El Juzgado número 41 de Madrid ha dado la razón, en primera instancia, a los herederos del dictador Francisco Franco en la propiedad de las estatuas obra del Maestro Mateo, Isaac y Abraham, que reclamaba el Ayuntamiento de Santiago de Compostela.
#5:
Me cago hasta en la puta. Esas estatuas estaban protegidas por la Ley de Patrimonio Artístico de 1933 (vigente hasta 1985), que establecía textualmente que nada del patrimonio histórico-artístico podía ser cedido por cambio, venta, o donación a particulares ni a entidades mercantiles. La venta, cesión, donación, o lo que sea que arguyen los Franco no podía ser válida en modo alguno.
#14:
#13 Atento a este extracto: todo lo razonado en los fundamentos de esta resolución, determinan la desestimación de la demanda formulada por el Ayuntamiento de Santiago de Compostela, pues no concurren los requisitos necesarios para la viabilidad de la acción reivindicatoria dado que la parte actora no ha identificado los bienes cuya titularidad reclama, como tampoco su carácter de bienes demaniales, a lo que se añade el hecho de que, aún de haber concurrido tal identificación, la titularidad de los bienes habría sido adquirida por la demandada conforme a derecho por medio del instituto de la usucapión, y la acción reivindicatoria habría quedado prescrita al consumarse esta última
#3:
de los franco es todo el país, que para eso ganaron una guerra ha dicho el juez
#18:
#17 Me extraña lo de la identificación, habida cuenta de la escritura pública de compra-venta de 1948, que según se decía en otra noticia contenía descripciones detalladas.
Edito: Aquí está esa noticia. Cito de la misma: El expediente "es tan completo", detalla Noriega, que incluye un informe del escultor Francisco Asorey en el que detalla las características históricas y el valor de las piezas, muy superior al importe que figura en el expediente de venta (60.000 pesetas).
#37:
#27 Se puede estar muy de acuerdo en que no justificaran nada, pero... ¿Pasividad? Sobretodo en 1936-75, menudos tontos que no se las reclamaban a Franco
#27:
#5 Díselo a la jueza que, además, parece haber desestimado el documento presentado por el Ayuntamiento que probaría su pertenencia (que parece que no) y su destino a uso público (que parece que tampoco):
"En el fallo, la magistrada considera que, después de examinar la documentación, las estatuas "nunca tuvieron el carácter de bienes de dominio público por adscripción a un determinado uso o servicio público", como defendía el Ayuntamiento, ya que no se pudo acreditar que las piezas "hubiesen estado en su poder". "La simple compra no las hace de dominio público, sino la adquisición unida a un destino de uso o de servicios públicos", dice la jueza, que considera que "ese extremo no quedó probado ni tan siquiera de forma indiciaria".
Alude también a la "pasividad del propio Ayuntamiento" a la hora de reclamar las estatuas y que duró, destaca, "63 años", en referencia al período de tiempo en el que habrían estado en propiedad de los Franco tras ser espoliadas. "El argumento de su naturaleza como bienes de dominio público imprescriptibles es el único de los posibles para sostener jurídicamente esta acción reivindicatoria", dice, así como para "tratar de evitar las consecuencias que el transcurso del tiempo causa en la adquisición de los derechos".
El juzgado entiende que el Ayuntamiento no aporta documentación suficiente más allá del expediente administrativo ni nada que pruebe "la entrega efectiva de las estatuas al Ayuntamiento tras la adquisición y la decisión municipal sobre su emplazamiento para dar inicio a su condición de bienes de uso o servicio público"."
En fin, ¿otra prueba más del bocachanclismo de un puro deseo no bien fundamentado, como ocurre cuando actúan contra los bienes de la Iglesia? ¿Les dará el recurso la razón, si recurren?
#22:
#21 Eso mismo juraría yo también. Según lo entiendo yo, esas estatuas nunca dejaron de estar protegidas por la ley. Primero por la de 1933 y luego por la de 1985.
