Dokan

No veo la fuente de los datos que han utilizado para hacer esa gráfica, ni el sitio de donde se ha sacado. Meneais por menear leches.

Lobazo

#56 Esa no es la fuente. Eso es donde has visto la elaboración del mapa (por ej: vía Reddit), no la fuente de los datos. La he intentado buscar en los comentarios pero es que ni se lo han reclamado. Ya vi ese post en su día en /r/Europe hace más de 24 horas.

dirlego1

#64 Es la fuente desde donde se ha obtenido la imagen; no hay que ser detective para darse cuenta de que no es la fuente de los datos.

Lobazo

#66 Pues no intentes tergiversar las palabras o timar a los que te preguntan por la fuente de los datos poniendo un enlace y diciendo "aquí están". No, no están.

Pero vamos, que yo no he votado negativo, me imagino que será Eurostat, me parece más grave que intentes timar a los que te preguntan por la fuente que la mierda de la fuente lol

dirlego1

#67 Yo no intento timar a nadie, he puesto simplemente el origen de la imagen despues de haber leido los comentarios.

elzahr

#22 #41 Me he molestado en buscar la fuente del meneo de #0 y, sin miedo a equivocarme, diría que la persona cogió los datos de aquí: http://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php/Unemployment_statistics (EUROSTAT)
Luego añadió algunos países, creó la imagen y la publicó sin citar fuentes.

CC: #56 #64 #65

dirlego1

#70 gracias.

JanSmite

#70 Gracias por aportarlo. Es lo debería haber hecho #0 al menear la imagen.

D

#56 Gracias, estoy en un país censor y si no es por tu alternativa no podría ver la imagen

Dokan

#3 Como se suele decir, ¡Zas! En toda la boca.

Dokan

#14 jajajaja
Siesquenomesplicoleches!
Quería decir que el resto de implicados en el sector no van a estar de brazos cruzados esos 18 meses, probablemente para entonces otros también ronden esa autonomía, o no, quién sabe.

Dokan

«Swatch quiere tener lista su primera batería en menos de 18 meses cuando completen la línea de producción, y en junio de 2017 tendrán sus primeros modelos no solo para coches, sino para bicicletas y motos», un pelín tarde, ¿no?

E

#9 huy sí tardisimo, ya debemos estar en un 2% de ventas de eléctricos sobre el total (en España, no sé la cifra global)

Seguro que de aquí al 2017 se llega al 100% y no habrá hueco para ningún fabricante más lol

Dokan

#14 jajajaja
Siesquenomesplicoleches!
Quería decir que el resto de implicados en el sector no van a estar de brazos cruzados esos 18 meses, probablemente para entonces otros también ronden esa autonomía, o no, quién sabe.

Dokan

#7 Leí y pensé al revés. Ni caso. Lo siento.

.hF

#6 ¿Ein?

edito: Vale, has editado.

Dokan

#7 Leí y pensé al revés. Ni caso. Lo siento.

Dokan
sotillo

#3 Seguro que han preguntado a la puerta de la Moncloa o a los asesores del ayuntamiento de Madrid....Que pregunten en barrios obreros o no se atreven

Dokan

#2 Pues Spam como este llega a portada de meneame todos los días, sea autobombo o no.

Dokan

Da la sensación de que se han escapado por los pelos.

Dokan

Joder!
Ni pensar que casi no me paro a leerlo... muy bueno y recomendable.

Dokan

Como puede ser que cada movimiento de una empresa produzca tanto revuelo, algo falla aquí.

Dokan

#2 corralito no, atraco, el resto estará disponible, parece un impuesto de guerra... económica.
«También ha explicado que las tasas serán "congeladas" para garantizar que puedan ser recaudadas, pero que el resto de los depósitos estarán "libremente disponible" para los clientes.»
El impuesto revolucionario extraordinario:
«Los Diecisiete pactaron un paquete de medidas que incluye un impuesto extraordinario del 9,9% sobre los depósitos de más de 100.000 euros y uno de 6,75% para los de menos, así como un aumento del impuesto de sociedades del 10% al 12,5%.»

