Hace 5 años | Por --541279-- a ara.cat
Publicado hace 5 años por --541279-- a ara.cat

Este lunes es el primer día laborable que, por ley, las empresas deben registrar los horarios laborales de sus trabajadores. Las patronales Pimec y Foment del Treball se han mostrado críticas con la nueva normativa y con el poco tiempo que se ha dado para cumplirla. Inspección de Trabajo llevó a cabo durante el año pasado 3.100 actuaciones en materia de jornada laboral, 759 de las cuales acabaron con la apertura de un expediente sancionador, un 6% más que en 2017.

Comentarios

baraja

Taxistas, consultores, abogados en bufetes, hagamos un listado de profesiones en las que las horas extras no están pagadas ni se sabe si alguien controlará las que se hacen actualmente.

frg

No se qué me preocupa más, que el ABC catalán hable de "horas extras", o las ridículas multas, "Multas de 626 a 6.250 euros" que existen para combatir dicho mal.

D

#3 Añade lo que te falta después de esa frase anda

"La sanción será más alta cuantos más trabajadores y volumen de negocio tenga la empresa."

cc #2

Hay que leerse el articulo y tal, eh?

Spartan67

#12
A ver lumbreras, en cualquier caso estamos hablando que el tope es 6250€.

D

#15 inspectores recuerdan que podrán repetir dicha sanción tantas veces quieran hasta que se establezca el control.

Sabes leer o te echaron antes del colegio? Lumbreras?

Spartan67

#17
Aquí hay mucho confiado de la vida, ya cuesta que visite sólo una vez un inspector como que alguno dice que pueden ir dos veces.
Una cosa es la teoría y otra la realidad.
En fin, el que hace la ley hace la trampa.

D

#20 Mi novia fue dos veces a inspección en persona a quejarse de su empresa y las dos veces fueron a su trabajo, no sé por que ahora debería ser distinto, entiendo que alguna vez pueden fallar pero si insistes van, esa es la realidad.

No obstante, y como he dicho en otro comentario, parece que nos olvidamos de otras repercusiones de esto, como por ejemplo anulacion de despidos procedentes (caso de que la empresa te eche y tu denuncies que te hacían hacer horas extras de más y sea verdad) y las derivadas indemnizaciones resultantes, te aseguro que entonces a la empresa grande lo que menos le va a importar es esa sanción de 6350 euros cuando a lo mejor tiene que pagar 250.000 euros a un trabajador porque en vez de despido procedente es improcedente

vomisa

#20 Hay servicios (con comités de empresa activos) donde tienen inspección cada dos meses, por denuncias del comité. Hasta el punto de que en la última el inspector les dijo que si le llegaba una denuncia más SIN FUNDAMENTO les iba a meter un paquete, porque tenía otros temas y no podía estar perdiendo el tiempo con una empresa que cumplía la ley como norma.

D

#18 Pero los inspectores recuerdan que pueden repetir la sanción tantas veces como quieran, se pueden plantar todos los días en la empresa y sancionarla, echa cuentas ahora.

No obstante parece que nos olvidamos de otras repercusiones de esto, como por ejemplo anulacion de despidos procedentes (caso de que la empresa te eche y tu denuncies que te hacían hacer horas extras de más y sea verdad) y las derivadas indemnizaciones resultantes, te aseguro que entonces a la empresa grande lo que menos le va a importar es esa sanción de 6350 euros cuando a lo mejor tiene que pagar 250.000 euros a un trabajador porque en vez de despido procedente es improcedente

cc #15

vomisa

#2 El problemilla es que las empresa aún no tienen claro si la multa es por no tener registro de jornada, o no tenerlo por cada trabajador, que es ligeramente distinto.

D

Yo, por si acaso, ya tengo un acceso directo en el teléfono a la grabadora de audio anticipándome a la "charlita aleccionadora" del boss.

Kasterot

#8 Yo directamente no le cojo cuando me interesa, además no tengo obligación siquiera de darle mi teléfono personal

D

#10 ... es para cuando nos llame a la oficina y nos diga como actuar sobre este particular... roll

frg

#12El resultado es el mismo:

"enfrentarán a multas que van de los 626 euros a los 6.250. La sanción será más alta cuantos más trabajadores y volumen de negocio tenga la empresa"

Multas desde 626 a 6.250, ...

p

Tema problemático el de las horas extras, en el que el artículo es claro, pero se queda corto, debería haberse extendido un poco más, como por ejemplo aquí https://www.ayudalaboral.net/con-respuesta-jornada-laboral/3716-registro-mensual-horario-de-la-jornada-laboral pues cuando de presenta un tema de estos hay que profundizar un poco, ya que en caso contrario se pueden estar creando más dudas que soluciones.

Mateila

Prohíbe hacer más de 80 horas extras anuales... no compensadas, o sea, que no hay limitación de horas extras si la empresa las devuelve en forma de libranza de horas ordinarias en compensación.

ipanies

#4 Si, pero recuerda que no es 1 hora por 1 hora, es mas y aumenta en función de si son festivos o nocturnas.

Mateila

#5 Sí, sí es hora por hora a no ser que por convenio a las horas nocturnas o en festivo se les aplique un factor de corrección.

D

#4 #5 sí pero eso tiene un límite: el trabajador tiene que compensarlas en tiempo en un límite de 4 meses desde que las hizo para que no computen. Vamos, que si hace 80 horas entre enero y febrero y se coge marzo en compensación tendría el cómputo de extras limpio. Si no se las coge hasta julio ese empleado, legalmente, no puede hacer más horas extras ese año

D

#4 #7 Joer macho aquí no se lee nadie el artículo

"Un trabajador no puede hacer por ley más de 80 horas extras al año, aunque las cobre o se le compensen con días de fiesta."

D

#13 en ara? deja deja, tienden a saber más bien poco sobre los temas de los que dan lecciones

Spartan67

“Las empresas que a partir del 12 de mayo no cumplan la normativa o, como mínimo, no la hayan empezado a negociar con sus trabajadores se enfrentarán a multas que van de los 626 euros a los 6.250. “
Esto es un quiero pero con la boca chica.