Tuduri

#0 Este sub está para que los admin se rían un rato de las quejas de la gente. Mejor usa el sub QUEJAS para estas cosas.

qquejas

chiquiflautro

#1 ah, no sabía. Gracias por el aviso! Bueno, reporté el supuesto abuso por email.

D

#1 este sub es para que cualquier usuario lo use. Lo que no permito es que los de la lloripandi vengais a acosar usuarios.

#2 de hecho, los negativos son de amigos de la lloripandi de #1

D

#3 si tienes alguna queja mejor dirigirse al sub adecuado qquejas

D

#4 cuéntanos más.

Tuduri

@tnt80 @Blackheart

Yo no he dicho que votar positivo o negativo no sea un acto de libertad de expresión.

Lo que he dicho es que votar negativo porque la opinión te parece una puta mierda no es un acto de libertad de expresión. No estoy cuestionando el hecho de votar negativo per se, ya he dicho que yo también he votado negativo en alguna ocasión.

Lo que estoy cuestionando es el motivo del negativo. De ahí que comente que tal vez es que estais viendo misoginia, racismo, etc... donde hay una opinión legítima (o sea, no merecedora de negativo porque no "es una puta mierda").

Tuduri

@Blackheart

Que sea "una puta mierda de idea" no te da derecho a votarla negativo.

Tus comentarios a mi también me parecen una puta mierda y no por ello te voto negativo, porque respeto tu libertad para decir lo que te la gana. Sólo cuando insultas, y la inmensa mayoría de las veces ni siquiera me molesto.

Y todo ello en una página privada donde las normas claramente indican que esos comentarios no están permitidos.
Me repito en que tal vez debierais considerar que a lo mejor teneis un concepto amplio de lo que es misognia, racismo, etc.

Tuduri

@nilien @usuario.poco.conocido @Tethradseijodseijo

"Autorregulación" Esto supongo que es el nombre que tiene a día de hoy la censura.

Parece mentira que haya que recordar que existe un derecho llamado libertad de expresión de ideas.

quedamos cuestionados y expuestos a este tipo de críticas y ataques
¿Hay algún problema con cuestionar y criticar a la autoridad? Ahora resulta que los "autorreguladores" están libres de crítica.

Tal vez convendría reflexionar por qué tanta gente a meneado la queja y criticado la actitud de determinados meneantes en los comentarios. A lo mejor es que estáis viendo racismo, misoginia... donde no lo hay.

Tuduri

Estoy de acuerdo con la autora en que podrían haber puesto a una mujer cazadora en vez del clásico hombre cazador prehistórico. Y también de acuerdo con otro meneante acerca de Poseidon en la colección, cuya presencia carece de sentido.

Dicho esto, son quejas como esta las que fomentan la creencia de que cuando existe un grupo y en dicho grupo hay alguna mujer, esas mujeres están ahí para tener contenta a gente como la autora del post.

Personalmente, a mi me importa poco el sexo de los muñecos. Como si hubieran sido sólo mujeres. O sólo negros. Es que me da igual. Pero predicar que "hay que acabar con la discriminación por motivos de sexo" y luego criticar un producto, precisamente, por motivos de sexo es increiblemente hipócrita.

Tuduri

#52 Perdona, he leído el código penal en diagonal y se me estaba escapando la duración.
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0018.htm
Es de 6 meses y un día a 6 años.

http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0023.htm
Y aquí (hacia el final de la página) pone que todas las penas correccionales incluirán suspensión de oficio, cargo público y derecho de sufragio.

Que el destierro es una pena correccional lo saco de aquí (al final de la página)
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0016.htm

Y tenías razón en la distancia (al final de la página):
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0040.htm

Pues vaya. He confundido destierro con extrañamiento, que este sí que es expulsión del país. Ya conocía el artículo del abc, busqué el código penal, leí "destierro" y asumí que te echaban del país de manera permanente y te convertías en apátrida (que eso es lo que entiendo yo por destierro ).

Pues entonces tengo que darte la razón. La pena es poca por la vida de una persona (no digamos ya dos).

Un placer. Hoy he aprendido mucho.

Tuduri

#45 a cambio de ser expulsado de su pueblo
Me estoy volviendo loco para encontrar el alcance del destierro. Yo pensaba que el destierro era destierro del país. ¿Fuente?

Gracias por tu paciencia

Res_cogitans

#49 Lo más cercano que he encontrado ha sido el Código penal de 1973: de 25 a 250 km, de 6 meses a 6 años. Al parecer mantiene las penas de códigos anteriores.
http://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/home/EX0000012436/20080708/Destierro

Tuduri

#52 Perdona, he leído el código penal en diagonal y se me estaba escapando la duración.
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0018.htm
Es de 6 meses y un día a 6 años.

http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0023.htm
Y aquí (hacia el final de la página) pone que todas las penas correccionales incluirán suspensión de oficio, cargo público y derecho de sufragio.

Que el destierro es una pena correccional lo saco de aquí (al final de la página)
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0016.htm

Y tenías razón en la distancia (al final de la página):
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0040.htm

Pues vaya. He confundido destierro con extrañamiento, que este sí que es expulsión del país. Ya conocía el artículo del abc, busqué el código penal, leí "destierro" y asumí que te echaban del país de manera permanente y te convertías en apátrida (que eso es lo que entiendo yo por destierro ).

Pues entonces tengo que darte la razón. La pena es poca por la vida de una persona (no digamos ya dos).

Un placer. Hoy he aprendido mucho.

Tuduri

#35 No, no lo he dicho como algo bueno. Simplemente comentaba el motivo.

Ya te he dicho en mi comentario anterior que te daba la razón. En ningún momento te he discutido que el marido tuviera que acompañarla a todo. Sólo lo del derecho de matar gente

En fin, buen debate.

