El Supremo establece que, dentro de la democracia digital, la transparencia debe ser “un derecho fundamental”. Si la Administración Pública utiliza un algoritmo como sistema de decisión para otorgar o retirar derechos (por ejemplo Bosco, que determina si un ciudadano tiene derecho al bono social eléctrico), ese sistema debe ser transparente para el ciudadano, teniendo derecho a acceder al código fuente. La sentencia veda a la Administración Pública la contratación de algoritmos que sean 'cajas negras'.
|
etiquetas: democracia , derechos digitales , transparencia , inteligencia artificial
El algoritmo no es la especificación del código, es un conjunto de pasos lógicos para resolver un problema. El código es una implementación concreta de ese algoritmo en un lenguaje.
Y sobre “establecerlo por ley”: Una ley no define procesos computacionales, solo puede obligar a usar un determinado algoritmo, lo que es una mala idea porque la tecnología cambia y la ley queda obsoleta.
El código fuente cambia constantemente y está implementado en mil sitios distintos a la vez y en varios lenguajes. Por supuesto que contiene errores.
El algorítmo es una cosa distinta del código de programa.
Edit. Ya te lo comenta #6