#1 En todo caso relacionada. Son casos distintos. La noticia que mencionas se refiere a un vuelo de Barcelona a Fuerteventura, y la noticia de la sentencia que publico, se refiere a un vuelo de Sevilla a Barcelona. Nótese la diferencia.
Mi interpretación es que la noticia es que el juez declaró nula la cláusula de Ryanair, en tanto la legislación española permite viajar sin DNI a los menores en vuelos nacionales. Como consecuencia de esa declaración de nulidad vienen en cascada las indemnizaciones por haber puesto en uso esa práctica, que detallan las noticias que citáis, #2 y #3 peeeeero, atendiendo al funcionamiento de esto, lleváis razón, serían relacionadas
#4 tienes razón, no obstante, Ryanair, hasta donde yo sé, pasa de las sentencias declarativas al respecto, incluso pasaría de ser considerada una cláusula ilegal/abusiva y que incluso estuviera en el registro pertinente. No recuerdo ahora, pero él los de basan en su normativa interna (Irlanda) y la aplicación de nosequé Directiva comunitaria (disculpa la forma de definirlo) Y parece que van a ir hasta donde haga falta. Aunque pierdan les da igual. Son como son y pueden permitírselo.
Comentarios
Dupe Un juez declara nula por abusiva la obligación de Ryanair de que los menores vuelen con DNI
Un juez declara nula por abusiva la obligación de ...
lavozlibre.com#1 En todo caso relacionada. Son casos distintos. La noticia que mencionas se refiere a un vuelo de Barcelona a Fuerteventura, y la noticia de la sentencia que publico, se refiere a un vuelo de Sevilla a Barcelona. Nótese la diferencia.
#1 no es Dupe, son diferentes. El que citas es de Barcelona y la noticia es de Córdoba
Otra relacionada, también de Córdoba: Ryanair, condenada a pagar 3.000 euros por no dejar embarcar niños sin DNI
Ryanair, condenada a pagar 3.000 euros por no deja...
europapress.esMi interpretación es que la noticia es que el juez declaró nula la cláusula de Ryanair, en tanto la legislación española permite viajar sin DNI a los menores en vuelos nacionales. Como consecuencia de esa declaración de nulidad vienen en cascada las indemnizaciones por haber puesto en uso esa práctica, que detallan las noticias que citáis, #2 y #3 peeeeero, atendiendo al funcionamiento de esto, lleváis razón, serían relacionadas
#1 #3 #4 Corregida la descripción. Ahora aparecen relacionadas
#4 tienes razón, no obstante, Ryanair, hasta donde yo sé, pasa de las sentencias declarativas al respecto, incluso pasaría de ser considerada una cláusula ilegal/abusiva y que incluso estuviera en el registro pertinente. No recuerdo ahora, pero él los de basan en su normativa interna (Irlanda) y la aplicación de nosequé Directiva comunitaria (disculpa la forma de definirlo) Y parece que van a ir hasta donde haga falta. Aunque pierdan les da igual. Son como son y pueden permitírselo.
En venganza Ryanair suspenderá los vuelos a Sevilla...
Seguid volando con esos. ¡Capullos!