En ninguno de los dos casos consigue nada.
El policía no va a sufrir ninguna penalización porque le recurran la multa, el recurso no tiene por qué prosperar y sinceramente al policía le importa un pimiento que seas abogado o dentista, a menos que necesite un abogado o un dentista, claro.
#21 Como se espere un abogado saberse las normas urbanas mejor que un policía local mal vamos. El policía local no tendrá ni idea de derecho mercantil, ni tributario, ni muchas cosas de penal, o de laboral, pero si sabe si un vehículo puede circular, estacionar o aparcar en según qué lugares y momentos, sabe perfectamente cuando empieza la hora de carga y descarga, cuando se considera que son las fiestas y se puede empezar a multar o a llamar a la grúa y cuando hay que dejar de hacer ruido etc...
Y no és que el policía sepa mucho de leyes, sino que el sabe mucho de leyes en su cuerpo concreto les ha dicho cual es la interpretación correcta de la versión más actual de las mismas y las aplican a rajatabla.
No me creo que la policía local de Valladolid haya puesto una multa. Pero si se pasan el tiempo entre La Flor de la Canela (bajo el arco de ladrillo) el Coffees House (zona universidad) y escondidos junto al palomar del Campo Grande
#19 al Coffee 's House lo llamamos "la comisaría" porque SIEMPRE hay un poli de uniforme tomando el café.
Y en el caso de la noticia, me temo q hay mucho policía "yo-soy-la-ley" que va de listillo. Y claro, les dices que eres licenciada en derecho y la normativa aplicable... Y oye, que no es mi culpa, ¡haber estudiao!
Me he molestado en buscar la vía por la que iba circulando para e tender que la parte central de la calle se refería a la calzada.
Si hubiera cerrado la boca, se hubiese subido a la acera y hubiese ido al paso de persona por la acera posiblemente se hubiese ahorrado la multa.
Si hubiese omitido que es abogado (se ve que los no abogados no podemos buscar legislación) y simplemente hubiese alegado que creía que sí podía cricular y hubiese seguido las indicaciones de los policías seguramente se hubiese ahorrado la multa.
Tengo un amigo multado por circular correctamebte en bicicleta con auriculares puestos. Da igual el tipo de vehículo. Si llevas auriculares te llevas una multa. Vamos, que de todas todas le iban a multar.
No entiendo para que le menciona la ley a los policías si de lo único de lonque puede librarse pleitenado como mucho es de la multa y eso después de pasar por el procedimiento administrativo y después por el contencioso.
En Murcia de momento es el único sitio por el que puede circular, ya que por la calzada solo están permitidos coches, motos y bicicletas.
Y si por mi fuese prohibiría las bicicletas en la calzada, son una puta locura, el mas mínimo fallo humano puede acabar en atropello mortal, al menos por la acera el fallo humano acaba en moratón. No se como hay ciclistas locos que se atreven a circular por ese disparate de las ciclocalles madrileñas.
#62 Es que el patinete es una bicicleta de ruedas chiquitas
Realmente, si queremos "salvar el planeta", lo que hay que hacer es:
1) en calles suficientemente anchas delimitar un carril bici.
2) en calles angostas pero con aparcamientos, quitar los aparcamientos y poner carril bici.
3) en calles angostas sin aparcamiento, convertirlas en peatonales + bici.
(y lógicamente el carril bici para bicicletas y vehículos con motores de poca potencia como los patinetes y bicicletas eléctricas)
El uso del coche en ciudades se debe desalentar de todas las formas posibles.
#43 Lo único que ha quedado claro con el asunto de Madrid es... Madrid.
Solo nos faltaba ahora que además de tener los asuntos particulares de Madrid hasta en la sopa, también tengamos que tragar con sus legislaciones particulares.
Para este tipo de cosas relacionadas con el tráfico rodado hay que utilizar el lenguaje arcaico de la DGT, como pasa por ejemplo con el amarillo auto y amarillo selectivo.
No es nada nuevo, la gran mayoría de policías locales no conocen la normativa (que la hay) respecto a los VMP. En ocasiones, preguntas al propio ayuntamiento y tampoco tienen ni p*** idea.
#98 estamos leyendo lo mismo? Dice que no se les puede pedir la misma homologación que a un “vehículo a motor” por que no es un “vehículo a motor” pero los considera “vehiculo” por lo cual pide que cumpla con industria, y la forma de demostrar eso se llama homologación. Vamos, que nada de intentar colar un “China Export”.
El resto de detalles ya me resultan indiferentes. Que vaya molestando o no es irrelevante porque las bicis también van molestando, así que ese no es el problema.
#59 Eso es una propuesta, luego las autoridades locales pueden autorizar la circulacion por aceras.