Tuduri

#26 A ver, el titular del abc dice:
Muerte por adulterio en España, un "derecho" del marido hasta 1963

En el código penal de 1870 está bastante claro. No permitía matar a nadie gratis que es lo que el artículo pretende contar. Y eso es lo único que yo quería decir.

Si el artículo dijera: "permitía al marido causar lesiones leves a la pareja o al amante en caso de pillarlos in fraganti" pues vale, pero dice matarlos.

Eso es lo que dice la ley, y luego está su aplicación, a cargo de jueces cuya promoción ideológica de acuerdo a los Principios del Movimiento era clara. ¿Qué es grave y qué es leve? Decisión del juez.
Y supongo que tendrás alguna evidencia que respalde esta afirmación, ¿verdad?

Toda tu argumentación pretende minimizar y naturalizar el dominio casi esclavista que tenía un marido sobre la mujer e hijas. Que proviniera de antes del franquismo no resta gravedad al asunto, sino que confirma la historicidad y permanencia durante siglos de una cultura patriarcal, cosa que, por cierto, comenzó a cambiar durante la segunda república. Franco restauró lo más rancio de esa ideología tradicionalista para la que la mujer era una sirvienta del hombre.
O sea, que ni cuando te doy la razón estás contento.

Res_cogitans

#27 El destierro no es matar gratis, pero casi. Es decir, el marido podía matar a su mujer en flagrante infidelidad a cambio de ser expulsado de su pueblo. Intercambiar el garrote vil por el destierro no es una rebaja de condena, es sancionar en la ley lo que uno tendría que hacer necesariamente para evitar el repudio y represalias de los familiares tras semejante crimen. Sin duda, una gran condena. Por eso el ABC, que de tradicionalismo sabe un rato, se permite publicar un titular de esa índole en lugar de ocultar lo que se daba en la práctica. ¿Que no es estrictamente correcto en términos jurídicos? Cierto.

Respecto a los jueces, lo primero es el estrato social del que surgían. Tenían que ser familias con suficiente dinero como para permitirse pagar una universidad que era elitista y un período de estudio de no menos de 3 años para la oposición. Luego, los jueces eran nombrados por el Ministerio de Justicia, con lo que se reservaba la discrecionalidad, y antes de opositar tenían que presentar un Certificado de Adhesión al Movimiento. Si tenías antecedentes por "desafecto" podías tener problemas y ya podías esperar el favor de algún familiar o amigo para que te "resolviera el asunto". La administración funcionaba así, pregunta a tus abuelos, lee libros de historia...

Tuduri

#45 a cambio de ser expulsado de su pueblo
Me estoy volviendo loco para encontrar el alcance del destierro. Yo pensaba que el destierro era destierro del país. ¿Fuente?

Gracias por tu paciencia

Res_cogitans

#49 Lo más cercano que he encontrado ha sido el Código penal de 1973: de 25 a 250 km, de 6 meses a 6 años. Al parecer mantiene las penas de códigos anteriores.
http://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/home/EX0000012436/20080708/Destierro

Tuduri

#52 Perdona, he leído el código penal en diagonal y se me estaba escapando la duración.
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0018.htm
Es de 6 meses y un día a 6 años.

http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0023.htm
Y aquí (hacia el final de la página) pone que todas las penas correccionales incluirán suspensión de oficio, cargo público y derecho de sufragio.

Que el destierro es una pena correccional lo saco de aquí (al final de la página)
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0016.htm

Y tenías razón en la distancia (al final de la página):
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0040.htm

Pues vaya. He confundido destierro con extrañamiento, que este sí que es expulsión del país. Ya conocía el artículo del abc, busqué el código penal, leí "destierro" y asumí que te echaban del país de manera permanente y te convertías en apátrida (que eso es lo que entiendo yo por destierro ).

Pues entonces tengo que darte la razón. La pena es poca por la vida de una persona (no digamos ya dos).

Un placer. Hoy he aprendido mucho.

Tuduri

#150 Sin que en ningún momento todo eso que dices sea falso, creo que es incompleto. Leyendo tu explicación me asaltan dos dudas:

- ¿Cómo explica tu teoría que los inmigrantes de segunda y tercera generación vivan en guetos? Estos no tienen problemas de idioma ni de formación (que no será por oportunidades de estudiar)

- ¿Cómo explica tu teoría que intenten imponer sus costumbres y cultura aquí (eg: la Sharia), cuando dicha cultura es totalmente (o casi) contraria a nuestros valores?

D

#159 Por una parte, una vez que una comunidad étnica queda completamente establecida en el ámbito de la pobreza, sacarla de ahí no es algo inmediato, especialmente teniéndose en cuenta que resolver la cuestión de estas comunidades establecidas en la pobreza no se convierte en un objetivo de las políticas del país.

Y por otra parte, que haya algunos que son gilipollas y vayan con la idea de imponer sus normas (hasta que un día les pegan una hostia) no convierte a todos los demás en gilipollas. Muchos van a lo suyo, a vivir su vida, a trabajar para ganar dinero. Otros además mantienen sus propias culturas a nivel particular o privado, por cuestiones emocionales, sin mezclar a otros en ellas, como cuando los españoles en el extranjero hacen encuentros donde practican costumbres españolas. Hay muchísimos casos distintos.

Tuduri

#24 El enlace que has puesto del abc es sensacionalista. El "derecho" del que habla lo puedes leer aquí:
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0116.htm

Este "derecho" se mantuvo hasta 1963 (se puede encontrar también en la primera edición del código penal de 1944).