Me pregunto cuantos se llevaron su dinero a Chipre huyendo de potenciales corralitos en el resto de países con problemas.

c

#3 "Me pregunto cuantos se llevaron su dinero a Chipre huyendo de potenciales corralitos en el resto de países con problemas."
Tuvieron tiempo de sacarlo. Del rescate de Chipre se viene hablando desde hace un año más o menos.

Y el corralito probablemente sea porque Chipre es un semi-paraíso fiscal y lavadero del dinero negro de las mafias rusas y de la oligarquía griega. (El tamaño del sector bancario en el PIB de Chipre es enorme).
Yo lo siento por los chipriotas de a pie, pero por el resto, va a ser que no.

alecto

#3 #8 Chipre es como Islandia en lo que al sector bancario refiere: un paraíso fiscal al que gente de todo el mundo llevaba su dinero, especialmente mafias de europa del Este y Rusia: no hacían preguntas sobre su origen, daban altos intereses y no cobraban casi impuestos. Además tienen un régimen de empresas similar, tampoco se paga impuesto de sociedades, o es nimio.

El "corralito", por lo que he leido, aplica únicamente al 10% para los que tengan más de 100 mil euros y a casi el 7% de los que tengan menos, porque eso lo va a recaudar el Estado para recomponer el sistema bancario y pagar parte del rescate. Es una especie de impuesto a la especulación, con lo que esperan recaudar nada menos que 5800 millones de euros (más de la mitad del PIB de Chipre). Ese dato, que aplicando un 10% de quita a los depósitos recaudes semejante cantidad, debe darnos una idea del tamaño superlativo de su sector bancario.

Es como si Islandia, en lugar de bloquear el pago a los residentes extranjeros, hubiera dicho que lo devolvía todo menos una parte (que de hecho es lo que han acabado negociando). La diferencia es que en este caso no se ha blindado a los nativos ni a los pequeños ahorradores, y eso es una cagada monumental para los ciudadanos inocentes que tengan ahí unos ahorrillos para la pensión.

El resto de condiciones del rescate parecen razonables: subida del impuesto de sociedades al 12% (acaban con un paraiso fiscal y de paso se aumenta la recaudación), ajuste presupuestario del 4,5% del PIB (el nuestro ha sido mayor en sólo un año), un plan contra el blanqueo de dinero en la banca chipriota o un plan de privatizaciones (habría que ver a qué afecta)...

s

#9 ¿Impuesto a la especulacion?... Yo mas bien diría robo al ahorrador

L

#10 La cuestión que es el depositante al poner dinero en un banco invierte en él y si este se va a la bancarrota una parte de los que pierden dinero, después de los acionistas, ha de ser el depositante salvo que su dinero estuviera asegurado por el estado, como en el caso español. El peso del sistema financiero en Chipre es tan alto, que aunque los depósitos estuvieran totalmente asegurados el país no podría pagarlos y se declararía en bancarrota.

Lo que ha hecho la UE es evitar una bancarrota y quita de depósitos desordenada, seguida de una huida de los mismos imposible ya que una vez sacado ese menos del 10% que guardan los bancos, hay que ir a los deudores (los que han pedido un préstamo) a pedirles el dinero, y éstos no tienen porque devolverte inmediatamente (ni tampoco pueden) sino en los plazos pactados. Así que con mayor o menor acierto han decidido imponer una quita y asegurar el resto.

alecto

#52 #10 pobres mafiosos rusos que ahorran para la vejez en un paraíso fiscal. Sacar dinero de tú país para evadir impuestos, o blanquearlo, no es especular, es ahorro, claro los jodidos son los chipriotas con cuatro perras, el resto son ladrones a los que les aplican una quita.
La ley europea protege 100 mil, de quebrar esos bancos hubiesen perdido todo menos eso. Una quita del 10% es un regalo.

S

#59 De hecho, creo haber entendido que se pedirá a Rusia que participe en el rescate perdonando parte de los intereses que corresponderían a esos ahorradores rusos por sus depósitos. Pero no me he quedado bien con los detalles.

