G

Así usando un poco el sentido crítico, ¿Qué responsabilidad tiene el concejal de seguridad ciudadana?¿Supongo que su pecado es ser de Vox?
Se dice que es el abogado de uno de los presuntos autores y luego que no hay ningún detenido por el momento, ¿Qué sentido tiene eso?

d

#7 ninguna. Sigue blanqueando que así nos va

M

#7



Video de su última campaña electoral. El concejal en cuestión señalando el local que seria atacado por nazis pocos días después. ”Graba esto”, dice claramente.

Porque no le bastaba con ir a un barrio de izquierdas para hacerse la víctima, como hacen todos los ultraderechuzos en campaña. Éste además se entretuvo en grabar a gente y locales para marcar la diana.

BlackDog

#11 Joder y viendo tú ese video crees que el alcalde es culpable? esta denunciando un barrio con drogas, ocupación, peleas, le están insultando de fondo y llega un momento que salen to agresivos que parece que les quieren zurrar. Peleas de nazis y antifascistas las ha habido siempre... y seguramente esa pelea hubiera pasado con este video o sin el.

ratapenada

#16 Logeo por primera vez desde no sé cuándo para responderte. No es el alcalde, es concejal.

En ese vídeo el denuncia cosas que no tienen nada que ver con el colectivo La Cosa Nostra, que no deja de ser una asociación autogestionada de jóvenes de izquierdas que nada tienen que ver ni con el tráfico ni la okupación. Si eso le interesara al señor concejal, se iría cerca del estadio Castalia o al Grao, e incluso al Sensal donde están habiendo una oleada de robos en hogares. En cambio, se va a una plaza del centro de Castellón donde hay un casal de joventudes antifascistas a señalar y esperar que sus perros, muy relacionados con otros fachas conocidos y con los ultras del fútbol, vayan a hacer el trabajo sucio.

"Peleas de nazis y antifascistas las ha habido siempre... y seguramente esa pelea hubiera pasado con este video o sin el. " Nombra una iniciada por estos jóvenes. Nombra un asalto a una sede que no la hayan sufrido los antifascistas de Castelló.

BlackDog

#19 No soy de Castellón así que ni idea de cuantas peleas habrán empezado estos, pero si te puedo hablar de Madrid, porque yo con 18/20 años, tuve mi época tonta, y te aseguro que mis amigos, muy de izquierdas, han provocado las mismas peleas que han recibido, y no solo contra nazis, mis amigos de aquella época incluso se iban a zonas de pijos a robarles y zurrarles. Vamos que eso de ir de "caza" aplica en los dos bandos. Y como ejemplo tienes al angelito ese que se cargo a un tío porque tenia unos tirantes con la bandera de españa

ratapenada

#23 Pues yo, como castellonense, ya te digo que lo que ha hecho el Sr. Ortolá (caraculo) es lo que han hecho siempre los fascistas en el poder: señalar para que vayan otros a hacer el trabajo sucio. Uno va al local de la Cosa Nostra y verá un pub al que puedes ir a tomar una cerveza, a jugar a dardos, etc. y que de tanto en tanto te organizan charlas, debates sobre política, feminismo, etc. Ahora mismo son las fiestas de Castellón y ellos tienen su cartel con actividades al igual que el resto de Gaiatas y grupos de amigos que tienen locales por la ciudad.

amanecequenoespoco

#16 no es una pelea, es una agresión.

BlackDog

#21 Agresiones de nazis a antifas y de antifas a nazis ha habido siempre, te gusta mas así?

M

#16 Ya son ganas de hacerte el tonto.

En el vídeo se oye perfectamente cómo da orden al cámara de grabar la puerta del local que días después fue agredido por nazis.

Por si te has perdido es la persiana con el dibujo del Che y está cerrada, no hay nadie ahí. Simplemente da orden de grabar la puerta para señalar dónde está el club antifascista del barrio.

Pero tú puedes seguir haciéndote el tonto todo lo que quieras.

