c

#88 Ese es el problema, no tienen nada, sólo los pisos de Puente Genil. Parece que Cajasur sería el primero en la lista en recibir el dinero si se ejecuta la hipoteca

anOnY

#33 creo que hay un error en tu planteamiento. Te pongo un ejemplo (tengo nociones sobre embargos y como se ejecutan)

Yo tengo una casa hipotecada en cajasur (seria el caso de la constructora). En mis negocios personales alguien me da 40.000 euros y al no entregarle el bien pactado vamos a jucio, alli un juez dictamina un embargo por esa cantidad sobre mi casa. No olvidemos que la casa tiene una hipoteca en cajasur.

Si yo sigo pagando religiosamente la hipoteca a cajasur la casa no iria a subasta, el beneficiado del embargo tendria que esperar a que yo vendiera la finca para recuperar el dinero. Pero este no es el caso.

Si yo no pago la hipoteca (se supone que es el caso de la promotora), cajasur me lleva a juicio y el juez ordena la subasta pública de la casa.

En el momento que la casa va a subasta cualquiera que desee pujar por ella (cajasur incluida) puede ir al registro de la propiedad a consultar si hay algun embargo sobre la casa.

CUALQUIER persona, banco o empresa que puje en subasta por la casa deberá, además de pagar su puja, liquidar todos los embargos que pesen sobre la casa para poderla poner a su nombre en un notario.

Así que cajasur no podrá nunca vender esas propiedades o ponerlas a su nombre sin antes liquidar el embargo.

#89 creo que te interesa lo que he escrito.

anOnY

#91 En caso de un concurso de acreedores muy probablemente el primero en cobrar es el banco.

Pero este caso es diferente, el afectado no es un acreedor de la promotora, ahora ya no le debe dinero a la promotora. Un juez ha interpuesto un embargo sobre un bien, ya da igual si esta a nombre del banco o de la promotora, ese bien no se podrá vender sin satisfacer el embargo como comento en #90

Ddb

#92 No digas tonterías, por el amor de dios, al menos no lieis más al pobre chaval. En derecho registral rige el principio prior tempore prior iure, las cargas posteriores nunca dañan a las cargas anteriores, NUNCA. Un embargo posterior a una hipoteca lo único que podrá hacer es postularse con preferencia al resto de deudores no preferentes sobre el sobrante cuando esta es ejecutada, nada más que eso, joder, que ganas de hablar por hablar. Prácticamente todo lo que has dicho en #90 no es cierto.

anOnY

#93 Por lo que comenta el autor del post, el banco se ha quedado con los pisos de estas promociones, probablemente porque la promotora no ha podido hacer frente a las hipotecas.

En ese caso las promociones han pasado a ser titularidad del banco.

Paralelamente un juez han dictado una sentencia que otorga cargas registrales a parte de esa promoción a favor del autor del post.

El banco ahora es titular de unos pisos que carecen de hipoteca, ya que la hipoteca la habia concedido el banco y al cambiar de titular esas hipotecas desaparecen (un banco no puede auto-hipotecarse una finca)

Así que no, no digo tonterias.

Si los pisos son de la promotora los comercializaria la promotora, no la inmobiliaria del banco. Si son del banco ya no tienen hipoteca, son propiedad del banco sin más.

El banco se ha quedado con una promoción sobre la que constan unas cargas dictadas por un juez, si el propietario (el banco) quiere venderlas tendrá que saldar esas cargas registrales, si no fuera imprescindible para vender los pisos no estarian negociando con él.

anOnY

#93 En una subasta como tu bien dices prima el "Prior in tempore, potior in iure", pero te recuerdo que con las promotoras no se subasta nada, se procede a un concurso de acreedores, en este concurso se rige el principio que citas, pero te recuerdo que el autor del post no es un acreedor de la promotora.

El banco se ha quedado en un concurso de acreedores con unas propiedades que tienen unas cargas registrales, y cuando esos pisos se vendan el autor del post tendrá plenos derechos de liquidar sus cargas registrales.

D

#95 El autor del post sí es acreedor de la promotora, como las sentencias a su favor indican... y eso que dices de que Cajasur no habrá acudido a la ejecución hipotecaria para mi no tiene sentido, sólo tiene desde el punto de vista de #97 ya que el Art 656.2 de la LEC http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t4.html#a656 fija que debe constar en la nota, que es actual, pero eso no quiere decir que no lo pueda hacer en cualquier momento como amenaza... sólo se me ocurren 2 razones para no hacerlo, el precio de la ejecución (en cuyo caso si subiese el precio de mercado del inmueble jugaría en contra de chicoboy porque la haría más interesante a ojos de CajaSur), que en realidad a chicoboy esas sentencias le pudiesen servir para reclamar una solución judicial de alguna manera que desconozco o que le sirviesen para que al subrogarse en la hipoteca tuvieran que reconocerle lo pagado a la promotora... pero lo cierto es que no se me ocurre como podría ser eso.

Bazofio

#90, te ha contestado perfectamente #93, no digas tonterías ni confundas a la gente si no tienes ni idea, que luego hay leyendas de un amigo que tuvo un primo que su amigo le consiguió esto y lo otro. Vamos a ver, si me traban la vivienda con un embargo y tengo una hipoteca previa, aunque pague religiosamente la hipoteca el titular del embargo puede ejecutarlo, y obligatoriamente el bien va a salir en subasta pública en la que el dinero que se saque va a estar destinado a pagar el préstamo hipotecario, y en el caso de que sobre algo, irá a pagar las cargas posteriores, que en este caso sería el embargo. Si sobrara algo más, iría para el propietario de la vivienda.

De verdad te pido que no mientas, porque cuando se subasta el bien se liquidan TODAS las cargas registrales, aunque no haya habido suficiente dinero en la subasta para cubrirlas.

#91, de todas formas, si como dices Cajasur ya ha ejecutado la hipoteca, no pesa sobre las viviendas carga alguna, y eso debería constar en el Registro de la propiedad, pero creo que #80 ha dicho que en el registro siguen estando las viviendas a nombre de la empresa y siguen pesando sobre ellas los embargos.

D

#90 Eso no es así http://www.edufinet.com/index.php?option=com_content&task=view&id=1294&Itemid=251 no creo que lo que propones sea una solución viable para #89

c

#c-85" class="content-link" style="color: rgb(227, 86, 20)" data-toggle="popover" data-popover-type="comment" data-popover-url="/tooltip/comment/1774481/order/85">#85 Tienes razón, si ejecutan finalmente será para ellos, yo no tengo dinero para poner el 20% para la subasta, como indica 75# , de hecho no tengo ni para cubrir el 2% jajajaja, que triste...

Que yo sepa a los administradores de la empresa no les ha puesto ningún pleito, está libres. Por ahora el único que ha ganado dinero es el abogado, en fin, muchas gracias

c

#83 muchas gracias por tu apoyo. No me veo yo en telecinco... jajaja

c

#81 no me descuentan lo pagado, esa es la cosa, no me descuentan nada. Y pienso que aunque les cueste más dinero ejecutar hipotecas(creo que un 8% por piso) prefieren hacerlo para que yo salga perdiendo. Haciendo un cálculo a ojo, ejecutar hipoteca de 2 pisos y 2 cocheras les sale por unos 35.000 euros, y tengo hasta 9 pisos embargados, así que no entiendo el por qué no me devuelven el dinero y ya está, les saldría mucho más barato, en fin...

remixpanoramix

#82 A ver, es que ellos también están perdiendo por ahora. Los pisos aún no son suyos y las hipotecas están sin pagar. Cuando ejecuten las hipotecas, el proceso normal es subasta, la cual dada la situación quedará desierta y ellos podrán finalmente adjudicarse al 50%, eso sí salvo que tú también acudas a la subasta y aportes el crédito a tu favor como garantía de pago y minorando el precio de remate al ser acreedor preferente

Para esto, necesitas un abogado que esté curtido en mil batallas, no cualquiera desde luego (y ojo, no menosprecio a tu abogado actual tampoco) pero me extraña que no haya cargado en simultáneo contra los administradores de la empresa, que supongo que tendrán irregularidades como cuentas anuales sin depositar en el registro o concurso de acreedores sin ejecutarse.

c

#c-85" class="content-link" style="color: rgb(227, 86, 20)" data-toggle="popover" data-popover-type="comment" data-popover-url="/tooltip/comment/1774481/order/85">#85 Tienes razón, si ejecutan finalmente será para ellos, yo no tengo dinero para poner el 20% para la subasta, como indica 75# , de hecho no tengo ni para cubrir el 2% jajajaja, que triste...