Al-Khwarizmi

#59: Entonces, si la medida fuese anti-especuladores como dices, lo lógico sería que (a) sólo se aplicara a extranjeros, o (b) sólo se aplicara a grandes cantidades de dinero (digamos a partir de un millón).

La (a) igual no se puede por el tema de la libre circulación de capitales y demás, pero la (b) seguro que sí, y de esa forma pillarías a los rusos sin perjudicar a los ahorradores locales que no se merecen esto.

alecto

#65 #61 lo dije en el primer comentario que hice en la noticia: hasta 100 mil es una cagada enorme tocar nada. Ese fue el error de Islandia, negarse a cubrir ese fijo a los extranjeros. Porque es lo que supuestamente garantiza la UE, y porque toca a inocentes que tenían cuatro perras. Ahora, a los que pasan de ahí les ha tocado la lotería: en lugar de perder todo lo que supere esa cifra, "sólo" les quitan el 10%.

e

#59 Si vaya... garantizan hasta 100.000 euros confiscándote el 7% de lo que tengas.
Y eso es lo grave: que un depósito en euros no está grantizado en absoluto. Es todo cuestión de confianza, y la confianza en el Mediterráneo está por los suelos.

Por cierto, que por curiosidad estoy leyendo tus opiniones de hace tiempo sobre Islandia y vaya, que da la impresión que has cambiado el discurso al mismo ritmo que la UE.
Los clientes extranjeros de bancos Islandeses se ve que no eran unos mafiosos-especuladores-evasores de impuestos y que ellos no tienen aportar nada al rescate de la banca que habían hinchado con su dinero.

Te cito:

Yo no sé si os dais cuenta de qué es lo que se ha votado, al menos gente como #31. Todos los países tienen una norma que garantiza que al que tiene dinero en un banco se le devolverá hasta un máximo al cliente (100 mil euros en España, creo recordar) en caso de quiebra o similar del banco. Para eso hay unos fondos de garantía, etc.

Eso es lo que ahora Islandia se niega a cumplir, porque sus bancos tenían mucho más dinero depositado de lo que el fondo de garantía estaba preparado cubrir. Negarse a cumplir esto es anular las normas internacionales y la seguridad jurídica. Es cambiar el contrato a medio camino y unilateralmente. Y lo van a pagar muy duro. El motivo de que se esté negociando con los países y no con una plataforma de clientes es que esos países asumieron que Islandia cumpliría y adelantaron el dinero a sus ciudadanos.

Durante años Islandia se ha beneficiado de ese dinero depositado, es como si Suiza no garantizase los fondos depositados en sus bancos, el país prácticamente desaparecería del mapa en menos que canta un gallo. Lo que propone Islandia es un suicidio económico.

no-arrasa-referendum-islandes#c-32

Pues va a ser que es Europa, la mismísima UE, la que no garantiza los depósitos.
¿Suicidio económico?

c

#65 Dos cosas. Islandia no está en la eurozona ni en la Unión Europea. En Islandia los ahorradores extranjeros lo perdieron todo (aquí se les aplica un impuesto, el resto de su dinero lo tienen disponible). Lo que no se hace en Chipre es salvar todos los ahorros de sus ciudadanos de a pie y, como dije en un comentario anterior, creo que es por el sistema financiero de Chipre (si lo conoces sabrás a lo que me refiero). No son el mismo caso ni el mismo contexto.

e

#66 No no, perdona. En Islandia se está devolviendo todo a plazos (o eso diceAlectoAlecto). En Chipre les han confiscado el 7% a los pequeños y el 10% a los no tanto para siempre. Lo han perdido. No lo volverán a ver. Jamás. No hay demandas internacionales que se interponer para recuperarlo.

Sigo sin ver por qué en un caso los depositantes deben pagar el pato y en otro no.