BlackDog

#26 Vamos a ver, yo detrás veo un edificio y muchas pintadas, ahora cuando aparece el local es cuando hay 3 tíos que parece que les van a agredir, pues me parece logico, si te van a agredir pues tenlo grabado en video como prueba

M

#28 Si te van a atacar tres tíos grabarías a los tres tíos, no desviarías la cámara a un lado para grabar la puerta de un local cerrado donde no se ve absolutamente a nadie pero que curiosamente suele congregar a tus opositores políticos.

No te esfuerces demasiado en hacer el tonto, hombre. El vídeo es suficientemente elocuente.

BlackDog

#29 Primero, el video esta cortado, y cuando empiezan a increparles no están enfocando nada, vamos no veo el local ese, segundo,cuando les enfocan, hay gente en la acera de la izquierda y otro en la acera de la derecha, por lo tanto si quieres grabar a los 3 tienes que mover la cámara, de hecho el calvo de la derecha desaparece del plano y le vuelven a enfocar. Y me estoy viendo el video cada vez que te respondo, sinceramente... un poco de seriedad.

G

Ni una sonrisa me ha arrancado 😢

G

Enlace a la ley: https://www.congreso.es/public_ofici...14-A-113-1.PDF

Copio y pego algunos artículos interesantes:

Art 38 Legitimación
1.Toda persona de nacionalidad española mayor de dieciséis años podrá solicitar por sí misma ante
el Registro Civil la rectificación de la mención registral relativa al sexo
.
La rectificación de la mención registral del sexo se tramitará y acordará con sujeción a las
disposiciones de esta ley y de conformidad con lo establecido en la normativa reguladora del Registro Civil
para los procedimientos registrales.
2. La solicitud de iniciación de procedimiento para la rectificación registral de la mención relativa al
sexo podrá presentarse por la persona legitimada ante la persona encargada de cualquier Oficina del
Registro Civil.
3. El ejercicio del derecho a la rectificación registral de la mención relativa al sexo en ningún caso
podrá estar condicionado a la previa exhibición de informe médico o psicológico relativo a la disconformidad
con el sexo mencionado en la inscripción de nacimiento, ni a la previa modificación de la apariencia o
función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole.

4. Recibida la solicitud se citará a la persona legitimada para que comparezca, asistida por sus
representantes legales en el supuesto del artículo 38.2. En dicha comparecencia, la persona encargada
del Registro Civil recogerá su manifestación de disconformidad con el sexo mencionado en su inscripción
de nacimiento y su solicitud de que, en consecuencia, se proceda a la correspondiente rectificación.
En la comparecencia se deberá incluir la elección de un nuevo nombre propio, salvo cuando la persona
quiera conservar el que ostente y ello sea conforme a los principios de libre elección del nombre propio
previstos en la normativa reguladora del Registro Civil.

7. Tras la información facilitada por la persona encargada del Registro Civil, la persona legitimada
suscribirá, de estar conforme, la comparecencia inicial reiterando su petición de rectificación registral del
sexo mencionado en su inscripción de nacimiento.
8. En el plazo máximo de tres meses desde la comparecencia inicial reiterando la solicitud de
rectificación inicial, la persona encargada del Registro Civil deberá citar a la persona legitimada para que
comparezca de nuevo y ratifique su solicitud, aseverando la persistencia de su decisión.
9. Reiterada y ratificada nuevamente la solicitud, la persona encargada del Registro Civil, previa
comprobación de la documentación obrante en el expediente, dictará resolución sobre la rectificación
registral solicitada dentro del plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de la segunda
comparecencia.

