El Gobierno ha modificado el Real Decreto RD 463/20 por lo que desde las 00.00 horas de hoy día 18 de marzo de 2020 tan solo podrá circular el coche el conductor, prohibiéndose los desplazamientos con acompañantes. Esta modificación en el decreto del pasado 14 de marzo supone que se añade a la limitación de la libertad de circulación por las vías de uso público otros espacios de uso como pueden ser las playas, debido a la pandemia del coronavirus.
Comentarios
¿Aunque sea con la persona con la que estás todo el día metido en casa?
#2 Con esa actitud no recaudamos dinero ¿eh?
#5 De algún sitio tendrán que salir las futuras ayudas
#5 Eso, callad y obedeced, plebeyos!
Los que no tengan un coche (o más) por cabeza ni una casa de 1000m2 (o más) con jardinaco es porque son unos esclavos de mierda: a callar, obedecer y trabajar, coño!!! 😤
#2 No creo que sea momento de que los policías tengan que entretenerse en comprobar que realmente estás metido en casa con esa persona (vete a saber a partir de qué papeleos y consultas). Así que simplifican y van a lo efectivo.
A mi me parece bien.
#6 Tan fácil como comprobar los DNIs de los ocupantes.
P.D: y no salgáis con mierdas de ysiii que ya no queda papel de fumar.
#9 Fácil en casos de mismo padrón que hayan renovado el DNI tras el padrón (y caduca en un periodo largo...). Pero olvidas todo el resto de casos (compartir, alquiler, etc...).
Pero mira, esa te la compro. Por lo menos un buen % lo compruebas rápido y podrías justificar ese desplazamiento.
#9 No tienes por qué tener la dirección actual en el dni.
#12 toma, que he encontrado un librillo
#15 eh? ¿?
#15 yo no quité la dirección de mis padres de mi dni hasta que le compré mi propia casa, que quieres que te diga. Y como yo muchísima gente.
Ahora bien, supuestamente se debe cambiar cada vez que cambias de dirección y el que no lo tenga actualizado no tiene una manera rápida de demostrar su dirección actual. Las cosas como son.
#15 en mi casa ninguno tenemos nuestra dirección actual en el DNI, nos mudamos hace relativamente poco, y no creo que sea un caso para nada extraño pero ni mucho menos.
#67 Te llevas el libro de familia.
#67 DEVERIAS actualizarla https://www.adminfacil.es/comunicar-cambio-domicilio/#cambio-de-domicilio-por-internet
#12 Bueno pero sí que es cierto que podrías justificar rápidamente ese desplazamiento si es tu caso. Y si no lo es, o no tienes manera de justificarlo rápido, lo tendrías más complicado para salir.
Pero con el DNI ya habilitarías un buen % de desplazamientos, de más de un ocupante, seguros.
#12: Vale, ¿Y si la tienes?
Y más cuando hay personas que conducen mal y que con la ayuda de otra persona se pueden evitar muchos riesgos ahora que los hospitales están llenos. Creo que es una norma un poco tonta, lo mismo que al ir por la calle, cuando puede ser una forma de ahorrar riesgos. Imagina que en vez de ir una persona a comprar comida van dos, pues bien, entonces con un mismo pago (riesgo) puedes comprar más cantidad.
Es más, comprando más cantidad, vas menos veces al supermercado, así que corres menos riesgos. Sí, en el supermercado hay más riesgo al haber dos personas, pero al estar juntas, la distancia entre grupos es mayor, con lo que se compensa. Son detalles que no han tenido en cuenta.
#45: Añado:
Piensa que, por ejemplo, al pagar, una persona puede hacer el pago la otra avanzar al otro lado de la caja, con lo que la cercanía con el cajero o cajera es mínimo.
Otra opción es que facilitaran la compra en línea de forma que uno pueda pagar cuando lo recibe en casa (desgraciadamente habrá trolls que se aprovechen para tocar las narices ), pero evitaría riesgos, la persona que reparte podría ir equipada con equipos de protección, y podría dar un guante a la persona que recoja el pedido para poder marcar en el datáfono sin riesgos. Con el dinero en metálico lo ideal sería que la vuelta fuera en alguna bolsa pequeña, de forma que puedas dejar las monedas en la ventana varios días a la intemperie y luego lavarlas bien con jabón.
