Hace 15 días | Por Delay a threadnavigator.com
Publicado hace 15 días por Delay a threadnavigator.com

Cuando el juez Peinado abrió investigación a la mujer de Sánchez por una denuncia de Manos Limpias basada en recortes de prensa, Judge the Zipper dijo que el juez estaba obligado investigar o estaría prevaricando, por tanto, lo que hace García Castellón es prevaricar

Comentarios

troymclure

#8 Para imaginacion, la tuya, que te crees hasta inteligente... que no has dicho una verdad en tu miserable vida

pedrario

#9 Gracias por seguir demostrando que tratar contigo es una perdida de tiempo.

Ale, sigue con tu felicidad.

troymclure

#10 De nada ... a pastar... y recoge tu bocadillo de choped

Caravan_Palace

Cuando el juez Peinado abrió investigación a la mujer de Sánchez por una denuncia de Manos Limpias basada en recortes de prensa, Judge the Zipper dijo que el juez estaba obligado investigar o estaría prevaricando, por tanto, lo que hace García Castellón es prevaricar



No , es justo lo contrario.
Cuando el juez Peinado abrió investigación a la mujer de Sánchez por una denuncia de Manos Limpias basada en recortes de prensa, Judge the Zipper dijo que el juez estaba obligado investigar o estaría prevaricando, por tanto, lo que dijo judge the zipper era una sucia patraña.

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#12 Por supuesto, pero es que estás diciendo lo mismo que yo.
La denuncia de Manos limpias no debería haberse admitido y sin embargo así fue y lo peor es que no existen mecanismos para evitar que esto se repita.

pedrario

#13 La denuncia de Manos Limpias se basa en documentos que han sido publicados o son accesibles y adjuntaba también al menos uno de ellos.

Quieres hacer creer que tu opinión es realidad.

oceanon3d

#14 Todo lo que has dicho es un bulo ... ni me molesto en poner enlaces porque hasta tú lo sabes.

Deja de embarrar en Menéame... bajas el nivel de este foro a minimos.

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#14 Esa denuncia no incluye ningún documento más allá de fotocopias de artículos impresos desde la web. Artículos de pseudo medios sin verificar, incluso alguno ya desmentido.
Creo que te falta información, sobretodo en lo referente a como funciona la máquina del fango.

pedrario

#19 Falso, aporta como documento una copia de las cartas que mandó la denunciada.

>https://www.huffingtonpost.es/uploads/files/2024/04/24/manos-limpias-denuncia.pdf

Sigues tratando de colar tu opinión como realidad.

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#21 Esas cartas son de dominio público y ya se citan en algunos de los artículos aportados, siendo perfectamente legales y propias de la actividad que desempeña la acusada, por lo que no constituyen prueba alguna ni aportan peso a los argumentos de la denuncia. Se atribuye un delito a una ciudadana y se solicita que se investigue sin aportar una sola prueba mas que documentos completamente legales y propios de su actividad profesional.
Admitir esa denuncia implica un acto de fe, implica querer creer que existe un delito.
Uno no puede ir a un juzgado con un periódico bajo el brazo como prueba y decir "mire, que acabo de leer esto en el periódico, quiero poner una denuncia y que se investigue" . No señor, mire usted, investigue usted y cuando tenga pruebas vuelva. Así es como lo entiende el tribunal supremo y así debería ser. Lo único que necesitamos son medidas para que esté precepto se cumpla.

a

#23 desmiente eso piedritas #21

pedrario

#23 Son de dominio público porque han sido filtradas en informaciones periodisticas, lo que da sustanciabilidad a la denuncia y de ahí lo que apunto en #12

Lo demás es solo tu opinión irrelevante

>Sigues tratando de colar tu opinión como realidad.