El "derecho" consiste simplemente en que, si mata a su mujer y/o amante si los sorprende en pleno acto, era castigado con pena de destierro (lo mismo para hijas menores de 21 años). De normal, el asesinato se castigaba con la pena de muerte por aquel entonces.
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0111.htm

El famoso "derecho de venganza de sangre" es sólo un descuento en la pena.

En el artículo del abc dan a entender que el estado legitimaba "facultades criminales" y no es así.
Ya el Código Penal de 1870 recogía en su texto la fórmula de la «venganza de la sangre», una facultad criminal concedida a los padres y maridos para matar a sus hijas y esposas, y a los hombres que yacían con ellas

En otro orden de cosas. Las mujeres casadas, debido a que no podían manejar el patrimonio, también estaban exentas de contraer (y pagar) cualquier tipo de deuda. Por eso mismo el marido debía dar el visto bueno, ya que cualquier gasto se cargaba obligatoriamente sobre él.

De todas formas, el matrimonio según el código civil de 1889 (que el franquismo en esto no tuvo nada que ver, ya era así antes) fue una mierda. Era una especie de "sociedad de gananciales" (se llamaba así en el código civil) pero al estilo feudal y, claro, no podía funcionar bien.

Res_cogitans

#25 Lo dices como si fuera menos grave, además de que ignoras interesadamente donde dice que "si les causase lesiones de otra clase, quedará exento de pena". Eso es lo que dice la ley, y luego está su aplicación, a cargo de jueces cuya promoción ideológica de acuerdo a los Principios del Movimiento era clara. ¿Qué es grave y qué es leve? Decisión del juez.

Toda tu argumentación pretende minimizar y naturalizar el dominio casi esclavista que tenía un marido sobre la mujer e hijas. Que proviniera de antes del franquismo no resta gravedad al asunto, sino que confirma la historicidad y permanencia durante siglos de una cultura patriarcal, cosa que, por cierto, comenzó a cambiar durante la segunda república. Franco restauró lo más rancio de esa ideología tradicionalista para la que la mujer era una sirvienta del hombre.

Tuduri

#26 A ver, el titular del abc dice:
Muerte por adulterio en España, un "derecho" del marido hasta 1963

En el código penal de 1870 está bastante claro. No permitía matar a nadie gratis que es lo que el artículo pretende contar. Y eso es lo único que yo quería decir.

Si el artículo dijera: "permitía al marido causar lesiones leves a la pareja o al amante en caso de pillarlos in fraganti" pues vale, pero dice matarlos.

Eso es lo que dice la ley, y luego está su aplicación, a cargo de jueces cuya promoción ideológica de acuerdo a los Principios del Movimiento era clara. ¿Qué es grave y qué es leve? Decisión del juez.
Y supongo que tendrás alguna evidencia que respalde esta afirmación, ¿verdad?

Toda tu argumentación pretende minimizar y naturalizar el dominio casi esclavista que tenía un marido sobre la mujer e hijas. Que proviniera de antes del franquismo no resta gravedad al asunto, sino que confirma la historicidad y permanencia durante siglos de una cultura patriarcal, cosa que, por cierto, comenzó a cambiar durante la segunda república. Franco restauró lo más rancio de esa ideología tradicionalista para la que la mujer era una sirvienta del hombre.
O sea, que ni cuando te doy la razón estás contento.

Res_cogitans

#27 El destierro no es matar gratis, pero casi. Es decir, el marido podía matar a su mujer en flagrante infidelidad a cambio de ser expulsado de su pueblo. Intercambiar el garrote vil por el destierro no es una rebaja de condena, es sancionar en la ley lo que uno tendría que hacer necesariamente para evitar el repudio y represalias de los familiares tras semejante crimen. Sin duda, una gran condena. Por eso el ABC, que de tradicionalismo sabe un rato, se permite publicar un titular de esa índole en lugar de ocultar lo que se daba en la práctica. ¿Que no es estrictamente correcto en términos jurídicos? Cierto.

Respecto a los jueces, lo primero es el estrato social del que surgían. Tenían que ser familias con suficiente dinero como para permitirse pagar una universidad que era elitista y un período de estudio de no menos de 3 años para la oposición. Luego, los jueces eran nombrados por el Ministerio de Justicia, con lo que se reservaba la discrecionalidad, y antes de opositar tenían que presentar un Certificado de Adhesión al Movimiento. Si tenías antecedentes por "desafecto" podías tener problemas y ya podías esperar el favor de algún familiar o amigo para que te "resolviera el asunto". La administración funcionaba así, pregunta a tus abuelos, lee libros de historia...

Tuduri

#45 a cambio de ser expulsado de su pueblo
Me estoy volviendo loco para encontrar el alcance del destierro. Yo pensaba que el destierro era destierro del país. ¿Fuente?

Gracias por tu paciencia

Res_cogitans

#49 Lo más cercano que he encontrado ha sido el Código penal de 1973: de 25 a 250 km, de 6 meses a 6 años. Al parecer mantiene las penas de códigos anteriores.
http://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/home/EX0000012436/20080708/Destierro

Tuduri

#52 Perdona, he leído el código penal en diagonal y se me estaba escapando la duración.
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0018.htm
Es de 6 meses y un día a 6 años.

http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0023.htm
Y aquí (hacia el final de la página) pone que todas las penas correccionales incluirán suspensión de oficio, cargo público y derecho de sufragio.

Que el destierro es una pena correccional lo saco de aquí (al final de la página)
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0016.htm

Y tenías razón en la distancia (al final de la página):
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0040.htm

Pues vaya. He confundido destierro con extrañamiento, que este sí que es expulsión del país. Ya conocía el artículo del abc, busqué el código penal, leí "destierro" y asumí que te echaban del país de manera permanente y te convertías en apátrida (que eso es lo que entiendo yo por destierro ).

