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El titular es un tanto sensacionalista, parece que el tema central es que las relaciones sexuales fueron consentidas y según el momento que se dieran aplicaría una ley u otra. Así que realmente el titular es una invención, y es obvio que los hechos tienen que quedar acreditados.
- [La madre] afirmó e incluso aportó documentación que situaba la edad de su hija en los 12 años en el momento de esos encuentros sexuales.
- Los facultativos forenses, que por encargo del tribunal estudiaron el caso de la víctima, acreditaron que ésta tenía más de 13 años en el momento de autos.
De hecho algunos casos, aunque son completamente excepcionales, en los que eso igualmente sería irrelevante porque aunque se suele decir que desconocer la ley no exime de su cumplimiento realmente no es del todo así, y sí te puede eximir el no conocer que la ley haya cambiado. A parte d eso, también se menciona al final en el caso de menores cercanos a la mayoría de edad también te puede eximir el no saber que son menores.
Mucha gente conoce la versión de la denunciante, que fue difundida por todos los medios. Menos conocida es la versión del hombre, que aparece en la sentencia.
Según el profesor Pablo de Lora, entre 2009 y 2017 hubo más de 1,2 millones de denuncias por violencia de género, de las cuales más del 85% acabaron sobreseídas en favor del denunciado. Por otra parte, hubo tan sólo 96 condenas por denuncias falsas, pero es que en España las denuncias falsas (de este y otros tipos delictivos) apenas se persiguen. Además, los falsamente acusados son muy reticentes a empapelar a sus ex parejas por denuncias falsas.
Hace cuatro años una pareja se conoció de madrugada en un bar. Se gustaron, bailaron, se besaron, dieron un paseo nocturno y acabaron teniendo sexo en el portal del piso de él. Y luego ella lo denunció por violación. Él explicó que las relaciones fueron deseadas, y que después ella le pidió su teléfono y él no se lo quiso dar porque tenía novia. Que ella se quedó muy contrariada y, ante el temor de haber quedado embarazada, y de haber contraido una ETS, y de dar mala imagen ante sus amigos y familiares, decidió que lo mejor era denunciar.
El Supremo anula así una sentencia que no logró acreditar si la niña que habría tenido diversos contactos sexuales consentidos con el acusado tenía 12 o 13 años. Se trata de un dato determinante, ya que los hechos ocurrieron en 2012 y, por entonces (a partir de 2015 se modificaría el Código Penal), se consideraba abuso sexual de menores aunque la víctima hubiera consentido el encuentro sexual si tenía menos de 13 años.
#106 Probablemente te ofrecían laurel a precio de droga
https://elpais.com/internacional/2017/04/11/mundo_global/1491933401_457242.html
https://www.todoportugal.com/2015/10/en-lisboa-te-ofrecen-droga.html?m=1