Hace 5 años | Por --596736-- a twitter.com
Publicado hace 5 años por --596736-- a twitter.com

La #brechajudicial de género. Un estudio sobre cómo los varones reciben más pena por el mismo delito. Otras disparidades: más del 90% de las tenencias en juicios van para la mujer, y ellos mueren en promedio 7 años antes pero se jubilan después. https://repository.law.umich.edu/cgi/viewcontent.cgi?article=1164&context=law_econ_current

Comentarios

pablisako

#0 buen aporte
Conclusion
This study finds dramatic unexplained gender gaps in federal criminal cases.
Conditional on arrest offense, criminal history, and other pre-charge observables, men receive 63% longer sentences on average than women do
relacionada Las mujeres consiguen más entrevistas de trabajo a pesar de ofrecer menores requisitos.[ENG]

Hace 5 años | Por BodyOfCrime a talent.works

Lechon

https://confilegal.com/20170112-asimetria-penal-violencia-genero/

"Desmontando el mito de la asimetría penal en violencia de género"

Totalmente recomendable el artículo, estudia delito por delito, del CÓDIGO PENAL ESPAÑOL.

Y Confilegal no es precisamente una página sospechosa de "feminazismo", algo que os obsesiona a muchos por aquí...

Nos encontramos con sorpresitas como las siguentes:

Lesiones graves

(...)

Las lesiones graves (artículo 148), cuando se cometen con armas, están más gravemente penadas para el caso de que sea la mujer la autora que si lo es el hombre.

¿Cómo se explica eso? Pues, sencillamente, porque cuando la víctima es mujer no puede aplicarse la agravante de parentesco (artículo 23) -porque ya viene contemplada en el tipo- y sí cuando la víctima es un hombre.

(...)

Esta asimetría “inversa” tiene una importante consecuencia: en el caso de que las lesiones las causara el hombre a la mujer con la que tuvo o tiene una relación de matrimonio o pareja cabría la suspensión de la pena y nunca cabría, sin embargo, para la mujer que lesionara al hombre.


O ésta:

Malos tratos habituales

Siguiendo nuestro trayecto, es muy revelador el delito de malos tratos habituales (artículo 173.2), uno de los más frecuentes en la violencia de género, el cual no hace distingos sobre si autor o víctima son varón o mujer, puesto que se refiere al “cónyuge” o relación análoga, sin referencia ninguna al género.

Lo cual supone que no hay asimetría penal ninguna, estando prevista idéntica pena en uno y otro caso.

Tampoco la hay en el nuevo delito de acoso (artículo 172 ter.2), que remite a esos mismo sujetos.

Por tanto, el maltrato habitual -que incluye gran parte del maltrato psicológico- y el acoso, tienen el mismo reproche penal sea cual sea el género de autor y víctima.

Por contra de lo que muchos creen, este delito no contiene en su formulación ni en su castigo referencia ninguna al género.

Wir0s

#3 Por tanto, el maltrato habitual -que incluye gran parte del maltrato psicológico- y el acoso, tienen el mismo reproche penal sea cual sea el género de autor y víctima.

lol lol lol lol lol lol

Ya, te lo dice alguien que presento dos denuncias (por destrozarme el coche y por pintarme la puerta diciéndome de todo menos bonito) y recibió esta respuesta: "si fueras mujer seria diferente".

Hasta el punto que cuando me destrozo el coche una segunda vez ya ni me moleste en poner denuncia.

D

#3 Puedes comprobarlo por ti mismo:

Tócale el culo a una mujer y espera a que te denuncie, observa los resultados.
Ahora que una mujer te toque el culo a ti, ve a denunciar y observa los resultados.

Pégale un bofetón a una mujer, espera a que te denuncie, observa los resultados.
Ahora que una mujer te pegue un puñetazo a ti, y te abra la ceja y te tengan que poner puntos, observa los resultados. Este experimento ya se realizó, y el resultado fue que a ella le trataron con mucho mimo, la mandaron a casa a descansar y le preguntaron si quería denunciarle a él: https://es.dplay.com/dmax/091-alerta-policia/temporada-2-episodio-6/
Y para ejemplificar mejor el proceder de la justicia, antes de ese caso aparece otro en el que un hombre le parte la ceja a otro, y lo detienen, porque "si hay que poner puntos, es obligatorio detener". En el mismo programa, sin despeinarse...

raistlinM

#5 Efectivamente si hay lesiones que requieren tratamiento médico, en ello entran las heridas que requieron puntos.
El programa que dices se les debió colar, la actuación de la policía... lamentable, esa tía, por su seguridad y la de los demás tenía que haberse ido esposada al hospital a que la chutasen.
Alucinante, el novio con la ceja abierta y los colegas preguntándole a la pájara que si le quería denunciar, la psicóloga del SAMUR poniendo su granito de arena "tiene la autoestima por los suelos"... Lo que estaba la colega era loca de atar, en el auténtico sentido de la frase.