Y en Chipre los depósitos hasta 100.000 euros también estaban garantizados. Como en Islandia. Como en España.

c

#67 Las condiciones de ese impuesto todavía no están claras (pero veo que tú si las tienes claras). En sitios leo que se les van a dar acciones, bonos u obligaciones, en otros que nada. Yo no lo tengo tan claro. Y siempre se puede recurrir a la justicia, siempre.
¿Conoces el sistema financiero en el que se basa Chipre? Igual si lo conoces un poquito entiendes por qué unos ahorradores deben pagar el pato y otros no.

c

#9 El "corralito", por lo que he leido, aplica únicamente al 10% para los que tengan más de 100 mil euros y a casi el 7% de los que tengan menos

¿Que le hace pensar que si a mi me confiscan el 7-10% de los ahorros voy a dejar el 90-93% restante en el sistema bancario esperando otra confiscación?. Si fuera chipriota el martes mismo estaría a las 8 de la mañana en la oficina del banco a por lo que pueda salvar de mis ahorros. Y como yo, muchos.

enol79

#9 ¿Ese impuesto a los depósitos bancarios es parecido a el que quiso hacer Asturias y tienen ya otras comunidades, y que el PP boicoteó?, ¿o es otra película que no tiene nada que ver?.

Sería chanante que el PP vote a favor de algo que aquí rechaza.

c

#12 No amigo, es mucho peor. El impuesto de Asturias/Extremadura era sobre el banco y no a todos los depósitos. El de Chipre es directamente a los ahorros de los ciudadanos. Ojo, a los ahorros, no a los intereses que producen estos.

D

#12 Es peor. Lo de Chipre no es un impuesto, es una quita. Que no os confundan los políticos con su retorcido lenguaje, los ahorradores han perdido un 7% o un 10% del capital (no de los intereses, ojo) de la noche a la mañana.

D

#9 no,

El corralito aun no esta en marcha , es inevitable que durante unos dias/semanas no podran sacar todo el dinero que tienen. Es la consecuencia del impuesto del 10%, el impuesto NO es el corralito

Mira: http://quedicenen.blogspot.com.es/2013/03/chipre-se-escribe-con-r-de-robobarbas.html?m=1

O sigue el hilo de burbuja : http://www.burbuja.info/inmobiliaria/burbuja-inmobiliaria/404087-eurogrupo-rescata-a-chipre-y-nicosia-anuncia-corralito.html

Tiene ya 25.000 visitas

Para que nos hagamos una idea :

Primero sera el impuesto del 10%

Al cabo de unos segundos el Corralito

jaz1

La UE rompe un tabú con el rescate de Chipre. Los depósitos ya no están garantizados
Aprovechando el puente se quedan con parte del dinero de las cuentas del pueblo.

El rescate a Chipre ascenderá a 10 mil millones de euros.

Chipre incrementará el impuesto de sociedades del 10% al 12,5%.

Y atención, los depósitos bancarios que superen los 100 mil euros sufrirán una pérdida del 9,9% y los inferiores a 100 mil euros una pérdida en forma de impuesto (o confiscación) del 6,75%. Con lo cual se rompe totalmente un tabú en la Eurozona. El dinero depositado en los bancos o parte de él si se puede perder.

barbas vecino

gracias #21

D

#9 dices : El "corralito", por lo que he leido, aplica únicamente al 10% para los que tengan más de 100 mil euros y a casi el 7% de los que tengan menos, porque eso lo va a recaudar el Estado para recomponer el sistema bancario y pagar parte del rescate. Es una especie de impuesto a la especulación, con lo que esperan recaudar nada menos que 5800 millones de euros (más de la mitad del PIB de Chipre). Ese dato, que aplicando un 10% de quita a los depósitos recaudes semejante cantidad, debe darnos una idea del tamaño superlativo de su sector bancario.

Vas muy mal encaminado "impuesto a la especulacion" !!!!! El mundo alreves . La especulscion de los que tienen 100.000 eurosen bolsa NO se toca, te recomiendo que leas los enlaces que te he puesto

Se castiga al ahorrador pequeño, mediano y grande. Mucha gente que NO ha especulado !!!

c

#25 Supongo que sabes el tamaño del sector bancario chipriota y de dónde procede la mayoría del dinero ¿no? Lo qué han hecho mal es no proteger a los chipriotas de a pie, pero reconozco que era difícil de hacer (y si conoces su sistema bancario sabrás por qué).

