AmeliaFolch

#342 Si te informas un poco:
1. Verás que el concurso de méritos para convertir a empleados públicos en funcionarios se ha aplicado anteriormente en los años 80 para sin ningún tipo de problema ni contradicción con la ya existente constitución.
2. Se sigue aplicando para transformar en tales a empeñados públicos de organismos autónomos que ni siquiera han entrado por bolsas de trabajo, sino en muchos casos a dedo.
3. El principio del que hablas tan herido se aplica de todos al acceso al empleo público o a la función pública (según leas el EBEP o la constitución), no o al acceso la condición de funcionario. o que no tienes ni idea de de qué va la directiva europea, ni de lo que dice la constitución. Si tanto os merecéis el puesto los que estáis, por lo de menos leerlos la constitución y vuestro propio estatuto.
4. La directiva habla de sancionar el abuso de temporalidad, no de acceso a la condición de funcionario, que es una figura claramente a extinguir, por lo que la reivindicación de la mayoría de los abusados es el cese del abuso y la sanción al que lo ha cometido con, o una indemnización al menos equivalente al del trabajador del sector privado o, por el bien de la propia Hacienda del Estado ya que eso supondría la friolera de 800000 indemnizados a 33 días por año trabajado, la fijeza en el puesto (que no la condición de funcionario)
5. Precisamente la ignorancia radica en seguir sin aplicar la directiva europea, que habla de personal temporal y de personal fijo, así como de indefinido no fijo indistintamente para el sector público y para el privado, algo que no se acaba de entender en España por parte de mucha gente ignorante. La UE, en muchos ámbitos, efectivamente, no marca una diferencia estricta entre sector público y privado, lo cual en España, donde el público se ha patrimonializado por parte de partidos públicos, políticos corruptos y toda una serie de instituciones heredadas de otros tiempos preconstitucionales en mi opinión peores y que ya va siendo hora de superar.

pablinxi

#347 Informado estoy, otra cosa es que veamos este problema desde perspectivas diferentes. Te respondo a tus puntos:
1. ¿Si se ha aplicado en épocas anteriores (¡hace más de 30 años!) eso sienta algún tipo de jurisprudencia o se convierte en ley? ¿si anteriormente se aplicó mal (o bien) convierte ese antecedente en ley? Además y más grave: ¿se da el mismo contexto y características que en aquella época para poder aplicarlo directamente? ¿Qué decía en esos años 80 la ley que regula el empleo en la función pública? porque yo en este milenio ya he conocido dos legislaciones: la L7/2007 y el actual RDL 5/2015 (sin contar la anterior a la primera que no la conocí directamente). Y ya no hablemos si en la época eso generó polémica o no, parece que como en el pasado se hizo (si es que se hizo que no lo sé ni me voy a molestar en buscarlo, simplemente te voy a creer) es que ocurrió de forma pacífica, sin polémica y hecho correctamente.
2. Ese se responde con el mismo argumento que el anterior, ¿ese antecedente es ley? ¿tiene el mismo contexto? ¿que se hiciera significa automáticamente que se hizo bien y legalmente?
3. Acceder a la condición de funcionario implica acceso al empleo público, fin de la discusión. Además, en ámbitos como la administración de justicia (que es el que más conozco) ese principio está incluido en la Ley Orgánica 6/1985, y el EBEP (que no incluye ese principio) es de aplicación supletoria.
4. No se puede equiparar el empleado público al privado porque se rigen por instituciones diferentes, el primero tiene una relación estatutaria y el segundo se rige por un contrato de trabajo (real o tácito); igual que no aplicas el código civil a la contratación con una administración pública.
5. En España ya existe la figura del empleado público fijo (sin condición de funcionario) que lo incorporó la jurisprudencia por anteriores desmanes. Y por cierto, la directiva necesita trasposición a nuestro derecho, como bien sabes no es de aplicación directa, hay que buscar los resultados que pide (reducir la temporalidad) adaptándola a la idiosincrasia de la legislación española.
Si te das cuenta quien ahora quiere patrimonializar el empleo público son unos empleados que sin reunir los requisitos (capacidad) que marca nuestra ley para el acceso a la condición de funcionario de carrera (y la fijeza en el puesto que conlleva) en menoscabo del derecho a la carrera profesional de quienes ya son funcionario y de todos aquellos aspirantes que no han conseguido la plaza porque la administración no ofertó un montón de puestos de estructura ocupados por personal interino, Parece que los interinos son los únicos damnificados de este desmán de la administración pero hay muchos aspirantes que se quedaron por el camino en el que no piensan ni administración ni los tan beligerantes interinos (que disfrutaron muchos años de puestos de trabajo de calidad).
Algunos harían mejor en estudiar en vez de polemizar tanto.

AmeliaFolch

#348 Los jueces y tribunales nacionals que han apelado a los principios en cuestión (igualdad, mérito y capacidad) apelan a ellos en su calidad de constitucionales y se refiere, no sé cuántas veces hay que repetirlo, al acceso al empleo público, al que ya han accedido todos los interinos que se encuentran trabajando para el sector público obviamente. Lo que está en cuestión no es ese acceso al empleo público, es que deje de ser ilegalmente temporal puesto que su condición legal es de fijeza.
El EBEP, que te recomiendo leer, pues estás muy equivocado, sí hace referencia también a esos principios, pero también en lo que se refiere al acceso al empleo público, no al acceso desde un empleo público temporal o de otro tipo no de carrera a uno de carrera.
Lo que veo es que de Derecho comunitario no sé tiene tampoco ni idea: tiene supremacía sobre el derecho interno incluyendo la constitución. Eso se aplica a las sentencias del TJUE que han reconocido que los jueces nacionales están obligados a aplicar sanciones a los responsables del abuso de temporalidad que también ha reconocido que sufren los interinos de España en fraude de ley, esto es, que ocupan puestos estructurales pero empleados por la Administración Española en condición de temporales. Por otro lado, no sé a qué año se remontan sus conocimientos, pero también ha avanzado mucho más y es mucho más complejo el derecho comunitario en lo que se refiere a las directivas que lo que dices: se ha reconocido su efecto directo, sin requerir transposición, en los casos en que el Estado vulnera reiteradamente derechos específicos de los ciudadanos por no transponer las directivas, como es su deber (como es el caso de España, que sólo la ha venido transponiendo en el sector privado, pero no en el público)

