Hace 7 años | Por BBE a blog.gestores.net
Publicado hace 7 años por BBE a blog.gestores.net

Un supermercado obtiene imágenes que llevan al despido de dos trabajadoras. La que acaba ante el Tribunal Supremo es despedida, el juzgado de lo social da por buena la prueba y la decisión de la empresa. El Tribunal Superior Justicia, sin embargo, considera la prueba obtenida vulneradora de los derechos fundamentales de la trabajadora, por tanto nulo el despido decidido bajo esa referencia, siguiendo la doctrina del Tribunal Constitucional.