Pues entonces tengo que darte la razón. La pena es poca por la vida de una persona (no digamos ya dos).

Un placer. Hoy he aprendido mucho.

D

#25 Pues evidentemente que no podían contraer deudas, ¿Quién iba a prestar un duro a un menor de edad que no puede manejar patrimonio?

Y lo pintas como si fuese una cosa buena. Me pregunto cómo le funciona el cerebro a ciertas personas que son incapaces de empatizar con una situación que que te anula como actor social.

Tuduri

#35 No, no lo he dicho como algo bueno. Simplemente comentaba el motivo.

Ya te he dicho en mi comentario anterior que te daba la razón. En ningún momento te he discutido que el marido tuviera que acompañarla a todo. Sólo lo del derecho de matar gente

En fin, buen debate.

ElCuraMerino

#25 Pero hombre, déjalo, si es que no vamos a aceptar nunca los datos objetivos y ecuánimes aportados por estos campeones de la igualdad y adalides de la racionalidad humana. Somos unos salvajes descerebrados sin remedio.

Tuduri

#19 ¿Me puedes poner un ejemplo específico de libro franquista que comente las cosas que dices? Si está disponible online mejor.

No es que no te crea, pero presumo que el que lo escribió no pensaba algo del estilo "estoy haciendo un libro sobre como maltratar mujeres, mwahahaha, 😈 ". Tú lo has leído y has considerado maltrato los consejos que da, pero es que hoy en día te tiras una ventosidad y es maltrato. No sé qué criterio tienes para decir que algo es maltrato porque desconozco tus ideas (y no me voy a mirar tu histórico de comentarios para hacerme una idea de cómo piensas), así que prefiero mantener un sano escepticismo.

Por ejemplo, tenemos este libro de 1913 "Don'ts for Husbands" con consejos para hombres sobre como tratar a sus esposas (no se puede leer entero, pero puedes leer algunas páginas):
https://books.google.co.uk/books?id=QfdErsoXW4kC&printsec=frontcover&redir_esc=y#v=onepage&q&f=false

Hay otro libro igual con "Don'ts for Wives". Vale que el libro es de UK, que iban más adelantados que España, pero por poner un ejemplo. Evidentemente, en este libro los consejos están orientados a una familia tradicional (él trabaja, ella en casa), pero en ningún momento se aconseja ningún tipo de maltrato.

Res_cogitans

#23 El libro en cuestión es: "Economía doméstica para bachillerato y magisterio", por la Sección Femenina, 1958.

No es que pensaran que la violencia contra la mujer por no someterse fuera maltrato, sino que para esa ideología, como para tantas culturas patriarcales, eso es lo normal, lo natural, el sentido común. La mujer bajo el franquismo tenía que pedir el permiso del marido para casi cualquier cosa. No podía denunciar, ni estudiar ni trabajar sin el permiso del marido. Si iba a una administración pública, debía ir con el marido y este debía dar su visto bueno. Una mujer que no se sometía a la voluntad del marido merecía la reprobación pública, incluso de sus amigas y vecinas. Un marido que la "metiera en cintura" era un marido que actuaba como se esperaba, y era tan normal como lo era castigar a los niños dándoles una buena paliza si se así se estimaba conveniente. Incluso la ley amparaba al marido cuando se consideraba justificado. Por ejemplo, si tenía sospechas de infidelidades, etc. Véase: http://www.abc.es/20100915/internacional/adulteras-espana-201009151646.html

Ahora bien, si se pasaba mucho o su "excesivo celo y disciplina" era considerados injustificados o demasiado frecuentes (por ejemplo, caprichosos o fruto de un carácter especialmente agresivo), entonces se le tenía por un "mal hombre".

Tuduri

#24 El enlace que has puesto del abc es sensacionalista. El "derecho" del que habla lo puedes leer aquí:
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0116.htm

Este "derecho" se mantuvo hasta 1963 (se puede encontrar también en la primera edición del código penal de 1944).

El "derecho" consiste simplemente en que, si mata a su mujer y/o amante si los sorprende en pleno acto, era castigado con pena de destierro (lo mismo para hijas menores de 21 años). De normal, el asesinato se castigaba con la pena de muerte por aquel entonces.
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0111.htm

El famoso "derecho de venganza de sangre" es sólo un descuento en la pena.

En el artículo del abc dan a entender que el estado legitimaba "facultades criminales" y no es así.
Ya el Código Penal de 1870 recogía en su texto la fórmula de la «venganza de la sangre», una facultad criminal concedida a los padres y maridos para matar a sus hijas y esposas, y a los hombres que yacían con ellas

En otro orden de cosas. Las mujeres casadas, debido a que no podían manejar el patrimonio, también estaban exentas de contraer (y pagar) cualquier tipo de deuda. Por eso mismo el marido debía dar el visto bueno, ya que cualquier gasto se cargaba obligatoriamente sobre él.

De todas formas, el matrimonio según el código civil de 1889 (que el franquismo en esto no tuvo nada que ver, ya era así antes) fue una mierda. Era una especie de "sociedad de gananciales" (se llamaba así en el código civil) pero al estilo feudal y, claro, no podía funcionar bien.

Res_cogitans

#25 Lo dices como si fuera menos grave, además de que ignoras interesadamente donde dice que "si les causase lesiones de otra clase, quedará exento de pena". Eso es lo que dice la ley, y luego está su aplicación, a cargo de jueces cuya promoción ideológica de acuerdo a los Principios del Movimiento era clara. ¿Qué es grave y qué es leve? Decisión del juez.