pablinxi

#349 https://www.boe.es/doue/2010/083/Z00013-00046.pdf artículo 4: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, toda competencia no atribuida a la Unión en los Tratados corresponde a los Estados miembros. La directiva de la cual hablamos no es de aplicación directa, todavía tiene España tiempo para legislar, y en eso están sino dime qué sentido tiene la ley de la noticia que estamos comentando.
Te sigo recomendado que estudies si quieres ser funcionario.
Recuerda que hay listas de interinos (ejemplo la bolsa de interinos de justica en Canarias) que el único requisito era tener D.N.I. ni siquiera hacía falta presentarte a un examen, menos aun aprobarlo o sacar una nota determinada; esa bolsa que te pongo como ejemplo sólo se ha actualizado 2 veces de finales de los 90´s; ¿son estos funcionarios interinos a los que hay que transformar en fijos? Contratos de interinidad a los que sólo podían optar ellos, méritos que han acumulado sólo ellos, etc.
Hay otras bolsas como la de los docentes (también hablo de Canarias) que se abren cada dos años y es obligatorio presentarse al examen si quieres optar a las bolsas de interinidad. En esta última situación sí puedo entender que han demostrado mérito y capacidad.
Hay casos y casos, entiendo el abuso de la interinidad por parte de la administración pero el funcionario interino también ha sido un beneficiado porque fueron ellos los que se llevaron los contratos (generalmente de calidad sobre todo si cubrías puestos de estructura) y ahora gozan de muchísimos méritos gracias a esa inacción y mal hacer de la administración, así que tan víctimas no son.
Otra cosa que te recomiendo además de que estudies es que bajes el tono de arrogancia porque tú solita te quedas en evidencia.
Estudia que te va a venir bien.

AmeliaFolch

#352 jajaja, reducir el derecho comunitario exclusivamente al principio de subsidiariedad...eso sí que tiene huevos...si me permites...no sabes nada del principio de primacía? Ni idea tampoco de Derecho en general, ya que no tiene nada que ver el modelo alemán, que es el que con tan poca fortuna llevamos años queriendo implantar en España, con el anglosajón, que se va "creando" a medida que surgen sentencias interpretativas sobre las propias normas: este es el caso del reconocimiento del efecto directo en directivas (pero eso seguro que ya lo sabes tú, sino no estarías dónde estás, con tanta igualdad y tanto mérito...) O sea, que mírate las sentencias del TjUE(te recomiendo el blog de apiscam, ya que veo interés por salir de la ignorancia: es bastante informativo y completo.
Por lo demás, no tienes ni idea del abuso que denunciamos que está cometiendo de forma generalizada la administración: cometen ilegalidades ante las que sí, la UE es la única que ampara a los abusados (interinos y trabajadores temporales del sector privado por igual: leete la directiva y sentencias, de nuevo). Lo que es triste es que en nuestro propio país, en lugar de defender los derechos laborales, hay una deriva a qué las nuevas generaciones tengan cada vez menos derechos, mientras otros no quieren ceder un apice en sus privilegios (necesitáis trabajadores por debajo que hagan el trabajo sucio en la administración mientras los que se las saben todas se escaquean de los peores turnos y tareas) Me gustaría a mí ver los exámenes y pruebas que pasaron los que ahora son fijos y compararlos, para ver si se da esa igualdad, con los de ahora.
Infórmate si quieres y deja de hablar desde el egoísmo y la envidia.

pablinxi

#353 varias cosas y ya por mi parte dejo lo que he intentado que sea un debate, aunque tu tono arrogante no lo ha permitido:

Primero: no reduzco nada, el principio de subsidiariedad es el artículo 5, no el 4, que es el que te destaco; pero ya no me voy a molestar en que entiendas mi punto de vista.

Segundo: para no tener ni idea de derecho en general, como tu dices, tengo en mi currículum aprobadas 2 oposiciones grupo C1 y 2 de grupo A2, con una plaza en cada una de ellas, todas del ministerio de justicia. Para no tener ni idea es una pena que me encuentre dentro de la administración aplicando derecho diariamente. Por cierto, las dos plazas las obtuve por el turno libre, es decir, estudiando.

Tercero: ¿egoísta? pero si te he dicho en mensajes anteriores que hay más damnificados por el abuso de la temporalidad por la administración a los que no se le tiene en cuenta, y menos aún lo tienen en cuenta los interinos; en resumen: opositores de convocatorias anteriores que aprobaron pero no obtuvieron plaza porque no se ofertaron muchas de las plazas de estructura que ocupaban interinos y funcionarios que no han podido progresar por el mismo motivo, esto te escuece pero es así te pongas como te pongas. Pero claro, el egoísta soy yo porque no me da penita. La que sólo mira su ombligo es usted, que tienes un objetivo (entrar en la administración) y le de igual las formas.

Cuarta: ¿envidia? ¿de quién? ¿de ti? Tengo dos plazas de funcionario, laboralmente tengo mi vida resuelta.

Quinta: esas ilegalidades de la administración yo también las sufro y las he sufrido (aunque nunca he sido interino) y también las denuncio. Pero la solución la vemos desde puntos de vista diferentes, esto no lo quieres ver porque te crees en posesión de la verdad absoluta, pero el ignorante soy yo.

Sexta: intenté que fuera un debate sobre la ley aunque te has empeñado en mezclar otros temas que no discuto (las sentencias de los tribunales europeos o el contenido de la directiva) y en meter cuestiones personales; pero el ignorante soy yo.

Suerte con tu objetivo, un saludo.

AmeliaFolch

#354 voy a pasar de apreciaciones personales de subjetivas sobre el tono, con las que digiero. Los puestos de los niveles C1 y C2 son de simple y mera ejecución, no de aplicación directa ni mucho menos interpretación, como estás sugiriendo aquí, del derecho. Me sigue sorprendiendo que hables de aplicar la ley nacional cuando lo que se te escapa es precisamente lo más importante y que está por encima de toda ley nacional( El Derecho Comunitario, que tiene primacía incluso sobre la Constitución Español) Al acceder, no dimos pie sólo a recibir fondos y a que se colgarán los políticos medallas, también se aceptó todo un acervo, que después fue creciendo, obviamente, de actos legislativos y también de sentencias interpretativas de dichos actos (que son igualmente obligatorias en todos los Estados Miembros) Si no se entiende eso de partida, poco debate o discusión puede haber aqui. No eres el único al que alcanza esa ignorancia en este país, pero que al menos eso te sirva para ponerte al día. Un saludo y encantada de debatir sobre este tema siempre y cuando sea en un tono respetuoso e igualitario.

