Hace 4 años | Por ClaraBernardo a elconfidencial.com
Publicado hace 4 años por ClaraBernardo a elconfidencial.com

Así se lo ha comunicado la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, Mar España Martí, que eso sí, le ofrece rebajársela hasta 90.000 euros si no protesta, un 20% menos, y paga pronto, otro 20%. Reconoce el documento de 8 páginas, al que ha tenido acceso 'El Confidencial', que para iniciar su investigación tuvieron que descargarse las sentencias condenatorias. "Dicen que mi cliente difundió el vídeo de los Sanfermines y eso radicalmente falso, pero como estamos hablando de La Manada, la verdad no importa, dice el abogado"

Comentarios

jacktorrance

#30 es muy fácil de entender, el vídeo se ha podido visualizar, en algunos foros como ForoCoches además pusieron los datos de la víctima, si el vídeo ha podido llegar a más gente es que este lo compartió en WhatsApp, así que vulneró los derechos de la víctima y por lo tanto esto es consecuente.

Vodker

#7 que noooooo.
De aepd.es:
"Así, se pueden cometer estos delitos, por ejemplo, cuando:
-Instalamos en el teléfono móvil de otra persona cualquier programa que permita mantener
controlado y vigilado el terminal, conocer su localización, conocer las llamadas efectuadas y
recibidas, fotografar, o grabar vídeos y audios.
-Publicamos, sin autorización del interesado, fotos, vídeos o audios, íntimos de otra persona
en webs, como las dirigidas a los adultos"

C

#9 ¿Sabes que estás intentando dar lecciones legales a un abogado?.

Ainhoa_96

#38 Qué abogado?

P

#38 Sí, al que tengo aquí colgado

D

#38 La verdad es que a algunos abogados les harían falta. A este no.

RamonMercader

#38 pues deberías repasar las asignaturas de derecho administrativo y penal.

C

#70 En cuanto tú repases la comprensión lectora.

RamonMercader

#99 repasada, creía que eras el troll de #9.
Mis disculpas

Vodker

#38 ¿sabes que solo transcribo párrafos de la web de AEPD?

C

#73 Estás tergiversando lo que la AEPD dice. Muy convenientemente has omitido el inicio de esa página que habla de que se puede cometer un delito de descubrimiento y revelación de secretos, que corresponde al orden Penal.

Kalikrates

#9 Hay mil casos. Por ejemplo, te puede sancionar la inspección de trabajo por una irregularidad en tema laboral. Es una sanción administrativa. Pero si esa irregularidad provoca la muerte de un trabajador (v.g. seguridad laboral) estás cometiendo un delito perseguible penalmente.
PD. Perdona por el negativo, no era mi intención. Aunque uno esté equivocado el botoncito rojo no es para eso.

T

#6 además de lo que dice #7 ¿y qué importa eso?

Vodker

#2 sacto. Lo del pronto pago tiene su lógica, pero lo de "si no protesta" es absurdo.

T

#3 en la dgt el pronto pago y el si no protesta es lo mismo.

Vodker

#5 en la DGT las sanciones son faltas. Esto son delitos.

SalsaDeTomate

#5 No, son dos cosas diferentes.

T

#31 Si pagas pronto la multa automáticamente dejas de poder reclamar, o al menos eso dicen ellos.

P

#32 yo pagué pronto una multa de 200€ y cuatro puntos, pagando de esta forma 100€. Y recurrí al tribunal contencioso, me dieron la razón por estar la multa fuera de norma,y me devolvieron dinero y puntos.

D

#71 Es que eso hay que hacer, pagar pronto para que no te cueste demasiado y luego recurrirla como se debe, lo que pasa es que mucha gente pasa de recurrirla y luego se queja.

#32 No puedes interponer recurso de reposición, pero si contencioso-administrativo.

D

#5 En antaño esto era en plan "si firmas aquí dejamos de torturarte", ahora las formas han cambiado aunque el fondo es el mismo. Confesión bajo amenazas de que si no confiesas todo podrá ser peor.

D

#3 #2 El problema es que no es así, realmente es al revés, es como las multas de tráfico. Yo te quiero poner una multa de 100€, pero queremos evitar que la gente se queje y solo pague, pero como no podemos penalizarte por protestar se hace lo contrario. Aumentamos la multa, y si no protestas, peus te la "rebajo" que eso sí que puedo hacer.

Y ojo, que puedo verle algo de sentido, muchas veces la gente se queja solo por fastidiar y por hacerte perder el tiempo, pero creo que en general la forma en que se conciben las multas es abusiva. Hablo de esta como podría hablar de cualquier otra.

