Hace 11 años | Por roker a lne.es
Publicado hace 11 años por roker a lne.es

El sindicato UGT ha denunciado el "cierre encubierto" del pozo Las Cuevas que la empresa Unión Minera del Norte, Uminsa, tiene en Velilla del Río Carrión (Palencia), al pretender trasladar a 80 trabajadores al pozo de Pineo, en Asturias. "La empresa les esta dando la orden del traslado de palabra, sin papeles, comprometiéndose a mantener el sueldo que tienen y sin hacerse cargo del traslado ni de la vivienda. Los que no acepten el traslado serán despedidos conforme a la reforma laboral con 20 días por año trabajado de indemnización".

Comentarios

D

Cuando los mineros protestaban con don Vito molaban mucho más que cuando protestan contra él. Pero los mineros que hacían esas cosas tan bonitas con los cascos y tal no estaban manipulados por este hijoputa para pedir pasta (para él). No. Qué va.

Esto ya no es noticia. Hala, circulen.

Carnizal

#5 Tú desde Reino Unido estás más informado que nadie...

D

#6 no entiendo por qué dices eso pero para buscar cosas en google no hace falta estar en UK, si quieres puedo hacerlo desde casi cualquier país del mundo.

Es sencillo, vosotros decís que los mineros no han luchado contra Vitorino y yo os demuestro que es mentira.

D

#6 toma, por bocazas.

Artículo 9.- Jubilación.

1. La edad mínima de sesenta y cinco años, exigida para tener derecho a la pensión de jubilación, se rebajará en un período equivalente al que resulte de aplicar al periodo de tiempo efectivamente trabajado en cada una de las categorías y especialidades profesionales de la Minería del Carbón el coeficiente que corresponda de conformidad con la siguiente escala:

a) 0,50, en las de Picador, Barrenista y Ayudantes de una u otra.

b) 0,40, en las de Posteador, Minero de Primera y Artillero.

c) 0,30, en las de Técnico o Vigilante de explotación en talleres de arranque o preparación, Ayudante Artillero, Entibador, Ayudante de Entibador, Caballista, Maquinista de tracción, Vagonero y Rampero, así como en las de Tubero o Camionero por los períodos de trabajo realizados en talleres de arranque y preparación.

d) 0,20, en las restantes categorías profesionales de interior.

e) 0,20 en el supuesto de trabajadores trasladados de servicios de interior a puestos de trabajo de exterior en cumplimiento de un precepto legal o reglamentario. Caso de que el traslado se produzca a un puesto de interior el coeficiente correspondiente al nuevo puesto se incrementará en un 0,10.

* NOTA: redactado de conformidad con el artículo 4.1 del Real Decreto 2366/1984, de 26 de diciembre.

f) 0,05 para los restantes trabajadores del exterior.


Fuente: http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/095321?ssSourceNodeId=1139

Carnizal

#8 Hoy en Barrio Sésamo vamos a explicaros la diferencia entre Jubilarse y prejubilarse (que es lo que yo he dicho). Vamos allá:

Jubilarse: Cumplir con los requisitos del artículo 9 antes mencionado.

Prejubilarse: acreditar un mínimo de 8 años trabajados y ya está ya tienen derecho a una pensión de 2100€ hasta que se jubilen.

Fuente: http://www.lne.es/cuencas/2012/08/26/mitad-mineros-carbon-prejubilando-45-anos/1289135.html

D

#9 ¿en Barrio Sésamo no te enseñaron la diferencia entre una ley y una noticia sobre esa ley? La primera es lo que es, la segunda es lo que el periodista quiera que sea. Casi lo consigues, pero no.

Carnizal

#10 Si crees que es mentira tú mismo podrás rebatirlo echando mano a la ley. ¿en qué miente la noticia?

D

#11 venga va, te lo voy a explicar. Mi comentario en #8 señala que no es "los mineros son unos privilegiados" si no que las prejubilaciones y los derechos que tienen van en función de la peligrosidad y el riesgo para la salud del trabajo que desempeñan. Si lees los supuestos de la ley verás que los que se pueden prejubilar antes son los que más riesgos corren y los que menos son los que ni siquiera están en la mina. En el caso de picador, barrenista y ayudantes de dichas profesiones pueden jubilarse con la mitad de años cotizados, los que no están dentro de la mina tienen un coeficiente de 0,05 (que es lo mismo que nada).

Al reducir este tema a un "los mineros son unos privilegiados" estás insultando al resto de profesiones que tienen los mismos privilegios y/o beneficios, entre ellas la de policía o bombero.

La cuestión no es por qué los mineros tienen lo que tienen, la cuestión es por qué no lo tenemos nosotros.

Dicho esto, tanto la noticia que proporcionas como tus argumentos no son válidos, ya que se basan en un concepto manipulado y/o tergiversado.