AmeliaFolch

#348 Y sí, en los 80 se hizo fijos, por ejemplo, a miles de docentes por concurso de méritos y nadie apeló torticeramente a los tramposos y manidos principios de igualdad, mérito y capacidad. Y hasta hoy ha sido así, y no creo que nadie se atreva a cuestionar a los miles de docentes que hoy son funcionarios de carrera por ello, pero puedes empezar tú o quizá puedas empezar por ti mismo (no lo sé)

pablinxi

#350 insisto ¿mismo contexto? ¿igual situación? ¿o solo quieres que se te aplique el antecedente sin más?
Sigue siendo una afirmación tuya, incluido que no hubo polémica en esa época.
Te recomiendo que estudies si quieres ser funcionario.

AmeliaFolch

#1 Efectivamente, una parte desproporcionada de los Presupuestos Generales de la Comunidad acaba en manos de "la capi", aunque la pagamos los demás cántabros, que vemos como nuestros pueblos y ciudades medias se quedan atrás en infraestructuras y servicios.

AmeliaFolch

#242 Por qué te crees que está negociando Hacienda hacer fijos a los que llevan más de 5 años, en lugar de 3 como podría desprenderse del EBEP?: están calculando las indemnizaciones asumibles que saldrán del las arcas del Estado y el dinero del contribuyente, por cierto, pero que, habiendo cientos de miles de interinos que por supuesto si se van a la calle denunciarán, son de cantidades estratosféricas.

L

#332 No sé exactamente los cálculos que tendrá Hacienda en cuanto a indemnizaciones. No creo que se trate de una indemnización por despido. (¿Los interinos se asimilan a indefinidos?).
Lo que sí sé es que habrá mucha gente que denunciará, de hecho ya hay plataformas, cualquier tipo de decisión que haga que las convocatorias de plazas que ya hay publicadas se anulen por hacer fijos a interinos.
Para mí el propio incumplimiento del EBEP por parte de las administraciones ya es una cagada que van a solucionar con otra similar.

AmeliaFolch

#250 La directiva, efectivamente, se puede interpretar de forma aún más restrictiva y no habla directamente de procesos selectivos (lo que sí hay es una sentencia del TJUE que excluye las oposiciones libres como posible sanción al abuso, mientras que no excluye la conversión en fijos) Cuando he dicho eso me estoy ciñendo a lo que se está reivindicando en loa tribunales a nivel nacional, en concreto por parte del despacho del abogado Javier Arauz, que lleva miles de casos de interinos que han superado procesos de selección. En cuanto a la existencia de trabajadores temporales que no han superado procesos, entiendo que la gente que está estudiando se enfade si les conceden la fijeza, pero la culpa sigue siendo de la administración, y el abuso en ese caso también existe. Ya es bastante desgracia la temporalidad y la precariedad en el empleo, máxime si la amenaza de cese es a ciertas edades, por lo que es mezquino y diría que incluso estúpido, por parte de una parte de la opinión pública,cargar contra el empleado público en abuso en vez de contra una administración fraudulenta y contra los que, dentro de ella, han tomado y siguen tomando las decisiones en el ámbito de la Función Pública.

AmeliaFolch

#255 Acabas de describir justo lo UE han hecho: las oposiciones de Estabilización que están ya en proceso y algunas finalizadas: han sacado las plazas de los interinos y no consigues plaza si no apruebas los tres exámenes (en el caso de mis oposiciones son tres) Se puede presentar todo el mundo, incluidos jóvenes recién salidos de la universidad y sin cargas familiares ni laborales, y aún así, habiéndose presentado Miles de personas, se van a quedar plazas desiertas porque han aprobado menos gente el primer examen que plazas hay (yo he aprobado el primer examen de momento) Por supuesto, a los interinos que no aprobemos nos pretenden largar sin indemnización alguna, aunque queden plazas desiertas porque ni interinos ni no interinos superen semejantes pruebas.

AmeliaFolch

#307 No sé de quién hablas, en el caso de los centros educativos (que incluye gran parte de los interinos), los directores de los centros no tienen ninguna potestad de contratación (es más, veo todos los días cómo se tienen que pegar con la Consejería para que les manden trabajadores sustitutos en caso de bajas, etc...vamos que no tienen potestad en lo que tú indicas. En los demás casos, creo que es parecido: son los altos cargos de la Consejería de Presidencia- Dirección General de Función Pública los que mandan en las Administraciones Autonómicas. En cuanto a los ayuntamientos, especialmente los pequeños, es evidente que no se pueden permitir mandar a la calle a trabajadores con muchos años de servicios que son válidos y que ya saben cómo funciona su puesto y que, como todo empleado despedido, tiene derecho al menos a una indemnización. Muchos ayuntamientos no se pueden permitir pagar esas indemnizaciones y preferirían hacer al personal en abuso de temporalidad fijo. Si no hay ninguna sanción real, la que nos va a multar es la UE y lo pagarás tú, los que piensan cómo tú y los ciudadanos contribuyentes que no quieren joder al prójimo. Ojalá sólo pagarán los que aprueban que nos multen con tal de que no sé restauren los derechos laborales de los falsos temporales del sector público.

AmeliaFolch

#319 Las OPES de estabilización, al menos donde yo me he presentado, han vuelto a ser un fraude: de más de 3000 personas que se han presentados en una de las categorías, y más de 4000 y 5000 en las otras dos, han quedado plazas desiertas por la dificultad desproporcionada de los exámenes (las Administraciones no cumplen la adecuación de las pruebas al puesto (ni a las tareas del puesto ni al consiguiente sueldo) Yo he estado de baja y han llegado a cubrir mi puesto de funcionaria interina ilegalmente (ya denunciado y subsanado) con un empleado de una empresa privada (sus amiguitos)...en definitiva: aquí, y que conste que yo he aprobado hasta ahora todos los exámenes, el que incumple reiteradamente la ley y abusa es la propia Administración como empleadora. El trabajador interino se encuentra totalmente desprotegido frente al empleador, un monstruo con el que pocos se atreven cuando abusa.

