M

#20 si, otras palabras estrella han sido bes, ababol o bastetano. Las cuales existen. Pero no las usará nadie desde la edad media

M

A alguno por aquí le estará explotando la cabeza

M

#18 si un agente dispara al omóplato ya va a ir imputado (y condenado) por lesiones y si muere pues por homicidio. Si el disparo entra por la espalda quiere decir que el peligro inmediato ya no existe porque el individuo está huyendo y no encajaría en la eximente de legítima defensa (que es la forma legal de librarte por disparar a alguien)

M

#33 siguiendo esa regla de tres como hay algún nazi en España todo el país es nazi y no hay más que hablar lol

M

#31 las multas de aparcamiento son sanciones administrativas, llevarte cremas de un supermercado sería un delito leve de hurto. A lo que se refiere #19 son lo que ahora se llama delitos leves solo que antes de la reforma del código penal en el 2015 se llamaban faltas. Las sanciones administrativas no pueden acarrear privación de libertad, los delitos leves si, no de prisión pero si de localización permanente. Un saludo

M

#29 ) En los casos de resistencia o negativa infundada a identificarse o a realizar voluntariamente las
comprobaciones o prácticas de identificación, se estará a lo dispuesto en el Código Penal y en la Ley de
Enjuiciamiento Criminal."
En el caso de autos, la actuación de los agentes fue legítima al encontrarse el acusado Jose Carlos parando la
circulación y repartiendo octavillas entre los conductores de los autobuses y la detención se produjo después
de ser reiteradamente requerido para que se identificara y mostrara su documentación personal para extender
el correspondiente boletín de denuncia, por lo que tras ser apercibido de las consecuencias legales de su
negativa a identificarse se procedió a su detención ante la posible comisión de un delito de desobediencia

sentencia SENTENCIA Nº503/2019 de la audiencia provincial de Madrid ratificada por recurso el Tribunal Supremo.
Es cierto que la negativa a identificarse solo se describe en la ley 4/2015 de la ley de seguridad ciudadana. Pero las sentencias del Tribunal Supremo se convierten en fuente secundaria del derecho afinando temas como este. Desde hace ya muchos años hay jurisprudencia en el tema. Y aunque la opinión de este señor es respetable, lo que yo estoy diciendo es lo que es legal o no, y una detención por negativa a identificarte reiteradamente es un delito.

baraja

#32 ya, pero no

M

#14 negarse a identificarte reiteradamente es un delito de desobediencia grave, más concretamente por jurisprudencia del TS serían 4 veces la reiteración negativa a no identificarse, también es una sanción administrativa a través de la ley de seguridad ciudadana (una infracción grave) la diferencia entre ambas es que una sería de manera grave y la otra leve. Esta sanción administrativa se creó en el año 2015 cuando se modificó el código penal y se sacó de él la antigua falta por desobediencia leve

baraja

#23 9. La negativa a identificarse está regulada como infracción administrativa y no como delito. A pesar de esa interpretación extensiva de Interior, el citado artículo 16-5 de la ley no dice literalmente que sea delito de desobediencia grave la no identificación en estos supuestos. https://t.co/3GngZYnShr

Joaquim Bosch, magistrado que tiene poco de facha.

M

#29 ) En los casos de resistencia o negativa infundada a identificarse o a realizar voluntariamente las
comprobaciones o prácticas de identificación, se estará a lo dispuesto en el Código Penal y en la Ley de
Enjuiciamiento Criminal."
En el caso de autos, la actuación de los agentes fue legítima al encontrarse el acusado Jose Carlos parando la
circulación y repartiendo octavillas entre los conductores de los autobuses y la detención se produjo después
de ser reiteradamente requerido para que se identificara y mostrara su documentación personal para extender
el correspondiente boletín de denuncia, por lo que tras ser apercibido de las consecuencias legales de su
negativa a identificarse se procedió a su detención ante la posible comisión de un delito de desobediencia

sentencia SENTENCIA Nº503/2019 de la audiencia provincial de Madrid ratificada por recurso el Tribunal Supremo.
Es cierto que la negativa a identificarse solo se describe en la ley 4/2015 de la ley de seguridad ciudadana. Pero las sentencias del Tribunal Supremo se convierten en fuente secundaria del derecho afinando temas como este. Desde hace ya muchos años hay jurisprudencia en el tema. Y aunque la opinión de este señor es respetable, lo que yo estoy diciendo es lo que es legal o no, y una detención por negativa a identificarte reiteradamente es un delito.

