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Un chico de 17 años pasaba el pasado miércoles sobre las 21.15 por la calle Fernando Alonso, cuando observó un forcejeo entre una anciana y un hombre. La señora se disponía a entrar en su portal y el hombre intentaba quitarle el bolso. Como un acto reflejo, la víctima se resistía a soltar sus pertenencias, el presunto ladrón le golpeó en la cara y huyó rápidamente del lugar. Los gritos de la herida hicieron que el chico saliera corriendo detrás del agresor. Le alcanzó y lo retuvo hasta que llegó una dotación del grupo de Atención al Ciudadano
menéame
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El joven, detuvo hasta la llegada de la policía, sería mas correcto, pues le resta mérito al chaval que fue quien en realidad lo hizo y quien además deberá explicarlo ante un juez. De hecho, La Ley de Enjuiciamiento Criminal lo cita muy claramente en su
Artículo 490.
Cualquier persona puede detener:
-Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo.
-Al delincuente in fraganti.
-Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extinguiendo condena.
-Al que se fugare de la cárcel en que estuviere esperando su traslación al establecimiento penal o lugar en que deba cumplir la condena que se le hubiese impuesto por sentencia firme.
-Al que se fugare al ser conducido al establecimiento o lugar mencionado en el número anterior.
-Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente.
-Al procesado o condenado que estuviere en rebeldía.
#2 Fernándo sin tilde queda más chulo.
La policía obró eficazmente a la hora de reducir, sodomizar y humillar un individuo que es capaz de violentar un pobre perro para solveentar sus instintos carnales. Dios se apiade de los impios y los condene eternamente. Y si sufren pues mejor para todos , ya de "lost to the river"...
Pero a ver hijo (hipotético) ni se te ocurra hacer nada así. Por un bolso te pegan un navajazo y no te enteras hasta que tienes la camisa empapada. Y a el choni-yonki-inmigrantedelosdelicuentes le cuesta... nada.
Además ahora saldrá por otra puerta y mañana te lo puedes encontrar.
Llama a la policía y atiende a la señora pero hijo: NI SE TE OCURRA METERTE POR MEDIO¡¡ PUENTE DE PLATA¡¡
Fuera de coña, un aplauso para el chico.
A efectos prácticos, se puede considerar una retención, ya que tenemos al individuo parado hasta que llegue la Policía, pero como ya he dicho, jurídicamente es una detención. Lo que se haga después es otro tema.
Y sea falta o delito, tienes derecho a detenerlo. Sólo si el individuo comete una falta, se identifica y te facilita su domicilio real, puede marcharse sin la intervención de la Policía. En caso de delito, se le detiene hasta que lleguen los FFCCSSEE.
y en caso de ser posible, puedes llevarlo en un coche hasta el juzgado para q se identifique y levantar acta de la denuncia? pq no sería lógico q tengas q esperar a q lleguen otros policías ni llevarlo a comisaría, pues entonces nunca podría ser identificado ni por tanto denunciado (por no hablar de q destruirían las posibles pruebas, se encargaría de hablar ellos con los testigos del delito, y te denunciarían ellos a ti por detención ilegal o atentado). Considero q en este caso especial, tendría q tratarse de un delito claro y no de una simple falta.
Lo de desplazar un detenido es un problemón, todo lo que le ocurra estando bajo tu custodia es de tu responsabilidad. Por suerte en este país tenemos 2, 3 o hasta 4 cuerpos policiales independientes según los municipios.