Que yo sepa a los administradores de la empresa no les ha puesto ningún pleito, está libres. Por ahora el único que ha ganado dinero es el abogado, en fin, muchas gracias

c

la otra parte del documento

remixpanoramix

#80 pues con el embargo detrás de la hipoteca, si Cajasur ejecuta finalmente, te quedas sin nada. No es un farol. Lo que te dije más arriba, intenta cogerle a Cajasur una plaza de garaje y la pasta o incluso si los pisos están terminados, que te subroguen parcialmente una de las hipotecas y te quedas con la vivienda descontando lo pagado.

c

#81 no me descuentan lo pagado, esa es la cosa, no me descuentan nada. Y pienso que aunque les cueste más dinero ejecutar hipotecas(creo que un 8% por piso) prefieren hacerlo para que yo salga perdiendo. Haciendo un cálculo a ojo, ejecutar hipoteca de 2 pisos y 2 cocheras les sale por unos 35.000 euros, y tengo hasta 9 pisos embargados, así que no entiendo el por qué no me devuelven el dinero y ya está, les saldría mucho más barato, en fin...

remixpanoramix

#82 A ver, es que ellos también están perdiendo por ahora. Los pisos aún no son suyos y las hipotecas están sin pagar. Cuando ejecuten las hipotecas, el proceso normal es subasta, la cual dada la situación quedará desierta y ellos podrán finalmente adjudicarse al 50%, eso sí salvo que tú también acudas a la subasta y aportes el crédito a tu favor como garantía de pago y minorando el precio de remate al ser acreedor preferente

Para esto, necesitas un abogado que esté curtido en mil batallas, no cualquiera desde luego (y ojo, no menosprecio a tu abogado actual tampoco) pero me extraña que no haya cargado en simultáneo contra los administradores de la empresa, que supongo que tendrán irregularidades como cuentas anuales sin depositar en el registro o concurso de acreedores sin ejecutarse.

c

#c-85" class="content-link" style="color: rgb(227, 86, 20)" data-toggle="popover" data-popover-type="comment" data-popover-url="/tooltip/comment/1774481/order/85">#85 Tienes razón, si ejecutan finalmente será para ellos, yo no tengo dinero para poner el 20% para la subasta, como indica 75# , de hecho no tengo ni para cubrir el 2% jajajaja, que triste...

Que yo sepa a los administradores de la empresa no les ha puesto ningún pleito, está libres. Por ahora el único que ha ganado dinero es el abogado, en fin, muchas gracias

Ddb

#80 Chicoboy, Cajasur seguramente ya ha ejecutado esta hipoteca y los datos registrales en este momento no reflejan la realidad. Acostumbra a ser normal, hay un lapso de tiempo entre que el banco se adjudica en un procedimiento concursal o hipotecario un bien y lo inscribe como suyo en el Registro. Pero si Cajasur está actuando como tú dices seguramente es porque ya le pertenece. Sería absurdo que intentará vender viviendas que no tiene adjudicadas y te aseguro que los bancos y cajas si algo no hacen es ser absurdos, siempre tienen detrás leyes que les amparan. Así que no le des demasiada importancia a quien aparezca en este momento como propietario de la finca, por lo que cuentas el propietario real es Cajasur. Cajasur o bien no inscribe porque el juzgado no le ha dictado el Auto de adjudicación (con los testimonios correspondientes)o no lo hace porque con la reseña de hipoteca ya le está indicando a cualquiera que ostenta un derecho preferente sobre esta finca y no tiene una prisa registral por hacerlo.
En cuanto lo inscriban, tus cargas, que son posteriores, desaparecerán como lágrimas en la lluvia y tal. Unicamente, y en el caso de que existiera sobrante, tendrías un derecho preferente sobre éste por encima de otros posibles deudores.

Con los datos que ofreces, y sin poder entrar en detalle, es muy improbable que ostentes ningún derecho argumentable judicialmente frente a Cajasur. Por lo que he entendido compraste o reservaste sobre plano al promotor. El terreno fue dividido horizontalmente y el promotor, además de pediros un adelanto a vosotros, solicitó un préstamo a Cajasur para poder construir. Cajasur concedió ese préstamo asegurándolo con una garantía hipotecaria sobre las fincas ya inscritas pero que tenían que construirse. Tu litigio es con la promotora, muy difícilmente podrás implicar a Cajasur, que es también un deudor de la promotora, pero con un derecho a cobrar preferente al tuyo pues su crédito lo protegieron con la garantía hipotecaria constituida sobre las fincas.

Pero como me he cansado de decir, deja de pedir consejo aquí y consulta con tu abogado. Yo no me pongo hablar sobre cirugía, ni sobre ingeniería, ni sobre peluquería y maquillaje porque yo no me dedico a esto. Tu abogado se dedica a esto, siéntate con él y que te aclare las cosas, poca ayuda, más que el apoyo moral (ojo que eso ya es importante) te pueden dar personas legas en derecho y no especialistas en inmobiliario/hipotecario.

Suerte otra vez

anOnY

#91 En caso de un concurso de acreedores muy probablemente el primero en cobrar es el banco.

Pero este caso es diferente, el afectado no es un acreedor de la promotora, ahora ya no le debe dinero a la promotora. Un juez ha interpuesto un embargo sobre un bien, ya da igual si esta a nombre del banco o de la promotora, ese bien no se podrá vender sin satisfacer el embargo como comento en #90

Ddb

#92 No digas tonterías, por el amor de dios, al menos no lieis más al pobre chaval. En derecho registral rige el principio prior tempore prior iure, las cargas posteriores nunca dañan a las cargas anteriores, NUNCA. Un embargo posterior a una hipoteca lo único que podrá hacer es postularse con preferencia al resto de deudores no preferentes sobre el sobrante cuando esta es ejecutada, nada más que eso, joder, que ganas de hablar por hablar. Prácticamente todo lo que has dicho en #90 no es cierto.

anOnY

#93 Por lo que comenta el autor del post, el banco se ha quedado con los pisos de estas promociones, probablemente porque la promotora no ha podido hacer frente a las hipotecas.

En ese caso las promociones han pasado a ser titularidad del banco.

Paralelamente un juez han dictado una sentencia que otorga cargas registrales a parte de esa promoción a favor del autor del post.

El banco ahora es titular de unos pisos que carecen de hipoteca, ya que la hipoteca la habia concedido el banco y al cambiar de titular esas hipotecas desaparecen (un banco no puede auto-hipotecarse una finca)

Así que no, no digo tonterias.

Si los pisos son de la promotora los comercializaria la promotora, no la inmobiliaria del banco. Si son del banco ya no tienen hipoteca, son propiedad del banco sin más.

El banco se ha quedado con una promoción sobre la que constan unas cargas dictadas por un juez, si el propietario (el banco) quiere venderlas tendrá que saldar esas cargas registrales, si no fuera imprescindible para vender los pisos no estarian negociando con él.

anOnY

#93 En una subasta como tu bien dices prima el "Prior in tempore, potior in iure", pero te recuerdo que con las promotoras no se subasta nada, se procede a un concurso de acreedores, en este concurso se rige el principio que citas, pero te recuerdo que el autor del post no es un acreedor de la promotora.

El banco se ha quedado en un concurso de acreedores con unas propiedades que tienen unas cargas registrales, y cuando esos pisos se vendan el autor del post tendrá plenos derechos de liquidar sus cargas registrales.

D

#95 El autor del post sí es acreedor de la promotora, como las sentencias a su favor indican... y eso que dices de que Cajasur no habrá acudido a la ejecución hipotecaria para mi no tiene sentido, sólo tiene desde el punto de vista de #97 ya que el Art 656.2 de la LEC http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t4.html#a656 fija que debe constar en la nota, que es actual, pero eso no quiere decir que no lo pueda hacer en cualquier momento como amenaza... sólo se me ocurren 2 razones para no hacerlo, el precio de la ejecución (en cuyo caso si subiese el precio de mercado del inmueble jugaría en contra de chicoboy porque la haría más interesante a ojos de CajaSur), que en realidad a chicoboy esas sentencias le pudiesen servir para reclamar una solución judicial de alguna manera que desconozco o que le sirviesen para que al subrogarse en la hipoteca tuvieran que reconocerle lo pagado a la promotora... pero lo cierto es que no se me ocurre como podría ser eso.