D

#13 A eso sumale el "aquí se puede ir seguro a 50, pero ponemos el límite a 30 con la excusa de que la gente siempre va por encima del límite marcado" lo que no te dicen es que si te pillan a 60, con la señalización justa sería una pequeña multa y con la señalización abusiva, es falta grave y te la clavan bien. Así estamos, con multas absurdamente elevadas comparados con países más ricos y con una inseguridad juridica del conductor clamorosa.

D

#15 Por pronto pago lo veo normal, pero por no protestar no.

strike5000

#16 Entiéndase "no protestar" como "no recurrir la multa".

D

#18 Pero entiendo que recurrir es un derecho. El hecho de rebajarte un 20% por no recurrir me suena a chantaje.

Mofetaa

#19 Cuando te sancionan, el mismo organismo puede informarte de los supuestos que la Administración acepta en caso de recurso y la documentación que debes aportar para respaldar tus alegaciones. No vale todo.

D

#25 #19 Es que es chantaje, la explicación la dejé en otro comentario. No pueden penalizarte por recurrir, porque es un derecho, pero pueden subir el importe base de la multa y luego darte "beneficios". Lo mismo que hacen muchos comercios con falsos descuentos.

También entiendo que la administración actúe así, hay mucha gente que es caradura y es capaz de recurrir lo irrecurrible, y al final te hace perder el tiempo, y quejarse le sale "gratis", pero también sirve para encubrir que las sanciones se ponen mal. La mayoría de sanciones de tráfico que se recurren se ganan, porque hay defectos de forma, radares no homologados, etc.

BM75

#27 No pueden penalizarte por recurrir
Es que no te penalizan. La multa es la que es, no te van a cobrar de más, que sí que seria penalizar. En todo caso te favorecen si no recurres. Puede que la infracción sea de libro y no tenga sentido recurrir. En ese caso te benefician.

BM75

#19 Es una opción que te dan, no es obligatorio.. Tu derecho a recurrir está intacto, si crees que tienes razón.

BM75

#16 Llámalo como quieras, creo que es un tema semántico, se sobreentiende.
Yo también lo hubiera dicho como tú

D

#15 "Es un procedimiento habitual con las sanciones económicas"
No soy un experto en multas (solo llevo tres cuatro, dos por aparcamiento, una por adelantamiento indebido y una por saltarme un stop, todas de hace más de 15 años), pero eso de por no recurrirla no lo había oído nunca.

D

#8 Dónde estan todos esos? Los del grupo que les jaleaba y demás?

D

#8 Según se dice es mentira que el vídeo fue enviado. Por eso es una sanción absurda y que probablemente retirarán.

i

#8 ¿Por qué? Por un trozo de video ¿como ibas a deducir que se trata de una violación? Por lo visto en el video no se resiste, ni la fuerzan, no digo que no sea violación digo que al parecer por ver el video no lo sabrías. No sabes si la grabación es consentida, etc, etc.

J

#55 Porque eran hombres.

c

#8 puede que no a todos les pareciese una violación, igual que no se lo pareció a uno de los tres jueces.

kampanita

Qué barato sale ser un hijodelagranputa, no?

angelitoMagno

#1 ¿Barato?

D

#4 Aun asi no debio correr mucho o ser absolutamente falso, cosa mas probable.
#29 Eso dice mucho.
#36 Creerse eso es de parbulario. Cualquiera sabe que lo que acaba en internet, por mucho que digan, no desaparece.
#40 A mi eso es lo que me sorprende en parte, seran muy tontos, pero nadie es tan tonto como para subir la comision de una violacion a internet a no ser que este muy pero que muy enajenado.
#41 Y le hace a otro un beso negro. Lo de agarrarle a uno el miembro en el juicio decian que lo hizo para no caerse...
#45 Si, se lo cree. Pero de ser asi, no seria accesible toda la informacion que hay de la victima (fotos incluidas y no de ella precisamente).

A mi esto que nos atañe (y no hablo de pozoblanco) que es lo que sucedio pamplona, me parece raro raro.
Y bueno, la sentencia sin censurar salio del juzgado.

Asi que yo este caso, lo cojo con pinzas.

helder1

#58 Pues yo la Gurtel, creo que son inocentes los del PP. Por que? porque si.

D

#34 Hijodeputa! Prisión permanente no revisable ya!

omegapoint

#68 ¡¡a un pozo de termitas carnivoras!!

D

#20 mucho no lo ha difundido cuando aún no hemos visto nada y seguimos opinando sin saber.