Toda tu argumentación pretende minimizar y naturalizar el dominio casi esclavista que tenía un marido sobre la mujer e hijas. Que proviniera de antes del franquismo no resta gravedad al asunto, sino que confirma la historicidad y permanencia durante siglos de una cultura patriarcal, cosa que, por cierto, comenzó a cambiar durante la segunda república. Franco restauró lo más rancio de esa ideología tradicionalista para la que la mujer era una sirvienta del hombre.

Tuduri

#26 A ver, el titular del abc dice:
Muerte por adulterio en España, un "derecho" del marido hasta 1963

En el código penal de 1870 está bastante claro. No permitía matar a nadie gratis que es lo que el artículo pretende contar. Y eso es lo único que yo quería decir.

Si el artículo dijera: "permitía al marido causar lesiones leves a la pareja o al amante en caso de pillarlos in fraganti" pues vale, pero dice matarlos.

Eso es lo que dice la ley, y luego está su aplicación, a cargo de jueces cuya promoción ideológica de acuerdo a los Principios del Movimiento era clara. ¿Qué es grave y qué es leve? Decisión del juez.
Y supongo que tendrás alguna evidencia que respalde esta afirmación, ¿verdad?

Toda tu argumentación pretende minimizar y naturalizar el dominio casi esclavista que tenía un marido sobre la mujer e hijas. Que proviniera de antes del franquismo no resta gravedad al asunto, sino que confirma la historicidad y permanencia durante siglos de una cultura patriarcal, cosa que, por cierto, comenzó a cambiar durante la segunda república. Franco restauró lo más rancio de esa ideología tradicionalista para la que la mujer era una sirvienta del hombre.
O sea, que ni cuando te doy la razón estás contento.

Res_cogitans

#27 El destierro no es matar gratis, pero casi. Es decir, el marido podía matar a su mujer en flagrante infidelidad a cambio de ser expulsado de su pueblo. Intercambiar el garrote vil por el destierro no es una rebaja de condena, es sancionar en la ley lo que uno tendría que hacer necesariamente para evitar el repudio y represalias de los familiares tras semejante crimen. Sin duda, una gran condena. Por eso el ABC, que de tradicionalismo sabe un rato, se permite publicar un titular de esa índole en lugar de ocultar lo que se daba en la práctica. ¿Que no es estrictamente correcto en términos jurídicos? Cierto.

Respecto a los jueces, lo primero es el estrato social del que surgían. Tenían que ser familias con suficiente dinero como para permitirse pagar una universidad que era elitista y un período de estudio de no menos de 3 años para la oposición. Luego, los jueces eran nombrados por el Ministerio de Justicia, con lo que se reservaba la discrecionalidad, y antes de opositar tenían que presentar un Certificado de Adhesión al Movimiento. Si tenías antecedentes por "desafecto" podías tener problemas y ya podías esperar el favor de algún familiar o amigo para que te "resolviera el asunto". La administración funcionaba así, pregunta a tus abuelos, lee libros de historia...

Tuduri

#45 a cambio de ser expulsado de su pueblo
Me estoy volviendo loco para encontrar el alcance del destierro. Yo pensaba que el destierro era destierro del país. ¿Fuente?

Gracias por tu paciencia

D

#25 Pues evidentemente que no podían contraer deudas, ¿Quién iba a prestar un duro a un menor de edad que no puede manejar patrimonio?

Y lo pintas como si fuese una cosa buena. Me pregunto cómo le funciona el cerebro a ciertas personas que son incapaces de empatizar con una situación que que te anula como actor social.

Tuduri

#35 No, no lo he dicho como algo bueno. Simplemente comentaba el motivo.

Ya te he dicho en mi comentario anterior que te daba la razón. En ningún momento te he discutido que el marido tuviera que acompañarla a todo. Sólo lo del derecho de matar gente

En fin, buen debate.

ElCuraMerino

#25 Pero hombre, déjalo, si es que no vamos a aceptar nunca los datos objetivos y ecuánimes aportados por estos campeones de la igualdad y adalides de la racionalidad humana. Somos unos salvajes descerebrados sin remedio.

Tuduri

#20 De acuerdo en que sigue teniendo valor informativo. A fin de cuentas la macroencuesta es muy buena y muy completa. Por eso me he limitado a comentar el error y no a votar negativo la noticia.

Y en ningún momento te he criticado a tí, que no tienes por qué saber estas cosas Ya sabía que era el periódico francés el que quiere pasar esta información por reciente para conseguir un titular.

Tuduri

#16 El único dato que has dado es este:
Por ejemplo, en El Caso se registran 117 casos en 30 años.

No tengo claro si estás hablando de víctimas mortales por violencia de género o de víctimas en general (agresiones y demás). Esto son unos 4 casos al año.

Si es lo primero, vamos a razón de 60 mujeres asesinadas al año. Si es lo segundo, vamos a razón de 120000 denuncias al año. Sin más contexto necesito algo más para hacerme una idea de lo que estoy leyendo. Por ejemplo, (me lo invento) esos 117 casos corresponden sólo a una zona concreta, o de un grupo de mujeres determinado o algo así. O me cuentas más ejemplos.

No necesito que los datos sean contrastables al milímetro. No estoy interesado en sacar que en el franquismo había 1,623 veces más violencia de género, se supone que vale con una idea gruesa (mientras esa idea esté fundamentada en algo).

Tuduri

#8 O sea, que realmente no sabemos cuanta violencia de género hubo durante el franquismo, porque no hay datos por las razones que mencionas. Con lo cual tampoco podemos saber si había más o menos. Simplemente, tu ideología te hace presumir que había más... porque machismo.

porque pegarle a tu mujer no era un delito
No habría delito específico de violencia de género (y la violencia de género estaba considerada como problema social), pero agredir a otra persona es delito. Otra cosa es que no denunciaran o lo que sea, pero es un delito.