Bazofio

#90, te ha contestado perfectamente #93, no digas tonterías ni confundas a la gente si no tienes ni idea, que luego hay leyendas de un amigo que tuvo un primo que su amigo le consiguió esto y lo otro. Vamos a ver, si me traban la vivienda con un embargo y tengo una hipoteca previa, aunque pague religiosamente la hipoteca el titular del embargo puede ejecutarlo, y obligatoriamente el bien va a salir en subasta pública en la que el dinero que se saque va a estar destinado a pagar el préstamo hipotecario, y en el caso de que sobre algo, irá a pagar las cargas posteriores, que en este caso sería el embargo. Si sobrara algo más, iría para el propietario de la vivienda.

De verdad te pido que no mientas, porque cuando se subasta el bien se liquidan TODAS las cargas registrales, aunque no haya habido suficiente dinero en la subasta para cubrirlas.

#91, de todas formas, si como dices Cajasur ya ha ejecutado la hipoteca, no pesa sobre las viviendas carga alguna, y eso debería constar en el Registro de la propiedad, pero creo que #80 ha dicho que en el registro siguen estando las viviendas a nombre de la empresa y siguen pesando sobre ellas los embargos.

D

#91 no creo que cajasur haya ejecutado aún la hipoteca puesto que, según la nota simple del registro, no se ha expedido certificación de cargas, conforme al artículo 688-1 LEC, para la ejecución de títulos no judiciales. En todo lo demás te doy la razón.

c

#55 Aquí adjunto copia de una nota simple de unos de los pisos que le tengo embargado. Parece que la promotora sigue apareciendo como titular de los pisos.

c

#73 La verdad es que si me estais ayudando, cualquier comentario es bienvenido. Cuando firmé el contrato de compra venta me lo leí, pero nunca me habría imaginado que adquirir una vivienda me iba a suponer tantos años perdidos en juicio e historias de abogados. En aquel momento me parecía bien el contrato, puesto que yo estuve pagando todo, y sólo estaba esperando el día para irme a vivir allí, y después vino todo lo demás...

Cajasur ha estado en este proceso desde el primer día, todo el dinero lo iba abonando a una cuenta de Cajasur, y lo que más me mosquea es que en el contrato diga que tenían un seguro que cubría el dinero entregado en caso de algún problema en la obra, ¿acaso Cajasur no revisa los contratos de las promotoras? Porque ese seguro nunca existió, era un invento de la promotora, ¿cajasur no comprueba estas cosas? Porque imagino que le concederían un préstamo de varios millones de euros para construir los pisos.

En fin, cualquier ayuda o comentario es muy importante para mí, tal vez para otros no, pero yo lo valoro muchísimo.

Ddb

#76 Chicoboy, lo que dices de la cuenta de Cajasur no tiene porque tener nada que ver. Lo del seguro sí que puede ser muy importante pero entiendo que tu abogado ya lo está mirando con lupa. Ojalá tengas suerte, que la compra sobre plano se haya hecho con un seguro debería facilitar mucho las cosas.

c

#63 Os mantendré informados, sea bueno o malo el final de la aventura, lo único que tengo claro es que va a ser largo.

Buenas noticias #57 , mi padre ha hablado con su amigo del registro, el "señor X", y le traerá una nota simple al mediodia, en cuanto la tenga trataré de subirla, muchas gracias

c

#57 Genial, de pesado nada, toda la información y consejos que me estais dando son de gran calidad, y me están ayudando muchísimo, y estoy muy agradecido, de verdad.

He llamado al abogado y parece que está reunido, o eso me ha dicho la secretaria. En cuanto pueda le pregunto lo de las notas simples, también trataré de pedirlo en el registro. De todas formas me suena que estaban hipotecados de antes, pero trataré de confirmarlo, muchas gracias.

frankiegth

Para #61. Cuando llegue el desenlace final de tu aventura estaremos encantados de que realices una segunda entrada en tu blog y lo menées para contárnoslo a todos. A buen seguro tu historia podrá ayudar a otros que sufran casos similares en el futuro.
PD. Me hubiera gustado poder ayudar más con tu tema pero no tengo los conocimientos necesarios en este area, aunque veo que expertos no estan faltando. :)

c

#63 Os mantendré informados, sea bueno o malo el final de la aventura, lo único que tengo claro es que va a ser largo.

Buenas noticias #57 , mi padre ha hablado con su amigo del registro, el "señor X", y le traerá una nota simple al mediodia, en cuanto la tenga trataré de subirla, muchas gracias

c
remixpanoramix

#56 Vale, la propiedad es de la promotora aún, pero sin ver el orden de hipotecas y embargos de la nota simple estamos perdidos en el razonamiento que te hago

Te va a costar pagar otros 11 euros para sacar la nota simple actualizada

i

#56
No me jodas que tu abogado no solicitó Nota Simple de los bienes que ha solicitado embargar.
Preguntale al abogado porque debería haberlos pedido.
Si no los ha pedido, mandale a la puñetera calle.
Y luego busca otro abogado que sepa moverse.
No vas a llegar a ningún lado con él.

c

#52 No tengo nota simple de las viviendas embargadas, adjunto imágen del registro.

Cajasur imagino que les dejó dinero a Grupo G3 para construir los pisos, cada piso de la urbanización tiene una hipoteca propia.

remixpanoramix

#53 Se te ha pasado la imagen

Si, Cajasur daría una hipoteca de promoción y lo que habría que comprobar es si Cajasur firmó el reparto de la hipoteca de promoción en los coeficientes de cada vivienda. Es usual que se de primero una hipoteca por el total de la obra (por ejemplo 2 millones euros/20 viviendas) y luego cd se haga la división horizontal si es posterior a la hipoteca, se le asigne a cada vivienda el porcentaje de hipoteca. Si por un casual, ese reparto hipotecario ha sido posterior a tu embargo, tú vas delante de la hipoteca de Cajasur y se están tirando un farol del ocho. Eso se comprueba con una nota simple actualizada de alguno de los pisos embargados por tí

c

#55 Se ve ahora?

remixpanoramix

#56 Vale, la propiedad es de la promotora aún, pero sin ver el orden de hipotecas y embargos de la nota simple estamos perdidos en el razonamiento que te hago

Te va a costar pagar otros 11 euros para sacar la nota simple actualizada

i

#56
No me jodas que tu abogado no solicitó Nota Simple de los bienes que ha solicitado embargar.
Preguntale al abogado porque debería haberlos pedido.
Si no los ha pedido, mandale a la puñetera calle.
Y luego busca otro abogado que sepa moverse.
No vas a llegar a ningún lado con él.

c

#55 Aquí adjunto copia de una nota simple de unos de los pisos que le tengo embargado. Parece que la promotora sigue apareciendo como titular de los pisos.

c

#49 Correcto, es así como me lo están enfocado los señores de cajasur, entonces, si tienen ese poder de ejecutar hipoteca cuando quieran, ¿por qué no lo hacen? Es lo que no termino de entender. Tengo un amigo que no le quedó otra que aceptar el trato que le ofrecieron, era darle la mitad de lo que entregó en su momento, y ni se hacían cargo de los gastos de abogado. Mi amigo está parado desde hace año y medio, y no tuvo más remedio que pasar por el aro...

tocameroque

#51 No ejecutan la hipoteca para no dar como fallido a grupo G. Y para no asumir la propiedad de los pisos que supondría cancelar la hipoteca y entonces tener el embargo como pioritario al no estar ya la hipoteca. Quieren vender los pisos siendo de Grupo G, traspasar las hipotecas mediante cesión de la hipoteca del promotor a los que compren novándose a la hipoteca y por tanto como venden tan bajo, no pagarte a tí el embargo por no quedar caudal para el pago. Aquí lo que tendrías que haber hecho es ir contra el AVAL que el promotor tuvo que constituir cuando hizo la promoción y que avalaba las cantidades entregadas. Seguro que Caja Sur es también la signataria del AVAL y por eso ellos ni cancelan hipotecas (es como cuando compras un coche usado a un compra-venta, pero no le ha dado de baja del antiguo dueño particular, por lo que te toca cambiarlo de nombre al comprarlo....) y quieren negociar a la baja contigo para no tener que asumir el AVAL que seguramente les obliga a pagarte todo lo aportado. No se si te he ayudado, pero me temo que tu abogado no está actuando muy diligentemente y puede que le hayan "untado"...Búsca un abogado de capital fuerte, el caso creo que está ganado de libro, pero requiere alguien incorruptible que sepa moverse y no se amedrente. Entérate si hay más casos como el tuyo. Uno sólo no hace fuerza, pero ningún banco quiere a una decena que va en contra, por que da muy mala imagen. Tú puedes estar equivocado pero diez ya hacen dudar a sus clientes... y unificate con ellos para que demanda sea más fuerte y de mayor cuantía.
Que maldita actuación la de los bancos durante todos estos años.