Artículo 41. Efectos.
1. La resolución que acuerde la rectificación de la mención registral del sexo tendrá efectos
constitutivos a partir de su inscripción en el Registro Civil.
2. La rectificación registral permitirá a la persona ejercer todos los derechos inherentes a su nueva
condición.
3. La rectificación de la mención registral relativa al sexo y, en su caso, el cambio de nombre, no
alterarán el régimen jurídico que, con anterioridad a la inscripción del cambio registral
, fuera aplicable a la
persona a los efectos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de Protección Integral
contra la Violencia de Género.
4. La persona que rectifique la mención registral del sexo pasando del sexo masculino al femenino
no podrá ser beneficiaria de medidas de acción positiva adoptadas específicamente en favor de las
mujeres en virtud del artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres, respecto de las situaciones jurídicas anteriores a la rectificación registral. No obstante,
la persona que rectifique la mención registral pasando del sexo femenino al masculino conservará los
derechos patrimoniales consolidados que se hayan derivado de estas medidas de acción positiva, sin que
haya lugar a su reintegro o devolución.
5. Respecto de las situaciones jurídicas que traigan causa del sexo registral en el momento del
nacimiento, la persona conservará, en su caso, los derechos inherentes al mismo en los términos
establecidos en la legislación sectorial.
Artículo 42. Reversibilidad de la rectificación de la mención registral relativa al sexo de las personas.
Transcurridos seis meses desde la inscripción en el Registro Civil de la rectificación de la mención
registral relativa al sexo, las personas que hubieran promovido dicha rectificación podrán recuperar la
mención registral del sexo que figuraba previamente a dicha rectificación
en el Registro Civil, siguiendo el
mismo procedimiento establecido en este capítulo para la rectificación registral.
En el caso de que, tras haberse rectificado la modificación inicial, se quisiese proceder a una nueva
rectificación, habrá de seguirse el procedimiento establecido en el capítulo I ter del título II de la
Ley 15/2015, de 2 de julio.

Battlestar

#166 En la comparecencia se deberá incluir la elección de un nuevo nombre propio, salvo cuando la persona
quiera conservar el que ostente y ello sea conforme a los principios de libre elección del nombre propio
previstos en la normativa reguladora del Registro Civil.


Entonces si alguien se llama Raúl, por decir algo, ¿puede mantener el nombre de Raúl aun con el sexo de mujer?

4. La persona que rectifique la mención registral del sexo pasando del sexo masculino al femenino
no podrá ser beneficiaria de medidas de acción positiva adoptadas específicamente en favor de las
mujeres en virtud del artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres, respecto de las situaciones jurídicas anteriores a la rectificación registral.


Entiendo entonces que si puede ser beneficiaria de las medidas de acción positiva en las situaciones jurídicas posteriores.

G

#267 No, no existe. Existen delitos que si son cometidos por X cuando tiene cierta relación con Y, se les aplica el ámbito de violencia de género, cambiando sus penas e incluso su tipo.
El link que me pasaste y yo torpemente copié y pegué los llama delitos de violencia de género, pero no existe el delito como tal, separado e independiente, descrito su tipo y su pena, como ha de ser por ley y como ocurre en el código penal, donde decenas de delitos están recogidos y tipificados (estafa, homicidio, usurpación, etc etc etc).
Pero sospecho que no me vas a hacer mucho caso, por lo que te invito, de buena fe, a que consultes directamente el código penal. Son 1100 páginas pero puedes usar el buscador.
Te aconsejo que busques siempre en las fuentes directas y evites poner en google "delito de violencia de género" y pases el primer link que veas.

G

#222 Solo si se dan las condiciones para que se aplique el ámbito de violencia de género, esto es, que la víctima sea o haya sido cónyuge del autor o tengan o hayan mantenido análoga relación de afectividad. También si la víctima es familiar o allegado de la cónyuge o excónyuge o análoga relación, cuando se le ataca para causar daño a esta última.
Precisamente en el caso de lesiones, se endurecen las penas si se aplica el ámbito de violencia de género. Si no recuerdo mal, se endurecen igual que si la víctima es menor de 12 años, o una persona especialmente dependiente que conviva con el autor. Cualquiera malpensado podría llegar a la conclusión de que se trata a la mujer como si fuera retrasada o inválida.

G

#185 Si primero conoce el Juzgado de Violencia sobre la Mujer es porque se aplica el ámbito de violencia de género. Si no, habría conocido un Jugado de lo Penal ordinario.
Se absuelve al autor y la víctima, por supuesto, tiene el derecho a recurrir la sentencia y entonces, cenga del Juzgado que venga, se eleva a la Audiencia Provincial, pero en este caso sigue siendo ámbito de violencia de género. Y en este caso la Audiencia ha fallado en sentido distinto al primero que juzgó.

r

#199 Efectivamente, ella denunciaría por lo que le dio la gana. El tribunal no le condenó porque no vio violencia de género.
La audiencia provincial ha corregido esa decisión y condena por injurias.
Ahí tienes la demostración de que esos insultos nonersn violencia de género.
Además, el hombre seguramente se ha beneficiado de que esos juzgados sean más rápidos y se ha quitado la losa de tener pendiente causas por violencia de género.