#12 DEVERIAS de tener tu direccion actual en tu dni.
https://www.adminfacil.es/comunicar-cambio-domicilio/#cambio-de-domicilio-por-internet
#9 Y si... tres compañeros van juntos en coche al trabajo, ¿No es mejor que compartan coche a tener que ir en bus?
#6 hombre, con enseñar el DNI ya descartas a hermanos hijos pareja padres abuelos... y son unos cuantos.
#13 Si, pero tienes que pararlos y hacer todos los trámites con la pérdida de tiempo y recursos que implica
#22 hacerlo por sistema me parece un sistema horrible, ya solo para que uno espere mientras compras si es un super normal, o mientras vas a la farmacia, o mientras compras el pan, o mientras sacas dinero.En todos esos casos si vas solo, estás mas tiempo dando vueltas con el coche, y si aparcas lejos, y eres portador, caminas mas metros moviendo el virus.
Es una norma hecha a correr, sin sentido alguno.
#6
Es algo tan complicado como mirar la dirección en el dni.
#38 siempre y cuando lo tengas al día, que ya no es tan fácil. O siempre y cuando no estés de alquiler (que no se suele cambiar de padrón).
Mira tú qué fácil.
#79
Un porcentaje muy alto de la población vive en casa de su propiedad. Pero oye si quieres buscarle los tres pues al gato, puede que hasta haya un alíen viviendo con gente sin la documentación en regla. Habría que llamar a los MIB.
#79 deverias de tener el dni actualizado, es obligatorio.
#6 Divorciado, dos hijos, custodia compartida y los niños cambian de vivienda cada semana.
¿Cómo se soluciona esta situación?
1 - Jugártela. Siempre que no te pillen es una opción.
2 - No respetar el régimen de custodia y que se queden en casa. La opción más sensata desde el punto de vista sanitario. Te juegas que un juez te quite la custodia.
3 - Llamar a la policia y ver por donde salen. Ni se me ocurre por la cabeza, son un eslabon muy expuesto al virus y no veo coherente darles faena con la que tienen.
¿Alguna sugerencia?
#55 Ir a buscar a una persona a cargo o dependiente está permitido. Al menos hoy indicaban esto, pero todo cambia cada minuto...
#6 si compartes coche para ir a trabajar ahora uno tendrá que ir en metro que es mucho más seguro
#2 La compra entre 2 se hace mas rapido y a veces se necesita asesoramiento.
Cada vez son mas absurdos.
Se acuerda la gente de cuando la OMS recomendaba la compra masiva de vacunas para la gripe, que luego no era para tanto?
#8 a toro pasado todos somos Manolete eh?
#8 un estado policial tiene estas cosas.
#8 que no era para tanto...
#2 para ir a currar o al médico necesito dos coches en la familia?
#21 O por ejemplo un coche y un taxi.
Esta pregunta debería ir en #18
#29 ¿Taxi? Los taxis a tomar por saco de facto ¿no?
#53 De momento se supone que los taxis pueden seguir funcionando, como el resto de transporte público.
#2 También, aunque sea con quien estás todo el día metido y metiendo.
#2 con esa 2.000. Es un agravante o una gravante no se muy bien.
#2 tendrás que usar la baca para llevar a la abuela al médico
#2 aunque aunque aunque....y las calles siguen con gente, las ucis petadas, y los quejicas quejándose...
#2 Mi esposa tuvo un accidente y está incapacitada para conducir. Tiene que ir a la farmacia, y a la compra. Puede ir en taxi, corriendo el riesgo de relacionarse con un tercero taxista, es legal. No puedo llevarla yo que soy su marido y duermo con ella, no es legal.
Yo estoy teletrabajando pero llevo a mi mujer -de riesgo- en coche, a su trabajo, -servicio esencial- para evitar transporte público.
¿Eso también está prohibido? ¿la obligan a trabajar y al mismo tiempo a coger un autobús o a hacer dos horas diarias andando?
#4 Si tu mujer es "de riesgo" entiendo que podrás llevarla como "causa debidamente justificada", pero quien estaba llevando a trabajar a una persona que no es de riesgo ya estaba incumpliendo la norma incluso antes de esta modificación.