D

#30 es injusto que ningun enlace del Robo y Corralito suban a portada , aqui parece que solo importa el rescate.

De facto lo tuyo ya es corralito y el martes tampoco creo que puedas sacarlo ya sabes para #9 eres un especulador

Al-Khwarizmi

#9: No creo que un impuesto a depósitos bancarios sea un impuesto a la especulación. Los especuladores no creo que metan su dinero en depósitos. Lo tendrán en fondos, acciones, etc.

A mí mas bien me suena a que la deuda la van a pagar los pequeños ahorradores del país.

e

#68 ¿Lo conoces tú? ¿O sólo crees que?

Cito en #9:
Chipre es como Islandia en lo que al sector bancario refiere: un paraíso fiscal al que gente de todo el mundo llevaba su dinero, especialmente mafias de europa del Este y Rusia: no hacían preguntas sobre su origen, daban altos intereses y no cobraban casi impuestos. Además tienen un régimen de empresas similar, tampoco se paga impuesto de sociedades, o es nimio.

¿Chipre es como Islandia o no es como Islandia?

La cuestión es si los depositantes deben o no deben pagar el pufo de los bancos. Eso es lo que hay que aclarar y esa es la gran duda que se cierne sobre Europa ahora mismo. Hasta hace dos meses era imposible. Impensable. Ni de coña. Jamás de los jamases. A los ahorradores hay que protegerlos a toda costa. Ahora ya vemos que imposible no es. Que al Ecofin no le tiembla el pulso a la hora de imponer quitas a los depósitos. Si mañana Bankia no puede devolver el rescate o hace falta más dinero ¿lo van a pagar los depositantes? ¿A día de hoy quien garantiza que no, que los ahorros de los países con problemas están seguros y no van a ser confiscados? ¿Rajoy? ¿Merkel?

¿Quién coño va a dejar su (gran) fortuna en un banco español el lunes?

Y en fin, que quien defienda que en Islandia los clientes no deben pagar pero en Chipre sí que deben hacerlo está claramente manejando un doble discurso.
¿Los depositantes tienen responsabilidad, sí o no?

Las condiciones del impuesto están bastante claras: se lo quitan hasta a las cuentas corrientes.
La posibilidad de canjear ese impuesto por acciones del banco es lo que no se ha concretado. ¿Pero cuánto valen las acciones de un banco que tiene que reducir su actividad? (las condiciones del rescate imponen una importante reducción del sistema financiero).

No sé hasta qué punto sirve recurrir a la justicia el cobro de un impuesto que se va a fijaer por ley.

c

#69 Creo que sí lo conozco, pero siempre estoy dispuesto a aprender. Si me puedes dar más información pues estaré encantado de aprender.
Sí, hay un problema que ha creado la UE y es un grave problema que, a partir del lunes, probablemente provoque una fuga de depósitos de la eurozona. A partir de ahí a ver qué hacen.
No hay doble discurso. Chipre tiene el sistema financiero que tiene e Islandia tiene uno diferente. Yo critico que se esté castigando a los pequeños ahorradores chipriotas. Los de las cuentas grandes me importan menos. El impuesto ¿afecta sólo a las cuentas corrientes y depósitos o a otros productos también?

Las leyes son siempre recurribles, siempre.

D

#70 "Las leyes son siempre recurribles, siempre."

No por un ciudadano de a pie. Aquí en España tienes que ser juez para interponer una cuestión de inconstitucionalidad contra una ley, o bien Defensor del Pueblo, o Senador (con otros 49), o Diputado (ídem) para interponer un recurso de inconstitucionalidad contra una ley. Pero eso no es "recurrir". Los que son recurribles son los actos jurídicos concretos, y eso dependiendo de la jurisdicción y los casos, no las leyes.

c

#71 Gracias por la puntualización. No soy jurista y desconozco los términos legales. También desconozco el sistema judicial de Chipre.

Dokan

#30 A quien quieres convencer de qué, hechos son amores y no buenas razones.

