En conclusión, la culpa de contraer el vih la tienen la estadística yla probabilidad ¿no? Qué grande... No deis meneos a chorradas así, que habrá quien se las crea...
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El artículo 4.1 menciona que "Será requisito necesario para autorizar la compatibilidad de actividades públicas el cumplimiento de los límites en la percepción de haberes que establece el artículo 7.1 de la Ley.", es decir, si cobras mas de lo que dice la ley, pero, ¿y si no cobras?. Si sólo eres asociado (y además pagas una cuota), ¿es incompatible? Además, esa ley tiene 26 añazos. Un poco de actualización en la legislación igual no viene mal...