ElCuraMerino

#51 No ejecutan las hipotecas porque están buscando compradores, obviamente, a ver si salvan los muebles con la venta de algún piso más.

c

#33 Así es como me lo han explicado en el registro, que al ejecutar la hipoteca se quedan los pisos embargados hasta por un 50% del valor de tasación actual. Y claro, creo que quien le daría precio a esos pisos serían los de Cajasur, siempre mirando en su favor.

Muchas gracias

ElCuraMerino

#33 Menos mal que hay alguien que pone un poco de cordura aquí. Porque, vamos, si a estas alturas #0 chicoboy no sabe todavía que las cargas más antiguas, y de hipoteca, además, tienen preferencia sobre las suyas, y su abogado no le ha aclarado (que lo dudo) qué quiere decir "hacerse cargo de", es que algo falla.

Aunque me da la impresión que lo que sucede simplemente es que la propia Caja Sur hace de agencia inmobiliaria para vender los pisos de Grupo G para ver si salva algo del pufo de haber financiado a esa promotora.

#44: En #10 has dicho que el titular registral sigue siendo Grupo G. Supongo, desentrañando tu historia, que lo que sucede es que Caja Sur tiene hipoteca a su favor sobre todas las fincas esas de Grupo G, que está en quiebra, básicamente. Siendo así, si Grupo G no puede pagar a Caja Sur y ésta quiere ejecutar las hipotecas, y además Grupo G no tiene más bienes que esos pisos, creo que Caja Sur tiene razón. A menos que quieras acudir a la subasta a pujar por alguno de los pisos.

c

#49 Correcto, es así como me lo están enfocado los señores de cajasur, entonces, si tienen ese poder de ejecutar hipoteca cuando quieran, ¿por qué no lo hacen? Es lo que no termino de entender. Tengo un amigo que no le quedó otra que aceptar el trato que le ofrecieron, era darle la mitad de lo que entregó en su momento, y ni se hacían cargo de los gastos de abogado. Mi amigo está parado desde hace año y medio, y no tuvo más remedio que pasar por el aro...

tocameroque

#51 No ejecutan la hipoteca para no dar como fallido a grupo G. Y para no asumir la propiedad de los pisos que supondría cancelar la hipoteca y entonces tener el embargo como pioritario al no estar ya la hipoteca. Quieren vender los pisos siendo de Grupo G, traspasar las hipotecas mediante cesión de la hipoteca del promotor a los que compren novándose a la hipoteca y por tanto como venden tan bajo, no pagarte a tí el embargo por no quedar caudal para el pago. Aquí lo que tendrías que haber hecho es ir contra el AVAL que el promotor tuvo que constituir cuando hizo la promoción y que avalaba las cantidades entregadas. Seguro que Caja Sur es también la signataria del AVAL y por eso ellos ni cancelan hipotecas (es como cuando compras un coche usado a un compra-venta, pero no le ha dado de baja del antiguo dueño particular, por lo que te toca cambiarlo de nombre al comprarlo....) y quieren negociar a la baja contigo para no tener que asumir el AVAL que seguramente les obliga a pagarte todo lo aportado. No se si te he ayudado, pero me temo que tu abogado no está actuando muy diligentemente y puede que le hayan "untado"...Búsca un abogado de capital fuerte, el caso creo que está ganado de libro, pero requiere alguien incorruptible que sepa moverse y no se amedrente. Entérate si hay más casos como el tuyo. Uno sólo no hace fuerza, pero ningún banco quiere a una decena que va en contra, por que da muy mala imagen. Tú puedes estar equivocado pero diez ya hacen dudar a sus clientes... y unificate con ellos para que demanda sea más fuerte y de mayor cuantía.
Que maldita actuación la de los bancos durante todos estos años.

ElCuraMerino

#51 No ejecutan las hipotecas porque están buscando compradores, obviamente, a ver si salvan los muebles con la venta de algún piso más.

c

#22 Algo parecido pienso yo, si al ejecutar la hipoteca pierdo todo el dinero, ¿por qué me ofrecen llegar a un acuerdo por dinero? Cosa rara.

En cuanto al blog, ya lo dije, es microblogging, pero es la única entrada que tiene el blog, no era mi intención molestar, fíjate que yo no soy de enviar muchas noticias, normalmente soy de leer noticias y muuuchos comentarios.

Muchas gracias

c

#17 jajajajaja, si tienes razón, pero es que en el 2009 yo me veía viviendo allí, recuerdo que ya me daba mis paseitos por IKEA para ir mirando ideas, por suerte a finales del 2011 pude irme a vivir (de alquiler)a otro piso

muchas gracias

c

#16 Buenos días a todos, me alegra mucho ver que la noticia tiene movimiento, me estais ayudando un montón. Me explico un poco mejor, al parecer Cajasur se hace cargo de los pisos porque Grupo G 3 dice que no tiene un duro, y que no les puede pagar lo que les debe. Entonces cajasur imagino que no le queda otra que vender los pisos para recuperar parte del dinero que invirtió en la obra. Que por cierto, en el contrato de compraventa decía que tenían un seguro que cubría el dinero entregado, en caso de algún problema monetario con la promotora, dicho seguro sólo aparecía escrito en el contrato, al parecer nunca existió. Ahí se ve como Cajasur, que ha sido el banco de esta obra desde que empezó, ni se molestó en revisar si tenían un seguro.

Muchas gracias

i

#39
Me vas a llamar 'pesao' pero como soy el que te he soltado la chapa ahí arriba... Permitemelo.
Vuelves a repetir que el Banco “se ha hecho cargo".. Y te digo que no existe esa "acción" de hacerse cargo. Al menos que yo conozca y menos entre empresas privadas. Todo está muy controlado para evitar defraudar hacienda.
Ahora, con más horas de sueño, te digo:
1)Pregunta a tu abogado si pidió una Nota Simple antes de solicitar los embargos.
2A)Si el abogado te dice que NO: despidele y busca a otro. No pierdas más tiempo con él.
2B)Si el abogado te dice que SÍ: Pídele que te enseñe todas las Notas Simples de los bienes en embargo preventivo.
3)ahí deben aparecer las 'cargas' de los bienes. Comprueba si antes de haber sido embargadas han sido hipotecadas.
3A)Si han sido hipotecadas ANTES del embargo preventivo: el banco tiene prioridad de cobro.
3B)Si han sido hipotecadas DESPUÉS del embargo preventivo: tu tienes prioridad de cobro.

Te la sopla quien se "hace cargo" de que(concepto que se Notaríalmente no existe) . Sólo tienes que ver si estas en el caso 3A o 3B para poder seguir ir sconsejandote.

c

#57 Genial, de pesado nada, toda la información y consejos que me estais dando son de gran calidad, y me están ayudando muchísimo, y estoy muy agradecido, de verdad.

He llamado al abogado y parece que está reunido, o eso me ha dicho la secretaria. En cuanto pueda le pregunto lo de las notas simples, también trataré de pedirlo en el registro. De todas formas me suena que estaban hipotecados de antes, pero trataré de confirmarlo, muchas gracias.

frankiegth

Para #61. Cuando llegue el desenlace final de tu aventura estaremos encantados de que realices una segunda entrada en tu blog y lo menées para contárnoslo a todos. A buen seguro tu historia podrá ayudar a otros que sufran casos similares en el futuro.
PD. Me hubiera gustado poder ayudar más con tu tema pero no tengo los conocimientos necesarios en este area, aunque veo que expertos no estan faltando. :)

c

#63 Os mantendré informados, sea bueno o malo el final de la aventura, lo único que tengo claro es que va a ser largo.

Buenas noticias #57 , mi padre ha hablado con su amigo del registro, el "señor X", y le traerá una nota simple al mediodia, en cuanto la tenga trataré de subirla, muchas gracias

ElCuraMerino

#57 Joder, de verdad que se lee aquí cada cosa... ¿Cómo no va a solicitar el abogado de chicoboy Nota Simple o Certificación Registral antes de pedir el embargo? ¿Cómo va a solicitar el embargo sin saber ningún dato registral del bien que pide embargar?

