Hace 12 años | Por arrecarallo a lavozdegalicia.es
Publicado hace 12 años por arrecarallo a lavozdegalicia.es

Una monja del convento de clausura de San Vicente de Trasmañó consiguió eludir formar parte integrante de una mesa electoral del pasado domingo y regresó al convento como alma que lleva el diablo antes de asumir el cometido para el que la habían designado. La religiosa apareció puntualmente a las ocho de la mañana en el colegio donde tenían que celebrarse las votaciones y dijo al resto de miembros de la mesa que no podía quedarse a unos cometidos tran prosaicos porque el domingo tenía que asistir a la Eucaristía y cumplir con sus oraciones.

Comentarios

Zocato

Sor Morro.

pitercio

Uy! había votado al #2 en lugar del al #1, será la edad. Es que de clausura no era... se había presentado a las 8:00 para arreglar el asunto como bien pudiera, confiando en dios y la divina providencia.

J

Bueno pues supongo que irá a la cárcel ahora, ¿no?. Anda que no se le echó gente encima a aquel que se declaró como "objetor de coinciencia" la semana pasada...

Tanatos

porque tenía una misa... pero que mierda de titular es esto. A ver que es una monja de clausura que no puede estar en una mesa electoral por motivos índoles característicos de esta vida de religión.

j

#2 En teoría, (y en mi mundo de la piruleta) la ley está por encima de la religión, asique, ya puede tener una misa, o lo que le salga de los santos ovarios, pero tiene que ir a la mesa. Al igual que si tu trabajas, te tienen que dar por obligación el día libre en el trabajo.

Es simple. Espero que le metan un buen puro a la monjita....

pitercio

#5 Yo creo que la monja es tan "inocente" como la abstención que debió practicar. Porque, si expone que su plan de vida implica renunciar a asuntos mundanos para centrarse en su cosa divina, no sería congruente participar pero no querer pringar. En fin, ese es otro debate.

Creo que la discusión se enfoca sobre el cumplimiento de las leyes o eso de "a dios lo que es de dios y al césar lo que es del césar".

La monjita se presentó para tratar de arreglar la cuestión humana del asunto porque intuía que había cierta obligación, pero no juzgó preciso cumplirla y se escaqueó como dios manda.

Aunque le tengo cierta simpatía a las monjitas, siquiera porque la mayoría son apacible y aceptablemente felices viviendo en su mundo de ilusión haciendo lo que creen correcto, en este caso deberían apercibirla según el mal causado. Coño! Tampoco es como para entrullarla, no es cuestión de causarle un daño poco compasivo, sino que habría que explicarle que hay otros mundos y están en este y que no se puede estar en misa y repicando.

ochoceros

#5 Cierto, pero no olvidemos que esta "clase superior" se rige por otras leyes que les permiten vivir divinamente: http://www.vatican.va/roman_curia/secretariat_state/archivio/documents/rc_seg-st_19790103_santa-sede-spagna_sp.html

dllamas

#2 Estarás de acuerdo que ni por esas debe librarse almenos, ¿no? ¿O la fe está por encima de tus obligaciones como ciudadano?

a

Monja de clausura, pero... "La religiosa apareció puntualmente a las ocho de la mañana en el colegio donde tenían que celebrarse las votaciones "

Ya que salió de la clausura podia haberse quedado, estoy seguro que voto, por correo, pero voto, como hacen habitualmente. En esta vida hay derechos y obligaciones, la ley es para todos... y todas.

Dinissia

Vaya, pensaba que para "librarte" de estar en una mesa electoral, casi que tus allegados tenían que presentar tu esquela, pero veo que con decir que tienes que ir a misa es suficiente.

D

Entiendo ...

¿Entonces yo, acrata, puedo argüir que mis convicciones me impiden participar en lo que considero una farsa y librarme de ir a la mesa?

a

#13 Va a ser que no... ¡todavia hay clases!, pero esta monja sí salio de la clausura y tenia que haber vuelto... pues mas tarde, después del recuento.

O

Causas de impedimento para formar parte de las mesas electorales.

5ª: La pertenencia a confesiones o comunidades religiosas en las que el ideario o el régimen de clausura resulten contrarios o incompatibles con la participación en una mesa electoral.

(Artículo 27.3 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General)