En lo que se refiere a la utilización del vehículo privado, la modificación contempla que la circulación de personas debe hacerse de forma individual, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, a menores, personas mayores, o que exista una causa debidamente justificada.
#24 Diría que llevar a tu marido o mujer a trabajar se podría considera una "causa debidamente justificada", sin importar que sean de riesgo o no.
#43 depende del día del agente, ayer estaba solo en casa tuve que ir a la farmacia con la chiquilla y menos mal que el local lo comprendió sino multa y a ver cuando puedes ir a reclamar
#43 Pues no lo sé, yo no lo tengo tan claro, y menos si tiene permiso de conducir. Ojo, que no digo que debería ser así ya que es mucho mejor eso a que viaje en transporte público, pero es lo que tiene ese texto tan vago que han publicado después de 7 horas reunidos.
#4 Esta mañana he hecho yo eso mismo y en el camino nos paró un coche de la policía municipal. Nos dijo que no se podía llevar acompañante y que 'aunque el sentido común nos diga que eso que has hecho es lo correcto, te tendría que multar' y que ella debería ir en transporte público. [las comillas es más o menos literal]
En el camino de vuelta otro municipal menos benévolo estaba multando a otro, que supongo, también llevaría al trabajo a su mujer.
Esta es otra de las normas en las que a mi se me escapa su lógica.
Si llevas a alguien con el que vives, no seguridad añade eso.
Si metes a siete en el coche para hacer un desplazamiento es mas seguro que hacerlo en un transporte colectivo que hay mas gente y pueden quedar gente que ya no está.
Los taxis no se como harán.
Pues sinceramente, a mi me parece una medida que realmente hace más mal que bien.
Las personas con las que vas en el coche por lo que sea (llevarlas al trabajo, etc) son con las que ya convives en el 99% de los casos.
No creo que se hagan quedadas para ir en coche al supermercado entre personas de distinto núcleo familiar.
Eso sí, los que tenemos que hacerlo ya tenemos que estar pidiendo certificados médicos, etc. Para estar con alguien en un vehículo privado y cerrado, con el cual convivimos durante 24 horas al día encerrados en una vivienda. Por el contrario, obligamos a una de esas personas a coger el transporte público, facilitando el contacto con terceros y que en caso de contagio también me lo pegará a mi.
#33 mira, yo no conduzco, voy al oncólogo. O voy en transporte público o pido un taxi o me lleva mi pareja.
Ya me contarán estos payasos que no han cerrado el metro y me impiden ir a mi médico con mi pareja
#34 causa debidamente justificada
#34 puedes ir sin problema, está justificado, lo que no puedes es ir con tu pareja al Mercadona
#54 nos llevamos a los niños? porque de momento no hemos tenido contacto con nadie desde que acabó el cole, esto interrumpe más mi cuarentena que ninguna otra cosa.
Pues ya verás cuando la abuela de alguno tenga que ir sola en el coche al médico, y sin haberse sacado el carnet.
#7 #10 #14salvo que se acompañe a personas con discapacidad, a menores, personas mayores, o que exista una causa debidamente justificada.
Hoy me tocó los huevos la Policía Autonómica.....yo tranquilo en el porche de mi casa, que no tiene valla ni nada, simplemente la acera, y mi porche, y me viene el tipo a decir que qué hacia ahí, que no podía estar en la vía pública. Le respondo que no es la vía pública, sino que es mi porche (incluso está techado por la parte alta de la vivienda), y el tipo erre que erre que eso era la vía pública. Al final me dice que recogiera las cosas que si volvía a pasar me denunciaba. lástima no tener una cámara de vigilancia e incitarle a que me denunciara.
#39 saca una copia de las escrituras de tu casa
Esto se está poniendo muy loco
Bueno para la epidemia, malo para el medio ambiente.
#1 No, si el acompañante en el vehículo es alguien con quien convives, es completamente indiferente.
Es estúpido. Yo puedo estar con mi mujer bajo el mismo techo, pero no puedo estar con ella en el mismo vehículo. Mientras tanto, el suburbano sigue abierto, y la gente currando en las oficinas y las fábricas. Es estúpido en grado sumo.
Y sigue sin haber mascarillas, test, respiradores y retrovirales. Como promulgar sandeces es más sencillo y barato...