Según la misma propuesta no son vehículos a motor, y por tanto no están sujetos a homologación.
Aparte de todo esto, a mí personalmente me parecen cortapisas absurdas y crear problemas donde no los hay.
Ya con la normativa actual de puede multar a cualquier persona que ponga en peligro a los demás, pero claro, nos encantan las normas, las multas y a ser posible complicarlo todo, y buscar problemas que no existen.
#76 en el enlace que he puesto, primera página, punto primero apartado a,... si eso no pide una homologación. O a ver cómo justificas que tu patinete cumple con lo que pone en la norma.
#15 correcto las narices. si no es multable no es multable. a ver si ahora van poder regalar recetas a todo quisqui, así como el que el regala sonrisas, amparándose en que la mayoría de los mortales no recurrirá sus desproporciones por desconocimento de la ley o porque piensen que lo que diga un agente va a misa.
#15 Tambien no haría falta que el funcionario no la admitiera a trámite pero para eso se necesitaría una administración competente sin deudas monstruosas...
#5 gilipollas??? Porque? Por conocer la ley mejor que los policías? Por decir que iba a recurrir? Por no bajar la cabeza y decirles a todo que sí señor agente?
Vamos no me jodas ...
#14 La calle Regalado es una calle con tráfico de vehículos, si iba por el medio a velocidad de peatón, iba tocando los cojones, y quizá por eso le han multado, y por ponerse chulo, que no es delito, pero la carne es débil
#16 Cuando las bicis hacen lo mismo aquí no dicen que "van tocando los cojones" sino que "circulan con todo el derecho del mundo y sin contaminar, por tanto los coches deben respetar y además sobran".
#75 si la calle fuese con tráfico (algo de lo que ya me han corregido al haberse cambiado hace poco) iría tocando los cojones a los conductores, pero no es el caso
#16 Y si fueras en coche y él fuera por la carretera, te estaría tocando los cojones también. La solución es que levite, supongo. A velocidad de peatón no molesta más que un peatón. Y menos que un carrito o una silla de ruedas.
La verdad es que para una persona que usa un juguete de estos de la forma que dice la ley, van y lo multan. All cops are beatiful.
Comentarios
#16 Teniendo en cuenta que dicha calle es peatonal desde el año pasado pues no, no pasan vehículos. Pero mola más echar la culpa a la víctima, eh?
http://cadenaser.com/emisora/2017/06/12/radio_valladolid/1497245869_529423.html
#30 pues no lo sabía, siempre ha sido de coches, así que mea culpa por no estar actualizado, pero aun así me mantengo en que "la víctima", de la cual nos insisten tanto en su profesión, algo raro debía ir haciendo o lo de velocidad de peatón es algo que él dice y no se ajusta a la realidad. Y me parece bien que quieras defender a los usuarios de patinetes eléctricos que nos van a salvar el planeta, pero yo los veo a diario haciendo burradas como campanarios
#39 La policía no se sabe la normativa, a mi me pararon el otro día por llevar una niña con alzador delante, les expliqué que los asientos de detras (2) los llevaba llenos con otras dos niñas, me dijeron que entonces en el de el medio de detras. Entonces les tuve que explicar que la normativa me prohibe poner un menor de edad en un asiento del medio con un cinturon que solo sujeta la cadera y que por tanto podía ir delante al estar todos los asientos "disponibles" de atras ocupados. Me miraron flipandolo y me dejaron ir. Si hubieran sido los de valladolid me habrían multado y yo hubiera tenido que recurrir
#46 #9 ¿Por casualidad no trabajarás de policía en Valladolid?
#54 Evidentemente no, pero habiendo visto lo que ha ocurrido en este caso, entiendo que esos agentes en concreto me habrían multado
#55 Uy, perdón. No era para ti el comentario
#58 perdonado/a
#46 Ah sí? Pues hasta una edad y una altura yo tenía entendido que delante no puede ir sentado ni con la silla de la abuela del rey.
#60 He dicho yo la edad y altura?
Por cierto, aqui tienes la normativa: https://www.20minutos.es/noticia/3291839/0/nino-asiento-delantero/
#63 Pues tendrías que haberla dicho y también lo del airbag porque igual la razón no la tenías tú...
#66 Has leído lo que he mandado? Si tienes los asientos de atras ocupados por menores puedes llevar a un niño delante. El airbag no aplica, estoy hablando de niños, no de bebes. Un niño con elevador no tiene ningún problema con el airbag
Que ganas de rizar el rizo tienes, eh?
#70 el airbag tienes que tenerlo desconectado delante y llevarlo a contramarcha (menos de 135cm, pero tú no hablas de la altura ni nada, dices niño como si eso fuese un estándar de peso y altura).