AmeliaFolch

#152 El tan manido principio de igualdad se aplica al acceso al empleo público (leeros la Constitución y el EBEP de una vez) , NO SE APLICA EN NINGÚN CASO AL PASO DE TEMPORAL A FIJO: Este paso se debe dar como una solución lógica a los desmanes de la Administración con sus trabajadores públicos durante años, o, en palabras del propio TJUE, como sanción, no descartable (y la única viable teniendo en cuenta que en el caso de España, el elevado volumen de interinos en abuso que hay (más que en cualquier otro Estado Miembro) hace la vía de la indemnización demasiado cara e inviable) en ausencia de otra sanción contemplada en la legislación nacional (como es también el caso de España (o era hasta el "icetazo", pero recordemos que debido al principio de irretroactividad, éste de todos modos llega tarde para aplicarse a las miles de denuncias ya interpuestas por interinos en abuso), al abuso de temporalidad cometido por ésta.

pablinxi

#227 poner el adjetivo manido delante de lo que te molesta siempre te hace vencedor del debate.
Me la he leído más de una vez y hasta más de dos. Soy funcionario de carrera. Hacer un concurso de mérito para convertirte en funcionario rompe totalmente el principio de igualdad porque estás dando esa condición a quien no ha demostrado capacidad, salvo que ese interino tenga exámenes de convocatorias anteriores aprobados pero sin haber obtenido plaza. Te pongas como te pongas esto es así, porque esta norma que se pretende aprobar entra en conflicto con el derecho a la progresión profesional de los que ya son funcionarios de carrera que van ver que plazas estructurales son ocupadas automáticamente por quienes no han demostrado capacidad y también rompe la trayectoria de aspirantes que se están preparando las oposiciones, que no han tenido acceso a listas de interinos (porque muchas bolsas no se abren si no al porrón de años y porque esos afortunados que se apuntaron hace mucho tiempo han copado los contratos). AHÍ ESTÁ EL MANIDO PRINCIPIO DE IGUALDAD, que por cierto, en la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL forma parte, junto con los constitucionales "mérito y capacidad" de los principios por los que se tienen que regir los sistemas selectivos; ámbito, el de la justicia, que se incluye en ese nefasto (mi opinión) proyecto de ley.
Los términos temporal y fijo son habituales de la jurisdicción laboral y del estatuto de los trabajadores; en el ámbito de la Administración: interino, funcionario, personal laboral y cargos de confianza. Así que no me hables de la disyuntiva temporal-fijo porque no es correcto.

AmeliaFolch

#342 Si te informas un poco:
1. Verás que el concurso de méritos para convertir a empleados públicos en funcionarios se ha aplicado anteriormente en los años 80 para sin ningún tipo de problema ni contradicción con la ya existente constitución.
2. Se sigue aplicando para transformar en tales a empeñados públicos de organismos autónomos que ni siquiera han entrado por bolsas de trabajo, sino en muchos casos a dedo.
3. El principio del que hablas tan herido se aplica de todos al acceso al empleo público o a la función pública (según leas el EBEP o la constitución), no o al acceso la condición de funcionario. o que no tienes ni idea de de qué va la directiva europea, ni de lo que dice la constitución. Si tanto os merecéis el puesto los que estáis, por lo de menos leerlos la constitución y vuestro propio estatuto.
4. La directiva habla de sancionar el abuso de temporalidad, no de acceso a la condición de funcionario, que es una figura claramente a extinguir, por lo que la reivindicación de la mayoría de los abusados es el cese del abuso y la sanción al que lo ha cometido con, o una indemnización al menos equivalente al del trabajador del sector privado o, por el bien de la propia Hacienda del Estado ya que eso supondría la friolera de 800000 indemnizados a 33 días por año trabajado, la fijeza en el puesto (que no la condición de funcionario)
5. Precisamente la ignorancia radica en seguir sin aplicar la directiva europea, que habla de personal temporal y de personal fijo, así como de indefinido no fijo indistintamente para el sector público y para el privado, algo que no se acaba de entender en España por parte de mucha gente ignorante. La UE, en muchos ámbitos, efectivamente, no marca una diferencia estricta entre sector público y privado, lo cual en España, donde el público se ha patrimonializado por parte de partidos públicos, políticos corruptos y toda una serie de instituciones heredadas de otros tiempos preconstitucionales en mi opinión peores y que ya va siendo hora de superar.

pablinxi

#347 Informado estoy, otra cosa es que veamos este problema desde perspectivas diferentes. Te respondo a tus puntos:
1. ¿Si se ha aplicado en épocas anteriores (¡hace más de 30 años!) eso sienta algún tipo de jurisprudencia o se convierte en ley? ¿si anteriormente se aplicó mal (o bien) convierte ese antecedente en ley? Además y más grave: ¿se da el mismo contexto y características que en aquella época para poder aplicarlo directamente? ¿Qué decía en esos años 80 la ley que regula el empleo en la función pública? porque yo en este milenio ya he conocido dos legislaciones: la L7/2007 y el actual RDL 5/2015 (sin contar la anterior a la primera que no la conocí directamente). Y ya no hablemos si en la época eso generó polémica o no, parece que como en el pasado se hizo (si es que se hizo que no lo sé ni me voy a molestar en buscarlo, simplemente te voy a creer) es que ocurrió de forma pacífica, sin polémica y hecho correctamente.
2. Ese se responde con el mismo argumento que el anterior, ¿ese antecedente es ley? ¿tiene el mismo contexto? ¿que se hiciera significa automáticamente que se hizo bien y legalmente?
3. Acceder a la condición de funcionario implica acceso al empleo público, fin de la discusión. Además, en ámbitos como la administración de justicia (que es el que más conozco) ese principio está incluido en la Ley Orgánica 6/1985, y el EBEP (que no incluye ese principio) es de aplicación supletoria.
4. No se puede equiparar el empleado público al privado porque se rigen por instituciones diferentes, el primero tiene una relación estatutaria y el segundo se rige por un contrato de trabajo (real o tácito); igual que no aplicas el código civil a la contratación con una administración pública.
5. En España ya existe la figura del empleado público fijo (sin condición de funcionario) que lo incorporó la jurisprudencia por anteriores desmanes. Y por cierto, la directiva necesita trasposición a nuestro derecho, como bien sabes no es de aplicación directa, hay que buscar los resultados que pide (reducir la temporalidad) adaptándola a la idiosincrasia de la legislación española.
Si te das cuenta quien ahora quiere patrimonializar el empleo público son unos empleados que sin reunir los requisitos (capacidad) que marca nuestra ley para el acceso a la condición de funcionario de carrera (y la fijeza en el puesto que conlleva) en menoscabo del derecho a la carrera profesional de quienes ya son funcionario y de todos aquellos aspirantes que no han conseguido la plaza porque la administración no ofertó un montón de puestos de estructura ocupados por personal interino, Parece que los interinos son los únicos damnificados de este desmán de la administración pero hay muchos aspirantes que se quedaron por el camino en el que no piensan ni administración ni los tan beligerantes interinos (que disfrutaron muchos años de puestos de trabajo de calidad).
Algunos harían mejor en estudiar en vez de polemizar tanto.