Dokan

Por mi parte UPyD no es diferente del resto, ¿extremocentro?, no, egocéntrico, dadle tiempo. Si no hay pilares básicos claros y unas ideas definidas, andará con pies de barro siguiendo el rumbo del líder de turno, como hacen todos pero más descarado.

Dokan

Hace tiempo reuní algo de información al respecto en una conversación que tuve por correo con un amigo sobre el tema, os dejo aquí la información.
«El correo de mi amigo que motivó que me sentara 3 horas en el ordenador a informarme.»
http://tv.citroen.es/conducir-mejor/como-circular-en-rotondas-1
«La respuesta»
(Esto... Me senté hace 3 horas, así que te pido que lo leas entero ya que me he tomado el tiempo de reunir la información, a ti no te tomará tanto.)

Muy interesante, pero una glorieta es una intersección, no una carretera, por tanto se circula como en una intersección, no como en una carretera.
«79. Glorieta. Se entiende por glorieta un tipo
especial de intersección caracterizado por que los
tramos que en él confluyen se comunican a través
de un anillo en el que se establece una circulación
rotatoria alrededor de una isleta central. ...»

De ahí leyendo el RGC se puede deducir:
- Que se debe moderar la velocidad al aproximarse a las mismas, o incluso detener el vehículo:
Artículo 46. Moderación de la velocidad. Casos.
1. Se circulará a velocidad moderada y, si fuera preciso, se detendrá el vehículo cuando las circunstancias
lo exijan, especialmente en los casos siguientes:
...
b) Al aproximarse a ciclos circulando, así como en
las intersecciones y en las proximidades de vías de uso
exclusivo de ciclos y de los pasos de peatones no regulados por semáforo o agentes de la circulación, así como
al acercarse a mercados, centros docentes o a lugares
en que sea previsible la presencia de niños.
...
h) Al aproximarse a pasos a nivel, a glorietas e intersecciones en que no se goce de prioridad, a lugares
de reducida visibilidad o a estrechamientos.
Si las intersecciones están debidamente señalizadas
y la visibilidad de la vía es prácticamente nula, la velocidad de los vehículos no deberá exceder de 50 kiló-
metros por hora.

- Las prioridades al acceder a la intersección:
Artículo 56. Intersecciones señalizadas
1. En las intersecciones la preferencia de paso se
verificará siempre ateniéndose a la señalización que la
regule (artículo 21.1 del texto articulado).
...
Artículo 57. Intersecciones sin señalizar.
...
c) En las glorietas, los que se hallen dentro de la
vía circular tendrán preferencia de paso sobre los que
pretendan acceder a aquéllas (artículo 21.2 del texto
articulado).
...
En cuanto a dicho texto articulado:
Artículo 21. Normas generales de prioridad
1. En las intersecciones, la preferencia de paso se verificará siempre
ateniéndose a la señalización que la regule.
2. En defecto de señal que regule la preferencia de paso, el conductor está
obligado a cederlo a los vehículos que se aproximen por su derecha, salvo en los
siguientes supuestos:
c) En las glorietas, los que se hallen dentro de la vía circular tendrán
preferencia de paso sobre los que pretendan acceder a aquéllas.
...

- Por qué no se puede entrar dentro de una rotonda, glorieta o intersección si tu salida está bloqueada, o mejor dicho, por qué debes seguir circulando y tomar otra salida:
Artículo 59. Intersecciones.
1. Aun cuando goce de prioridad de paso, ningún
conductor deberá penetrar con su vehículo en una intersección o en un paso para peatones o para ciclistas
si la situación de la circulación es tal que, previsiblemente, pueda quedar detenido de forma que impida u
obstruya la circulación transversal (artículo 24.2 del texto
articulado).
Del texto articulado:
Artículo 24. Cesión de paso e intersecciones
...
2. Aún cuando goce la prioridad de paso, ningún conductor deberá penetrar
con su vehículo en una intersección o en un paso para peatones si la situación de la
circulación es tal que, previsiblemente, pueda quedar detenido de forma que impida
u obstruya la circulación transversal.