#83 Digo niño que lleva un alzador (lee mi primer comentario), un niño con alzador no tiene que ir a contramarcha ni tienes que quitar el airbag
#86 un niño con alzador no dice nada, puedes estar sentando a un niño de menos de 135 en un alzador, mirando en el sentido de la marcha y con el airbag activado, con lo cual, la policía podría haberte emplumado muy bien.Tu sólo dijiste que lo sentaste delante porque detrás no podía ir al ir ocupadas dos plazas por otras dos niñas.Si una de las niñas de atrás es más alta que el de delante, multa también.Eso sí, dejaste bien claro que sabías que había algún caso en el que podía ir un menor delante y que la policía lo desconocía..
#87 Te has leido lo que he mandado???? Veo que no. Un niño menor de 135 PUEDE ir sentado delante con un alzador si los asientos de detras van llenos. No es tan difícil leer antes de comentar.
Evidentemente delante se pone al niño más alto, digo yo!
Pero tu erre que erre, intentando tener razón y agarrándote a un clavo ardiente.
Repito para que te quede claro:
Delante puedes llevar un menor de 1.35cm con alzador, en el sentido de la marcha, con airbag puesto, siempre y cuando detrás esté ocupado por otros menores (evidentemente con menos estatura que el que va delante). Te ha quedado claro? Es decir, en un coche normal con cinturones normales puedes llevar hasta 4 niños. Si no tienes cinturones completos puedes llevar 3 niños, e incluso un adulto en el cinturon trasero del medio si no es completo
#88 otra vez, puede ir si está desconectado el airbag y va a contramarcha, que lo pone en el enlace que me dijiste que leyese
En ese caso la normativa sí permite que un menor ocupe el asiento delantero con su sillita infantil correspondiente, al igual que en el caso de que el vehículo solo tenga dos asientos traseros homologados.
Es importante recordar también que en el caso de que sea necesario llevar a un niño en el asiento delantero en una silla en sentido inverso a la marcha (sillitas del grupo 0+ de 0 a 13 kilos) es necesario desconectar el airbag frontal de pasajero. Revisa que tu vehículo tenga airbag desconectable porque, en caso de que no, tendrás que llevarlo a un taller para que lo desconecten.
#92 Que no, que contramarcha solo si es pequeño (un bebe o niños muy pequeños) que necesiten sillitas. A partir de una altura no llevan sillitas y no van a contramarcha. No te centres en lo que te interesa. A contramarcha solo van los niños PEQUEÑOS como dice en el enlace que he puesto.
Pero por si no te ha quedado claro, no hay elevadores con sentido contrario a la marcha, eso es para niños PEQUEÑOS.
Comienzo a pensar que me estas trolleando.
#94 Enhorabuena por tu paciencia.
#92 "...en el caso de que sea necesario...". me parece que esta claro lo que dice.
si tiene que ir en sentido contrario (bebes, grupo 0+), debe desactivar airbag. si no tiene que ir en el sentido contrario, pues no debe desactivar el airbag.
#94 tiene razón
#94 Es que pareces nuevo, esas sospecha la tienes que desarrollar desde la segunda respuesta...
#92 http://www.dgt.es/es/prensa/notas-de-prensa/2015/20150928-menores-midan-135cm-o-menos-deben-viajar-asientos-traseros-vehiculo.shtml
Es de 2015 , puede que fuera modificado
#88 me parece que hablando cón #92 estás predicando en el desierto. Se ha apŕendido lo de los bebes con airbags y sus hijos le cogerán el coche a los 20 años para follar con sus novias, pero con el airbag desconectado y mirando para atrás...mientras hace lá marcha atras.
#88 aburrimiento y ganas de discutir por que si. Yo a ese comportamiento lo llamo de gilipollas por aqui se les dice troll
#60 ¿Cual de ellos? Porque hay varios...
#46 ¿Los policías que te pararon o todos los policías?.
La legislación española obliga a que los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros que se desplacen en vehículo, además de viajar con el sistema de retención infantil adecuado a su talla y peso como la norma exige, deberán ir sentados obligatoriamente en los asientos traseros de los vehículos, excepto:
1. Cuando el vehículo no disponga de asientos traseros.
2. Cuando todos los asientos traseros estén ya ocupados por otros menores de las mismas características.
3. Cuando no sea posible instalar en dichos asientos traseros todos los sistemas de retención infantil.
¿Un menor de edad puede viajar en el asiento del medio?.
17 años menor de edad
1´80 de altura
70kg
Creo que si puede ir sentado en el asiento del medio.