D

#12 ¿Ves como habeis venido a de tu libro? Claro que hay datos. Pero os den lo que os den, no los vais a aceptar porque quereis datos oficiales (que no existen) y contrastables con igualdad de criterios. Y es que eso no suele existir fuera de padrones.

No es que no haya datos, es que sabemos que había más por estudios indirectos, que evidentemente a ti no te van a valer.

Tuduri

#16 El único dato que has dado es este:
Por ejemplo, en El Caso se registran 117 casos en 30 años.

No tengo claro si estás hablando de víctimas mortales por violencia de género o de víctimas en general (agresiones y demás). Esto son unos 4 casos al año.

Si es lo primero, vamos a razón de 60 mujeres asesinadas al año. Si es lo segundo, vamos a razón de 120000 denuncias al año. Sin más contexto necesito algo más para hacerme una idea de lo que estoy leyendo. Por ejemplo, (me lo invento) esos 117 casos corresponden sólo a una zona concreta, o de un grupo de mujeres determinado o algo así. O me cuentas más ejemplos.

No necesito que los datos sean contrastables al milímetro. No estoy interesado en sacar que en el franquismo había 1,623 veces más violencia de género, se supone que vale con una idea gruesa (mientras esa idea esté fundamentada en algo).

ElCuraMerino

#16 ¿Pero entonces hay datos o no hay datos? ¿En qué quedamos?

D

#42 #48 Os contesto a vosotros que ya os conozco y pese a la divergencia de opiniones que podamos tener, el debate vuestro es más serio.

Al decir que "mi teoría" es la buena, no me refería a que fuese mi teoría. Sino a que todos los estudios medianamente especializados y serios dan ese resultado. Los estudios más controvertidos que hay suelen señalar mucho más una sobrerrepresentación actual, que otra cosa. Que el pasado era mucho más machista y represivo para la mujer no suele tener discusión. Se que ha sonado totalmente a "mi teoría" y una falacia de autoridad como un castillo, pero la verdad es que me desencanté bastante de la discusión.

Respecto a lo que pide #42 de los datos: si, si que hay datos. Pero son datos obtenidos de estudios indirectos: ni son encuestas, ni recopilaciones de juicios o denuncias. Se basan en estudios de prensa y trabajo oral porque son las únicas fuentes con las que se cuenta. El estudio que he puesto en uno de los comentarios anteriores que utiliza 117 casos en tres años diferentes (54, 64 y 74 creo) a lo largo de 30 años de la revista de sucesos "El Caso" es solo un ejemplo.

Por último, yo no soy un experto en el tema. Tan sólo he leído algunos informes que he tenido que usar en la carrera para un trabajo de género que tuve que hacer.

Res_cogitans

#12 Para el régimen nacionalcatólico de Franco, el maltrato a la mujer era considerado, salvo casos extremos, como la disciplina que ha de ejercer el varón en el hogar para la buena marcha de la familia. No lo digo yo, puedes leer los libros franquistas que decían a las mujeres cómo debían someterse al marido y cómo debían aceptar sus "correctivos" si no se comportaban como "buenas esposas".

Tuduri

#19 ¿Me puedes poner un ejemplo específico de libro franquista que comente las cosas que dices? Si está disponible online mejor.

No es que no te crea, pero presumo que el que lo escribió no pensaba algo del estilo "estoy haciendo un libro sobre como maltratar mujeres, mwahahaha, 😈 ". Tú lo has leído y has considerado maltrato los consejos que da, pero es que hoy en día te tiras una ventosidad y es maltrato. No sé qué criterio tienes para decir que algo es maltrato porque desconozco tus ideas (y no me voy a mirar tu histórico de comentarios para hacerme una idea de cómo piensas), así que prefiero mantener un sano escepticismo.

Por ejemplo, tenemos este libro de 1913 "Don'ts for Husbands" con consejos para hombres sobre como tratar a sus esposas (no se puede leer entero, pero puedes leer algunas páginas):
https://books.google.co.uk/books?id=QfdErsoXW4kC&printsec=frontcover&redir_esc=y#v=onepage&q&f=false

Hay otro libro igual con "Don'ts for Wives". Vale que el libro es de UK, que iban más adelantados que España, pero por poner un ejemplo. Evidentemente, en este libro los consejos están orientados a una familia tradicional (él trabaja, ella en casa), pero en ningún momento se aconseja ningún tipo de maltrato.

Res_cogitans

#23 El libro en cuestión es: "Economía doméstica para bachillerato y magisterio", por la Sección Femenina, 1958.

No es que pensaran que la violencia contra la mujer por no someterse fuera maltrato, sino que para esa ideología, como para tantas culturas patriarcales, eso es lo normal, lo natural, el sentido común. La mujer bajo el franquismo tenía que pedir el permiso del marido para casi cualquier cosa. No podía denunciar, ni estudiar ni trabajar sin el permiso del marido. Si iba a una administración pública, debía ir con el marido y este debía dar su visto bueno. Una mujer que no se sometía a la voluntad del marido merecía la reprobación pública, incluso de sus amigas y vecinas. Un marido que la "metiera en cintura" era un marido que actuaba como se esperaba, y era tan normal como lo era castigar a los niños dándoles una buena paliza si se así se estimaba conveniente. Incluso la ley amparaba al marido cuando se consideraba justificado. Por ejemplo, si tenía sospechas de infidelidades, etc. Véase: http://www.abc.es/20100915/internacional/adulteras-espana-201009151646.html

Ahora bien, si se pasaba mucho o su "excesivo celo y disciplina" era considerados injustificados o demasiado frecuentes (por ejemplo, caprichosos o fruto de un carácter especialmente agresivo), entonces se le tenía por un "mal hombre".