AmeliaFolch

#348 Los jueces y tribunales nacionals que han apelado a los principios en cuestión (igualdad, mérito y capacidad) apelan a ellos en su calidad de constitucionales y se refiere, no sé cuántas veces hay que repetirlo, al acceso al empleo público, al que ya han accedido todos los interinos que se encuentran trabajando para el sector público obviamente. Lo que está en cuestión no es ese acceso al empleo público, es que deje de ser ilegalmente temporal puesto que su condición legal es de fijeza.
El EBEP, que te recomiendo leer, pues estás muy equivocado, sí hace referencia también a esos principios, pero también en lo que se refiere al acceso al empleo público, no al acceso desde un empleo público temporal o de otro tipo no de carrera a uno de carrera.
Lo que veo es que de Derecho comunitario no sé tiene tampoco ni idea: tiene supremacía sobre el derecho interno incluyendo la constitución. Eso se aplica a las sentencias del TJUE que han reconocido que los jueces nacionales están obligados a aplicar sanciones a los responsables del abuso de temporalidad que también ha reconocido que sufren los interinos de España en fraude de ley, esto es, que ocupan puestos estructurales pero empleados por la Administración Española en condición de temporales. Por otro lado, no sé a qué año se remontan sus conocimientos, pero también ha avanzado mucho más y es mucho más complejo el derecho comunitario en lo que se refiere a las directivas que lo que dices: se ha reconocido su efecto directo, sin requerir transposición, en los casos en que el Estado vulnera reiteradamente derechos específicos de los ciudadanos por no transponer las directivas, como es su deber (como es el caso de España, que sólo la ha venido transponiendo en el sector privado, pero no en el público)

pablinxi

#349 https://www.boe.es/doue/2010/083/Z00013-00046.pdf artículo 4: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, toda competencia no atribuida a la Unión en los Tratados corresponde a los Estados miembros. La directiva de la cual hablamos no es de aplicación directa, todavía tiene España tiempo para legislar, y en eso están sino dime qué sentido tiene la ley de la noticia que estamos comentando.
Te sigo recomendado que estudies si quieres ser funcionario.
Recuerda que hay listas de interinos (ejemplo la bolsa de interinos de justica en Canarias) que el único requisito era tener D.N.I. ni siquiera hacía falta presentarte a un examen, menos aun aprobarlo o sacar una nota determinada; esa bolsa que te pongo como ejemplo sólo se ha actualizado 2 veces de finales de los 90´s; ¿son estos funcionarios interinos a los que hay que transformar en fijos? Contratos de interinidad a los que sólo podían optar ellos, méritos que han acumulado sólo ellos, etc.
Hay otras bolsas como la de los docentes (también hablo de Canarias) que se abren cada dos años y es obligatorio presentarse al examen si quieres optar a las bolsas de interinidad. En esta última situación sí puedo entender que han demostrado mérito y capacidad.
Hay casos y casos, entiendo el abuso de la interinidad por parte de la administración pero el funcionario interino también ha sido un beneficiado porque fueron ellos los que se llevaron los contratos (generalmente de calidad sobre todo si cubrías puestos de estructura) y ahora gozan de muchísimos méritos gracias a esa inacción y mal hacer de la administración, así que tan víctimas no son.
Otra cosa que te recomiendo además de que estudies es que bajes el tono de arrogancia porque tú solita te quedas en evidencia.
Estudia que te va a venir bien.

AmeliaFolch

#352 jajaja, reducir el derecho comunitario exclusivamente al principio de subsidiariedad...eso sí que tiene huevos...si me permites...no sabes nada del principio de primacía? Ni idea tampoco de Derecho en general, ya que no tiene nada que ver el modelo alemán, que es el que con tan poca fortuna llevamos años queriendo implantar en España, con el anglosajón, que se va "creando" a medida que surgen sentencias interpretativas sobre las propias normas: este es el caso del reconocimiento del efecto directo en directivas (pero eso seguro que ya lo sabes tú, sino no estarías dónde estás, con tanta igualdad y tanto mérito...) O sea, que mírate las sentencias del TjUE(te recomiendo el blog de apiscam, ya que veo interés por salir de la ignorancia: es bastante informativo y completo.
Por lo demás, no tienes ni idea del abuso que denunciamos que está cometiendo de forma generalizada la administración: cometen ilegalidades ante las que sí, la UE es la única que ampara a los abusados (interinos y trabajadores temporales del sector privado por igual: leete la directiva y sentencias, de nuevo). Lo que es triste es que en nuestro propio país, en lugar de defender los derechos laborales, hay una deriva a qué las nuevas generaciones tengan cada vez menos derechos, mientras otros no quieren ceder un apice en sus privilegios (necesitáis trabajadores por debajo que hagan el trabajo sucio en la administración mientras los que se las saben todas se escaquean de los peores turnos y tareas) Me gustaría a mí ver los exámenes y pruebas que pasaron los que ahora son fijos y compararlos, para ver si se da esa igualdad, con los de ahora.
Infórmate si quieres y deja de hablar desde el egoísmo y la envidia.

AmeliaFolch

#348 Y sí, en los 80 se hizo fijos, por ejemplo, a miles de docentes por concurso de méritos y nadie apeló torticeramente a los tramposos y manidos principios de igualdad, mérito y capacidad. Y hasta hoy ha sido así, y no creo que nadie se atreva a cuestionar a los miles de docentes que hoy son funcionarios de carrera por ello, pero puedes empezar tú o quizá puedas empezar por ti mismo (no lo sé)

pablinxi

#350 insisto ¿mismo contexto? ¿igual situación? ¿o solo quieres que se te aplique el antecedente sin más?
Sigue siendo una afirmación tuya, incluido que no hubo polémica en esa época.
Te recomiendo que estudies si quieres ser funcionario.

AmeliaFolch

#132 Ya están saliendo sentencias en ese sentido (haciendo fijos, aunque no funcionarios, a interinos) , cuando antes la gente consideraba la reclamación de fijeza una locura. Lo malo es que todo va muy lento y para cuando se haya reconocido que teníamos razón, muchos estarán en la calle y España tendrá que pagar multas astronómicas que pagaremos todos con nuestros impuestos por el fraude cometido.
Lo triste es ver las opiniones de la gente que parece tan enrabietada contra los empleados públicos como para oponerse de esa manera a que muchos de ellos salgan de la precariedad laboral. La misma directiva europea lleva años aplicándose en el sector privado y no veo que la gente se oponga con uñas y dientes a que se sancione al empleador que comete el fraude ni el abuso de temporalidad y en lugar de ello pida que echen al mismo trabajador víctima del abuso.