D

#200 te equivocas.

r

#298 Si argumentas algo, como yo sí he hecho, o citas Aldo de la noticia que tenga relación tu comentario aportaría mucho más.

D

#329 no es cuestion de argumentos si no de hechos, le condenaron por injurias en un contexto de violencia de genero, es violencia de genero.

r

#362 El hecho es que le condenaron por injurias en la audiencia provincial.
El tribunal de violencia tiene que determinar si sin solo injurias o también constituyen delito de violencia de género. En este caso, sin solo injurias.
Y la razón de que que lo juzguen en esos tribunales es para tener a personal con experiencia que determine si una injúria o una lesión es eso o es más.

D

#366 el delito es el mismo que se juzgo, en el juzgado para la violencia sobre la mujer, no cambia al cambiar de juzgado.

G

#173 de tu propio enlace:

"El delito de violencia de género se encuentra regulado en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y en diferentes artículos del Código Penal.

De esta forma, se protege a las víctimas de la violencia de género contra:

Lesiones
Amenazas
Maltrato físico o psíquico en el ámbito familiar
Injurias y vejaciones leves
Coacciones
Acoso en el ámbito familiar o stalking"

La negrita es mía. Anda, "lee un poco".

r

#190 ¿ Entonces todos los delitos de lesiones se juzgan en los tribunales de violencia de género? roll

G

#222 Solo si se dan las condiciones para que se aplique el ámbito de violencia de género, esto es, que la víctima sea o haya sido cónyuge del autor o tengan o hayan mantenido análoga relación de afectividad. También si la víctima es familiar o allegado de la cónyuge o excónyuge o análoga relación, cuando se le ataca para causar daño a esta última.
Precisamente en el caso de lesiones, se endurecen las penas si se aplica el ámbito de violencia de género. Si no recuerdo mal, se endurecen igual que si la víctima es menor de 12 años, o una persona especialmente dependiente que conviva con el autor. Cualquiera malpensado podría llegar a la conclusión de que se trata a la mujer como si fuera retrasada o inválida.

#190 Por tanto, existe un delito de violencia de género o no? Primero decías que no y ahora que sí.

G

#267 No, no existe. Existen delitos que si son cometidos por X cuando tiene cierta relación con Y, se les aplica el ámbito de violencia de género, cambiando sus penas e incluso su tipo.
El link que me pasaste y yo torpemente copié y pegué los llama delitos de violencia de género, pero no existe el delito como tal, separado e independiente, descrito su tipo y su pena, como ha de ser por ley y como ocurre en el código penal, donde decenas de delitos están recogidos y tipificados (estafa, homicidio, usurpación, etc etc etc).
Pero sospecho que no me vas a hacer mucho caso, por lo que te invito, de buena fe, a que consultes directamente el código penal. Son 1100 páginas pero puedes usar el buscador.
Te aconsejo que busques siempre en las fuentes directas y evites poner en google "delito de violencia de género" y pases el primer link que veas.

G

#126 Te contesto lo mismo que al de arriba, claro que se ha aplicado el ámbito de violencia de género, de lo contrario no conocería la causa el Juzgado de Violencia sobre la Mujer.
Por un lado va el delito, amenazas, maltrato de obra, lesiones, etc, y por otro si se aplica o no ámbito de violencia de género.

r

#164 No sé si hablas por la noticia o tienes otra información:
La Audiencia Provincial de Pontevedra acaba de corregir una sentencia del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Vigo.
El juzgado de la mujer absolvió al hombre, la audiencia corrige y sentencia por injurias ( no por la ley de género).

G

#185 Si primero conoce el Juzgado de Violencia sobre la Mujer es porque se aplica el ámbito de violencia de género. Si no, habría conocido un Jugado de lo Penal ordinario.
Se absuelve al autor y la víctima, por supuesto, tiene el derecho a recurrir la sentencia y entonces, cenga del Juzgado que venga, se eleva a la Audiencia Provincial, pero en este caso sigue siendo ámbito de violencia de género. Y en este caso la Audiencia ha fallado en sentido distinto al primero que juzgó.

r

#199 Efectivamente, ella denunciaría por lo que le dio la gana. El tribunal no le condenó porque no vio violencia de género.
La audiencia provincial ha corregido esa decisión y condena por injurias.
Ahí tienes la demostración de que esos insultos nonersn violencia de género.
Además, el hombre seguramente se ha beneficiado de que esos juzgados sean más rápidos y se ha quitado la losa de tener pendiente causas por violencia de género.