Ese caso es todo un manual de lo mal que están las cosas en España.

D

#3 Por cierto:

-En 4 países sólo los hombres pueden ser condenados a cadena perpetua.

-De los 33 países donde todavía es legal el castigo corporal, en 19 de ellos sólo se permite su aplicación a hombres y niños varones. Esto incluye castigos por delitos criminales y medidas disciplinarias en el ejército, las prisiones o la escuela.

-De hecho, 5 países mantienen que sólo los hombres pueden ser condenados a muerte.

-Naciones Unidas apremia a los gobiernos para que no envíen a las mujeres a prisión salvo por delitos graves o violentos, implícitamente señalando que sólo los hombres deberían cumplir este tipo de penas.

-En su artículo “Unequal Before the Law: Men, Women and the Death Penalty” (Desiguales ante la ley: hombres, mujeres y la pena de muerte), Andrea Shapiro señalaba que aunque las mujeres cometen el 10% de los asesinatos, constituyen únicamente el 0,5% de los ejecutados (p. 447-448), y que la disparidad persiste incluso cuando el historial criminal es similar (p. 453)

-Existe un estudio de 2005 realizado por Elizabeth Marie Reza y publicado por Duke Journal of Gender Law and Policy, que confirma al “factor caballeresco” a la hora de aplicar la pena de muerte.

-En un estudio del año 2012 realizado por la académica Sonja Starr donde se determinaba que aunque los hombres cometen efectivamente más crímenes, por el mismo delito terminaban en la cárcel el doble de veces que las mujeres y recibían condenas un 63% más largas.

Todas las fuentes, y mucha más info, aquí: https://hombresgeneroydebatecritico.wordpress.com/2015/12/27/la-discriminacion-masculina-en-el-sistema-penal-y-la-aplicacion-de-la-pena-de-muerte/

D

#3 a ti y a confilegal se os ha caído el agravante del art. 148.4 CP: "si la víctima fuere o hubiere sido esposa, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia"

Pero vamos, podéis seguir sin dejar que la realidad os estropee el argumento, vendiendo lo del 148.4 CP como una ventaja para o una asimetría favorable al hombre

NoseMenea

muy interesante la lectura , pero esto a lo que achacamos? por que alguna razon debe existir? y no me digais que es el matriarcado lol

D

#7 Se debe al instinto de "caballerosidad" y protección hacia la mujer. Despierta mayor compasión castigar a una mujer que a un hombre. En el enlace que puse al final de mi comentario número 6 lo explica muy bien, con estudios y casos reales. Uno que me impactó fue el de una mujer condenada a pena de muerte hace 80 años, lo que creó un montón de objeciones, ¡e incluso 30 presos varones ofrecieron echar a suertes que uno de ellos fuera ejecutado en su lugar! Los presos escribieron esta carta al gobernador argumentando:

(…) que la ejecución de la Sra. Spinelli sería repulsiva para el pueblo de California; que ninguna mujer en su sano juicio cometería el crimen del que ha sido acusada; que la ejecución de una mujer dañaría [la reputación de] California a ojos del mundo; que tanto la ley como la voluntad de la gente eran contrarios a la ejecución; que la Sra. Spinelli, como madre de tres hijos, debería tener una consideración especial; que el orgulloso historial de California de nunca haber ejecutado a una mujer no debería ser mancillado(…).

Y hay mas. El profesor Victor L. Streib, quien estudió la aplicación de la pena de muerte a mujeres en 1990, llegó a la conclusión de que existe un “rechazo, particularmente entre los jueces, para condenar y sentenciar a una mujer a la pena de muerte”, añadiendo:

Incluso cuando todos los factores agravantes y atenuantes específicos son los mismos para los acusados varones o mujeres, las mujeres todavía tienden a recibir sentencias significativamente menores en casos criminales por lo general. Los jueces admiten que tienden a ser más indulgentes hacia las mujeres acusadas, particularmente en crímenes graves, por una variedad de razones culturalmente arraigadas (…) Esta tendencia es consistente con el extraordinariamente bajo número de sentencias de pena de muerte y ejecuciones de mujeres adultas a lo largo de nuestra Historia.

Y como señala sobre esta cita Andrea Shapiro, en su artículo “Unequal Before the Law: Men, Women and the Death Penalty” (Desiguales ante la ley: hombres, mujeres y la pena de muerte):

Si los jueces admiten que son más indulgentes hacia las mujeres y más reacios a condenarlas, se entiende que por tanto son más duros con los hombres y su discriminación por razón de sexo es consciente y resuelta. Puede que no sepan explicar por qué se sienten así, pero ciertamente parecen reconocer que efectivamente se sienten de esta forma, y que actúan en respuesta específicamente a ese sentir.