baraja

#32 ya, pero no

M

#16 en realidad en este caso la omisión sería una comisión por omisión u omisión impropia, este tipo de omisión es un delito de resultado, es decir, si lo atropellas y se queda agonizando y con tu acción de llevarlo al hospital lo hubieses salvado pero no lo haces el delito se consuma, al morir al instante quiere decir que no podrías haber hecho nada para salvarlo y el tipo penal no se ajusta. Deberían cambiar la ley para que este tipo penal no fuese un delito de resultado y poder meter mano a los indeseables que se largan.

Jumper

#19 ¿Eso de largarse no tiene que ver con el derecho a no declararse culpable? Es decir (sin conocer los detalles del caso) si el conductor se baja del coche y comprueba que la víctima ha fallecido por lo que es absurdo socorrerla ¿para que se va a quedar allí y autoinculparse de homicidio esperando a que lleguen las autoridades? vale, he leido la noticia y por lo visto no para. No dije nada...

Jumper

#94 la he leido del todo y resulta que al final de la noticia dice que ha alegado ante el TS que pensó que atropelló a un animal:
el recurrente sostiene que «no tuvo conocimiento de que había impactado contra una persona sino contra un animal y, a pesar del fuerte impacto, consideró continuar la marcha para evitar un mal mayor».

Z

#100 Yo le pego a un animal y paro. No por el bicho, sino por ver si hay daños en el vehículo que puedan ponerme en riesgo. No se sostiene.

Jumper

#113 Iba ebrio, si se sostiene

Z

#115 No, porque estar borracho no debería ser eximiente de nada. Si acaso agravante. Si cometes un delito estando bajo el efecto de sustancias que alteran el estado mental debería ser el doble de pena, el doble de culpable.

Jumper

#117 Si tu intención es cometer el delito desde luego que es un agravante, pues te has emborrachado para desinhibirte y/o hacer pasarte por enajenado (sería asesinatopuesto que emborracharte formaba parte del plan para matar). Pero en ese caso concreto no se ha probado que el conductor cogiese el coche con intención de matar a nadie. El código penal no castiga peligros abstractos (conducir borracho) si no actos y circunstancias concretas. Para lo primero la ya están las multas y demás sanciones administrativas y civiles. En este caso se ha probado que no se emborrachó ni cogió el coche con la intención de matar a nadie, por lo que se le castiga con homicidio imprudente por conducir bajo los efectos del alcohol y en este sentido se libra de la condena por omisión del deber de socorro porque en su ebriedad creyó que atropelló a un animal algo que de por si es verosimil sin necesidad de estar borracho dependiendo de las circunstancias. El tipo no se libra de pagar la indemnización correspondiente a la familia de la víctima.

i

#115 Se sostendría en pie malamente.

J

#113 Yo también, aunque me temo que eso queda dentro de algo como el "plausible deniability" américano.

En frio yo pensaría que es razonable hacer eso mismo, pero en el momento y asumiendo que genuinamente pensaste que que era un animal, podrías no tener claro como actuar y seguir... en todo caso lo importante no es si eso fue lo que alegó sino si el tribunal lo aceptó de alguna forma.

Y lo mejor según el punto en el que te encuentres o lo cortito que seas, piensas que es mejor seguir.

M

#77 poner "agrabante" si que debería ser un delito lol

c

#81 Touche, las b y las v no son lo mio.

M

#74 la jurisprudencia lo que dice es que tiene que cumplir 3 requisitos, necesidad personal (que el delincuente este allí), necesidad temporal (que el delito se este cometiendo o que se haya cometido poco antes) y necesidad urgente de intervención. Esta última es la que no se cumple, no estaba muy alejada la jurisprudencia de lo que ha ocurrido...

c

#76 O esta o no esta, no me jodas lol lol

M

#67 a mi ni me parece normal ni no me parece normal. Solo estoy exponiendo en los fundamentos jurídicos en los que se han basado (los policías) y que yo creo erróneos. También decir que el contexto de esta intervención fue en mitad de la pandemia cuando estábamos encerrados, no es que tu vecino ponga la música alta. Solo digo que en esto los policías sólo están sacando disgustos y la gente solo quiere sangre simplemente por los sesgos que tiene contra la policía.