D

#200 te equivocas.

r

#298 Si argumentas algo, como yo sí he hecho, o citas Aldo de la noticia que tenga relación tu comentario aportaría mucho más.

D

#329 no es cuestion de argumentos si no de hechos, le condenaron por injurias en un contexto de violencia de genero, es violencia de genero.

G

#78 A nadie condenan por "violencia machista", ese delito no existe. Se condena por lesiones, amenazas, coacciones, o en ewte caso por injurias... Y luego si eso se aplica el ámbito de violencia de género.
Aquí se ha aplicado, obviamente, si no, ¿Por qué conoce de ello el Juzgado de VIOLENCIA SOBRE LA MUJER de Vigo?
He tenido un par de actuaciones similares, pareja que se insulta mutuamente y se denuncian. Al varón se le detiene por aplicarse el ámbito de violencia de género, a la mujer se le investiga por un delito leve. Es difícil explicarle al varón por qué se actúa diferente en función de los genitales, se encabronan.

#158 ¿Cómo que a nadie le condenan por violencia de género porque ese delito no existe? Anda, lee un poco:

https://sierraabogados.es/blog/violencia-genero/

G

#173 de tu propio enlace:

"El delito de violencia de género se encuentra regulado en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y en diferentes artículos del Código Penal.

De esta forma, se protege a las víctimas de la violencia de género contra:

Lesiones
Amenazas
Maltrato físico o psíquico en el ámbito familiar
Injurias y vejaciones leves
Coacciones
Acoso en el ámbito familiar o stalking"

La negrita es mía. Anda, "lee un poco".

r

#190 ¿ Entonces todos los delitos de lesiones se juzgan en los tribunales de violencia de género? roll

G

#222 Solo si se dan las condiciones para que se aplique el ámbito de violencia de género, esto es, que la víctima sea o haya sido cónyuge del autor o tengan o hayan mantenido análoga relación de afectividad. También si la víctima es familiar o allegado de la cónyuge o excónyuge o análoga relación, cuando se le ataca para causar daño a esta última.
Precisamente en el caso de lesiones, se endurecen las penas si se aplica el ámbito de violencia de género. Si no recuerdo mal, se endurecen igual que si la víctima es menor de 12 años, o una persona especialmente dependiente que conviva con el autor. Cualquiera malpensado podría llegar a la conclusión de que se trata a la mujer como si fuera retrasada o inválida.

#190 Por tanto, existe un delito de violencia de género o no? Primero decías que no y ahora que sí.

G

#267 No, no existe. Existen delitos que si son cometidos por X cuando tiene cierta relación con Y, se les aplica el ámbito de violencia de género, cambiando sus penas e incluso su tipo.
El link que me pasaste y yo torpemente copié y pegué los llama delitos de violencia de género, pero no existe el delito como tal, separado e independiente, descrito su tipo y su pena, como ha de ser por ley y como ocurre en el código penal, donde decenas de delitos están recogidos y tipificados (estafa, homicidio, usurpación, etc etc etc).
Pero sospecho que no me vas a hacer mucho caso, por lo que te invito, de buena fe, a que consultes directamente el código penal. Son 1100 páginas pero puedes usar el buscador.
Te aconsejo que busques siempre en las fuentes directas y evites poner en google "delito de violencia de género" y pases el primer link que veas.

pablicius

#79 goto #158

D

#158 te va a negar la reslidad.