Tu has puesto: "tuve que explicar que la normativa me prohibe poner un menor de edad en un asiento del medio con un cinturon que solo sujeta la cadera".
#39 a mi me pararon yendo a paso de mosca (como voy siempre) por una calle sin peligro. Con la ley en la mano, pueden interpretar lo que quieran (pueden decir que vas con un vehiculo no reglamentado o sin seguro). Estoy de acuerdo en que hay qie regular, y todo empieza por multar a los que hacen el idiota, que sí que los hay.
#30 Por eso mismo como es una calle peatonal no pueden ir vehiculos por esa calle.
Yo por ejemplo para pasar con la bici por esa calle me toca ir andando o me podrian multar.
Porque no iba a ser lo mismo con el patinete electrico.
En Valladolid esta prohibido ir con la bici por las aceras y calles peatonales en horario de 8:00 am a 10pm.
Si dio esa respuesta normal que lo multaran, por listillo
#1 No se ha aprendido el socorrido "lo siento, [señor agente], no volverá a ocurrir".
#33 Eso únicamente funciona si les enseñas escote o tonteáis con el.
#33 Mejor el "que soy compañero, coño"
#33 Caballero.
#1 Sinceramente espero que su recurso siga adelante para callarle la bocaza a esos dos policías
#1
Si,torrente..
#16 no si chulos pueden ser...
Luego viene cuando se les sube a la cabeza, chulean a muchos, se equivocan chuleando a alguno que no deben, y acaban a ostias a la salida de un bar ...
Y luego todo son lamentos
El hecho es que no te pueden sancionar por algo que no es sancionable. Mientras no esté regulado es legal.
Nota:
Regulado como eufemismo de prohibido claro.
#6 Estaba circulando por una via pública, con un vehiculo a motor no homologado. Esto es sancionable.
Era una vehiculo a motor sin seguro. Sancionable.
Estaba poniendo en peligro su vida circulando a velocidad inadecuada. Sancionable.
Llevaba cascos. Sancionable.
Todo eso esta regulado. Debe ser uno de esos que utiliza el duckduck para buscar por internet.
#9 Velocidad inadecuada? Por qué?
Era una vehiculo a motor sin seguro, sancionable? Estás seguro de eso? Y si es obligatorio tener seguro, como sabes que no lo tiene?
Llevaba cascos. Sancionable. Qué normativa prohibe llevar cascos en un patinete?
#9 Los patinetes eléctricos no están considerados como vehículos a motor, están considerados como vehículos de movilidad personal.
#32 Los usuarios de sillas de ruedas se consideran peatones según la ley de seguridad vial.
Anexo I
4. Peatón. Persona que, sin ser conductor, transita a pie por las vías o terrenos a que se refiere el artículo 2.
También tienen la consideración de peatones quienes empujan o arrastran un coche de niño o de una persona con discapacidad o cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones, los que conducen a pie un ciclo o ciclomotor de dos ruedas, y las personas con discapacidad que circulan al paso en una silla de ruedas, con o sin motor.
#61 Sí, me di cuenta y lo edité después, gracias
#61 #64 Y las sillas de ruedas eléctricas??
#68 En el propio comentario de #61 lo pone: las personas con discapacidad que circulan al paso en una silla de ruedas, con o sin motor
#69 perdón, no lo había visto.
#32 tampoco las bicicletas... pero ya verás que te dice el urbano si te pilla con cascos...
#32
Anda mas que una scooter de 50cc.
#9 O sea... ¿que los patinetes están prohibidos? Entonces las bicicletas eléctricas también, supongo.
#35
Menuda panda de vagos
REGLAMENTO GENERAL DE VEHÍCULOS
TÍTULO I
Normas generales
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 1.
Autorizaciones y sus efectos.
1. La circulación de vehículos exigirá que éstos obtengan previamente la correspondiente autorización administrativa, dirigida a verificar que estén en perfecto
estado de funcionamiento y se ajusten en sus carac- terísticas, equipos, repuestos y accesorios a las prescripciones técnicas que se fijan en este Reglamento. Se prohíbe la circulación de vehículos que no estén dotados de la citada autorización.
El Ministerio de Industria y Energía podrá establecer excepciones al cumplimiento de alguna de las condiciones técnicas previstas en este Reglamento a deter minados vehículos, equipos, repuestos y accesorios.
#89 Vamos, que según tú las bicicletas necesitan una autorización administrativa para circular.
Hay un vacío legal porque la técnica y las opciones han avanzado más rápido que las leyes.
En otras ciudades la normativa indica o va a indicar que se puede circular por calles peatonales con patinete a velocidad de peatón (6 km/h supongo) con un metro de distancia creo, y por la calzada a 30 km/h (y sin casco en los de menos de cierto peso), así que fíjate si es legal, si lo dice un ayuntamiento.