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#27 Perdona pero aquí el único que tiene una opinión contraria a la verdad eres tu.
Ya veo de que palo vas, no more feed for the troll.

pedrario

Ya claro, yo que he puesto enlaces que prueban que te inventas cosas, soy el errado lol lol lol lol

Era para el mal perdedor de #-29 lo dejo en #27

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Lo que ha hecho el juez Peinado no es prevaricar ( un señor juez debería de saber esto). Sin embargo si existe una doctrina impuesta por el tribunal supremo en que se insta a no admitir a trámite denuncias basadas exclusivamente en informaciónes periodísticas.
Alomejor lo que hace falta es que se incluyan sanciones para los jueces que hagan caso omiso a esta norma porque advertir e informar es obvio que no es suficiente.

pedrario

#3 No existe eso realmente, es otro bulo. La doctrina habla realmente de hechos plausibles, objetivos, accesibles...una información periodística que contenga esos elementos, puede ser admitida.

Lo que no puede ser admitido es un artículo de opinión, o informaciones basadas en 'fuentes', sin documentacion, etc. Pero un artículo que hable de un fraude y se base en documentos como el BOE y un razonamiento lógico, puede valer.

Top_Banana

#3 Es prevaricación de libro. Tampoco hay que rascar mucho para verlo.

La simple admisión a trámite, a sabiendas de la doctrina impuesta, es una resolución arbitraria o injusta.

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#24 No, te confundes. Sería prevaricar si se emitiese una sentencia arbitraria en un asunto administrativo o judicial a sabiendas de que dicha resolución es injusta y contraria a la ley. Es decir, la prevaricación implica que debe haber una resolución o sentencia. La mera admisión a trámite no puede ser prevaricación.
Por desgracia y aunque el supremo ha dictado una resolución en la que insta a que este tipo de denuncias no sean admitidas, no disponemos aún de medidas concretas para hacer cumplir dicha resolución.

Top_Banana

#25 Que va. No es necesario emitir sentencia para prevaricar. La admisión a trámite, a sabiendas de la doctrina al respecto, es una resolución injusta.

"Proc. Acto de decisión de un juez o de un tribunal, consistente en la aplicación mediante una operación lógica del derecho objetivo (material o procesal) a una condición de hecho que previamente se considera dada."

Creo que confundes términos, te pongo un ejemplo: "El juez resuelve admitir a trámite la denuncia."

Una sentencia también es una resolución, por supuesto.

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#31 Discrepo, de ser como tú dices ese juez ya tendría la correspondiente denuncia por parte de fiscalía del estado. No, la admisión a trámite (por desgracia) no puede ser considerada como prevaricación.

Top_Banana

#32 Lo que debería tener es una denuncia de la denunciada. Entiendo que discrepes, aunque yo lo veo claro.

¿Quién juzgaría esa denuncia?

Sabemos que depende a quien le caiga puede tener un resultado diferente, siendo los mismos hechos. La denuncia es un poco lotería en este sentido, pero debería hacerla.

s

#25 ummm De por ahí.


um,,

Maximilian

Tal como suceden las cosas, podríamos comparar la justicia española como una telenovela venezolana.
Aparecen primos, cuñados y patrones por todos lados

J

No sé si es de tercer curso de Derecho, pero ni la acusación Pública, que es el Ministerio Fiscal, ni la acusación Popular, que sólo debe existir en este lugar, pueden presentar denuncias.
Deben formular querellas, haberlo hecho mediante simple denuncia debiera haberla hecho inadmisible. Pero algunos jueces incumplen las leyes sin problema.
A la Fiscalía no sé la hubieran admitido así nunca. Por eso inician los procedimientos mediante querellas.
Mediante denuncia sólo pueden iniciarlo los particulares y afectados.

s

#7 Sería que no pueden presentar demandas sino querellas... Bueno ¿correcto?

J

#37 En el orden penal, cabe la denuncia y la querella para poder iniciar un procedimiento.
La acusación Popular y la Pública (Ministerio Fiscal) para iniciar procedimiento penal tienen que interponer necesariamente querellas, no pueden denunciar.