En cuanto al resto de lo que dices, pues es obvio que la carga de la hipoteca es anterior a los embargos de chicoboy. Se trata de un banco que prestó dinero a una promotora para construir pisos, vamos, lo que se viene haciendo de toda la vida.

i

#65 ¡Hombre!Pues será que chicoboy está totalmente confundido, pero ya mas de uno le hemos hablado de Notas Simples y para chicoboy parece ser una total novedad.
#70 Estaré encantado en saber en que me he equivocado. ¿Podrías sacarme del error?.
Resumo los dos comentarios:
1)Si la hipoteca estaba cargada antes del embargo, el acreedor primero es el banco.
2)Si la hipoteca se ha realizado despues del embargo, el acreedor primero es Chicoboy.

Ya comenté que puedo estar equivocado y que me encantará escuchar vuestras respuestas aunque vayan en contra de la mía si eso ayuda a Chicoboy. Lo importante no es si mi comentario es mejor o peor, sino que tu comentario aporte luz al chaval. Escribe,redacta y ayudale hombre

ElCuraMerino

#86 Eso es porque el abogado de chicoboy, como muchos en la profesión, no le cuentan con detalle lo que hacen, sino que simplemente le van informando a grandes rasgos de los acontecimientos. Y si Chicoboy no pregunta, su abogado no se va a detener en explicarle qué es una Nota Simple, o una Certificación Registral, cómo funciona el orden de embargos, etc., etc.

Ddb

#100 Y eso es lo que hacemos muy mal los abogados y casi todos los que tienen profesiones técnicas (informáticos, médicos, mecánicos, etc, etc...), no sentarse a explicar a sus clientes como están las cosas siempre que esos clientes requieran una explicación, claro.

c

#102 Supuse que eras abogado, entonces, si estuvieras en mi lugar, ¿qué harías? ¿aceptarías en trato? ¿o crees que debo esperar mas tiempo? muchas gracias a todos, de verdad

c

#9 La sentencia es en contra de Grupo G tres(la promotora), Cajasur se ha hecho cargo de los pisos, aunque en el regristro siguen apareciendo Grupo G tres como los dueños. El problema es que Cajasur dice que esa deuda no va con ellos y que acepte lo que me ofrecen o que lo pierda todo. Así es la justicia de este Pais, trsite pero cierto.

Shikamaru18

#10 Vale, contra la promotora. Haz ejecutar la sentencia, coge tu dinero, acepta lo de Cajasur y ya tienes casa y además te sobra pasta.

alephespoco

#11 No, los de cajasur quieren hacerle el cambalache para quedarse ellos con los pisos y venderlos sin pagarle el total de lo que la inmobiliaria le debe.

#0 creo que el quid de la cuestión es que esto que te dijeron:
amenazan que si no acepto van a ejecutar hipoteca de los embargos y se los van a adjudicar ellos y como no, que voy a perder todo el dinero.
Es rotundamente FALSO, por los puntos que comenta #18 en:
"La finalidad del embargo es impedir que el deudor embargado pueda burlar o eludir el embargo con sólo disponer del bien inmueble objeto del mismo, a favor de posteriores adquirientes, frustrando con ello las legítimas esperanzas del acreedor y dejando inoperante el procedimiento de ejecución."
"4-El que embarga no obtiene ningún tipo de derecho real sobre el objeto embargado. En este caso el embargo se limita a declarar que determinados bienes patrimoniales del deudor están sujetos a la ejecución y se atribuye al embargante un derecho a perseguir este elemento, aunque cambie su titular, junto a un derecho de prioridad para resarcirse con su valor económico que resulte de la realización del bien."

Vamos, que CajaSur está vendiendo los pisos para saldar una deuda de la inmobiliaria, pero tú ya tienes el embargo preventivo de varios de ellos y nos los pueden vender hasta que lleguen a un acuerdo contigo porque sino, tú cobrarías ántes independientemente de que se los adjudiquen ellos.

Resumiendo:
1) Tu abogado te puede estar haciendo la cama. Debería de haberte asesorado correctamente ante la AMENAZA que te ha hecho el banco. Quizá se lleve comisión de ellos bajo manga (algo muy habitual por cierto).
2) Consulta abogados independientes (¿PAH?, también podrías contratar a un abogado de la PAH por cuenta propia, ya que entenderías que es honesto).
3) Si no tienes urgencia por pillar la pasta, tienes tú las de ganar, pero los bancos tienen dinero y tiempo (aunque cuanto más tarden en solucionarlo, más tienen que provisionar por él, o quedarselos, con la poca gracia que le puede hacer).
4) También deberías de hacer mención a la BBK o Kutxabank. Son los dueños de CajaSur. No creo que esto les haga gracia.

i

#10
Aquí creo que es donde radica el "quid" de la question y donde me pierdo:
Más o menos en febrero de 2012 Cajasur se hace cargo de los pisos para darle vida a la urbanización y tratar de vender los pisos

¿En qué condiciones se hace Cajasur cargo de los pisos?No existe el término de "hacerse cargo de", o mejor dicho..hay diferentes formas de "hacerse cargo de". Y ahí aparece un nuevo concepto de "CajaSur inmobiliaria" en paralelo con "Cajasur" banco:
¿Ha desaparecido Grupo G tres?¿Ha dado G3 en quiebra?
¿Se ha quedado el banco con los pisos debido a la deuda que tenia la promotora con el banco?
¿Ha "absorbido/comprado" Cajasur Inmobiliaria a Grupo G tres?

En cada uno de los casos hay diferentes formas de actuar.
En el último de los casos(CajaSur Inmobiliaria compra o absorbe a Grupo G3)no solo compra/absorbe sus activos sino también sus pasivos o deudas.Por lo que las cargas se transmiten a CajaSur inmobiliaria, y debido a que ya tienes una sentencia firme, simplemente tienes que ejecutarla. Transmisión de deudas.

Otra opción es que el banco puede haber reclamado a la promotora lo que les debe,igual que reclamaste tú,y por ello el banco se ha quedado con gran parte de las viviendas del bloque que pertenecían a la promotora. Digamos que los activos de la empresa se han repartido entre los deudores.Primero te dieron a tí parte de esos activos de la promotora(que como la promotora no tenía dinero fueron embargados preventivamente) y luego dieron al banco el resto de los activos de la promotora,que supongo hizo lo mismo o ejecutó las hipotecas y se las quedó.

Ahora bien, los embargos preventivos que tu abogado ejecutó tiene por objetivo el asegurarte ese dinero que la promotora te debe. Básicamente el embargo preventivo lo que hace es decir "ey muchachos estas cocheras y estos pisos no se pueden vender o tocar, y si se venden o se toca...se debe pagar a este pobre hombre lo que se le debe".

Por lo tanto y que un abogado me corrija (por Dios), efectivamente pueden "ejecutar hipoteca de los embargos y se los van a adjudicar ellos" pero OJO...en el momento en el que el banco se los vaya a adjudicar DEBEN PAGARTE A TÍ LA CUANTÍA QUE LEGALMENTE(por sentencia)SE TE DEBE o que ACUERDEN CONTIGO. El banco para poder quedarse el piso DEBE hacerse cargo de la deuda que el piso tiene y que te BENEFICIA a tí. Para ello debe llegar a un acuerdo contigo SÍ o SÍ.

Fíjate lo que te he puesto: CUANTÍA QUE SE TE DEBE o ACUERDO.Lógicamente el banco va a intentar llegar contigo a un acuerdo POR DEBAJO de la CUANTÍA que el Juez estipuló y que es la misma por la que esos pisos y cocheras están embargados. Creo que en estos meses se han dedicado a montarse peliculas de indios para meterte miedo y que firmes el ACUERDO que básicamente consiste en "Chicoboy acepta levantar los embargos que las propiedades blablabalbal tienen a cambio de la cantidad de XXXX€ en metálico y XXXX€ en pisos", lógicamente el Banco te ha intentado ofrecer algo así como "Chicoboy acepta levantar los embargos de las propiedades blalblblabal a cambio de 4Céntimos de Euro". Al Banco lo único que le importa es levantar los embargos LO MAS BARATO POSIBLE, para poder luego sacarles la máxima rentabilidad.

Resumiendo:
Si el banco intenta ejecutar una hipoteca de un bien que está embargado preventivamente, el banco debe resolver primero el embargo(que te beneficia a tí)antes de quedarse con el bien.