G

Llevo en mi trabajo año y pico y ya me ha tocado ver unos 10-15 cadáveres, he perdido la cuenta.
El primero, cuando recibimos el aviso de que había un "precipitado" pensé en un primer momento en el precipitado que se fonda en el fondo de una disolución. Pues no, era uno que se había tirado de un décimo. Estaba bastante bien, ni sangraba, había caído en tierra y amortiguó bien. Lo que más me llamó la atención fue cuando lo depositaron en la camilla de la funeraria, el sonido a saco de patatas.
Lo peor, el olor de uno que llevaba una semana muerto en verano. Y aún peor me han contado que es ver cadáveres de niños, de uno me libré por los pelos. Pero en general me afecta muy poco. Así que recuerde rápido, si me jodió hablar con la madre de una chica de 18 que se había suicidado, se aferraba a lo que sea con tal de no creer lo que había pasado, se negaba a creer que simplemente se había tirado.

G

La historia que emocionó a Spielberg.

G

#239 Yo he hecho el examen. Las 100 palabras, en 8 minutos, a mano.
He sacado un 1'9 (48 aciertos, 29 fallos).
Y soy un talibán ortográfico. Es un despropósito de examen. En el penúltimo examen de ingreso a guardia civil tuve 0 errores, eran 40 palabras y estaban dentro de una frase para conocer el contexto (10 frases, 4 palabras por frase).

G

Peor es gastar la vida comentando en Menéame.

marcumen

#18 O mucho peor: gastar la vida leyendo comentarios en Menéame.

RaícesRotas

#18 Bueno depende de en qué consistan tus aportaciones, algunas son valiosas y se agradecen

G

Es una gran noticia para los amantes de la libertad de expresión.

Waves

#35 Una buena noticia para los amantes de "quiero soltar mentiras a saco, pero no quiero que Twitter ponga un aviso en mi comentario de que es un fake news".

G

#66 A mí siempre me han tratado de usted y de caballero 💁

d

#79 A mí también, mientras desplegaban toda su prepotencia y chulería. La verdad es que es una combinación admirable, la de estar tratandote como un caballero y a la vez hacerte sentir muy pequeño. Seguramente es lo que les enseñan en Valdemoro.

G

Me ha venido a la cabeza la cartilla ahumadiana de la guardia civil:

"El guardia civil, por su compostura, aseo, circunspección , buenos modales y reconocida honradez, ha de ser siempre un dechado de moralidad".

U

#52 Buenos modales lol lol lol lol lol

G

#66 A mí siempre me han tratado de usted y de caballero 💁

d

#79 A mí también, mientras desplegaban toda su prepotencia y chulería. La verdad es que es una combinación admirable, la de estar tratandote como un caballero y a la vez hacerte sentir muy pequeño. Seguramente es lo que les enseñan en Valdemoro.

G

El CIS es el ejemplo perfecto de organismo público que no debería existir. Un sumidero de dinero público, encargado de hacer cosas que solo benefician al partido que está en el poder. Una agencia de colocación.

G

#18 Estados Unidos fue uno de los países que originalmente firmaron la Declaración Universal de Derechos Humanos, con Eleanor Roosevelt a la cabeza como gran impulsora. No sé si lo tuyo es puro desconocimiento o simple intoxicación, lo primero tiene solución haciendo una búsqueda en Google de 2 segundos. Sin acritud.

D

#40 No me vengas con chorradas. A día de hoy EEUU se pasa la carta de derechos humanos por el forro, y no es ningún secreto. Toma, de una búsqueda de Google de dos segundos: https://www.lavanguardia.com/internacional/20180619/45270925361/donald-trump-onu-estados-unidos-migracion.html

https://www.aporrea.org/internacionales/a256860.html

G

#33 Déjame adivinar, ¿economía de la Unión Europea? Cuando la cursé y descubrí como funcionaba la PAC, me quedé atónito.

D

#51 Para la economía europea de los años 50 y 60 la PAC original era necesaria. A finales de los 60 y ya en los años 70 esta política era anacrónica y debería haber migrado hacia un modelo basado en la rentabilidad per se de las explotaciones en lugar de la producción a mansalva de alimentos. El hambre en Europa se había vencido, ahora había que estabilizar los mercados y destinar los fondos de las Comunidades a otros menesteres.

Pero se durmieron en los laureles durante 15 años en lugar de hacer caso directamente a Mansholt y así les fue. Y así nos va ahora por culpa del puto Brexit, la nueva PAC, que debería entrar en vigor el año que viene, lleva 4 años de retraso en negociaciones por culpa de los británicos. Vamos, que ni está acordada aún. Hasta 2025 no creo que veamos una actualización sustanciosa de los Reglamentos de 2013.