Las demandas no caben en asuntos penales, serían querellas.
Demandas se denominan en los órdenes Civil, Social y Contencioso- Administrativo.

s

#38 la distinción es demanda (una acusación particular que puede acabar en un acuerdo entre partes y es civil) y querella (que es orden criminal y se ha de investigar hasta el final sin poder cerrarse por ningún acuerdo entre partes sino llegar hasta el fondo). Denuncia es más polisémico con diversos significados

Cuando dices denuncia te refieres a una en concreto que implique a una demanda. Una denuncia no tiene porque implicar nada y puede ser muchas cosas

Pues eso que no son de orden criminal y pueden acabar en acuerdo entre partes. Una querella es de orden criminal y ha de investigarse hasta el final

una denuncia es un tipo de acción que puede llevar a muchas cosas diferentes y hay diversos tipos de denuncias

J

#39 Me refiero esclusivamente al derecho español.
Dónde no cabe usar el término denuncia en el orden Civil, ni demanda en el orden penal.
Y el término Acusación sólo se usa en el orden Penal.
Esto se puedes consultar en cualquier publicación sobre Derecho Español y en la propia web.
En España una querella puede acabar por acuerdo en su fase final o por desistimiento de la acusación particular, si no la sigue la Fiscalía.
Los acuerdos pueden darse en todos los órdenes, a excepción del Contencioso-Administrativo, dónde acuerdos con la Administración no pueden hacerse, al menos directamente en el proceso judicial.

s

#40
Aparte que es mentira e indica que no tienes ni puta idea de derecho. Yo ya te he corregido y podrías haber comprobado lo que he dicho. Estás teniendo un dunning kruguer de libro. No tienes suficiente conocimiento básico de lo que hablas. Has hablado de denuncias y demandas en lugar de demandas y querellas (denunciar es un acto, demandas y querellas son el tipo de delito denunciado y procedimiento judicial a aplicar ) confundiendo denuncia por la demanda y la demanda por las querellas criminales y en lugar de darte cuenta de tu metida de pata sigues pontificando como si fueras experto ¿donde has estudiado derecho? porque yo a mi me tocó hacer un curso de introducción a derecho en general, al mercantil, laboral y fiscal pero no el penal
y lo que dices es descaradamente equivocado y simplemente estás repitiendo de nuevo


denunciar es más amplio e inespecífico para lo que estás hablando:
PUNTO

No es el tipo de procedimiento a realizar ni el tipo de delito. Esto otro se divide entre demanda y querella no entre denuncia y demanda. Y las demandas normalmente son civiles (lo contrario de lo que has dicho que has dicho que no son civiles y la realidad es que SÍ son civiles, anda y lee algo sobre derecho antes de dar lecciones en meneame con errores tan bestias como estos). Si no te ha arreglado bien una instalación o no te paga un trabajo alguien es una demanda donde haya sanciones y se puede arreglar con acuerdo entre las partes. Si el delito puede implicar cárcel y entra en el criminal toca una querella Y NO SE PUEDE SOLUCIONAR CON ACUERDO ENTRE LAS PARTES

Por tanto poner en conocimiento por QUIEN SEA a quien ha de actuar de forma competente es denunciar.

> Eso es mentira

la demanda lo que no implica son penas de cárcel. Correcto pero te has liado



Estás confundiendo denuncia con demanda civil pero no criminal y confundes demanda con querella criminal es decir que demanda puede ser penas de sanciones económicas etc pero no sanciones que impliquen cárcel implicadas y querella las sanciones pueden llevar cárcel

Demanda la puedes utilizar civil dado que una demanda puede arreglarse por acuerdo entre las partes sin haber nada de penal por medio o bien haber pena

Es la querella lo que implica algo criminal (puede llevar penas de cárcel ) que ha de ser investigado hasta el final y que NO puede solucionarse por acuerdo entre las partes

Tu distinción no es pertinente. La más correcta y pertinente es entre demanda y querella

No. Las querellas no pueden saldarse con un acuerdo entre las partes. Se ha de llegar hasta el final la investigación y la justicia es la que decida NO LAS PARTES

Y en la demanda se puede arreglar con acuerdo por las partes.

Por eso lo que se hace es querellar y no demandar cuando se ha de llegar al final es de orden criminal y no se puede saldar en acuerdos entre denunciante y denunciado

s

#40 Si no sabes de que hablas ¿por qué te pones a dar lecciones públicamente con falsedades de este nivel al resto de meneantes que TODOS lo saben mejor que tu? ¿eres consciente del nivel de burradas que has dicho? Porque ya te he corregido y en lugar de darte cuenta la vuelves a repetir

J

#42 #40 #42 Bueno si usas el término denuncia en el orden Civil, tu sabrás, pero lucir tu incultura no te hace parecer inteligente. Además tenías fácil haberte documentado y salir de la ignorancia, pero hay gente a la que su narcisismo se lo impide. Rectificar es de sabios, siento mucho que prefieras enfadarte que aprender. Menos humos.