Resumiendo2:
Ponte en contactos con los abogados de Stop Desahucios, seguro que dominan el tema.

Resumiendo3:
Busca a un abogado fuera de tu pueblo.

Resumiendo4:
Que un abogado me corrija sin ningun tipo de miedo.

trigonauta

#16 #18 Por comentarios así le habrá merecido la pena a #0 enviar la noticia, bravo.

ElCuraMerino

#16 Discúlpame, pero lo único que estás haciendo es encima confundir al que viene aquí buscando ayuda teniendo ya un abogado. Los embargos y su orden de ejecución no funciona así.

Bazofio

#16, como te ha comentado #23, el orden de ejecución no es ni muchos menos así. Te explico de manera muy sencilla:

Un inmueble tiene, como en este caso, una hipoteca y un embargo, que en el registro de la propiedad aparecen así:
- Hipoteca.
- Embargo.
Si yo ejecuto mi embargo, la cantidad que se obtenga mediante subasta pública se destina a liquidar las deudas desde arriba hacia abajo, de la más antigua a las más nueva, por lo que lo primero que se cancela es la hipoteca y, si sobra algo de dinero (que no suele ocurrir), se pagan los embargos.

#10, lo único que puedo decirte es que si existe una conexión real entre el banco y los pisos hipotecados (que supongo que la hipoteca la tendrán con ese banco), existe una confusión de patrimonio, porque nadie se puede deber dinero a sí mismo, y en el momento en el que "se hacen cargo" (que como dice #16, eso es algo que deberían concretarte) de los pisos, si pasan a estar a su nombre, la hipoteca se cancela automáticamente.

En cualquier caso es algo extremadamente irregular, puesto que si en el registro de la propiedad sigue constando la empresa como propietaria, no entiendo muy bien por qué es Cajasur quien vende los pisos. Investiga lo de la confusión de patrimonios, que por ahí puedes tener una salida.

Mucho ánimo y suerte.

c

#33 Así es como me lo han explicado en el registro, que al ejecutar la hipoteca se quedan los pisos embargados hasta por un 50% del valor de tasación actual. Y claro, creo que quien le daría precio a esos pisos serían los de Cajasur, siempre mirando en su favor.

Muchas gracias

ElCuraMerino

#33 Menos mal que hay alguien que pone un poco de cordura aquí. Porque, vamos, si a estas alturas #0 chicoboy no sabe todavía que las cargas más antiguas, y de hipoteca, además, tienen preferencia sobre las suyas, y su abogado no le ha aclarado (que lo dudo) qué quiere decir "hacerse cargo de", es que algo falla.

Aunque me da la impresión que lo que sucede simplemente es que la propia Caja Sur hace de agencia inmobiliaria para vender los pisos de Grupo G para ver si salva algo del pufo de haber financiado a esa promotora.

#44: En #10 has dicho que el titular registral sigue siendo Grupo G. Supongo, desentrañando tu historia, que lo que sucede es que Caja Sur tiene hipoteca a su favor sobre todas las fincas esas de Grupo G, que está en quiebra, básicamente. Siendo así, si Grupo G no puede pagar a Caja Sur y ésta quiere ejecutar las hipotecas, y además Grupo G no tiene más bienes que esos pisos, creo que Caja Sur tiene razón. A menos que quieras acudir a la subasta a pujar por alguno de los pisos.

c

#49 Correcto, es así como me lo están enfocado los señores de cajasur, entonces, si tienen ese poder de ejecutar hipoteca cuando quieran, ¿por qué no lo hacen? Es lo que no termino de entender. Tengo un amigo que no le quedó otra que aceptar el trato que le ofrecieron, era darle la mitad de lo que entregó en su momento, y ni se hacían cargo de los gastos de abogado. Mi amigo está parado desde hace año y medio, y no tuvo más remedio que pasar por el aro...

tocameroque

#51 No ejecutan la hipoteca para no dar como fallido a grupo G. Y para no asumir la propiedad de los pisos que supondría cancelar la hipoteca y entonces tener el embargo como pioritario al no estar ya la hipoteca. Quieren vender los pisos siendo de Grupo G, traspasar las hipotecas mediante cesión de la hipoteca del promotor a los que compren novándose a la hipoteca y por tanto como venden tan bajo, no pagarte a tí el embargo por no quedar caudal para el pago. Aquí lo que tendrías que haber hecho es ir contra el AVAL que el promotor tuvo que constituir cuando hizo la promoción y que avalaba las cantidades entregadas. Seguro que Caja Sur es también la signataria del AVAL y por eso ellos ni cancelan hipotecas (es como cuando compras un coche usado a un compra-venta, pero no le ha dado de baja del antiguo dueño particular, por lo que te toca cambiarlo de nombre al comprarlo....) y quieren negociar a la baja contigo para no tener que asumir el AVAL que seguramente les obliga a pagarte todo lo aportado. No se si te he ayudado, pero me temo que tu abogado no está actuando muy diligentemente y puede que le hayan "untado"...Búsca un abogado de capital fuerte, el caso creo que está ganado de libro, pero requiere alguien incorruptible que sepa moverse y no se amedrente. Entérate si hay más casos como el tuyo. Uno sólo no hace fuerza, pero ningún banco quiere a una decena que va en contra, por que da muy mala imagen. Tú puedes estar equivocado pero diez ya hacen dudar a sus clientes... y unificate con ellos para que demanda sea más fuerte y de mayor cuantía.
Que maldita actuación la de los bancos durante todos estos años.

ElCuraMerino

#51 No ejecutan las hipotecas porque están buscando compradores, obviamente, a ver si salvan los muebles con la venta de algún piso más.

anOnY

#33 creo que hay un error en tu planteamiento. Te pongo un ejemplo (tengo nociones sobre embargos y como se ejecutan)

Yo tengo una casa hipotecada en cajasur (seria el caso de la constructora). En mis negocios personales alguien me da 40.000 euros y al no entregarle el bien pactado vamos a jucio, alli un juez dictamina un embargo por esa cantidad sobre mi casa. No olvidemos que la casa tiene una hipoteca en cajasur.

Si yo sigo pagando religiosamente la hipoteca a cajasur la casa no iria a subasta, el beneficiado del embargo tendria que esperar a que yo vendiera la finca para recuperar el dinero. Pero este no es el caso.

Si yo no pago la hipoteca (se supone que es el caso de la promotora), cajasur me lleva a juicio y el juez ordena la subasta pública de la casa.

En el momento que la casa va a subasta cualquiera que desee pujar por ella (cajasur incluida) puede ir al registro de la propiedad a consultar si hay algun embargo sobre la casa.

CUALQUIER persona, banco o empresa que puje en subasta por la casa deberá, además de pagar su puja, liquidar todos los embargos que pesen sobre la casa para poderla poner a su nombre en un notario.

Así que cajasur no podrá nunca vender esas propiedades o ponerlas a su nombre sin antes liquidar el embargo.

#89 creo que te interesa lo que he escrito.

anOnY

#91 En caso de un concurso de acreedores muy probablemente el primero en cobrar es el banco.

Pero este caso es diferente, el afectado no es un acreedor de la promotora, ahora ya no le debe dinero a la promotora. Un juez ha interpuesto un embargo sobre un bien, ya da igual si esta a nombre del banco o de la promotora, ese bien no se podrá vender sin satisfacer el embargo como comento en #90

Ddb

#92 No digas tonterías, por el amor de dios, al menos no lieis más al pobre chaval. En derecho registral rige el principio prior tempore prior iure, las cargas posteriores nunca dañan a las cargas anteriores, NUNCA. Un embargo posterior a una hipoteca lo único que podrá hacer es postularse con preferencia al resto de deudores no preferentes sobre el sobrante cuando esta es ejecutada, nada más que eso, joder, que ganas de hablar por hablar. Prácticamente todo lo que has dicho en #90 no es cierto.

anOnY

#93 Por lo que comenta el autor del post, el banco se ha quedado con los pisos de estas promociones, probablemente porque la promotora no ha podido hacer frente a las hipotecas.

En ese caso las promociones han pasado a ser titularidad del banco.

Paralelamente un juez han dictado una sentencia que otorga cargas registrales a parte de esa promoción a favor del autor del post.

El banco ahora es titular de unos pisos que carecen de hipoteca, ya que la hipoteca la habia concedido el banco y al cambiar de titular esas hipotecas desaparecen (un banco no puede auto-hipotecarse una finca)

Así que no, no digo tonterias.