- Que los vehículos prioritarios deban extremar su precaución en las mismas:
Artículo 67. Vehículos prioritarios.
...
2. Los conductores de los vehículos destinados a
los referidos servicios harán uso ponderado de su régimen especial únicamente cuando circulen en prestación
de un servicio urgente y cuidarán de no vulnerar la prioridad de paso en las intersecciones de vías o las señales
de los semáforos, sin antes adoptar extremadas precauciones, hasta cerciorarse de que no existe riesgo de atropello a peatones y de que los conductores de otros
vehículos han detenido su marcha o se disponen a facilitar la suya.
Y lo mismo para los no prioritarios en servicio de urgencia.
Artículo 70. Vehículos no prioritarios en servicio de
urgencia.
...
2. Los conductores a que se refiere el apartado anterior deberán respetar las normas de circulación, sobre
todo en las intersecciones, y los demás usuarios de la
vía darán cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69.

- Como se maniobra en glorietas y por qué éstas quedan siempre a la izquierda si no se dispone de otra forma:
Artículo 75. Ejecución de la maniobra de cambio de
dirección.
1. Para efectuar la maniobra, el conductor:
a) Advertirá su propósito en la forma prevista en
el artículo 109.
b) Salvo que la vía esté acondicionada o señalizada
para realizarla de otra manera, se ceñirá todo lo posible
al borde derecho de la calzada, si el cambio de dirección
es a la derecha, y al borde izquierdo, si es a la izquierda
y la calzada es de un solo sentido. Si es a la izquierda,
pero la calzada por la que circula es de doble sentido
de la circulación, se ceñirá a la marca longitudinal de
separación entre sentidos o, si ésta no existiera, al eje
de la calzada, sin invadir la zona destinada al sentido
contrario; cuando la calzada sea de doble sentido de
circulación y tres carriles, separados por líneas longitudinales discontinuas, deberá colocarse en el carril central. En cualquier caso, la colocación del vehículo en
el lugar adecuado se efectuará con la necesaria antelación y la maniobra en el menor espacio y tiempo
posibles.
c) Si el cambio de dirección es a la izquierda, dejará
a la izquierda el centro de la intersección, a no ser que
ésta esté acondicionada o señalizada para dejarlo a su
derecha.
Esto además queda reforzado en el siguiente:
Artículo 43. Sentido de la circulación.
...
2. En las plazas, glorietas y encuentros de vías los
vehículos circularán dejando a su izquierda el centro de
aquéllas.

- Se puede adelantar, pero por que lo especifica:
Artículo 87. Prohibiciones.
1. Queda prohibido adelantar:
...
c) En las intersecciones y en sus proximidades, salvo cuando:
1.º Se trate de una plaza de circulación giratoria o glorieta.

- Que no se pueda parar ni estacionar en las rotondas:
SECCIÓN 2.ª
NORMAS ESPECIALES DE PARADAS Y ESTACIONAMIENTOS
Artículo 94. Lugares prohibidos.
...
d) En las intersecciones y en sus proximidades si
se dificulta el giro a otros vehículos, o en vías interurbanas, si se genera peligro por falta de visibilidad.

Por otro lado, hablemos de los intermitentes. No solo se indican cambios de carril, ¿sabías que siempre que giras "debes" indicarlo?, pues está bien clarito:
Artículo 109. Advertencias ópticas.
1. El conductor debe advertir mediante señales ópticas toda maniobra que implique un desplazamiento lateral o hacia atrás de su vehículo, así como su propósito
de inmovilizarlo o de frenar su marcha de modo considerable. Tales advertencias ópticas se efectuarán con
antelación suficiente a la iniciación de la maniobra, y,
si son luminosas, permanecerán en funcionamiento hasta que termine aquélla.
2. A los efectos del apartado anterior, deberá tenerse en cuenta, además, lo siguiente:
a) El desplazamiento lateral será advertido utilizando la luz indicadora de dirección correspondiente al lado
hacia el que se va a realizar, o el brazo, en posición
horizontal con la palma de la mano extendida hacia abajo, si el desplazamiento va a ser hacia el lado que la
mano indica, o doblado hacia arriba, también con la palma de la mano extendida, si va a ser hacia el contrario.
En las maniobras que impliquen un desplazamiento
lateral, es éste el que exclusivamente se avisa, por lo
que la advertencia deberá concluir tan pronto como el
vehículo haya adoptado su nueva trayectoria.
...