#64 Yo conozco un caso que viven juntos y trabajan juntos... aunque no están casados. No se que harán.
#77 Llevar cada uno su coche, claro que depende la distancia se te va una pasta, casi mejor ir al médico y que te de una baja por depresión
#64 esto va dirigido más a la gente que va al trabajo compartiendo coche. Que lo seguían compartiendo si no se lo prohibían. Enfermeras también. Es absurdo que esa gente vaya toda junta teniendo cada una de esas personas sus propios coches.
#97 Si trabajan en el mismo sitio no tiene ningún sentido que hagan el viaje separados.
#64 Totalmente desacuerdo contigo si luego ves imagines del transporte público hasta arriba. Es absurdo.
#64 Estas medidas son para joder al pobre. No puedes llevar a tu mujer al trabajo: que vaya y vuelva ella sola en el autobús.
Mientras tanto, a Sus Señorías les llevan en chófer al Congreso y la interna les hace los recados. Y cuando el rico se pasea impunemente por su finca privada con toda su familia, la Policía le trata de usted.
#1 Ya verás qué risas cuando los políticos no puedan ir con su chófer oficial.
#72 Tranquilo, ya lo habían pensado, hay varias excepciones, entre ellas "salvo que se acompañe a personas con discapacidad"
Esta norma va a ser el fin de los taxistas
#44 supongo que estaran exentos, no? sino la gente del aeropuerto o urgencias como hacen?
Alguien sabe que punto del RD lo especifica ? No lo he encontrado. He leido que caminar por la calle solamente individual, en coche no lo veo. Gracias
#32 Yo tampoco lo encuentro...
Hilo con ejemplos forococheros
¿Y si llevas el niño a Urgencias?
#7 Fuerza mayor.
#94 No existe definición legal como tal, así que es un poco de cancha libre, pero lo "lógico" sería los que puedan pertenecer al IMSERSO (65 años como régimen general) pero en este caso quedaría a criterio del policía.
Mi madre tiene que llevar a mi hermano al oncólogo, no puede conducir por la medicación.
Son 80km.
como hacen?
#14 Si hay una causa justificada no hay problema.
Yo he preguntado a la Ertzaintza si puedo llevar a mi pareja y aun no me han contestado. Menos mal que siendo Taxista podemos hacer teatrillo ...
#17 offtopic (des cuando tienes pareja)?
#17 teatro sólo sirve los días que trabajes. Lo digo porque mi padre también es taxista y ahora trabaja un día sí, un día no. Además, mi madre va a trabajar la semana que viene (trabaja en la seguridad social y sólo le han dado una semana de gracia), y estamos a dos autobuses de su trabajo, así que mi padre va a llevarla, pero espero que aclaren las cosas o se van a jugar la multa.
#17 gracias
#14 eso sí que puede: e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con
discapacidad o personas especialmente vulnerables.
#23 gracias
#14 Pueden ir perfectamente, entra dentro de los supuestos.
Si lleváis las citas en papel para ahorraros problemas mejor.
#25 gracias
#14 Supongo que explicandolo al policía.
Aquí nadie lee nada.
#89 ya lo he comentado antes por aquí y nadie me ha contestado. No sé a qué se refieren con mayores o menores. Deberían especificar la edad. Yo tengo esa misma duda con lo que consideran "mayores".
#92 Legalmente (Código Civil) se considera menor de edad al que tiene menos de 18 años. El tema de los mayores es más complicado pero he encontrado en varios sitios que se podría considerar a los mayores en edad de jubilación.
#93 si, eso suponía yo por "menores". Y mayores?
No se por qué cuesta tanto entender lo de causa debidamente justificada, no hagais el tonto y no os multaran.
Y si vamos a cazar conejos a Castilla y León?
De modo que no podria llevar a mi hermana a trabajar todas las mañanas (digo podria porque no esta trabajando pero podria estarlo) porque ella no tiene carnet y entra a trabajar antes de que salgan los autobuses. De hecho el lunes aun la lleve.
Supongo que tampoco podria llevar a mi padre de 85 años y a mi hermano al hospital (porque mi hermano se tiene que quedar con el alli acompañandolo y yo volverme despues de dejarlo porque eso de aparcar cerca del hospital...tecnicamente podria ir solo con mi padre pero despues de encontrar aparcamiento mi padre tendria que caminar una distancia equivalente a no haber cogido el coche si quiera )
¿Y furgonetas? Por que esta mañana ha bajado una cuadrilla de una en mi calle para hacer unas obras.