M

a ver, hijo mio, si existe la desobediencia, solo que el bien jurídico protegido es menor al bien jurídico dañado, por esto no funciona la eximente de estado de necesidad. Si no existiese la desobediencia les imputarian también detención ilegal, pues la mayoría que había dentro del piso fueron detenidos, pero solo les imputan el allanamiento, es decir, si existía desobediencia pero no era "proporcional" la entrada, al entender que el flagrante delito que se estaba cometiendo dañaba un bien jurídico mayor al otro.

C

#71 No se estaba cometiendo ningún flagrante delito.
La jurisprudencia ha dejado muy claro lo que es un delito flagrante, estando los hechos muy lejos.

M

#74 la jurisprudencia lo que dice es que tiene que cumplir 3 requisitos, necesidad personal (que el delincuente este allí), necesidad temporal (que el delito se este cometiendo o que se haya cometido poco antes) y necesidad urgente de intervención. Esta última es la que no se cumple, no estaba muy alejada la jurisprudencia de lo que ha ocurrido...

c

#76 O esta o no esta, no me jodas lol lol

M

#64 yo en ningún momento he justificado nada, solo he dicho en lo que se basan jurídicamente los policías para entrar en la casa y si hubieses leído lo que he puesto habrias visto que digo que no cumple los requisitos con la eximente de estado de necesidad que es lo que van a pedir los policías para librarse. Pero claro tú visión sesgada y fanática solo te hace ver bandos. Y todo lo que sea algo en contra de linchamiento popular es caca. Menos mal que hace tiempo que aprendí a pensar y no dejarme llevar por pensamientos simplistas. Un saludo

vomisa

#65 o sea que la.han jodido y no hay desobediencia. Pues eso. Que se te ve el plumero.

M

#58 solo estoy dando argumentos jurídicos en lo que se están basando los hechos.
Si tu en tu infinita imbecilidad te crees que lo que digo es cuestión de "bandos" mal vamos.
Porque por tu argumento saco que ni has leído lo que he puesto. Pero vamos, que venga un fanático como tú con prejuicios y con sesgos ideológicos el cual no razona y solo ve "bandos", es la hora de decir "señora suelte me el brazo"

vomisa

#62 di lo que te salga de los huevos.
Tú has elegido tu bando, el de dejar que la policía haga lo que le salga de los huevos y lo justificas.
Pues muy bien. Tus argumentos jurídicos igual convencen el juez, inténtalo, oye. Pero deseo fervientemente que pierdas, la verdad.

M

#64 yo en ningún momento he justificado nada, solo he dicho en lo que se basan jurídicamente los policías para entrar en la casa y si hubieses leído lo que he puesto habrias visto que digo que no cumple los requisitos con la eximente de estado de necesidad que es lo que van a pedir los policías para librarse. Pero claro tú visión sesgada y fanática solo te hace ver bandos. Y todo lo que sea algo en contra de linchamiento popular es caca. Menos mal que hace tiempo que aprendí a pensar y no dejarme llevar por pensamientos simplistas. Un saludo

vomisa

#65 o sea que la.han jodido y no hay desobediencia. Pues eso. Que se te ve el plumero.

c

#62 le dijo el cazo a la sarten...

M

#56 no se puede entregar tu DNI para que te impongan una sanción? Son mancos o que? He respondido sobre lo que es una desobediencia grave en #54 pero no hay que ser tan simplista y menos aún ir con esa condescendencia de "este argumento es una mierda" cuando ni siquiera sabes de lo que hablas. Pero vamos, dos de los colectivos más odiados en meneame, policías y pijos que se creen por encima de la ley, algunos os ciega la ideología sin tener la mínima decencia en defender tus argumentos sin faltar al respeto, por favor un poquito de asertividad....

vomisa

#57 me suda el rabo lo quiero ensigas. Se nota de parte de quién estás, evidentemente.

Un policia no puede pedirte que abras la puerta de tu casa porque le salga de los huevos. Por tanto no hay ninguna desobediencia que valga. Si no no harían falta órdenes de detención ni de registro. "Oiga señor malo, abrame para que le identifique, que tiene laidoca alta".
A partir de ahí el argumento es una mierda.

Que hubieran ido al juez de guardia, es sencillito. Pero como en este país a la policía se le permite todo, pues a tragar.

Me encanta que los empuren y a ver si los echan.