Carnizal

#12 Tu comentario en #8 señala que los mineros no son unos privilegiados jubilándose y en ese sentido te doy la razón, conozco esa ley y de hecho la veo bien que se puedan jubilar antes debido al riesgo que han tenido. Pero estamos hablando de cosas distintas amigo, el artículo hace referencia a las prejubilaciones mineras y tú a las jubilaciones, que son cosas distintas, las prejubilaciones vienen reguladas en los cuatro planes de ayudas al carbón aprobados desde 1990 e imponen una edad mínima de 52 años cosa que no se ha cumplido en la mayoría de los casos ya que la edad media de jubilación está entre los 42 y los 50 años, una vez prejubilados y según cumplan los requisitos del artículo 9 van accediendo a la jubilación antes de los 65 según el citado artículo.

D

#13 todavía no has aportado ninguna prueba, aparte de una noticia que, por cierto, no pone de dónde ha sacado los datos. Aquí tienes documentos de las prejubilaciones, nóminas y más de los mineros.

http://www.elboletin.com/index.php?noticia=55937&name=nacional
http://2.bp.blogspot.com/-AMe4TXW4Rnw/T-tY551tvOI/AAAAAAAAAdk/J6lwYGv_eIc/s1600/181886_333329330077757_1001418113_n.jpg
http://jsmutxamel.blogspot.com/2012/06/verdades-y-mentiras-sobre-los-mineros-y.html

Las perjubilaciones son para poder ir cerrando pozos y, las 400 prejubilaciones mencionadas en la siguiente noticia, son de empresas privadas, mientras recortan las públicas.

Los cerca de 400 trabajadores de la minería privada a los que les correspondía prejubilarse este año, muchos de ellos empleados en las explotaciones del occidente asturiano, podrán hacerlo ya en los próximos días. El Consejo de Ministros aprobara en su reunión de ayer la modificación del real decreto que regula dichas prejubilaciones para «adecuar la legislación española a las nuevas previsiones» que exige la normativa de la Unión Europea sobre ayudas a la industria minera aprobada en diciembre de 2010 y que liga las subvenciones al cierre de pozos.

Hasta el 31 de diciembre del pasado año, y según los datos oficiales de Industria, el Plan del Carbón 2006-2012 ha propiciado la prejubilación de 4.451 mineros. De ellos, la empresa pública Hunosa prejubiló 2.177 trabajadores, mientras que el sector privado prejubiló 2.274 empleados.


Fuente: http://www.lne.es/cuencas/2011/10/29/gobierno-desbloquea-prejubilaciones-400-mineros-ligadas-cierre-pozos/1149311.html

Para colmo, el gobierno no incluye las prejubilaciones en los recortes. Primero las critican y resulta que es lo único que salvan y, además, dicen que son "prioritarias". También afirman que hay 358 millones de euros de las ayudas "sin ejecutar", vamos... que no saben dónde están.

Así, las prejubilaciones, que tuvieron un grado de ejecución del 100%, son a juicio de Soria «prioritarias», pero no el resto de gastos.

Soria tiró de cifras para explicar que del total de 1.071 millones de euros asignados al Plan del Carbón en 2011, sólo se ejecutaron proyectos por un total de 713 millones de euros, el 66,6% del total. E indicó que el ajuste de 323 millones es un importe inferior al de 358 millones de euros que se quedó sin ejecutar del plan en 2011.


Fuente: http://www.elcomercio.es/v/20120210/economia/industria-solo-salva-prejubilaciones-20120210.html

D

#13 no se si me estoy perdiendo algo, pero por lo que se ve las ayudas para las prejubilaciones solo las pueden pedir empresas privadas, no públicas, y es la empresa la que las pide, no el trabajador.

Las ayudas por costes laborales mediante prejubilaciones presentan las siguientes características:

Se realizan mediante la subrogación del Instituto en las obligaciones indemnizatorias adquiridas por las empresas.
Se otorgan en régimen de concesión directa
A solicitud de las empresas interesadas
Previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la norma

Beneficiarios

Las empresas mineras privadas que tengan o hayan tenido ayudas destinadas a cubrir pérdidas de la producción corriente.


Fuente: http://www.irmc.es/ayudas/tipos_ayudas/prejubilaciones-ides-idweb.asp

Te mean, te dicen que llueve y encima te alegras porque también te han dicho que hay sequía.

F

Vaya elemento Victorino Alonso. Aquí se ve lo que le importan sus trabajadores.

Carnizal

"Los trabajadores están en una situación de indefensión absoluta, no saben que hacer", ha agregado Mesa.

Indefensión los que están en el paro, esta gente que se va a prejubilar en 5 años con 2100€ no me da ninguna pena! Anda...

Carnizal

"un arma hecha a la medida de empresarios sin escrúpulos como Vitorino Alonso"

Cuando se trata de pedir dinero para la minería todo son alabanzas y ahora resulta que es poco menos que Satanás...

¿Por qué no denunciáis estas cosas cuando vais a Madrid y estáis en frente del ministerio de industria?