#32 No se refiere a eso, se refiere a que estas medidas que el juez puede adoptar son mas que las recogidas en ese articulo.
Ademas especifica:
"Una Ley para la prevención y erradicación de la violencia sobre la mujer ha de ser una Ley que recoja medidas procesales que permitan procedimientos ágiles y sumarios, como el establecido en la Ley 27/2003, de 31 de julio, pero, además, que compagine, en los ámbitos civil y penal, medidas de protección a las mujeres y a sus hijos e hijas, y medidas cautelares para ser ejecutadas con carácter de urgencia.
La normativa actual, civil, penal, publicitaria, social y administrativa presenta muchas deficiencias, debidas fundamentalmente a que hasta el momento no se ha dado a esta cuestión una respuesta global y multidisciplinar. Desde el punto de vista penal la respuesta nunca puede ser un nuevo agravio para la mujer."
Pero vamos, es igual, aunque fuera como tu dices, todo este problema se debería a esta ley igualmente.
El caso que te digo es muy cercano, familiar. Te lo puedes creer o no, pero es la verdad, y no es un rumor, ni un conozco a que. La chica fue a poner la denuncia de malos tratos, con esas fotos como prueba, obviamente puede denunciar hechos pasados, no hace falta que la pegara en ese momento para denunciar y por eso no llevaba todas esas marcas en el cuerpo, aun así creo que algunas marcas de la operación se la quedaran por siempre, así que algo tendría. Al chaval se le mando al calabozo, al día siguiente se lo soltó porque era ridículo todo el tema y le dijeron que no quedaría antecedentes si en x meses no había nada nuevo. Obviamente esto se hizo porque la chica iba a pedir el divorcio, como luego hizo, y recomendada por amigas y profesionales del ramo, que denunciase con lo que fuera, y a la chica se le ocurrió eso.
Defender algo a ultranza, aun a sabiendas de que tiene cosas malas, es ridículo y solo de radicales, y esta ley tendrá cosas buenas, pero muchas muy malas.
#30 Efectivamente, lo que ahí dice es que modifica la lista de penas accesorias y cautelares del CP y la LECr, introduciendo esa reforma, que ahora consta en ambas., mira que pone "incrementando con ello la lista del art. 105 del Código Penal". Si vas a esos artículos comprobarás que esas medidas no solo se aplican a la violencia de genero. Hay que leer bien.
Y si, esas historias de "conozco a uno que", son como las de la chica de la curva, todo el mundo conoce o dice conocer a alguien que....
Que hizo la tia? Fue a la comisaria con unas fotos de marcas y ninguna marca en el cuerpo? El reconocimiento médico y el parte de lesiones de la denuncia se lo hicieron a las fotos? No te das cuenta de que no se sostiene?
Venga, seriedad.