Cheetor

#225 yo lo que no consigo entender es por qué hay gente que se enfada con los interinos cuando es la administración pública la que está incurriendo en un fraude. Tendrían que sacar antorchas contra los que han venido metiendo la pata con esto durante años en lugar de contra los trabajadores.

AmeliaFolch

#124 El problema es que hace años que la Administración no saca apenas a oferta pública plazas fijas deliberada y fraudulentamente, con el objetivo de que los aprobados pasen sólo a engrosar bolsas de empleo, justificando así mantener a los trabajadores en precariedad, dóciles, en una relación de empleo temporal, aunque pasen a desempeñar puestos estructurales.

AmeliaFolch

#174 Exacto, podríamos hablar incluso de discriminación generacional. Son los mismos puestos que los ahora jubilados desempeñaron durante años, y no tienen nada de temporales, pero ahora los cubren con interinos. Es la realidad que hay que conocer antes de hablar sin saber, como leo y escucho a muchos.
En vez de eso que se dediquen a defender que no se privaticen más servicios públicos, como se está haciendo, los que quieren sacar plaza, y que no funcionaricen a trabajadores de organismos autónomos por la cara, como están haciendo también (esos sí que no han pasado procesos selectivos de igualdad, mérito y capacidad), los que se quejan de enchufismos.

AmeliaFolch

#133 La Administración lleva sin sacar plazas fijas como tales puestos estructurales y cubriéndolas con las mejores notas de bolsas de empleo años, por lo que los que accedieron al empleo por medio de esas bolsas de empleo, además de merecerlo, desempeñan esas plazas estructurales de facto y sólo no son fijos por el fraude cometido por la propia administración en la relación laboral mantenida con sus trabajadores.

AmeliaFolch

#37 Se compran votos con falsas promesas de ofertas de empleo que no son tales (al final, no podrán incorporarse todos los que tenían esperanzas en echar a un interino para ponerse ellos)

AmeliaFolch

#82 Los votos que compran son los de los ilusos que se creen que van a sacar la plaza (ellos o sus hijos y sobrinos o nietos a costa de los trabajadores interinos abusados) ¿O no ves cómo anuncian las ofertas de empleo público a los cuatro vientos, como si fueran plazas nuevas y no de las que echan a los que ya llevan trabajando y dedicando sus vidas para la administración años, dando esperanzas a miles de jóvenes que nunca sacarán las oposiciones, pero dejan su dinero en las academias de los sindicatos comprados (CCOO, UGT, CSIF...) y que además se creen que los políticos son muy buenos porque les dan una esperanza en su situación laboral desesperada. Y los que las saquen, seguirán en su inmensa mayoría también como interinos porque la dificultad de las pruebas sigue siendo manipulada para que no aprueben los suficientes para cubrir las plazas fijas, sino que se queden como interinos también, convocados, los que tengan suerte, a través de las bolsas de trabajo pero en la misma situación de abuso de temporalidad y precariedad, por tanto, que aquellos a los que han querido que echen para conseguir ellos un puesto...y así se sucederá el ciclo hasta que vengan otros detrás, más jóvenes, que a su vez les dejen en la calle a ellos cuando estén en el momento de su vida en que menos necesiten quedarse en la calle. Esto sucederá por no haber escuchado a los que queremos parar esto y que la precariedad cese para nosotros ahora y para los demás en el futuro.

L

#218 vaya peliculón te has montado. Sácate tu plaza y deja de llorar.

AmeliaFolch

#84 No es exacto:
Esto dice el art. 2 TREBEP:

Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. Este Estatuto se aplica al personal funcionario y en lo que proceda al personal laboral al servicio de las siguientes Administraciones Públicas:

a) La Administración General del Estado.

b) Las Administraciones de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla.

c) Las Administraciones de las entidades locales.

d) Los organismos públicos, agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas.

e) Las Universidades Públicas.

2. En la aplicación de este Estatuto al personal investigador se podrán dictar normas singulares para adecuarlo a sus peculiaridades.

3. El personal docente y el personal estatutario de los Servicios de Salud se regirán por la legislación específica dictada por el Estado y por las comunidades autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias y por lo previsto en el presente Estatuto, excepto el capítulo II del título III, salvo el artículo 20, y los artículos 22.3, 24 y 84.

4. Cada vez que este Estatuto haga mención al personal funcionario de carrera se entenderá comprendido el personal estatutario de los Servicios de Salud.

5. El presente Estatuto tiene carácter supletorio para todo el personal de las Administraciones Públicas no incluido en su ámbito de aplicación.

Z

#155 Pueden ser distintas, puede. no serlo, hablamos de políticos.
#182 Perdone por cambiar el género, me equivoqué, no volverá a ocurrir.
Cuando se habla de regimen jurídico propio por algo es. En que el decreto sea una basura coincidimos.
#215 Disposición final segunda, al final.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-11233
Que lo que saquen para docencia y sanidad sea mejor o peor, eso ya el tiempo dirá.

Igualmente esta regularizacion de 5 años es ilegal como ya le dirá en una un tiempo algún tribunal al gobierno.

AmeliaFolch

#24 Lo que no se puede es desproteger a los que han sufrido ese fraude (igual que si en la empresa privada pillan un fraude de ley con abuso de temporalidad la solución no es que echen a ese trabajador abusado y contraten a otro (no sería sanción para el empleador que cometió el fraude, sino que éste se reiría de todos) sino hacer fijo a ese trabajador ilegalmente empleado)

x

#213 A ver, las cosas como son. Tampoco diría que es un fraude estar gozando de un puesto de funcionario público de manera indefinida sin haber aprobado la oposición o el concurso- oposición mientras que otros están en su casa estudiando, sin cobrar y esperando a que salga una plaza....
Fraude sería si de repente sacan la plaza y los largan sin más, sin indemnización y sin nada.

