El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Valladolid ha estimado íntegramente el recurso presentado por la letrada Doris Benegas en representación de Luis Miguel Durán, contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto el 15 de mayo de 2013 frente a la resolución de la Delegación del Gobierno en Madrid, que declara nula y a la que, además, ha condenado en costas.
- haber prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido y de las normas que contienen las reglas para la formación de la voluntad de los órganos colegiados".
- vulnerar el derecho fundamental de reunión recogido en el art 21 de la Constitución Española,
- la obligación de motivar las resoluciones recurridas por parte de la Administración
- y el principio de presunción de inocencia.
un completo,vamos.
#7:
#1 ¿Qué es mejor callar estas noticias hasta que pasen las elecciones,? no sé, me parece que es una información muy útil ante el miedo que el gobierno intenta meternos a través de multas para que la gente se quede en casita sin protestar...
Lo que no entiendo es por qué, pro PSOE, esos van los terceros en las encuestas.. será pro PODEMOS.
#15 Por duodécima vez, el comunicarlas solo es un formulismo burocrático cuyo no cumplimiento no supone la prohibición ni la disolución en ningun modo, ya que incluso sin comunicarse, han de darse causas de fuerza mayor para disolverla -portar armas, etc- y regula solo hacerlo EN LUGARES DE TRANSITO (Resalto, no chillo) - y en mi opinion es aconsejable en el caso de que requieran de medidas de gestión de la autoridad, (como gestionar el trayecto por alguna peligrosidad, gestionar el paro del trafico, etc.) pero no supone nada mas que contar con los medios adecuados cuando se necesitan, a pesar de que la ley regule, y los servicios jurídicos del congreso ya han sido muy claros a este respecto:
"Las manifestaciones que no se hubieran ajustado al régimen de la Ley no por ello habrían de reputarse ilegales -sino sólo no amparadas por la Ley Orgánica-, salvo los supuestos tipificados en el Código Penal (arts. 513-514: reuniones para cometer delitos o integradas por personas que porten armas) y hay que interpretar que de no producirse alteraciones del orden público o de incurrir en algún motivo expreso de ilegalidad no podrían ser disueltas.
Hay que destacar, como ha hecho la jurisprudencia, el principio pro libertate frente a los intentos de limitación injustificada o con escasa justificación (STC 36/1982, de 16 de junio; STC 163/2006; STC 170/2008), distinguiendo las reuniones celebradas en espacios abiertos, aun en las inmediaciones de lugares de tránsito público de éstos (STC 225/2002, de 9 de diciembre), o justificando una invasión de la vía pública, con el subsiguiente corte de tráfico (STC 42/2000, de 14 de febrero), siempre sobre la base de la correspondiente ponderación de bienes (STC 59/1990, de 29 de marzo). "
http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=21&tipo=2
Recordemos ademas las razones peregrinas que en ocasiones en Españistan se han esgrimido para , aprovechando al comunicación, prohibir la manifestación, como la supuesta ofensa de la marcha atea, u otras, por lo que algunos organizadores, si no es muy masiva -con las que lo son se cortan mas que luego salen en los periódicos- , prefieren no comunicarlas..y no debería de pasar nada. Pero este es nuestro pais...
#19 pero luego se te mete esta gente q aprovecha cualquier ocasión para destrozar mobiliario o enfrentarse a la policía y a la mierda todo o ya se te mete un policía infiltrado y te la monta.
#21 Por eso es mejor no comunicarlas, porque así no les da tiempo a meterte infiltrados de bandas callejeras, que no hace falta ni pagarles, porque van a destrozar por pura diversión. Luego las cargas sorprendentemente se hacen en dirección contraria a donde se producen los disturbios.
- haber prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido y de las normas que contienen las reglas para la formación de la voluntad de los órganos colegiados".
- vulnerar el derecho fundamental de reunión recogido en el art 21 de la Constitución Española,
- la obligación de motivar las resoluciones recurridas por parte de la Administración
- y el principio de presunción de inocencia.