M

#58 solo estoy dando argumentos jurídicos en lo que se están basando los hechos.
Si tu en tu infinita imbecilidad te crees que lo que digo es cuestión de "bandos" mal vamos.
Porque por tu argumento saco que ni has leído lo que he puesto. Pero vamos, que venga un fanático como tú con prejuicios y con sesgos ideológicos el cual no razona y solo ve "bandos", es la hora de decir "señora suelte me el brazo"

vomisa

#62 di lo que te salga de los huevos.
Tú has elegido tu bando, el de dejar que la policía haga lo que le salga de los huevos y lo justificas.
Pues muy bien. Tus argumentos jurídicos igual convencen el juez, inténtalo, oye. Pero deseo fervientemente que pierdas, la verdad.

M

#64 yo en ningún momento he justificado nada, solo he dicho en lo que se basan jurídicamente los policías para entrar en la casa y si hubieses leído lo que he puesto habrias visto que digo que no cumple los requisitos con la eximente de estado de necesidad que es lo que van a pedir los policías para librarse. Pero claro tú visión sesgada y fanática solo te hace ver bandos. Y todo lo que sea algo en contra de linchamiento popular es caca. Menos mal que hace tiempo que aprendí a pensar y no dejarme llevar por pensamientos simplistas. Un saludo

vomisa

#65 o sea que la.han jodido y no hay desobediencia. Pues eso. Que se te ve el plumero.

c

#62 le dijo el cazo a la sarten...

M

#48 a ver, la desobediencia no es el "para la fiesta ya" la desobediencia se basa en tener que imponerles una sanción administrativa por realizar dicha fiesta y para ello tener que identificar a los asistentes. Al no querer identificarse se comete el delito de desobediencia grave pues estás obligado a identificarte cuando un agente lo pide para imponerte la sanción administrativa. En eso se basa todo esto, si hubiesen abierto la puerta se les habría sancionado y no hubiesen sido detenidos, es más, cuando abrieron la puerta no fueron automáticamente detenidos todos los asistentes pues hubo varios que se identificaron, los que no quisieron identificarse fueron los detenidos, que creo recordar que fueron 9.
Lo claro es que media causa por delito lo que pasa es que el bien jurídico protegido que sería el delito contra la administración pública (la desobediencia) no es igual o inferior al de allanamiento (básicamente porque es un derecho fundamental)

M

#56 no se puede entregar tu DNI para que te impongan una sanción? Son mancos o que? He respondido sobre lo que es una desobediencia grave en #54 pero no hay que ser tan simplista y menos aún ir con esa condescendencia de "este argumento es una mierda" cuando ni siquiera sabes de lo que hablas. Pero vamos, dos de los colectivos más odiados en meneame, policías y pijos que se creen por encima de la ley, algunos os ciega la ideología sin tener la mínima decencia en defender tus argumentos sin faltar al respeto, por favor un poquito de asertividad....

vomisa

#57 me suda el rabo lo quiero ensigas. Se nota de parte de quién estás, evidentemente.

Un policia no puede pedirte que abras la puerta de tu casa porque le salga de los huevos. Por tanto no hay ninguna desobediencia que valga. Si no no harían falta órdenes de detención ni de registro. "Oiga señor malo, abrame para que le identifique, que tiene laidoca alta".
A partir de ahí el argumento es una mierda.

Que hubieran ido al juez de guardia, es sencillito. Pero como en este país a la policía se le permite todo, pues a tragar.

Me encanta que los empuren y a ver si los echan.

M

#58 solo estoy dando argumentos jurídicos en lo que se están basando los hechos.
Si tu en tu infinita imbecilidad te crees que lo que digo es cuestión de "bandos" mal vamos.
Porque por tu argumento saco que ni has leído lo que he puesto. Pero vamos, que venga un fanático como tú con prejuicios y con sesgos ideológicos el cual no razona y solo ve "bandos", es la hora de decir "señora suelte me el brazo"

vomisa

#62 di lo que te salga de los huevos.
Tú has elegido tu bando, el de dejar que la policía haga lo que le salga de los huevos y lo justificas.
Pues muy bien. Tus argumentos jurídicos igual convencen el juez, inténtalo, oye. Pero deseo fervientemente que pierdas, la verdad.