AmeliaFolch

#255 Acabas de describir justo lo UE han hecho: las oposiciones de Estabilización que están ya en proceso y algunas finalizadas: han sacado las plazas de los interinos y no consigues plaza si no apruebas los tres exámenes (en el caso de mis oposiciones son tres) Se puede presentar todo el mundo, incluidos jóvenes recién salidos de la universidad y sin cargas familiares ni laborales, y aún así, habiéndose presentado Miles de personas, se van a quedar plazas desiertas porque han aprobado menos gente el primer examen que plazas hay (yo he aprobado el primer examen de momento) Por supuesto, a los interinos que no aprobemos nos pretenden largar sin indemnización alguna, aunque queden plazas desiertas porque ni interinos ni no interinos superen semejantes pruebas.

O

#213 Ya, claro, ¿y todos los interinos que han estado años impidiendo que su plaza salga en los concursos gracias a la "protección" de gerentes y jefecillos varios? Y no son pocos. En la mayoría de los casos ser interino es un chollo, y ahora se les va a regalar la plaza...

Sinceramente, espero que algún partido recurra la medida y le den la razón

AmeliaFolch

#307 No sé de quién hablas, en el caso de los centros educativos (que incluye gran parte de los interinos), los directores de los centros no tienen ninguna potestad de contratación (es más, veo todos los días cómo se tienen que pegar con la Consejería para que les manden trabajadores sustitutos en caso de bajas, etc...vamos que no tienen potestad en lo que tú indicas. En los demás casos, creo que es parecido: son los altos cargos de la Consejería de Presidencia- Dirección General de Función Pública los que mandan en las Administraciones Autonómicas. En cuanto a los ayuntamientos, especialmente los pequeños, es evidente que no se pueden permitir mandar a la calle a trabajadores con muchos años de servicios que son válidos y que ya saben cómo funciona su puesto y que, como todo empleado despedido, tiene derecho al menos a una indemnización. Muchos ayuntamientos no se pueden permitir pagar esas indemnizaciones y preferirían hacer al personal en abuso de temporalidad fijo. Si no hay ninguna sanción real, la que nos va a multar es la UE y lo pagarás tú, los que piensan cómo tú y los ciudadanos contribuyentes que no quieren joder al prójimo. Ojalá sólo pagarán los que aprueban que nos multen con tal de que no sé restauren los derechos laborales de los falsos temporales del sector público.

E

#213 Desprotección ninguna, se podrían presentar a los OPES... el problema es que son escasas y nunca sacan todas las vacantes... porque irían a la calle los interinos que no cubren bajas o plazas de titulares en situaciones especiales (liberados sindicales, los que están en excedencia por prestar servicio en otro cuerpo o escala, los que están en excedencia por estar ne política....).

No existe fraude de ley en el momento que el interino sabe cuando se le acaba el tema... existen excepciones como los que ocupan una plaza de refuerzo que dura lo que tenga que durar (aunque algunas se eternizan y solo las cubren con titulares por medio de comisiones de servicio o concurso de trasladado pero no por turno libre) pero del resto saben que por promoción interna, concurso de traslado o por turno libre su plaza se va a cubrir... otra cosa es porque no se sacan TODAS las vacantes a turno libre.

Cuando yo aprobé eran 30 y pico plazas.... nos dieron a escoger entre unas 50... la pregunta del millón es porque no tiraron de los que no superaron el proceso para cubrir esas plazas... este año fue al revés, aprobaron a más gente que plazas tenían y rascaron plazas de todos lados... las plazas existen, lo que no hay es la voluntad de que se cubran LEGALMENTE y no con apaños como este.

AmeliaFolch

#319 Las OPES de estabilización, al menos donde yo me he presentado, han vuelto a ser un fraude: de más de 3000 personas que se han presentados en una de las categorías, y más de 4000 y 5000 en las otras dos, han quedado plazas desiertas por la dificultad desproporcionada de los exámenes (las Administraciones no cumplen la adecuación de las pruebas al puesto (ni a las tareas del puesto ni al consiguiente sueldo) Yo he estado de baja y han llegado a cubrir mi puesto de funcionaria interina ilegalmente (ya denunciado y subsanado) con un empleado de una empresa privada (sus amiguitos)...en definitiva: aquí, y que conste que yo he aprobado hasta ahora todos los exámenes, el que incumple reiteradamente la ley y abusa es la propia Administración como empleadora. El trabajador interino se encuentra totalmente desprotegido frente al empleador, un monstruo con el que pocos se atreven cuando abusa.

AmeliaFolch

#161 Donde ha habido funcionarización y nadie se ha quejado tanto es en empresas públicas, donde se ha convertido en funcionarios a sus trabajadores seleccionados sin ningún proceso de igualdad, mérito y capacidad sino discrecionalmente. Ha sido este mismo año pasado, por la ley de Presupuestos, el 31 de diciembre y de tapadillo: nos lo ha colado el Gobierno. Nos la cuelan una y otra vez con personas elegidas a dedo mientras en los foros públicos se azuza a la opinión pública contra los más débiles y también víctimas de la administración: los interinos en fraude de ley (que, insisto, no son todos los interinos, ni nadie pretende regularizarlos a todos, pero hay demasiados en abuso de temporalidad en este país)

AmeliaFolch

#73 Habrá interinos para los puestos en los que esté realmente justificado que sean temporales, no en los puestos estructurales.