Abreviemos.... "...La última afecta al activista social Luis Miguel Durán Barrera, multado por Cristina Cifuentes con 500 euros por acudir a una protesta de la Coordinadora 25-S el 27 de octubre de 2012."
O sea, que se libra de la multa y las costas las paga el estado. Vale.
#3 La multa era injusta, el estado, a través de la critiNA ZIfuentes, abusó de su poder. Me jode pagar las costas de mis impuestos, pero Durán no tiene motivos para pagar nada.
#13 el silencio administrativo solo es una circunstancia de la vía administrativa, se libra porque el proceso fue contrario a derecho = NULIDAD "RADICAL" DE PLENO DERECHO
Joder, y yo que pensé que tenía suerte de haber nacido después del franquismo...
Si les hubiera contado a mis difuntos abuelos que en 2015 estaríamos igual que en los 70 no me hubieran creído. Y suerte que eso de fusilar ya está caduco, que sino...
Si me he enterado bien, se lo anulan por defectos en el procedimiento, pero lo del derecho esencial, constitucional, universal, democratico, ... de reunirse o manifestarse ni un solo párrafo.
#1 ¿Qué es mejor callar estas noticias hasta que pasen las elecciones,? no sé, me parece que es una información muy útil ante el miedo que el gobierno intenta meternos a través de multas para que la gente se quede en casita sin protestar...
Lo que no entiendo es por qué, pro PSOE, esos van los terceros en las encuestas.. será pro PODEMOS.
Comentarios
habiendo sido previamente advertido por los agentes que el acto no había sido debidamente comunicado y autorizado por la Delegación del Gobierno
Por enésima vez, no hay ni que comunicar. Y desde luego, lo de autorizar, es franquismo sociológico...
#4 Por enésima vez, las manifestaciones y reuniones en lugares de transito público SI hay que comunicarlas (pero no han de ser autorizadas)
#15 Por duodécima vez, el comunicarlas solo es un formulismo burocrático cuyo no cumplimiento no supone la prohibición ni la disolución en ningun modo, ya que incluso sin comunicarse, han de darse causas de fuerza mayor para disolverla -portar armas, etc- y regula solo hacerlo EN LUGARES DE TRANSITO (Resalto, no chillo) - y en mi opinion es aconsejable en el caso de que requieran de medidas de gestión de la autoridad, (como gestionar el trayecto por alguna peligrosidad, gestionar el paro del trafico, etc.) pero no supone nada mas que contar con los medios adecuados cuando se necesitan, a pesar de que la ley regule, y los servicios jurídicos del congreso ya han sido muy claros a este respecto:
"Las manifestaciones que no se hubieran ajustado al régimen de la Ley no por ello habrían de reputarse ilegales -sino sólo no amparadas por la Ley Orgánica-, salvo los supuestos tipificados en el Código Penal (arts. 513-514: reuniones para cometer delitos o integradas por personas que porten armas) y hay que interpretar que de no producirse alteraciones del orden público o de incurrir en algún motivo expreso de ilegalidad no podrían ser disueltas.
Hay que destacar, como ha hecho la jurisprudencia, el principio pro libertate frente a los intentos de limitación injustificada o con escasa justificación (STC 36/1982, de 16 de junio; STC 163/2006; STC 170/2008), distinguiendo las reuniones celebradas en espacios abiertos, aun en las inmediaciones de lugares de tránsito público de éstos (STC 225/2002, de 9 de diciembre), o justificando una invasión de la vía pública, con el subsiguiente corte de tráfico (STC 42/2000, de 14 de febrero), siempre sobre la base de la correspondiente ponderación de bienes (STC 59/1990, de 29 de marzo). "
http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=21&tipo=2
Recordemos ademas las razones peregrinas que en ocasiones en Españistan se han esgrimido para , aprovechando al comunicación, prohibir la manifestación, como la supuesta ofensa de la marcha atea, u otras, por lo que algunos organizadores, si no es muy masiva -con las que lo son se cortan mas que luego salen en los periódicos- , prefieren no comunicarlas..y no debería de pasar nada. Pero este es nuestro pais...