D

#20 igual no lo sabes, pero esta gentuza está en la calle mientras los chavales de Alsasua y los presos políticos siguen encerrados.

helder1

#14 poner en internet un video en el que te violan... pues ya me dirás.

angelitoMagno

#81 Las clases medias de las que habla Rivera, supongo.

D

#1 El problema es doble: ser hijodelagranputa y ser discapacitado intelectual. Cuando se juntan ambos problemas se lía parda.

D

#1 tu sabrás

m

#1 Los de la manada se merecen toda la mierda que les caiga, por ser la escoria que son....

Pero por favaaaaar, cómo va a ser poco la cantidad de 150.000€? Soy incapaz de ponerme en el lugar de alguien al que le parezca poca esa cantidad, y te aseguro que estoy intentándolo. Joder, con un sueldo de mileurista tienes que estar toda tu puta vida muriéndote de hambre para conseguir ahorrar eso.

A

#1 Pues mas bien no. Esto es un castigo solo por la difusión del video con independencia de cualquier otra responsabilidad penal que le pueda caer por violación/agresión (no se como lo han calificado ni la diferencia exacta)
Aparte de la sanción económica que leve no es, pueden caerle un montón de años de cárcel.
No voy a entrar en si es suficiente castigo o no, pero tanto como barato no me parece.

D

¿Grabó el vídeo y no se lo envió a nadie? Poco conoce a los canis este abogado.

Ainhoa_96

#4 El tema en realidad es: ¿Pueden demostrar que lo difundió? Porque durante el proceso ya ha habido varias fugas de información que sólo tenía la policía y el tribunal.

#49 Igual que en el Spanair y otros cuántos casos más.... Como sea susceptible de una exclusiva la cadena de custodia hace aguas. Que se pudrán en la cárcel. El vídeo lo grabó él pero difundirlo me da que habría que buscar a otro.

A

#57 Pues depende de cuando se difundiera el video y eso es relativamente fácil de averiguar. Si el video se difundió antes de que le obligasen a entregar el móvil no puede ser problema de la cadena de custodia. Eso es lo que habrá que ver, si se difundió antes o después de que el móvil pasase a la custodia.

luiggi

#49 Si hace una grabación en su móvil, es responsable de cualquier difusión que se haga de la misma previa al aprehendimiento del móvil por parte de las autoridades.

Ainhoa_96

#83 Y posterior? Pueden demostrar que fue previa?

A

#49 Pues depende de si hay registros de las comunicaciones. Los mensajes, llamadas. videos, etc parten de un terminal concreto y eso puede quedar registrado, tanto en los operadores de los servicios como en los terminales desde los que se envié o reciba. Ademas de los metadatos que puedan figurar en los archivos, etc
Ademas en otros casos de supuestos abusos cometidos por ellos también difundieron imágenes en sus grupos de Whasapp, así que la cosa pinta mal.

A

#4 Es el abogado defensor ¿Que otra cosa va decir? Tiene que apoyar la versión de su cliente y buscarle una salida plausible le crea o no, es su trabajo. Si el defensor en este o cualquier caso no lo hiciera seria como condenarte de antemano, imagina un abogado que dijese mi cliente alega tal y tal, pero eso no se lo cree nadie . Ya se encargara la acusación de demostrar lo contrario si puede, que es su trabajo.

D

#59 Si mal no recuerdo es la explicación del abogado de ella, pero vamos, que es algo que está literalmente en la setencia.

frg

Menuda papeleta la del abogado, intentando exculpar al interesado, ¡cuando lo envió a su grupo de Whatapp!.

D

#10 Que yo haya leído eso es mentira. No envío vídeo a su grupo ni a ningún sitio. Habría salido en la sentencia. No hay ni la más mínima prueba de que eso pasara.

D

#43 Me encanta la sexta: "ella no dio permiso".
Junto a imágenes del propio vídeo, claro, que es lo que genera visitas.

Ainhoa_96

#10 ¡cuando lo envió a su grupo de Whatapp!
¿Fuente?

strike5000

De "haberse difundido" seguramente habría circulado muchísimo, páginas porno incluidas. Yo no lo he buscado, ni pienso hacerlo, pero tampoco he oido nada de que estuviese al alcance de cualquiera.

D

#17 Si se hubiera difundo doy por sentado que lo sabríamos, así como hemos sabido cuando se ha difundido cada dato personal (de unos y otros).

