La objecion de conciencia si que existe y abarca tanto a medicos como a farmaceuticos. El problema es que en España no está legislada, no se considera un derecho fundamental y tiene jurisprudencia contradictoria. En principio se puede hacer uso de ella en tres casos: el aborto, la pildora del dia despues y la informatizacion de la historia clínica. Sin embargo, como ya he dicho que no es legal, podeis denunciarlo.
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Todo eso esta muy bien, pero la mitad de los síntomas que se indican aparecen en cánceres avanzados en los que poco se puede hacer. Así que no son muy útiles para el diagnóstico precoz.