#19 pero luego se te mete esta gente q aprovecha cualquier ocasión para destrozar mobiliario o enfrentarse a la policía y a la mierda todo o ya se te mete un policía infiltrado y te la monta.
#21 Por eso es mejor no comunicarlas, porque así no les da tiempo a meterte infiltrados de bandas callejeras, que no hace falta ni pagarles, porque van a destrozar por pura diversión. Luego las cargas sorprendentemente se hacen en dirección contraria a donde se producen los disturbios.
La resolución fue recurrida en nulidad por:
- haber prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido y de las normas que contienen las reglas para la formación de la voluntad de los órganos colegiados".
- vulnerar el derecho fundamental de reunión recogido en el art 21 de la Constitución Española,
- la obligación de motivar las resoluciones recurridas por parte de la Administración
- y el principio de presunción de inocencia.
un completo,vamos.
Les importa una mierda, de lo que se trata es de asustar a la gente para que no proteste. Represión en toda regla.
como si le importara algo...
#6 efectivamente, ya han logrado su objetivo, que es amedrentar a la población.
Pero ya están cambiando la leyes, para poder ejercer la represión sin problemas judiciales
Abreviemos.... "...La última afecta al activista social Luis Miguel Durán Barrera, multado por Cristina Cifuentes con 500 euros por acudir a una protesta de la Coordinadora 25-S el 27 de octubre de 2012."
O sea, que se libra de la multa y las costas las paga el estado. Vale.
#3 La multa era injusta, el estado, a través de la critiNA ZIfuentes, abusó de su poder. Me jode pagar las costas de mis impuestos, pero Durán no tiene motivos para pagar nada.
#12 No se si injusta o no, pero se ha librado por... ¿silencio administrativo?
Bueno... Pues bien.
#13 el silencio administrativo solo es una circunstancia de la vía administrativa, se libra porque el proceso fue contrario a derecho = NULIDAD "RADICAL" DE PLENO DERECHO
Pero las costas van para la Delegación de Gobierno, no contra el patrimonio de Cristina Cifuentes como cabría esperar.
"si cuela, cuela y sino me la pela"
CristiNA ZIfuentes.
Joder, y yo que pensé que tenía suerte de haber nacido después del franquismo...
Si les hubiera contado a mis difuntos abuelos que en 2015 estaríamos igual que en los 70 no me hubieran creído. Y suerte que eso de fusilar ya está caduco, que sino...
Si me he enterado bien, se lo anulan por defectos en el procedimiento, pero lo del derecho esencial, constitucional, universal, democratico, ... de reunirse o manifestarse ni un solo párrafo.
Segundo varapalo en tres días: Un juez anula la multa impuesta por Cifuentes a una activista de la PAH por el 14-D
Un juez anula la multa impuesta por Cifuentes a un...
infolibre.esSupongo que ahora Cifuentes será juzgada por prevaricación y será inhabilitada para cargos públ... ahahahahaha no me lo creo ni yo.
Esteban_Rosador es un máquina por llevar a portada una noticia con una entradilla tan árido-técnica
¡¡¡DALES CERA, DORIS!!!
vaya varapalo, la estoy viendo con un ataque de nervios, encerrada en la cocina y pensando que cuchillo le viene mejor para cortarse las venas
#18 Yo creo que sus ataques de nervios son más de desfogarse cogiendo la moto. Si el resultado es el mismo, el método no es lo importante.
#0
¿ Ya estamos en campaña pro PSOE , eh ?
#1 ¿Qué es mejor callar estas noticias hasta que pasen las elecciones,? no sé, me parece que es una información muy útil ante el miedo que el gobierno intenta meternos a través de multas para que la gente se quede en casita sin protestar...
Lo que no entiendo es por qué, pro PSOE, esos van los terceros en las encuestas.. será pro PODEMOS.
Saludos.
#7
Esteban_Rosador es un usuario conocido por su afinidad por el PSOE. Desde hace años.
#7 Don't feed the troll
#1: ¿Doris Benegas del PSOE?
Te voto negativo por insultar, en concreto insultaste a la inteligencia de los meneantes.
Pide disculpas por el retraso.