CerdoJusticiero

#36 Aquí yo he leído a unos cuantos desgraciados comentando detalles del mismo y explicando que no fue una violación porque la víctima en un momento dado agarra a uno de esos subhumanos por la polla.

jonolulu

#45 Me remito a lo dicho por #41. Supongo que estará en algún rincón de internet, pero negar que se haya difundido...

D

A veces me gustaría vivir en el mundo de luz y de color de #36 / #48.

De dónde sacarán a esta peña...

c

#41 que agarro el pene de uno de ellos es algo que se recoge en la sentencía y argumento del abogado de la victima. No hace falta ver el video para asegurar eso.

l

#41 Según el abogado, ella "cogió el pene para no perder el equilibrio" (cito de memoria). Hay que tener dos dedos de frente y analizar lo ridículo que es esa afirmación.

D

#36 ¿En serio te crees que algo que está en internet deja de estarlo porque la GC o el CNP se empleen a fondo?

Zibi

#45 Si pillan a otro difundiéndolo le caerán 150.000€ de multa. Igual se están cortando.

Ainhoa_96

#36 No te enteras, lee la noticia que tú mismo pones.

Son fotogramas que fueron extraidos del sumario del caso.

Pero nada. Aquí todo el mundo da por hecho que lo difundió y no hace falta demostrar nada, a la hogera con él.

jonolulu

#53 Lo pongo por aquellos que dicen que nada del caso fue difundido, y la noticia habla de una HIPÓTESIS: y es que saliera del sumario lo cual no tiene por qué ser así, como finalmente se recoge en la sentencia... Y lo pongo porque muchos dicen que no se difundió nada, y a la vez muchos obviais que la resolución de la AEPD se basa en la sentencia

b

#56 tan fácil como mirar lo grupos de WhatsApp en los que estaban los detenidos, seguro que el video estaba en esos grupos

Ainhoa_96

#56 No es ninguna hipótesis, son los mismos fotogramas que salían impresos en el sumario de instrucción, que no es público.

¿Crees que alguien con acceso a los vídeos sacó exactamente los mismos fotogramas que había en el sumario de instrucción? Vaya, vaya... Qué crack!

D

#36 La Policía Foral ha alertado de la "difusión masiva", a través de las redes sociales, de fotogramas de la supuesta violación grupal ocurrida durante los sanfermines de 2016, lo que constituye un delito contra la intimidad.

Que además fueron extraidos de la instrucción del propio caso, así que en principio no sabes quién es el responsable.

strike5000

#36 Este artículo acusa a este "hombre" de difundirlo, y la noticia que tú enlazas habla de "fotogramas" y de que pudieron sacarlos de juicio. Y yo al menos no digo que no se difundiera, sino que no había oído -o al menos no recordaba haberlo oído- su difusión.

"La Policía Foral ha alertado de la "difusión masiva", a través de las redes sociales, de fotogramas de la supuesta violación grupal ocurrida durante los sanfermines de 2016, lo que constituye un delito contra la intimidad.

Los vídeos
Esas imágenes podrían haber sido extraídas del sumario del caso enjuiciado en la Audiencia Provincial de Navarra el pasado mes de noviembre, en el que cinco jóvenes sevillanos han sido juzgados por la supuesta violación en grupo de una joven madrileña en un portal de la capital durante las fiestas de San Fermín."

D

Es lo que pasa cuando pones una feminista al de de una agencia pública, que dicta resoluciones sin imparcialidad.

ayatolah

#47 Si, eso lo se. Lo que no entiendo es porque la comisión de delito se resuelve con una falta administrativa y no con la sentencia de un juez "civil y/o penal".
Comprendo que te puedan poner una sanción administrativa si te sales de la carretera (sin conducción temeraria) y derribas un quitamiedos, pero no me parecen lógicas sanciones del tipo a la que se refiere la sentencia sin pasar por un juzgado. Es mi forma de verlo, que obviamente no seguirá la lógica de los legisladores, que sabrán bastante más que yo de leyes.

jonolulu

#52 Una sanción siempre puede recurrirse judicialmente. En ningún momento estás impedido de hacerlo

Ainhoa_96

Yo sí he buscado el vídeo y no lo he encontrado. No está en la red, demostradme que me equivoco.

Lo que sí existen son fotogramas que alguien robó del sumario, no voy a poner aquí los enlaces porque sería motivo (lícito) de ban a mi cuenta.

b

#54 con mirar los teléfonos de los acusados, en los grupos de WhatsApp en que estaban, no hace falta investigar mucho...