#89 no sabía que las bicicletas tuvieran que pasar la ITV.
#9 Un eléctrico es un "vehículo a motor"? Entonces ir caminando también...
#9 Si el patinete es un vehículo a motor se podrá incorporar a la carretera no?
#9 pero es que es un patinete...no un engendro de Lucifer con cascos gaming mientras arropella viejas.
#9 que seguro sacas para un patinete eléctrico como vehículo a motor?
#22 ser multado =! ser multable
hace tiempo me pusieron una multa por aparcar en un vado en horario permitido. mi acción no era multable y así me lo notificaron posteriormente, pero me multaron y me hicieron perder mi tiempo en escribir un recurso y presentarlo.
#11 Es bastante snob y un poco abogado.
Evidentemente, es el típico listillo tratando de hacerse famoso. Un pícaro.
Lo que no entiendo, si va a la misma velocidad ¿Para qué va en patinete? Mejor andando que es más sano.
#10 Porque es abogado (y un poco snob).
#10 Obviamente estaba buscando la confrontación y la multa para mostrar la actitud de las autoridades de forma pública. Y dado que estamos hablando del tema, no se le ha dado mal.
Cc/ #11
#10 #11 #24 #36 Porque probablemente, pasada esa zona peatonal, puede ir mas rápido.
Aunque también es posible que en realidad vaya normalmente a esa velocidad, tengo un amigo con problemas en una de sus rodillas que esta pensando en comprarse uno de estos aparatos para ir a velocidad de peatón.
#47 Es evidente que lo que dices es así, me citaste por error... Los otros 3 les gusta hilar fino
#47 te me adelantaste #99
#11
Rgc
Art: 18
Apt: 2
Opc: 5A
Texto: CONDUCIR UTILIZANDO CASCOS O AURICULARES CONECTADOS A APARATOS RECEPTORES O REPRODUCTORES DE SONIDO
Multa: 200
Ptos: 3
¿Multan porque sí o porqué es lo correcto? Abstraerse de la vía provoca accidentes.
#10 Hombre, yo si tengo un patinete electrico que pesa 10 -15kg, prefiero montarme en él a llevarlo cargando aunque vaya a poca velocidad. Digo yo pero si quieres buscarle 8 pies al gato...
#10 igual andaba dando vueltas por la calle buscando acabar en las noticias.
hace unos años salio en las noticias un abogado de vigo porque le asaltaron el despacho y le hicieron pintadas nazis y tal. a las 3 semanas lo pillaron en el aeropuerto robando en dos coches del parking.
#82 Coño, ¿quién era, Saúl Goodman?
#10 porque puede que por otra vía no vaya a esa velocidad, que puede, en bcn hasta 30kmh por el carril bici y cuando llega a una calle peatonal, en bcn(no se ahí), ha de ir a 10kmh y sin molestar(o algo así pone).
Y no me digas que porque no camina entonces en ese trozo, porque a parte de ser libre de hacerlo si es legal es bastante mas cómodo ir encima y con el motor que empujarlo (que obviamente es factible).
#10 ¿porque quiere?
Ordenanza de circulación del ayuntamiento de Valladolid:
Artículo 48.- Patines, monopatines o aparatos similares
1.- Los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares no podrán circular por Las vías urbanas, salvo que se trate de zonas, vías o partes de las mismas que les estén especialmente destinadas y por
las calles residenciales debidamente señalizadas.
#26 En Madrid no pueden circular por la acera, en Valladolid no pueden circular por la via, ...
Vaya diarrea legislativa que tenemos en España.
#49 La dgt dijo algo así como: "nosotros vamos a tardar en legislarlo asi que cada población ponga su norma".
Ahora yo en mi pueblo de 500hab., Que no se ha pronunciado, pues ni idea de si estoy haciendo algo ilegal.
Eso si, no hay urbana en el pueblo y los mossos no se meten, así que de momento via libre...
#26 Casi puedo oír al que ha redactado esa norma
"¡¡Que vayan en coche como todo el mundo!!"
#26 Tal vez este sea el error del abogado. No pensar en que cada puñetero pueblo de España tiene un reglamento distinto para bicicletas, patines, monopatines o aparatos similares .
#26 No era un patín ni un monopatín, era un VMP... Un patin se pone en los pies y un monopatin son 3 ruedas bajo una tabla, ¿no?