Cambios de vía, dirección o sentido:
SECCIÓN 1.ª
CAMBIOS DE VÍA, CALZADA Y CARRIL
Artículo 74. Normas generales.
1. El conductor de un vehículo que pretenda girar
a la derecha o a la izquierda para utilizar vía distinta
de aquella por la que circula, para tomar otra calzada
de la misma vía o para salir de ella deberá advertirlo
previamente y con suficiente antelación a los conductores de los vehículos que circulan detrás del suyo y
cerciorarse de que la velocidad y la distancia de los
vehículos que se acerquen en sentido contrario le permiten efectuar la maniobra sin peligro, absteniéndose
de realizarla de no darse estas circunstancias. También
deberá abstenerse de realizar la maniobra cuando se
trate de un cambio de dirección a la izquierda y no exista
visibilidad suficiente (artículo 28.1 del texto articulado).
Quede claro aquí, que una rotonda situada en medio de una vía, como intersección que es, no la divide en dos vías diferentes, por tanto, la intención de tomar la rotonda a la izquierda o a la derecha es un cambio de vía y como tal hay que indicarlo. Lo mismo si se cambia el sentido de la marcha.

No se tú, pero yo de todo lo anterior deduzco que si cambio de dirección a la izquierda o cambio de sentido (180º) en una rotonda, tengo que incorporarme desde el carril de la izquierda de la vía por la que voy indicando con el intermitente que voy a cambiar de dirección a la izquierda, después de ceder el paso a los vehículos en la rotonda, entraré al carril que me corresponde en la rotonda (si la vía tenía un carril entraré al de la derecha de la rotonda, sí tenía dos entraré al siguiente, y así consecutivamente), luego, con el intermitente izquierdo enchufado giraré hasta rebasar la salida anterior a la que quiero tomar, momento en el que indicaré que voy a cambiar de carril para tomar posición de salida y si no hay ningún vehículo efectuaré el desplazamiento lateral al carril exterior y seguiré

Dokan

«1. Contratar un Administrador de fincas», mal empezamos.

noexisto

#1 te doy la razón, mejor a un buen Administrador de Fincas. La diferencia entre uno y otro es que ambos te cuestan un dinero, pero uno lo único que hace es hacer una labor burocrática más y el otro se gana el sueldo llevando bien su trabajo y los hay buenos, muy buenos (la mayoría son burócratas que no aportan más, siento decirlo)

Dokan

Parece un mapa de las tuberías del subsuelo de una ciudad.
Por otro lado, qué no habrá escondido ahí el tipo.

Dokan

«Pero una cultura que ponga el valor de la vida por encima de los valores del mercado y la realización colectiva por encima de la competencia, debe contemplar al ser humano no sólo como trabajador y consumidor, sino también como individuo civil, como persona afectiva y como sujeto de realización personal e integración cultural, equilibrando su tiempo en tres instancias sociales imprescindibles: la personal, la civil y la productiva.»
Y demos gracias a que necesitamos tiempo libre para consumir, sino estaríamos pidiendo jornadas de 50 y 60 horas como mucho...
Por otra parte, 30 horas a la semana me parece poco para sentirse vinculado y sentir que lo que haces es tu trabajo, opino que si las 40 horas semanales se cumplieran sin excesos ni horas extra, podríamos disfrutar a partes iguales del trabajo, amigos, familia y todo lo demás.
¿Pero como podemos proponer algo así cuando siempre hay y habrá gente que prefiera hacer horas extra y ganar más antes que disfrutar de su tiempo?, habría que empezar por prohibir las horas extraordinarias o al menos reducirlas a su mínima expresión, casos concretos, inevitables y necesarios.