M

#64 yo en ningún momento he justificado nada, solo he dicho en lo que se basan jurídicamente los policías para entrar en la casa y si hubieses leído lo que he puesto habrias visto que digo que no cumple los requisitos con la eximente de estado de necesidad que es lo que van a pedir los policías para librarse. Pero claro tú visión sesgada y fanática solo te hace ver bandos. Y todo lo que sea algo en contra de linchamiento popular es caca. Menos mal que hace tiempo que aprendí a pensar y no dejarme llevar por pensamientos simplistas. Un saludo

vomisa

#65 o sea que la.han jodido y no hay desobediencia. Pues eso. Que se te ve el plumero.

c

#62 le dijo el cazo a la sarten...

c

#54 Si quieren identificarles toca esperar, es su trabajo y su deber.

M

#79 alguien ha dicho lo contrario?

M

#38 se basan en la desobediencia grave, que si es un delito, de todas formas ya he dado mi respuesta a #36

e

#41 Pero vamos a ver, y admito que hablo desde el desconocimiento legal:
Si la orden fuese (que no recuerdo el vídeo) "detened la fiesta ahora mismo" podría (o no) ser desobediencia grave ya que es una orden que tiene toda la razón de ser.
Si la orden fue "ábrenos" que es una orden que no tiene razón de ser porque como bien dices el modo de proceder es "a la salida os esperamos, y si no quitaís la música ahora os llevaréis una crujida extra (como pasó en Valencia pocos días antes)" no se puede argumentar que hay una desobediencia grave ni de ningún tipo a esa orden porque esa orden no tiene amparo legal. Es que si lo tuviese el derecho a la inviolabilidad de la vivienda sería papel mojado porque basta con que digan que abras para que al negarte "estés desobedeciendo" y eso es ridículo.
Aquí se mezcla el hecho de que dentro de la vivienda la estaban liando para ver una causa-efecto pero es que no la hay. La fiesta debe ser multada por un lado y el hecho de que un agente te diga que le dejes pasar no le da derecho a pasar o dicho de otra forma no te obliga a obedecer esa orden, por el otro lado.

M

#48 a ver, la desobediencia no es el "para la fiesta ya" la desobediencia se basa en tener que imponerles una sanción administrativa por realizar dicha fiesta y para ello tener que identificar a los asistentes. Al no querer identificarse se comete el delito de desobediencia grave pues estás obligado a identificarte cuando un agente lo pide para imponerte la sanción administrativa. En eso se basa todo esto, si hubiesen abierto la puerta se les habría sancionado y no hubiesen sido detenidos, es más, cuando abrieron la puerta no fueron automáticamente detenidos todos los asistentes pues hubo varios que se identificaron, los que no quisieron identificarse fueron los detenidos, que creo recordar que fueron 9.
Lo claro es que media causa por delito lo que pasa es que el bien jurídico protegido que sería el delito contra la administración pública (la desobediencia) no es igual o inferior al de allanamiento (básicamente porque es un derecho fundamental)

M

#56 no se puede entregar tu DNI para que te impongan una sanción? Son mancos o que? He respondido sobre lo que es una desobediencia grave en #54 pero no hay que ser tan simplista y menos aún ir con esa condescendencia de "este argumento es una mierda" cuando ni siquiera sabes de lo que hablas. Pero vamos, dos de los colectivos más odiados en meneame, policías y pijos que se creen por encima de la ley, algunos os ciega la ideología sin tener la mínima decencia en defender tus argumentos sin faltar al respeto, por favor un poquito de asertividad....

vomisa

#57 me suda el rabo lo quiero ensigas. Se nota de parte de quién estás, evidentemente.

Un policia no puede pedirte que abras la puerta de tu casa porque le salga de los huevos. Por tanto no hay ninguna desobediencia que valga. Si no no harían falta órdenes de detención ni de registro. "Oiga señor malo, abrame para que le identifique, que tiene laidoca alta".
A partir de ahí el argumento es una mierda.

Que hubieran ido al juez de guardia, es sencillito. Pero como en este país a la policía se le permite todo, pues a tragar.

Me encanta que los empuren y a ver si los echan.