#84 Patines, monopatines o aparatos similares
#90 Un patin es más bien ésto: http://www.inercia.com/media/catalog/category/patines-en-linea.png
Un monopatin. ésto: https://www.drim.es/349082-large_default/monopatin-con-luces-led.jpg
El de Xiaomi es más bien un patinete que se parece nada más que en el nombre. Y está la circular de la DGT indicando que son VMP's
Digamos que los VMP están más orientados a movilidad y los patines y monopatines son más de uso lúdico, aunque claro, pueden usarse ara todo ambos.
Alguien ha hecho ya el chiste de "el que tengo aquí colgado"?
Primera referencia al caso, https://www.elnortedecastilla.es/valladolid/ayuntamiento-recuerda-patinetes-20181117191403-nt.html
Y esto he opinado, De forma constructiva: en el caso de la regulación creo que el gobierno local va despacio en este aspecto cuando otras ciudades ya la tienen. El abogado, que algo no esté regulado, en este caso el uso del patín eléctrico, no te exime de comportarte con cierto sentido común. Si una bici puede moverse por aceras peatonales a ciertas horas, haz lo mismo. No creo que deba valer la lógica de un patín eléctrico no es una bici, no tengo que respetar la ordenanza ciclista, y no hay regulación del patín eléctrico me muevo como un peatón. Creo que las usuarias de VMU/VMP deberían de organizarse para buscar una regulación para estos vehículos y que les permita moverse por la ciudad de forma segura. Y la policía, mientras siga la llamada Ley Mordaza seguiremos viendo multas desproporcionadas.
Los guardias siempre velando por nuestra seguridad.
#7 Te falta añadir los guardias analfabetos y gilipollas del poso€e
#20 Estos ya lo eran cuando les mandaba el PP.
El thumbnail de la noticia parece un router. Sólo cuando entras ves el patinete. Me ha recordado a esas imágenes que parecen culos pero son sobacos.
Y hasta aquí mi aporte. Un saludo.
#22 Menuda " lógica" gastas...
Los funcionarios comunicaron al letrado que no podía transitar con su artilugio mecánico.
Vaya, no sabía que un patinete tiene su complejidad.
#8 no creo que mas del 20% de la poblacion sepa como funciona el motor de un patinete.
#25 por fin soy parte de una gran mayoría
#8 Si vieras la cantidad de circuitería que tiene el microcontrolador que maneja la rueda eléctrica...
Quien espere que los agentes, tanto da del cuerpo que sea, se sepan las leyes como si fuesen un abogado, va listo. Lo peor, ni van a consultar.
#21 ¿Entonces a que van a la academia y por qué tienen rango de autoridad competente en la materia?
#42 A sacarse el título de derecho ya te aseguro que no van.
#42 En realidad la policía no multa, denuncia. Es la administración competente la que decide si dicha denuncia es merecedora de sanción.
#73 La policía o cualquier agente de la autoridad en materia de tráfico si sanciona ante una infracción aunque no sea en el acto y así lo dice la ley otra cosa es lo que diga la administración, si está de acuerdo y el afectado haga recurso porque el agente sea un incompetente
#93 Esto es lo que dice la ley de tráfico, pero el procedimiento es similar para cualquier sanción administrativa
El procedimiento sancionador se incoará de oficio por la autoridad competente que tenga noticia de los hechos que puedan constituir infracciones tipificadas en esta ley, por iniciativa propia o mediante denuncia de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas o de cualquier persona que tenga conocimiento de los hechos.
La autoridad competente no es la policía sino la administración competente que es quien tiene la potestad sancionadora. De hecho lo que habitualmente se conoce como multa es en realidad una denuncia (un boletín de denuncia) por eso en ella hay frases como hora de la denuncia, hecho denunciado, etc.
#21 El susto que me dieron a mi en el 99 cuando al ver mi carnet después de un accidente me dice el local: "este carnet es falso" (yo con 18años, imagínate mi cara...)
Después de entender que el poli no había visto aun un carnet de moto limitado y explicarle...
Agente: "Aaa esto debe ser lo de los carnets nuevoss..."
#80 Vamos a ver.
Ir por la calzada a velocidad de peatón: mal.
Circular con un vehículo no homologado: mal.
Circular con auriculares: mal.
Y le cita una norma estatal cuando quizás haya una norma local que permite a los patines ir por la acera, con limitaciones.
No, lo mejor no es callarse la boca, es acatar la autoridad, no discutir con ella en asuntos futulies y ahorrarse una multa que aún no te han puesto. Si va en un patín es para ahorrar tiempo. Discutir con el policía te hace perder tiempo. Obedecer y circular como el diga te lo ahorra. Ya circulará como crees que debes circular cuando no esté mirando. Discutiendo en el mejor caso pierde tiempo y en el peor se lleva la multa. No discutiendo en el mejor caso no pierde el tiempo y en el peor se lleva la multa. En ninguno de los dos casos consigue nada.