Tuduri

#24 El enlace que has puesto del abc es sensacionalista. El "derecho" del que habla lo puedes leer aquí:
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0116.htm

Este "derecho" se mantuvo hasta 1963 (se puede encontrar también en la primera edición del código penal de 1944).

El "derecho" consiste simplemente en que, si mata a su mujer y/o amante si los sorprende en pleno acto, era castigado con pena de destierro (lo mismo para hijas menores de 21 años). De normal, el asesinato se castigaba con la pena de muerte por aquel entonces.
http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/codigo_penal/ima0111.htm

El famoso "derecho de venganza de sangre" es sólo un descuento en la pena.

En el artículo del abc dan a entender que el estado legitimaba "facultades criminales" y no es así.
Ya el Código Penal de 1870 recogía en su texto la fórmula de la «venganza de la sangre», una facultad criminal concedida a los padres y maridos para matar a sus hijas y esposas, y a los hombres que yacían con ellas

En otro orden de cosas. Las mujeres casadas, debido a que no podían manejar el patrimonio, también estaban exentas de contraer (y pagar) cualquier tipo de deuda. Por eso mismo el marido debía dar el visto bueno, ya que cualquier gasto se cargaba obligatoriamente sobre él.

De todas formas, el matrimonio según el código civil de 1889 (que el franquismo en esto no tuvo nada que ver, ya era así antes) fue una mierda. Era una especie de "sociedad de gananciales" (se llamaba así en el código civil) pero al estilo feudal y, claro, no podía funcionar bien.

Res_cogitans

#25 Lo dices como si fuera menos grave, además de que ignoras interesadamente donde dice que "si les causase lesiones de otra clase, quedará exento de pena". Eso es lo que dice la ley, y luego está su aplicación, a cargo de jueces cuya promoción ideológica de acuerdo a los Principios del Movimiento era clara. ¿Qué es grave y qué es leve? Decisión del juez.

Toda tu argumentación pretende minimizar y naturalizar el dominio casi esclavista que tenía un marido sobre la mujer e hijas. Que proviniera de antes del franquismo no resta gravedad al asunto, sino que confirma la historicidad y permanencia durante siglos de una cultura patriarcal, cosa que, por cierto, comenzó a cambiar durante la segunda república. Franco restauró lo más rancio de esa ideología tradicionalista para la que la mujer era una sirvienta del hombre.

Tuduri

#26 A ver, el titular del abc dice:
Muerte por adulterio en España, un "derecho" del marido hasta 1963

En el código penal de 1870 está bastante claro. No permitía matar a nadie gratis que es lo que el artículo pretende contar. Y eso es lo único que yo quería decir.

Si el artículo dijera: "permitía al marido causar lesiones leves a la pareja o al amante en caso de pillarlos in fraganti" pues vale, pero dice matarlos.

Eso es lo que dice la ley, y luego está su aplicación, a cargo de jueces cuya promoción ideológica de acuerdo a los Principios del Movimiento era clara. ¿Qué es grave y qué es leve? Decisión del juez.
Y supongo que tendrás alguna evidencia que respalde esta afirmación, ¿verdad?

Toda tu argumentación pretende minimizar y naturalizar el dominio casi esclavista que tenía un marido sobre la mujer e hijas. Que proviniera de antes del franquismo no resta gravedad al asunto, sino que confirma la historicidad y permanencia durante siglos de una cultura patriarcal, cosa que, por cierto, comenzó a cambiar durante la segunda república. Franco restauró lo más rancio de esa ideología tradicionalista para la que la mujer era una sirvienta del hombre.
O sea, que ni cuando te doy la razón estás contento.

D

#25 Pues evidentemente que no podían contraer deudas, ¿Quién iba a prestar un duro a un menor de edad que no puede manejar patrimonio?

Y lo pintas como si fuese una cosa buena. Me pregunto cómo le funciona el cerebro a ciertas personas que son incapaces de empatizar con una situación que que te anula como actor social.

Tuduri

#35 No, no lo he dicho como algo bueno. Simplemente comentaba el motivo.

Ya te he dicho en mi comentario anterior que te daba la razón. En ningún momento te he discutido que el marido tuviera que acompañarla a todo. Sólo lo del derecho de matar gente

En fin, buen debate.

ElCuraMerino

#25 Pero hombre, déjalo, si es que no vamos a aceptar nunca los datos objetivos y ecuánimes aportados por estos campeones de la igualdad y adalides de la racionalidad humana. Somos unos salvajes descerebrados sin remedio.

D

#12 No tenemos datos para cuantificarlo, pero habla con tu abuela y con sus amigas y les preguntas sobre este tema.

Si, había violencia de género. Y mucha. Y encima a las mujeres se les decía que tenían que aguantar y no provocar a su marido, que trabajaba mucho y llegaba cansado.

R

#50 Mis dos difuntas abuelas estaban encantadas con sus respectivos maridos, y era la tónica general entre sus hermanas y todo su círculo de amigas. De hecho parecían mucho más felices en ese aspecto que la generación de mi madre y más aún que mi círculo de amistades actual.

Claro, que es solo mi experiencia, por eso prefiero datos un poco más amplios.

D

#50 Mi abuelo fue maltratado por mi abuela toda su vida. De hecho también maltrató a sus hijos y nietos.

¿Fue el machismo? ¿O quizás el espíritu santo? ¿Es menos importante que el maltrato ejercido por un hombre?

Todo maltrato es importante. Ya está bien de dividir a las víctimas como si unas fueran mejores que otras.

Tuduri

Este titular es mentira. Está usando la macroencuesta de la FRA, tal y como dice. Pero la encuesta fue realizada en 2012, no en 2015.