Si los pisos son de la promotora los comercializaria la promotora, no la inmobiliaria del banco. Si son del banco ya no tienen hipoteca, son propiedad del banco sin más.

El banco se ha quedado con una promoción sobre la que constan unas cargas dictadas por un juez, si el propietario (el banco) quiere venderlas tendrá que saldar esas cargas registrales, si no fuera imprescindible para vender los pisos no estarian negociando con él.

anOnY

#93 En una subasta como tu bien dices prima el "Prior in tempore, potior in iure", pero te recuerdo que con las promotoras no se subasta nada, se procede a un concurso de acreedores, en este concurso se rige el principio que citas, pero te recuerdo que el autor del post no es un acreedor de la promotora.

El banco se ha quedado en un concurso de acreedores con unas propiedades que tienen unas cargas registrales, y cuando esos pisos se vendan el autor del post tendrá plenos derechos de liquidar sus cargas registrales.

Bazofio

#90, te ha contestado perfectamente #93, no digas tonterías ni confundas a la gente si no tienes ni idea, que luego hay leyendas de un amigo que tuvo un primo que su amigo le consiguió esto y lo otro. Vamos a ver, si me traban la vivienda con un embargo y tengo una hipoteca previa, aunque pague religiosamente la hipoteca el titular del embargo puede ejecutarlo, y obligatoriamente el bien va a salir en subasta pública en la que el dinero que se saque va a estar destinado a pagar el préstamo hipotecario, y en el caso de que sobre algo, irá a pagar las cargas posteriores, que en este caso sería el embargo. Si sobrara algo más, iría para el propietario de la vivienda.

De verdad te pido que no mientas, porque cuando se subasta el bien se liquidan TODAS las cargas registrales, aunque no haya habido suficiente dinero en la subasta para cubrirlas.

#91, de todas formas, si como dices Cajasur ya ha ejecutado la hipoteca, no pesa sobre las viviendas carga alguna, y eso debería constar en el Registro de la propiedad, pero creo que #80 ha dicho que en el registro siguen estando las viviendas a nombre de la empresa y siguen pesando sobre ellas los embargos.

D

#90 Eso no es así http://www.edufinet.com/index.php?option=com_content&task=view&id=1294&Itemid=251 no creo que lo que propones sea una solución viable para #89

c

#16 Buenos días a todos, me alegra mucho ver que la noticia tiene movimiento, me estais ayudando un montón. Me explico un poco mejor, al parecer Cajasur se hace cargo de los pisos porque Grupo G 3 dice que no tiene un duro, y que no les puede pagar lo que les debe. Entonces cajasur imagino que no le queda otra que vender los pisos para recuperar parte del dinero que invirtió en la obra. Que por cierto, en el contrato de compraventa decía que tenían un seguro que cubría el dinero entregado, en caso de algún problema monetario con la promotora, dicho seguro sólo aparecía escrito en el contrato, al parecer nunca existió. Ahí se ve como Cajasur, que ha sido el banco de esta obra desde que empezó, ni se molestó en revisar si tenían un seguro.

Muchas gracias

i

#39
Me vas a llamar 'pesao' pero como soy el que te he soltado la chapa ahí arriba... Permitemelo.
Vuelves a repetir que el Banco “se ha hecho cargo".. Y te digo que no existe esa "acción" de hacerse cargo. Al menos que yo conozca y menos entre empresas privadas. Todo está muy controlado para evitar defraudar hacienda.
Ahora, con más horas de sueño, te digo:
1)Pregunta a tu abogado si pidió una Nota Simple antes de solicitar los embargos.
2A)Si el abogado te dice que NO: despidele y busca a otro. No pierdas más tiempo con él.
2B)Si el abogado te dice que SÍ: Pídele que te enseñe todas las Notas Simples de los bienes en embargo preventivo.
3)ahí deben aparecer las 'cargas' de los bienes. Comprueba si antes de haber sido embargadas han sido hipotecadas.
3A)Si han sido hipotecadas ANTES del embargo preventivo: el banco tiene prioridad de cobro.
3B)Si han sido hipotecadas DESPUÉS del embargo preventivo: tu tienes prioridad de cobro.

Te la sopla quien se "hace cargo" de que(concepto que se Notaríalmente no existe) . Sólo tienes que ver si estas en el caso 3A o 3B para poder seguir ir sconsejandote.

c

#57 Genial, de pesado nada, toda la información y consejos que me estais dando son de gran calidad, y me están ayudando muchísimo, y estoy muy agradecido, de verdad.

He llamado al abogado y parece que está reunido, o eso me ha dicho la secretaria. En cuanto pueda le pregunto lo de las notas simples, también trataré de pedirlo en el registro. De todas formas me suena que estaban hipotecados de antes, pero trataré de confirmarlo, muchas gracias.

ElCuraMerino

#57 Joder, de verdad que se lee aquí cada cosa... ¿Cómo no va a solicitar el abogado de chicoboy Nota Simple o Certificación Registral antes de pedir el embargo? ¿Cómo va a solicitar el embargo sin saber ningún dato registral del bien que pide embargar?

En cuanto al resto de lo que dices, pues es obvio que la carga de la hipoteca es anterior a los embargos de chicoboy. Se trata de un banco que prestó dinero a una promotora para construir pisos, vamos, lo que se viene haciendo de toda la vida.

c

#63 Os mantendré informados, sea bueno o malo el final de la aventura, lo único que tengo claro es que va a ser largo.

Buenas noticias #57 , mi padre ha hablado con su amigo del registro, el "señor X", y le traerá una nota simple al mediodia, en cuanto la tenga trataré de subirla, muchas gracias

remixpanoramix

#0 Por lo que entiendo, los pisos siguen aún a nombre de G3 verdad? Tienes una nota simple actualizada de alguna de las viviendas que están embargadas? Sería un dato fundamental para ver el orden de los embargos sobre la hipoteca y si existe una hipoteca asignada previamente por coeficientes.

Por otra parte, como dice #16 y #18 ¿qué acuerdo existe entre Cajasur/G3? Y por último y más importante aún, esta promoción tiene visos de pasar al Sareb por lo que eso de que Cajasur ejecuta la hipoteca, como que no me lo creo yo tan rápido. Es más, el paso al Sareb debe realizarse en lo que queda de año y si se produce la subrogación y levantamiento previo de la hipoteca, tienes muchas papeletas para cobrar lo que debes porque entre una nueva hipoteca a posterior de la actual

c

#52 No tengo nota simple de las viviendas embargadas, adjunto imágen del registro.

Cajasur imagino que les dejó dinero a Grupo G3 para construir los pisos, cada piso de la urbanización tiene una hipoteca propia.

remixpanoramix

#53 Se te ha pasado la imagen

Si, Cajasur daría una hipoteca de promoción y lo que habría que comprobar es si Cajasur firmó el reparto de la hipoteca de promoción en los coeficientes de cada vivienda. Es usual que se de primero una hipoteca por el total de la obra (por ejemplo 2 millones euros/20 viviendas) y luego cd se haga la división horizontal si es posterior a la hipoteca, se le asigne a cada vivienda el porcentaje de hipoteca. Si por un casual, ese reparto hipotecario ha sido posterior a tu embargo, tú vas delante de la hipoteca de Cajasur y se están tirando un farol del ocho. Eso se comprueba con una nota simple actualizada de alguno de los pisos embargados por tí

ElCuraMerino

#52 ¿Y tú cómo sabes que van a pasar al SAREB? Lo mismo venden antes los pisos.

remixpanoramix

#64 Hombre, a ciencia cierta no se sabe nada, pero Cajasur está con ayudas del FROB vía BBK, la promoción vale (y debe más de 250k€) está en curso y es uno de los muchos lastres de la entidad que se baraja para el pase.

Sobre vender antes, pues puede ser tb pero finalmente será el Sareb el que venda todo esto

Ddb

#16 y #18 Ingenieril, deberías dejar de confundir a Chicoboy. Tu intención es buena seguro, pero estás dando consejos sin entender nada sobre lo que aconsejas. Y eso, aunque pongas la mejor de las intenciones, va a confundir y dañar más, tanto a Chicoboy como a todos los demás que te lean y tomen por cierto lo que dices. Nunca deberíamos dar consejos sobre algo que desconocemos. Así que contestando a tu PD "PD: ¿Qué cojones hace un Ingeniero contestando en temas de Propiedades Inmobiliarias?" te digo que "Nada bueno"

i

#65 ¡Hombre!Pues será que chicoboy está totalmente confundido, pero ya mas de uno le hemos hablado de Notas Simples y para chicoboy parece ser una total novedad.
#70 Estaré encantado en saber en que me he equivocado. ¿Podrías sacarme del error?.
Resumo los dos comentarios:
1)Si la hipoteca estaba cargada antes del embargo, el acreedor primero es el banco.
2)Si la hipoteca se ha realizado despues del embargo, el acreedor primero es Chicoboy.