Este sabado iba a llevar a mi pareja, que esta en mi casa porque el lunes empezó a trabajar en la misma empresa donde trabajoyo a su casa, ya que estamos con teletrabajo (la he estado formando esta semana). Veo que no podre Por tonterias como estas y o pilla un bus con posibles contagiados o se jode ya que no tiene carne
Mis padres llegan al aeropuerto, eso está justificado? Se tienen que exponer al metro y al tren?
#46 Causa justificada.
La causa justificada la añaden para cubrir todos los motivos dispares que no cabrían en indecreto de urgencia.
#46 En principio no puedes, excepto si son muy mayores o dependientes.
Punto 28 [cat]:
juer... el lunes planeaba ir en el coche con un compañero de trabajo ... hacia el trabajo . Eso está prohibido o queda como causa justificada? (Los 2 vamos a trabajar)
Yo tengo que acompañar a mi mujer (que no tiene carnet) que trabaja en un supermercado en el pueblo vecino, ya me contarás. Me han dado un justificante de la empresa por si me paran, pero no se yo...
Van a quedar sólo los autobuses en el carril BUS-VAO.
Pues ayer tuve que recoger el coche del taller (porque al final van a cerrar tambien) y fui con mi mujer, no voy a ir yo solo con el otro coche, sería estúpido como me llevo yo 2 coches después. Ni siquiera se si ese motivo es justificable.
En taxi saldría una pasta y ademas otra tonteria porque seguiríamos yendo 2 personas y a saber cuantos han pasado por el taxi ese día, en autobús casi imposible porque es más de 1 hora pasando por 2 autobuses cuando en coche son 15 minutos y en definitiva mucho más inseguro.
Estoy separado y hoy he ido a por mi hija para que esté también unos días conmigo. Su madre y yo vivimos en ciudades diferente, se supone que me juego una multa cuando la vaya a dejar de nuevo o venga la madre a por ella?? no lo entiendo, me pueden multar por estar en el coche con la misma persona que voy a estar en mi casa.
#82 No, está permitido ir con discapacitados, mayores, menores u otra causa justificada.
#84 Ah vale, no había leído esa parte.
#82 Según #80, al que agradezco el comentario porque yo también tengo duda, sigue aplicándose como una excepción tener que llevar mayores o menores. Tu hija será menor, supongo.
#85 14 años
Cuantos puntos bajo en bolsa UBER?
Llevo todo el día leyendo sobre esta supuesta modificación en cadenas de whatsapp y algún medio como ABC y no he conseguido encontrarla en ninguna publicación del BOE; ni la medida en si, ni el límite de las 00:00h del día 18.
La única modificación que se ha publicado hasta el momento es el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real
Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que afecta únicamente a la circulación de personas por la vía pública y simplemente modifica el texto para aclarar la redacción, además de que no tiene el plazo de entrada en vigor del que habla en el artículo del ABC, ya que es efectiva a partir del mismo momento de su publicación en el BOE:
NUEVA REDACCIÓN:
"1. Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades, que deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada».
[...]
«h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.»"
REDACCIÓN ANTERIOR:
"1. Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
[...]
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.
#80 Lo único que se me ocurre es que esto implique que tenga que realizarse en las mismas condiciones:
2. Igualmente, se permitirá la circulaciónde vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.
#83 Es que es eso lo que dicen:
*Solo puedes salir para hacer estas cosas, y de manera individual
*Puedes usar el coche para hacer las cosas.
Por lo tanto si usas el coche tienes que hacerlo individualmente
#80 Venía a decir justamente ésto. La redacción lleva a confusión, como aparece en los mensajes de WhatsApp y ahora veo que también confunde al ABC. La clave es "individualmente, salvo que ... o por otra causa justificada" Y aquí las enumera, entre ellas, los desplazamientos al lugar de trabajo.
Si sólo va una persona en el coche, en caso de accidente sólo hay un herido. Eso, con las urgencias saturadas, puede ser algo importante.
#68 doble de coches, cuatro veces más de accidentes, a ojo de buen cubero, pero fijo que no es proporción lineal...