O eso, o los datos de la violencia son exactamente los mismos en 2012 y en 2015 (que la FRA no ha hecho otra macroencuesta, hasta donde yo sé).

http://fra.europa.eu/en/publications-and-resources/data-and-maps/survey-data-explorer-violence-against-women-survey

En el enlace sale directamente la violencia física y/o sexual por cualquier persona. Se puede comparar con la parte izquierda del gráfico de barras que se ve en el enlace y son los mismos datos.

VV_ECO

#3 tienes razón, sólo me he hecho eco de la noticia en libération. SiBBEBBE todopoderoso tiene a bien corregir el titular se lo agradeceré 2015 -> 2012.

En cualquier caso son años muy cercanos entre sí, así que entiendo que la información e infografías no pierden valor informativo.

BBE

#20 Editado el titular.

Tuduri

#20 De acuerdo en que sigue teniendo valor informativo. A fin de cuentas la macroencuesta es muy buena y muy completa. Por eso me he limitado a comentar el error y no a votar negativo la noticia.

Y en ningún momento te he criticado a tí, que no tienes por qué saber estas cosas Ya sabía que era el periódico francés el que quiere pasar esta información por reciente para conseguir un titular.

ElCuraMerino

#3 Pues el caso es que te vas a la encuesta de 2014 y España y Polonia siguen con las cifras más bajas de todas:

http://fra.europa.eu/sites/default/files/fra-2014-vaw-survey-main-results-apr14_en.pdf

Tuduri

#154 Gracias por tu consideración con lo del móvil. Se agradece.

El problema es cuando los criterios de esos uniformes son puramente estéticos y van contra la salud de las personas.
http://blog-ellaboralista.blogspot.com.es/2015/10/el-derecho-la-imagen-versus-libertad-de.html

Para tu tranquilidad te comento que el TSJ de Madrid falló en marzo del año pasado que la imposición de zapatos de tacón es ilegal. Las mujeres deben tener una alternativa de zapato plano compatible con su uniforme. En concreto, destaco esto de la sentencia que sé que te gustará:
el uso de tacones altos es innecesario y no solo no aporta ningún beneficio ni ventaja, sino por el contrario puede perjudicar la salud de las trabajadoras

V.V.V.

#183 Gracias por la información.

Pues sí, es una excelente noticia.

Tuduri

#141 Disculpa que no cité las partes pertinentes de tú comentario. Estoy en el móvil.

La ropa es una forma de expresión pero no está amparada en el derecho de la libertad de expresión de ideas , por mucho que te empeñes.

Yo no tengo ningún conflicto con el hecho de que existían uniformes. Las empresas contratarán a quien les de la gana.

Estaría en contra de que a los transexuales no se les permita llevar la ropa del otro sexo. Y si leyeras bien mi comentario te darías cuenta de que tampoco me parece bien prohibir el bikini por las buenas y ya he dicho lo que se debería hacer.

Lo del TC. El TC usa en esa resolución el derecho de la libertad religiosa para, como tú indicas, dejar que una persona imponga su doctrina a otra. Esto lo he incluido para apoyar mi opinión de que la libertad religiosa debería de dejar de ser un derecho fundamental.

V.V.V.

#150 La libertad de expresión, no habla solo de ideas. La libertad de ideas está incluida dentro de la libertad de pensamiento. La vestimenta es una forma de expresión ya que te identifica con una etnia, grupo, etc. El ejemplo de las transexuales lo explica, pero también cualquier otra etnia que se caracterice por el uso de una prenda.

El problema no son los uniformes (pueden ser útiles para reconocer el personal y sus funciones). El problema es cuando los criterios de esos uniformes son puramente estéticos y van contra la salud de las personas. Las empresas tienen (bueno más bien deberían tener) que respetar una serie de aspectos como son la integridad y la salud de sus trabajadores. Una empresa que impone zapatos de tacón atenta contra la salud de las empleadas, además de objetualizarlas.

Claro que estoy a favor de que a la gente no se le imponga nada, pero son las propias víctimas las que tienen que denunciar la situación. Los demás solo podemos apoyarlas y darles las herramientas necesarias. No podemos participar como denunciantes porque estaríamos imponiendo nuestro criterio a las dos personas: víctima y victimario. Lo mismo sucede con los malos tratos. Solo la víctima decide qué son los malos tratos y cuando denunciar.

Gracias por tu opinión, siento que estés comentando en el móvil, porque se hace más complicado. Solo un último apunte. La libertad religiosa me parece fundamental, ahora nunca justificaría que una persona impusiera su credo a otra. Lo del TC chirría. Ahora bien, la gran diferencia es que su decisión crea jurisprudencia que puede afectarnos a todos, y el burkini por imposición no ha sido avalado como obligatorio por un tribunal, y por tanto es un caso individual.

Siento que tengas que escribir desde un móvil. Gracias por el esfuerzo de la contestación de todos modos.

Tuduri

#154 Gracias por tu consideración con lo del móvil. Se agradece.

El problema es cuando los criterios de esos uniformes son puramente estéticos y van contra la salud de las personas.
http://blog-ellaboralista.blogspot.com.es/2015/10/el-derecho-la-imagen-versus-libertad-de.html

Para tu tranquilidad te comento que el TSJ de Madrid falló en marzo del año pasado que la imposición de zapatos de tacón es ilegal. Las mujeres deben tener una alternativa de zapato plano compatible con su uniforme. En concreto, destaco esto de la sentencia que sé que te gustará:
el uso de tacones altos es innecesario y no solo no aporta ningún beneficio ni ventaja, sino por el contrario puede perjudicar la salud de las trabajadoras

V.V.V.

#183 Gracias por la información.

Pues sí, es una excelente noticia.