M

#58 solo estoy dando argumentos jurídicos en lo que se están basando los hechos.
Si tu en tu infinita imbecilidad te crees que lo que digo es cuestión de "bandos" mal vamos.
Porque por tu argumento saco que ni has leído lo que he puesto. Pero vamos, que venga un fanático como tú con prejuicios y con sesgos ideológicos el cual no razona y solo ve "bandos", es la hora de decir "señora suelte me el brazo"

vomisa

#62 di lo que te salga de los huevos.
Tú has elegido tu bando, el de dejar que la policía haga lo que le salga de los huevos y lo justificas.
Pues muy bien. Tus argumentos jurídicos igual convencen el juez, inténtalo, oye. Pero deseo fervientemente que pierdas, la verdad.

M

#64 yo en ningún momento he justificado nada, solo he dicho en lo que se basan jurídicamente los policías para entrar en la casa y si hubieses leído lo que he puesto habrias visto que digo que no cumple los requisitos con la eximente de estado de necesidad que es lo que van a pedir los policías para librarse. Pero claro tú visión sesgada y fanática solo te hace ver bandos. Y todo lo que sea algo en contra de linchamiento popular es caca. Menos mal que hace tiempo que aprendí a pensar y no dejarme llevar por pensamientos simplistas. Un saludo

c

#62 le dijo el cazo a la sarten...

c

#54 Si quieren identificarles toca esperar, es su trabajo y su deber.

M

#79 alguien ha dicho lo contrario?

vomisa

#41 no existe desobediencia si lo que te ordenan es algo que no pueden hacerlo, o es directamente ilegal.
Ese argumento es una mierda, y es normal que un juez lo tire por tierra.

M

#36 eso es el problema, que el bien dañado es mayor que el bien protegido. Un delito de desobediencia grave hay, os pongáis como os pongáis, lo que se ha hecho en otras ocasiones es esperar en la puerta hasta que salgan y ponerlos la respectiva infracción y proceder a la detención. Aún así creo q los policías no van a ser condenados, si acaso el jefe que ordenó la entrada y lo cual dudo bastante pues mediaba causa por delito, no es como entrar en una casa así porque me parece bien y sin razón aparente.
También decir que muchos aquí solo quieren sangre y tienen poca empatía, porque si lo miras fríamente, que ganan los policías haciendo esto? Porque lo único que han ganado son problemas por hacer su trabajo lo mejor posible. Pero claro aquí desvirtuamos la palabra "fascista" hasta tal punto que ya no significa nada.

D

#40 Esdecir, si yo llamo a la policía porque mi vecino tiene la música un poco alta a las 22h y el vecino no les abre, ¿tirarán la puerta?

¿Te parece normal?

M

#67 a mi ni me parece normal ni no me parece normal. Solo estoy exponiendo en los fundamentos jurídicos en los que se han basado (los policías) y que yo creo erróneos. También decir que el contexto de esta intervención fue en mitad de la pandemia cuando estábamos encerrados, no es que tu vecino ponga la música alta. Solo digo que en esto los policías sólo están sacando disgustos y la gente solo quiere sangre simplemente por los sesgos que tiene contra la policía.

c

#40 lol lol lol
Pobres corderitos de dios.
PD: aqui nadie les tacha de fascistas, mas bien de delincuentes con agrabante de ser policias de servicio.

M

#77 poner "agrabante" si que debería ser un delito lol

c

#81 Touche, las b y las v no son lo mio.

M

#11 no es manifiestamente ilegal, en caso de flagrante delito si se puede entrar. Esto se basa en la eximente de estado de necesidad entre bienes desiguales. O a ver si te crees que si están apuñalando a alguien en una casa tienes que pedir orden judicial...

e

#32 Sí, pero agarrarse a eso, un "flagrante delito" como un apuñalamiento y compararlo con una fiesta por muy ilegal que sea pues... O lo de "me has desobedecido flagrantemente al decirte que me abras y ahora me saco de la chistera que desobedecer una orden que va contra tus derechos es un delito flagrante y ahora entro por la malas..."
Lo de estos polis no hay por donde cogerlo. Intentan retorcer el lenguaje legal pero es que no, una falta no es un delito y mucho menos una vía libre para saltarte todos los derechos ciudadanos.