Batko

#55 La France, mon ami.

G

#26 En efecto, ahora mismo es portada en El País, El Mundo, Público, El Diario, y segunda noticia en El Español. No es portada en Abc ni La Razón (supongo que estará en algún lado, he dedicado 2 segundo a cada periódico).

Robnix

#31 Avisa si también abre los telediarios. Gracias

TonyStark

#31 pero lo será durante meses? pq el tema del informe pisa lo fue durante meses. El borbadeo fue constante.

G

Lo que tiene son unos huevazos por superar las pruebas físicas a esa edad.

D

#18 Las pruebas físicas para acceder a la Policía no son nada del otro mundo. Si es una persona que ha hecho deporte toda su vida, esas pruebas las pasa con la chorra fuera. Otra cosa es que no haya hecho deporte en su vida y quiera ponerse a última hora las pilas.

jujutsu

#26 con 48 tacos no son fáciles muchas pruebas físicas ya. 3 minutos 50 en un kilómetro no se los hace todo el mundo con menos de 48 años, con 48 años me lo dices cuando los tengas

D

#26 #29 3.47 es un 1, un 5 es 3,20 y dominadas necesita 10 perfectas para un 5 y luego un circuito de agilidad donde cada dácima te penaliza. Para aprobar estas pruebas no basta con haber hecho deporte, hay que entrenarlas, correr, fuerza y agilidad a esas cifras no se consiguen si no es con un entrenamiento específico.

D

#31 Repito, para una persona que haya hecho deporte toda su vida, esas pruebas se pasan con la chorra fuera. Y matizo, para mi, hacer deporte toda la vida no es jugar una pachanga al fútbol con los amigos los findes o salir a correr los días que haga bueno. Y, sí, claro que hay que prepararlas, pero pasar, una persona deportista de 50 años las pasa sin ningún problema.

#29 Todo el mundo no, pero cualquier persona deportista, sí, sin grandes problemas. Tenga 20 o 50 años. Joder, que son 48 años, no 70. Una persona deportista de 48 años que se mantenga en forma no tiene mucha peor forma que otra de 30. Yo soy ciclista y compito en master 30 (de 30 a 39 años) y los gallos de master 40 (de 40 a 49) hacen mejores tiempos que la mayoría de los de mi categoría. Y no me salgas con lo de que el ciclismo es de fondo y que esto mejora con la edad, porque las carreras master son de apenas 100-120 km y lo que prima es tener fuerza en las piernas y responder a los tirones que se dan delante. Y en mi grupeta hay algún veterano con casi 60 añazos que nos aguanta el ritmo sin excesivos problemas los fines de semana (unos 120-130 km a 35 km/h de media). 3:50 un solo kilómetro me parece algo asequible para alguien que haga deporte normalmente con una mínima preparación. Me da a mi que no conoces tú mucha gente deportista de 48 años.

D

#33 el último que me contó eso, no paso del circuito y tenía 8 años menos, la bici no es la carrera y es más el mediofondo no es fondo, vete a una pista y pruebate, luego vete a una barra y ponte a hacer dominadas supinas a la nuez y estirando los brazos y me cuentas qué tal... y no me vengas con que su la entrenas lo haces, porque no eres adivino y no sabes tú cuerpo como avanzará, Suenas como el que dice que no se apunta al gym porque dice que se va a poner muy fuerte y no quiere lol

D

#34

jujutsu

#34 las dominadas son pronas, que son más complicadas y 10 estirando los brazos completamente y subiendo la barbilla por encima de la barra no son nada fáciles

E

#33 me parece que entiendes poco de deporte. Como entrenador personal que ha entrenado a gente para estas cosas, te diré que hay casos y casos. Estas pruebas clasifican a un perfil específico de deportista al que, en efecto, le resultará fácil pasarlas (y digo pasarlas, no sacar nota). Si eres una persona de una complexión media tirando a fina, y la resistencia se te da bien, lo tendrás más fácil. Si eres una persona de complexión fuerte enfocado a los deportes de fuerza, date por jodido y prepárate para pelarte el culo entrenando y controlando la dieta al milímetro

D

#35 exacto, son prueba que benefician a bajitos y delgados, tienen mucho ganado ya que no hay una prueba de fuerza absoluta cómo sería un presa banca...