Ainhoa_96

#90 Pues que lo hagan, no dicen que lo hayan hecho ¿Cómo pueden multarle sin demostrarlo? No todo vale aunque sean chusma.

ayatolah

A mi me parece demencial que pueda haber un "tribunal" civil con capacidad de poner esas multas. Lo lógico es que presentasen denuncia a la fiscalía y un juez, en un juicio como debe celebrarse, dictase sentencia.

De lo del asunto de "La Manda", la violación o que sigan en libertad, me guardo mi opinión.

sam2001

#42 A mí me parece demencial que el ciudadano medio no sea capaz de diferenciar entre un tribunal y un órgano administrativo o entre una sentencia judicial y una resolución administrativa.

D

#87 el ciudadano medio cree que Telecinco es una cadena de televisión

ayatolah

#87 #42 Se diferenciar que la denuncia que me pone un policía local por aparcar en amarillo, por ejemplo, entra en el ámbito administrativo. Pero sanciones de este tipo (y no lo digo por la cuantía) así como las derivadas de la Ley Sinde, o la Ley Mordaza o algunas otras de extranjería. Simplemente estoy expresando mi opinión como persona de a pie, sin que necesariamente sea seguidor de los programas de Telecinco y que en su carrera tuvo algunas asignaturas de legislación donde, entre otras cosas, se estudiaban conceptos básicos de leyes, justicia y funcionamiento del Estado.

Como escribí antes, es mi forma de verlo, que podrá estar acertada o no, pero es mi forma de verlo, no estoy intentando aleccionar a nadie ni sentar cátedra. También soy consciente que una sanción así no tiene por qué acabar en la vía administrativa.

D

Eso es equivalente a una cadena perpetua.

D

#86 Si, por que mucha gente habla de oidas, y luego, se pueden dar una sorpresa.

D

Cuando pague, ¿podremos ver los vídeos y juzgar con conocimiento de causa?

D

#75 Pues siéntate a esperar. Porque 150.000 euros no se pagan ni en toda una vida.

D

#75 #77 como haga un Crowdfunding, igual la peña se sorprende.

D

#79 Hay muchos a los que les gustaría verlo no por morbo si no para hablar con conocimiento de causa.

D

#77 disculpa el retraso. Dedos gordos.

b

#75 a vale, eres de esos que busca videos de violaciones y decapitaciones en Internet.

D

#93 En absoluto. Pero vídeos amateurs de desenfreno, sí (otra cosa es que sean unos descerebrados, como parece que ha sido el caso).

D

“El 7 de julio de 2016 A.J. (el militar) grabó el vídeo de los hechos cometidos en el que aparece la víctima y que posteriormente ha sido publicado”. Es en esa concreta aseveración en la que se basa la multa de 150.000, en que el video grabado en el interior de un portal de Pamplona de madrugada, ha sido distribuido y cualquiera ha podido verlo.

“Es radicalmente falso que nadie haya difundido el video de lo que ocurrió en los Sanfermines. Si yo he podido visionarlo en el juzgado es porque es una prueba que forma parte de un procedimiento judicial, pero cuáles no serán las medidas de seguridad, que puede verlo después de que sacaran la grabación de una caja fuerte. Por tanto la afirmación de la Agencia de Protección de Datos es además de falaz, demencial”.

Solo ofrece la versión del abogado, pero una cosa es que lo hayas compartido por whatsapp con un grupo reducido de gente, y otra cosa es que se haya "publicado" el vídeo y que cualquiera pueda verlo.

D

#22 #23 Podemos hablar de las preferencias de cada uno, la mía es que los castigos y las penas sean proporcionales. La realidad es que ese vídeo no se ha hecho público, así que el daño no es el mismo. Solo han tenido acceso a ese vídeo ese grupo de personas.

D

#24 Cuando algo es público,... ¿cuando lo ven 20,30,100, miles de personas?... para que se hacen esos videos, ¿para disfrute personal, lo cual no lo comparte?... ¿para presumir y lo regala a unos pocos?... ¿par humillar a la víctima?... ¿para venderlo y hacer negocio?...

D

#65 Si es por reflexionar sobre ello, podemos hacerlo, pero me resulta tan absurdo como que al final por reducción al absurdo resulta que con que lo vea una persona ya es algo "público".

D

#98 ¿Y 20,30?

D

#22 Pero la AEPD tendrá que demostrar que lo has difundido tú antes de calcarte 150000 euros de multa, ¿no? Sobre todo porque ese vídeo ha estado también bajo custodia judicial y más gente ha tenido acceso al mismo.

mperdut

Hostias pedrin, pues no está mal la andanada que le han metido.

D

Para sancionar hay que demostrarlo... esto es más un lavado de imagen.

1 2