M

#36 eso es el problema, que el bien dañado es mayor que el bien protegido. Un delito de desobediencia grave hay, os pongáis como os pongáis, lo que se ha hecho en otras ocasiones es esperar en la puerta hasta que salgan y ponerlos la respectiva infracción y proceder a la detención. Aún así creo q los policías no van a ser condenados, si acaso el jefe que ordenó la entrada y lo cual dudo bastante pues mediaba causa por delito, no es como entrar en una casa así porque me parece bien y sin razón aparente.
También decir que muchos aquí solo quieren sangre y tienen poca empatía, porque si lo miras fríamente, que ganan los policías haciendo esto? Porque lo único que han ganado son problemas por hacer su trabajo lo mejor posible. Pero claro aquí desvirtuamos la palabra "fascista" hasta tal punto que ya no significa nada.

D

#40 Esdecir, si yo llamo a la policía porque mi vecino tiene la música un poco alta a las 22h y el vecino no les abre, ¿tirarán la puerta?

¿Te parece normal?

M

#67 a mi ni me parece normal ni no me parece normal. Solo estoy exponiendo en los fundamentos jurídicos en los que se han basado (los policías) y que yo creo erróneos. También decir que el contexto de esta intervención fue en mitad de la pandemia cuando estábamos encerrados, no es que tu vecino ponga la música alta. Solo digo que en esto los policías sólo están sacando disgustos y la gente solo quiere sangre simplemente por los sesgos que tiene contra la policía.

c

#40 lol lol lol
Pobres corderitos de dios.
PD: aqui nadie les tacha de fascistas, mas bien de delincuentes con agrabante de ser policias de servicio.

M

#77 poner "agrabante" si que debería ser un delito lol

c

#81 Touche, las b y las v no son lo mio.

M

#38 se basan en la desobediencia grave, que si es un delito, de todas formas ya he dado mi respuesta a #36

e

#41 Pero vamos a ver, y admito que hablo desde el desconocimiento legal:
Si la orden fuese (que no recuerdo el vídeo) "detened la fiesta ahora mismo" podría (o no) ser desobediencia grave ya que es una orden que tiene toda la razón de ser.
Si la orden fue "ábrenos" que es una orden que no tiene razón de ser porque como bien dices el modo de proceder es "a la salida os esperamos, y si no quitaís la música ahora os llevaréis una crujida extra (como pasó en Valencia pocos días antes)" no se puede argumentar que hay una desobediencia grave ni de ningún tipo a esa orden porque esa orden no tiene amparo legal. Es que si lo tuviese el derecho a la inviolabilidad de la vivienda sería papel mojado porque basta con que digan que abras para que al negarte "estés desobedeciendo" y eso es ridículo.
Aquí se mezcla el hecho de que dentro de la vivienda la estaban liando para ver una causa-efecto pero es que no la hay. La fiesta debe ser multada por un lado y el hecho de que un agente te diga que le dejes pasar no le da derecho a pasar o dicho de otra forma no te obliga a obedecer esa orden, por el otro lado.

M

#48 a ver, la desobediencia no es el "para la fiesta ya" la desobediencia se basa en tener que imponerles una sanción administrativa por realizar dicha fiesta y para ello tener que identificar a los asistentes. Al no querer identificarse se comete el delito de desobediencia grave pues estás obligado a identificarte cuando un agente lo pide para imponerte la sanción administrativa. En eso se basa todo esto, si hubiesen abierto la puerta se les habría sancionado y no hubiesen sido detenidos, es más, cuando abrieron la puerta no fueron automáticamente detenidos todos los asistentes pues hubo varios que se identificaron, los que no quisieron identificarse fueron los detenidos, que creo recordar que fueron 9.
Lo claro es que media causa por delito lo que pasa es que el bien jurídico protegido que sería el delito contra la administración pública (la desobediencia) no es igual o inferior al de allanamiento (básicamente porque es un derecho fundamental)

M

#56 no se puede entregar tu DNI para que te impongan una sanción? Son mancos o que? He respondido sobre lo que es una desobediencia grave en #54 pero no hay que ser tan simplista y menos aún ir con esa condescendencia de "este argumento es una mierda" cuando ni siquiera sabes de lo que hablas. Pero vamos, dos de los colectivos más odiados en meneame, policías y pijos que se creen por encima de la ley, algunos os ciega la ideología sin tener la mínima decencia en defender tus argumentos sin faltar al respeto, por favor un poquito de asertividad....

vomisa

#57 me suda el rabo lo quiero ensigas. Se nota de parte de quién estás, evidentemente.

Un policia no puede pedirte que abras la puerta de tu casa porque le salga de los huevos. Por tanto no hay ninguna desobediencia que valga. Si no no harían falta órdenes de detención ni de registro. "Oiga señor malo, abrame para que le identifique, que tiene laidoca alta".
A partir de ahí el argumento es una mierda.