D

#38 Ni falta que hace. ¿Para qué cojones serviría el press de banca en el trabajo de un policía? ¿Para ganar a un criminal en una competición de sumo?

D

#35 Sí, ahora va a resultar que para correr 1000 m hay que ser fondista. Flipo.

E

#45 para correr 1000 metros en menos de 3:30 hay que correr. Lod has probado? He tenido chavales haciendo series tres veces por semana y controlando su dieta al milímetro para llegar de ahí para abajo, y chavales deportistas. Repito que lo "fácil" o lo "difícil" de una prueba varía según el deportista. Para uno ese 3:30 en 1000 metros puede ser asequible, mientras que por ejemplo 5 repeticiones en press banca con 100 kilos es una burrada que ni se imaginan hacer. Para otros será totalmente al revés. Y ninguno es mejor ni más "deportista" Qué manía con hablar de lo que no se tiene ni idea...

jujutsu

#33 Desde el respeto, te vuelvo a decir que un kilómetro en 3:50 no se los hace cualquiera a cualquier edad, para sacar un 5 es hacer un kilómetro en 3:20 y ya te digo que no es fácil y me suelo hacer tiradas de 15 kms a ritmo de 4:30.

También hago pesas y calistenia y te digo que he visto a muchos deportistas de otros deportes colgados como una morcilla de la barra haciendo una o dos mal hechas, cuando tengas que estirar los brazos totalmente y pasar la barbilla, vienes y hablamos.

Tengo 40 años, he hecho deporte toda mi vida: artes marciales, fútbol, pesas, correr... y te digo que el paso de los 30 a los 40 se nota una barbaridad, no me quiero imaginar de 45 en adelante.

Sigo pensando que con 48 años no hay tantos que pasen con la chorra esas pruebas físicas como dices

Find

#33 ...y ninguno de esos hace una dominada estricta

D

#33 No es lo mismo haber hecho deporte toda tu vida, que competir cerca de los 50. La gente que compite no llegará ni al 0,5% de la población. Así que pasar esas pruebas con 48 ya denota estar, no solamente mejor que la media, sino en un percentil altísimo.

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#19 Los accionistas del Popular hemos perdido lo invertido. Venga hasta luego.

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#21 En principio se trataba de eso, de acabar con la sensación de que siempre se iban a rescatar a los bancos y los accionistas se iban a quedar sin palmar, mientras se pasaba el cepillo a los contribuyentes.... pero casi al mismo tiempo se autorizaba el rescate de dos bancos italianos.


Versión de alguien que trabaja en el Popular: el Banco Santander en España no es muy competitivo en PYMES, están en plena optimización de costes, de integración del Banesto... y no dan bien servicio. Sin embargo Popular, aunque caro, tenía muy bien servicio con las PYMES y ayudaban asesorando sobre muchas partes del negocio (créditos documentarios, seguros de cambio, etc).


Al principio me pareció una conspiranoia con pataleta... pero luego ves cosas como esta, o que la valoración del Popular se hizo de aquella manera* , ves los problemas del Santander en EEUU, etc y encaja todo bastante bien.


*http://www.lavanguardia.com/economia/20180202/44467217176/deloitte-informe-popular.html

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Durante la burbuja inmobiliaria, la gente compraba un piso principalmente porque sabía que su precio subía, el uso era secundario.

Lo mismo pasa con el Bitcoin: la gente compra porque ve que el precio sube. Nadie los está gastando, todos atesoran y eso que hace suba más de precio. Un día pinchará.

Al margen de lo interesante que es que exista una moneda descentralizada de cualquier autoridad, y que obviamente no le guste a los bancos.

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#12 Las drogas con moderación también son saludables. Pregúntale a Antonio Escohotado.

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#34 En la Constitución no aparece en ningún lado la ofensa al sentimiento religioso.

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#67 Cierto viene alusion en el articulo 16, pero textualmente viene en el articulo 522-525 del codigo penal como interpretacion, gracias.