El policía no va a sufrir ninguna penalización porque le recurran la multa, el recurso no tiene por qué prosperar y sinceramente al policía le importa un pimiento que seas abogado o dentista, a menos que necesite un abogado o un dentista, claro.
#21 Como se espere un abogado saberse las normas urbanas mejor que un policía local mal vamos. El policía local no tendrá ni idea de derecho mercantil, ni tributario, ni muchas cosas de penal, o de laboral, pero si sabe si un vehículo puede circular, estacionar o aparcar en según qué lugares y momentos, sabe perfectamente cuando empieza la hora de carga y descarga, cuando se considera que son las fiestas y se puede empezar a multar o a llamar a la grúa y cuando hay que dejar de hacer ruido etc...
Y no és que el policía sepa mucho de leyes, sino que el sabe mucho de leyes en su cuerpo concreto les ha dicho cual es la interpretación correcta de la versión más actual de las mismas y las aplican a rajatabla.
No me creo que la policía local de Valladolid haya puesto una multa. Pero si se pasan el tiempo entre La Flor de la Canela (bajo el arco de ladrillo) el Coffees House (zona universidad) y escondidos junto al palomar del Campo Grande
#19 al Coffee 's House lo llamamos "la comisaría" porque SIEMPRE hay un poli de uniforme tomando el café.
Y en el caso de la noticia, me temo q hay mucho policía "yo-soy-la-ley" que va de listillo. Y claro, les dices que eres licenciada en derecho y la normativa aplicable... Y oye, que no es mi culpa, ¡haber estudiao!
Me he molestado en buscar la vía por la que iba circulando para e tender que la parte central de la calle se refería a la calzada.
Si hubiera cerrado la boca, se hubiese subido a la acera y hubiese ido al paso de persona por la acera posiblemente se hubiese ahorrado la multa.
Si hubiese omitido que es abogado (se ve que los no abogados no podemos buscar legislación) y simplemente hubiese alegado que creía que sí podía cricular y hubiese seguido las indicaciones de los policías seguramente se hubiese ahorrado la multa.
Tengo un amigo multado por circular correctamebte en bicicleta con auriculares puestos. Da igual el tipo de vehículo. Si llevas auriculares te llevas una multa. Vamos, que de todas todas le iban a multar.
No entiendo para que le menciona la ley a los policías si de lo único de lonque puede librarse pleitenado como mucho es de la multa y eso después de pasar por el procedimiento administrativo y después por el contencioso.
#17 No has buscado bien, la calle es peatonal: http://cadenaser.com/emisora/2017/06/12/radio_valladolid/1497245869_529423.html
Por tanto es mejor ir por el medio para no molestar
#17 Estemmm... creo que ha quedado claro con el asunto de Madrid que los patinetes, al igual que las bicicletas, no pueden circular por las aceras.
#43 Depende del ayuntamiento.
En Murcia de momento es el único sitio por el que puede circular, ya que por la calzada solo están permitidos coches, motos y bicicletas.
Y si por mi fuese prohibiría las bicicletas en la calzada, son una puta locura, el mas mínimo fallo humano puede acabar en atropello mortal, al menos por la acera el fallo humano acaba en moratón. No se como hay ciclistas locos que se atreven a circular por ese disparate de las ciclocalles madrileñas.
#62 Es que el patinete es una bicicleta de ruedas chiquitas
Realmente, si queremos "salvar el planeta", lo que hay que hacer es:
1) en calles suficientemente anchas delimitar un carril bici.
2) en calles angostas pero con aparcamientos, quitar los aparcamientos y poner carril bici.
3) en calles angostas sin aparcamiento, convertirlas en peatonales + bici.
(y lógicamente el carril bici para bicicletas y vehículos con motores de poca potencia como los patinetes y bicicletas eléctricas)
El uso del coche en ciudades se debe desalentar de todas las formas posibles.
#71
#62 pues, la moda es mandar a la bicicleta a la calzada, asi que hazte a la idea de lo que dices no sucedera.
#43 Lo único que ha quedado claro con el asunto de Madrid es... Madrid.
Solo nos faltaba ahora que además de tener los asuntos particulares de Madrid hasta en la sopa, también tengamos que tragar con sus legislaciones particulares.
#17 Eso, mejor callarse la boca, no?... total...
#17 ¿Ir con los cascos conduciendo por la via en bici no está prohibido?
Yo creia que si...
Los patinetes son el nuevo diesel.
#3 Va ser gracioso cuando tengamos que movernos por ciudades como Madrid andando, que va a ser lo único que van a permitir.