AmeliaFolch

#75 Eso no quiere decir que el TJUE defienda a todos ellos, al contrario: precisamente "sólo" (es un decir, puesto que su número es escandaloso) estarían contemplados los que tendrían derecho a la protección en el empleo según el Derecho de la UE, por ser víctimas de abuso de temporalidad, que son los que cumplen unos requisitos muy estrictos: han superado un proceso de selección (proceso selectivo igual y justo en su momento: no pretenderemos que lo tengan que pasar continuamente, al mismo tiempo que están trabajando y que supuestamente tienen vida personal) y que han estado desempeñando puestos de trabajo estructurales que la Administración sin ser reconocidos como tales, sino como trabajadores precarios que ocupan puestos falsamente denominados temporales, no habiendo salido a convocatoria sus plazas por lo menos en 3 años, que es límite legal que marca el propio EBEP.
Algo que se olvida es que la Directiva de 1999 de la UE no se refiere exclusivamente al fraude laboral cometido en el sector público sino que no diferencia entre público y privado (si una empresa es "pillada" cometiendo el mismo fraude (manteniendo en una relación de empleo de temporalidad, con menores derechos para el trabajador, a un trabajador que está desempeñando un puesto estructural, también se le debe multar y hacer fijo al trabajador, restituyendo así la relación laboral a la legalidad)
De la situación en el sector público sólo tienen la culpa y responsabilidad por su nefasta gestión ciertos funcionarios de alto nivel que se encargan de la gestión de personal (la mayoría de carrera y que sí, han entrado o por libre designación, o por procesos que en su momento del pasado habría que ver si justifican que ocupen esos puestos y que si siguen así nos harán pagar a todos los españoles unas bonitas multas de la UE así como millones de euros malgastados en procesos judiciales de los interinos que están demandando al Estado Español por el fraude de ley cometido y reconocido por la UE), así como los políticos responsables de la misma. Durante años se ha venido tradicionalmente en este país utilizando el empleo público, incluidas las ofertas de empleo público, como un recurso del poder, electoral y electoralista, en vez de como un recurso esencial para el funcionamiento de los servicios públicos al servicio del ciudadano. Tampoco debemos olvidar a los sindicatos mayoritarios que han favorecido unas ofertas de empleo y unas oposiciones absurdas y de una dificultad que no se corresponde con los puestos de trabajo ofertados, sólo para mantener la maquinaria de sus academias, que son un gran negocio.
Pero todos éstos son los primeros en irse de rositas: los políticos por sus cargos limitados a 4 años y los funcionarios responsables y sindicatos por manipular a la opinión pública contra el empleado raso de la administración que es el que hace realmente funcionar los servicios públicos de este país (sanitarios, profesores, policías, bomberos, jueces, administrativos, etc.)
El problema para los jóvenes no es que haya muchos interinos sino que cada vez se privatizan más servicios públicos y se recorta personal público, por lo que en los últimos años las ofertas de empleo han venido siendo ridículas.
En Italia, también afectado por este problema de abuso de temporalidad sobre sus trabajadores públicos, sólo reaccionaron contra el abuso, corrigiendo la situación temporal de los interinos, cuando se habló de repercutir el coste en los responsables de las decisiones de gestión de personal que habían cometido dicho fraude. Estaría bien que en España ocurriera lo mismo, francamente ,antes de que la UE nos multe como país y lo paguemos todos. Con mucha gente ya habiendo interpuesto demandas en los tribunales ya está saliendo esto muy caro., no sólo para las víctimas del abuso de temporalidad sino también para el ciudadano contribuyente.

s

#205 Buenos días. Me gustaría contestar a tu comentario pero considero que es muy amplio y trata temas distintos e interesantes que deberían tratarse por separado para que el caso de que se genere un conversación en torno a ellos cada uno vaya leyendo lo que le interesa.

Así que si no te importa algunos aspectos los voy a contestar por separado.

s

#205 En cuanto al tema de a quien protege la directiva creo que no estoy de acuerdo con lo que dices de que protege en unos casos muy estrictos. La directiva sanciona la temporalidad, pero remite al derecho nacional. Es la suma de derecho nacional + directiva la que está haciendo que algunos TSJ estén reconociendo fijeza a quien superó un proceso y no a los restantes. Si la directiva se limitase a los que han superado procesos la solución sería más sencilla. El problema es que la directiva ataca la temporalidad y en España hay muchísimo personal temporal que no se ha examinado nunca, motivo por el que ningún borrador ha exigido ese requisito, que sí exigen en cambio los Tribunales.

AmeliaFolch

#250 La directiva, efectivamente, se puede interpretar de forma aún más restrictiva y no habla directamente de procesos selectivos (lo que sí hay es una sentencia del TJUE que excluye las oposiciones libres como posible sanción al abuso, mientras que no excluye la conversión en fijos) Cuando he dicho eso me estoy ciñendo a lo que se está reivindicando en loa tribunales a nivel nacional, en concreto por parte del despacho del abogado Javier Arauz, que lleva miles de casos de interinos que han superado procesos de selección. En cuanto a la existencia de trabajadores temporales que no han superado procesos, entiendo que la gente que está estudiando se enfade si les conceden la fijeza, pero la culpa sigue siendo de la administración, y el abuso en ese caso también existe. Ya es bastante desgracia la temporalidad y la precariedad en el empleo, máxime si la amenaza de cese es a ciertas edades, por lo que es mezquino y diría que incluso estúpido, por parte de una parte de la opinión pública,cargar contra el empleado público en abuso en vez de contra una administración fraudulenta y contra los que, dentro de ella, han tomado y siguen tomando las decisiones en el ámbito de la Función Pública.

s

#205 En cuanto al tema de la responsabilidad creo que hay muchos responsables pero políticos y sindicatos se reparten la mayor parte, con excepciones imputar el tema a altos funcionarios es como culpar al director general de industria del precio de la luz.

El problema se lleva gestando desde hace décadas y repartir responsabilidades es complejo pero simplificando las dos causas que agrupan más responsabilidad son:

- Incluir en ofertas de empleo menos puestos de los necesarios y luego rellenar con interinos
- No incluir en ofertas de empleo puestos que exceden el tiempo legal.( Es decir, no solucionar el problema creado incumpliendo la ley)

Ambos supuestos son esencialmente culpa de políticos y sindicatos, que han sido cómplices y han disfrutado de la debilidad del personal interino, mucho menos capacitado para protestar que el de carrera.

Es cierto que puede haber jefes de personal que hayan sido cómplices, pero no creo que se les pregunte mucho sobre cuántas plazas van a cada oferta de empleo, tb es cierto que muchos interinos han presionado para que no salgan más plazas a oposición, cómodos con el sistema y sin estudiar, pero en general la responsabilidad es de quien decide y esos han sido politicos y sindicatos. De los otros puede haber responsables, pero en jefes de personal muchos han criticado e informado en contra de la situación y entre los interinos igual que había los que querían que no salieran las plazas había otros que estaban estudiando y se les ha puteado como a nadie.

Y luego está el tema de la tasa de reposición, ha habido casos donde todos los actores se han puesto de acuerdo y la tasa de reposición impedía sacar las plazas, en Aragón hasta el TSJ llegó a admitir saltarse la tasa de reposición en el caso de los interinos pero luego lo tumbó el TS. De nuevo el problema fue de origen político, ya que es fue una decisión política que las plazas cubiertas por interinos computasen en la tasa de reposición.

Todo esto simplificando mucho, porque me he dejado temas como los indefinidos no fijos , que en la administración local son la mayoría del personal temporal.

AmeliaFolch

Por eso se mantiene a miles de funcionarios que ocupan plazas estructurales en situación de temporalidad ilegal, de modo que tengan que seguir matriculándose y presentándose, haciendo que el negociete de unos pocos siga en marcha, además del efecto reclamo para las elecciones que supone una oferta pública de empleo de plazas que en realidad se compone de las mismas plazas que salen una y otra vez sin llegar a ocuparse.