J

Esta gente que se la coge con pinzas con la mujer de Sánchez, la cual ha estado involucrada en hechos más que sospechosos, me pregunto qué dijo esta gente en su día con el acoso al hermano de Ayuso, al que ni la justicia Europea a la que llevó la izquierda coñazo encontró ningún indicio para siquiera investigar nada.

tremebundo

#16 Sencillo: el acoso a esa señora no está justificado y el del hermano de la IDA, sí. ¿Tú eres de aquí?

J

#17 Pues eso. Es que es tan gracioso leer a esta gente repetir las consignas inconsistentes, incoherentes, hipócritas y hasta mentirosas que les meten con embudo...

Malinke

¿Qué es Judge the Zipper?

s

Que no sepas que los modos son demanda y querella. Que denunciar NO es sinónimo de querellarse sino que y puede ser denuncia tributaria o del tipo que sea: civil, mercantil, laboral, fiscal o penal (cosas sobre herencias, sobre causas de nulidad de contratos mercantiles, de que no te han pagado la instalación eléctrica, etc). Denunciar NO es sinónimo de querellarse como defiendes con uñas y dientes e insultos personales fuertes

No es culpa mía. Has confundido querellarse con denunciar. Me has tratado de ignorante. De no querer aprender. De narcisita. De hablar sin saber, de enfadarme etc.

Lo divertido es que eres tu quien ha metido la pata hasta el fondo pretendiendo dar clases y creer que denunciar y querellarse lo mismo y siempre lo mismo. Y en lugar de diferenciar entre demandar y querellarse has calificado entre demandar y denunciar (el acto de hacer saber formalmente la posible infracción o bien el delito sea o no de carácter criminal)

Te guardas tus descalificaciones para ti.

s



te acabas de retratar a ti mismo pero a la perfección. Se siente. A ver Búscate "denuncia administrativa" de una puta vez

Seguro que es eso y no que te esté ocurriendo exactamente a ti. Me ha tocado estudiar derecho civil, mercantil, y fiscal pero no penal. Aparte que lo he revisado antes de replicarte. Y varias veces antes de caer en lucir incultura y todas esas molongas

pero parece que tu precisamente no lo has hecho

Para empezar anda y empieza a corregir a ellos y al resto de paso

https://www.guardiacivil.es/es/servicios/denuncias/index.html

¿a ver si vas a ser tu quien va en el sentido contrario de la autopista? ejem

reitero los conceptos que se competían distinguir en la charla era entre DEMANDA y QUERELLA

O

Sr. García-Castellon 152
Sr. Peinado 862

pedrario

Para empezar, la comparación es absurda porque el juez habla de una denuncia y lo que se ha rechazado es una petición, por cierto, el juez ha hecho lo mismo que pedía la fiscalía, que siempre se olvida decir que es un criterio avalado por muchos cuando se pretende señalar a uno concreto.

Pero, más relevante, el hilo de Zipper y ese mismo tuit omite que habla de hechos delictivos plausibles, de que tiene que haber indicios que justifiquen la investigación, no significa que si yo voy a un tribunal a denunciar que Pedro Sanchez ha violado a mi gato, un tribunal tenga que investigarlo sin indicio alguno. Y lo que ha dicho el tribunal, y la fiscalía, es que para este caso, no los hay.

Seguimos con los bulos de la izquierda.

pedrario

#6 gran argumento basado en tu imaginación.

z

#5 Toma bulo de los izquierda, cuanto son
otros los denunciados se archiva y según el juez tuitero archivar sin investigar es prevaricación

https://www.elplural.com/politica/espana/juez-investiga-begona-gomez-archiva-denuncia-involucra-ayuso-almeida_329338102

s

#5 No. Simplemente se indica que no existen tales indicios de los mismos en el caso de la mujer de Sanchez e igual se ha admitido a trámite


Sí. Esa es exactamente la situación con lo presentado contra la mujer de Sanchez. Ni más ni menos