Lo cierto es que se perderá mucho tiempo, pero al menos será mas sano.
#85 Bicicleta.
#3 Patinetes no, "artilugios mecánicos"
Para este tipo de cosas relacionadas con el tráfico rodado hay que utilizar el lenguaje arcaico de la DGT, como pasa por ejemplo con el amarillo auto y amarillo selectivo.
No es nada nuevo, la gran mayoría de policías locales no conocen la normativa (que la hay) respecto a los VMP. En ocasiones, preguntas al propio ayuntamiento y tampoco tienen ni p*** idea.
Bueno, pues dada su profesión, que recurra
#4
La contestación de los policías fue:
- "Abogado, el que tengo aquí colgado."
#95 Lo primero que dice es que no son considerados vehículos a motor y que por eso no necesitan homologaciones.
#98 estamos leyendo lo mismo? Dice que no se les puede pedir la misma homologación que a un “vehículo a motor” por que no es un “vehículo a motor” pero los considera “vehiculo” por lo cual pide que cumpla con industria, y la forma de demostrar eso se llama homologación. Vamos, que nada de intentar colar un “China Export”.
Auriculares en un vehículo por la calzada = Multa
El resto de detalles ya me resultan indiferentes. Que vaya molestando o no es irrelevante porque las bicis también van molestando, así que ese no es el problema.
#96 calle peatonal, no calzada.
A ver, normativa de los p___s patinetes http://www.dgt.es/Galerias/seguridad-vial/normativa-legislacion/otras-normas/modificaciones/2016/Instr_16_V_124_Vehiculos_Movilidad_Personal.pdf
Va por una vía peatonal? Parece ser que si. No tenemos más que discutir. Que encima como se ponga tonto, se le requisa el patinete hasta que presente la homologación.
#59 Eso es una propuesta, luego las autoridades locales pueden autorizar la circulacion por aceras.
Según la misma propuesta no son vehículos a motor, y por tanto no están sujetos a homologación.
Aparte de todo esto, a mí personalmente me parecen cortapisas absurdas y crear problemas donde no los hay.
Ya con la normativa actual de puede multar a cualquier persona que ponga en peligro a los demás, pero claro, nos encantan las normas, las multas y a ser posible complicarlo todo, y buscar problemas que no existen.
#76 en el enlace que he puesto, primera página, punto primero apartado a,... si eso no pide una homologación. O a ver cómo justificas que tu patinete cumple con lo que pone en la norma.
Correcto, se le multa y luego si quiere que recurra, y si tiene razón que le devuelvan el dinero.
#15 correcto las narices. si no es multable no es multable. a ver si ahora van poder regalar recetas a todo quisqui, así como el que el regala sonrisas, amparándose en que la mayoría de los mortales no recurrirá sus desproporciones por desconocimento de la ley o porque piensen que lo que diga un agente va a misa.
#18 Ha sido multado, luego es mulatble. Si a raiz del recurso se establece que la multa es nula, pues nada, a otra cosa
#15 Tambien no haría falta que el funcionario no la admitiera a trámite pero para eso se necesitaría una administración competente sin deudas monstruosas...
#15 Ok, pero con intereses y una indemnización por el daño moral, lucro cesante por el tiempo que perdió, etc.
Faltan otros 200€ por gilipollas.
#5 gilipollas??? Porque? Por conocer la ley mejor que los policías? Por decir que iba a recurrir? Por no bajar la cabeza y decirles a todo que sí señor agente?
Vamos no me jodas ...
#14 La calle Regalado es una calle con tráfico de vehículos, si iba por el medio a velocidad de peatón, iba tocando los cojones, y quizá por eso le han multado, y por ponerse chulo, que no es delito, pero la carne es débil
#16 Cuando las bicis hacen lo mismo aquí no dicen que "van tocando los cojones" sino que "circulan con todo el derecho del mundo y sin contaminar, por tanto los coches deben respetar y además sobran".
#50 a mi no me mires, yo lo digo siempre
#16 Pues si va a velocidad peatón, por qué dices que iba tocando los cojones?
#75 si la calle fuese con tráfico (algo de lo que ya me han corregido al haberse cambiado hace poco) iría tocando los cojones a los conductores, pero no es el caso
#16 Y si fueras en coche y él fuera por la carretera, te estaría tocando los cojones también. La solución es que levite, supongo. A velocidad de peatón no molesta más que un peatón. Y menos que un carrito o una silla de ruedas.
La verdad es que para una persona que usa un juguete de estos de la forma que dice la ley, van y lo multan. All cops are beatiful.
#16 Pues va a ser que no. Se ha peatonalizado hace cosa de un año.
#5 No insultes a los señores agentes