Ya comenté que puedo estar equivocado y que me encantará escuchar vuestras respuestas aunque vayan en contra de la mía si eso ayuda a Chicoboy. Lo importante no es si mi comentario es mejor o peor, sino que tu comentario aporte luz al chaval. Escribe,redacta y ayudale hombre

ElCuraMerino

#86 Eso es porque el abogado de chicoboy, como muchos en la profesión, no le cuentan con detalle lo que hacen, sino que simplemente le van informando a grandes rasgos de los acontecimientos. Y si Chicoboy no pregunta, su abogado no se va a detener en explicarle qué es una Nota Simple, o una Certificación Registral, cómo funciona el orden de embargos, etc., etc.

i

#10

Por cierto, mi recomendación es que vayas a un Notario o te reunas con un Oficial de notaría simpático del pueblo.
Incluso que te pases por el Registro de Propiedad.
Aquí hay algunas cuestiones que creo que pueden ayudar a tu abogaaaaaadro, es jodido de entender pero creo que mas o menos comenta lo que he dicho ahi arriba:

http://www.jjmaster.es/dyncnt/articulos_de_interes/59194

Destaco lo siguiente (comentarios adicioneales entre paréntesis):

"¿Qué son las anotaciones preventivas de embargo?
Es al asiento provisional que se practica en los Libros del Registro para asegurar el cumplimiento de un embargo preventivo o definitivo. El embargo es una actividad procesal cuya principal finalidad es afectar los bienes concretos del patrimonio(pisos,cocheras) del deudor (Promotora G3) a una concreta ejecución procesal frente a él dirigida(sentencia favorable para tí). "

"La finalidad del embargo es impedir que el deudor embargado pueda burlar o eludir el embargo con sólo disponer del bien inmueble objeto del mismo, a favor de posteriores adquirientes, frustrando con ello las legítimas esperanzas del acreedor y dejando inoperante el procedimiento de ejecución."
(Esto destaca que el objetivo primero del embargo es protegerte para que Tú cobres lo que te deben. Y nada puede ir en contra de eso)

"El embargo requiere que previamente se haya despachado (es decir, ordenado judicialmente) la ejecución frente al deudor por una cantidad concreta de dinero."
(Ya lo has hecho y tienes sentencia favorable)

"El embargo es el presupuesto del resto de la actividad jurisdiccional de ejecución, que, en lo sucesivo, afectará sólo a los bienes del deudor sobre los que se ha trabado embargo....
(Solo has trabado unos ciertos pisos y cocheras)
...quedando el resto de su patrimonio ajeno a la misma"
(Por lo que el resto de pisos y cocheras han podido ser embargados pero a tí eso no te afecta a tus derechos)

"Trabar embargo consiste, básicamente, en localizar y seleccionar unos determinados bienes del deudor(G3), declarando que ellos serán los que, en su momento, sirvan para satisfacer las costas del proceso de ejecución y el montante económico de la responsabilidad del deudor, cifrado en resolución judicial(Hecho y resuelta positiva para tí)"
(Básicamente dice que solo puedes embargar por la misma cantidad que la promotora te debe)


"2-El embargo debe recaer siempre sobre un elemento del patrimonio del ejecutado. Este elemento(Pisos y cocheras) debe ser susceptible de realización o venta. La realización del embargo puede consistir en la aprehensión física del bien o en una afectación jurídica."


"3-El embargo no limita la facultad dispositiva del deudor (sin entender incluida en ella la facultad de transmisión), ni expropia la titularidad del dueño de los bienes. De esta forma, el embargado conserva todas las facultades sobre el objeto litigioso, pero con su actividad no puede afectar ni a terceros ni al derecho del embargante."
(Los bienes no son tuyos, sino que son de titularidad de G3, PERO,se vuelve a recalcar, que no puede afectar al derecho del embargante,osea,tú. Lo que se busca es que G3 pueda vender sin problemas el bien y así pueda pagarte con lo que ha percibido de la venta,por ejemplo)"

"4-El que embarga no obtiene ningún tipo de derecho real sobre el objeto embargado. En este caso el embargo se limita a declarar que determinados bienes patrimoniales del deudor están sujetos a la ejecución y se atribuye al embargante un derecho a perseguir este elemento, aunque cambie su titular, junto a un derecho de prioridad para resarcirse con su valor económico que resulte de la realización del bien."

(Y aquí lo que yo considero la madre del cordero. Aunque cambie de titular te ampara un derecho de prioridad,seguro que esto le ha jodido bien al banco,por tanto, en cuanto el bien se "realice" tienes derecho a que te den la cuantía de embargo que tiene ese bien asociado)


Más abajo, creo descifrar, que efectivamente si el Embargo es POSTERIOR a la Hipoteca(es decir, si esos inmuebles estaban hipotecados antes de ser embargado provisionalmente), la Hipoteca(acreedor 1) tiene prioridad sobre el Embargo(acreedor 2). Es decir, el banco cobraría antes que tú.Aunque si no logras cobrar supongo que te asiste el poder embargar provisionalmente otras propiedades.
En este caso, lo mejor habría sido analizar en el registro de la propiedad si estaban o no hipotecados los bienes antes de haber lanzado un embargo sobre los mismos para asegurar ser el primer acreedor.

Otro artículo interesante: http://www.actibva.com/magazine/productos-financieros/como-funcionan-los-embargos-y-la-ejecucion-hipotecaria-de-inmuebles

Aquí se ve que: http://www.porticolegal.com/foro/procesal/470851/embargo+preventivo+en+juicio+cambiario

"He solicitado notas simples sobre varias propiedades del deudor, pero todas están gravadas con hipoteca. Mi duda es si puedo solicitar el embargo preventivo de esas propiedades aún estando embargadas, y en caso de procederse a ejecutarse el embargo, que ocurriría?, ¿tendría preferencia el banco? ¿mi cliente no podría cobrar?"

Como ves, el abogado lo primero que ha hecho es pedir una NOTA SIMPLE(que no es sino pedir al Registro de la Propiedad el estado de las propiedades) para ver si están gravadas con hipoteca. Lógicamente el abogado está buscando aquellas propiedades que no están hipotecadas para poder ser el Acreedor 1 y tener prioridad.


Menuda chapa os he soltado.
Espero que sirva de algo.

Lo mejor: Pillate un buen abogado en temas inmobiliarios :))



PD: ¿Qué cojones hace un Ingeniero contestando en temas de Propiedades Inmobiliarias?Dios.Los años de carrera me han debido freir los sesos.

Bazofio

#18, no había leído este comentario, perdona.

D

#26 Menuda faena e impotencia. No sé cómo se te puede ayudar.

ElCuraMerino

#26 Pero vamos a ver, ¿no tienes un abogado? ¿En qué quieres que te ayudemos? Tienes varias fincas embargadas a una inmobiliaria y ¿pides ayuda??

r

#26 ¿Y no puedes ejecutar el embargo? Asesorate bien, que te merece la pena. Lo suyo sería que desahuciases a Caja Sur, que les embargases hasta la sucursal. Mucha suerte. (el único deshaucio que sería una alegría)

c

#7 Según la gente de este pueblo es el mejor, pero no entiendo mucho de abogados, así que no podría decirte

Vamos gente, ayudadme a llevarlo a portada, necesito que lo lea cuanta más gente mejor, ya lo dije y lo repito, no lo hago por karma, muchas gracias

c

#3 Gracias Wozzeck, no se si enviar la noticia servirá de algo, de nuevo gracias por vuestro apoyo.

Ergo

#4 Me temo que de nada servirá, por mucho que te apoyemos aquí desde menéame.
Ánimo y éxitos en tus esfuerzos por reivindicar tus derechos

frankiegth

Para #5. Telecinco retira la querella contra mí por el caso La Noria



Al señor Pablo Herreros le sirvió el apoyo desde las redes sociales. Un poco de fé.