Que hubieran ido al juez de guardia, es sencillito. Pero como en este país a la policía se le permite todo, pues a tragar.

Me encanta que los empuren y a ver si los echan.

M

#58 solo estoy dando argumentos jurídicos en lo que se están basando los hechos.
Si tu en tu infinita imbecilidad te crees que lo que digo es cuestión de "bandos" mal vamos.
Porque por tu argumento saco que ni has leído lo que he puesto. Pero vamos, que venga un fanático como tú con prejuicios y con sesgos ideológicos el cual no razona y solo ve "bandos", es la hora de decir "señora suelte me el brazo"

c

#54 Si quieren identificarles toca esperar, es su trabajo y su deber.

M

#79 alguien ha dicho lo contrario?

vomisa

#41 no existe desobediencia si lo que te ordenan es algo que no pueden hacerlo, o es directamente ilegal.
Ese argumento es una mierda, y es normal que un juez lo tire por tierra.

H

#36 Si no recuerdo mal, los policías alegaron también que al parar la fiesta permitieron el descanso de los vecinos. Patochada donde las haya.

Como ya han dicho varios, los señoritos no quisieron esperar a que saliese todo el mundo e identificarlos, que era lo que tenían que haber hecho.

Nunca, nunca se pueden saltar los protocolos. En el momento en que te los saltas, abres la puerta a saltártelos con cualquier pretexto. Al menos estos Torrentes van a chupar banquillo, ya veremos si también se llevan castigo.

vomisa

#32 y como una fiesta no es delito sí es manifiestamente ilegal

M

#6 que pesados sois algunos con los "chavalines" de altsasu, la verdad es que os gustaría que hubiesen sido de verdad condenados por terrorismo para agitar bien fuerte esa bandera...

MiguelDeUnamano

#55 Para señalar a la escoria que se rasga las vestiduras con falsas acusaciones de terrorismo no hace falta la condena, tan sólo una acusación fuera de lugar defendida política, mediática y socialmente. Lo que suelen hacer además, una vez que quedan como los miserables que son, suele ser buscar todo tipo de excusas infantiles e inmaduras para no reconocerlo y acusar a otros con lo primero que les viene a la cabeza, que siempre resultará ser una tontería porque no puede ser de otra manera.

Django33

#19 Pero no eres vulcanólogo. Una lástima. Esta temporada se lleva el tres en uno.

M

#42 tremendo porro se ha fumado aquí mi primo lol
Hay gente que vive en una realidad paralela, no te preocupes en meneame los acogen como a gente "normal"

M

#64 lo que dice #31 es totalmente cierto, ademas con la mayoría de países latinoamericanos solo deben tener una residencia legal continuada de 2 años para obtener la nacionalidad (aunque la aceptación de esta se dilata bastante) en el caso de los que "vienen en patera" es más complicado y tienen que tener una residencia legal de 10 años para dicha solicitud. Por esta razón es por la que hay muchos más latinos con nacionalidad que africanos

M

#23 en España no se adquiere la nacionalidad por nacimiento, al menos uno de tus padres tiene que ser español para obtenerla

A

#28 Aunque es cierto que en España no se obtiene la nacionalidad por nacimiento, una persona nacida en España puede solicitar la nacionalidad española después de un año de residencia continuada, es decir, los tutores pueden pedir la nacionalidad de un bebé al año de nacer. También es probable que los padres hayan obtenido la nacionalidad anteriormente al nacimiento de la persona, por lo que automáticamente esa persona tendría la nacionalidad española.

M

#64 lo que dice #31 es totalmente cierto, ademas con la mayoría de países latinoamericanos solo deben tener una residencia legal continuada de 2 años para obtener la nacionalidad (aunque la aceptación de esta se dilata bastante) en el caso de los que "vienen en patera" es más complicado y tienen que tener una residencia legal de 10 años para dicha solicitud. Por esta razón es por la que hay muchos más latinos con nacionalidad que africanos

d

#28 Yo tenía entendido que se obtenía al nacimiento si alguno de tus padres o abuelos es Español, sí tenía residencia legal en España y nacer en territorio español o si no se puede demostrar la procedencia de tus padres y se nace en territorio español (como la gente que viene en patera)