#25:
#21 Estaba echando ahora un vistazo a la ley de patrimonio del 85. Algunos artículos destacables que vienen al caso:
Artículo 1.2 Integran el Patrimonio Histórico Español los inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor artístico, histórico o antropológico.
Artículo 28.2: 2. Los bienes muebles que forman parte del Patrimonio Histórico Español no podrán ser enajenados por las Administraciones Públicas, salvo las transmisiones que entre sí mismas éstas efectúen y lo dispuesto en los artículos 29 y 34 de esta Ley.
Me cago hasta en la puta. Esas estatuas estaban protegidas por la Ley de Patrimonio Artístico de 1933 (vigente hasta 1985), que establecía textualmente que nada del patrimonio histórico-artístico podía ser cedido por cambio, venta, o donación a particulares ni a entidades mercantiles. La venta, cesión, donación, o lo que sea que arguyen los Franco no podía ser válida en modo alguno.
#13 Atento a este extracto: todo lo razonado en los fundamentos de esta resolución, determinan la desestimación de la demanda formulada por el Ayuntamiento de Santiago de Compostela, pues no concurren los requisitos necesarios para la viabilidad de la acción reivindicatoria dado que la parte actora no ha identificado los bienes cuya titularidad reclama, como tampoco su carácter de bienes demaniales, a lo que se añade el hecho de que, aún de haber concurrido tal identificación, la titularidad de los bienes habría sido adquirida por la demandada conforme a derecho por medio del instituto de la usucapión, y la acción reivindicatoria habría quedado prescrita al consumarse esta última
#17 Me extraña lo de la identificación, habida cuenta de la escritura pública de compra-venta de 1948, que según se decía en otra noticia contenía descripciones detalladas.
Edito: Aquí está esa noticia. Cito de la misma: El expediente "es tan completo", detalla Noriega, que incluye un informe del escultor Francisco Asorey en el que detalla las características históricas y el valor de las piezas, muy superior al importe que figura en el expediente de venta (60.000 pesetas).
#21 Eso mismo juraría yo también. Según lo entiendo yo, esas estatuas nunca dejaron de estar protegidas por la ley. Primero por la de 1933 y luego por la de 1985.
#21 Estaba echando ahora un vistazo a la ley de patrimonio del 85. Algunos artículos destacables que vienen al caso:
Artículo 1.2 Integran el Patrimonio Histórico Español los inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor artístico, histórico o antropológico.
Artículo 28.2: 2. Los bienes muebles que forman parte del Patrimonio Histórico Español no podrán ser enajenados por las Administraciones Públicas, salvo las transmisiones que entre sí mismas éstas efectúen y lo dispuesto en los artículos 29 y 34 de esta Ley.
#14 Lo que tiene el lameculismo y la cobardía.
El ayuntamiento ha perdido por prescripción.
Como no se expropie...me da que el pórtico se queda sin figuras.
#32 el ayuntamiento ha perdido porque no le han interesado las estatuas hasta ahora. Es muy fuerte que te ocupes de estas y pases de reconstruir la que están en la catedral porque no son tuyas. A mamarla podemitas
#5 Díselo a la jueza que, además, parece haber desestimado el documento presentado por el Ayuntamiento que probaría su pertenencia (que parece que no) y su destino a uso público (que parece que tampoco):
"En el fallo, la magistrada considera que, después de examinar la documentación, las estatuas "nunca tuvieron el carácter de bienes de dominio público por adscripción a un determinado uso o servicio público", como defendía el Ayuntamiento, ya que no se pudo acreditar que las piezas "hubiesen estado en su poder". "La simple compra no las hace de dominio público, sino la adquisición unida a un destino de uso o de servicios públicos", dice la jueza, que considera que "ese extremo no quedó probado ni tan siquiera de forma indiciaria".
Alude también a la "pasividad del propio Ayuntamiento" a la hora de reclamar las estatuas y que duró, destaca, "63 años", en referencia al período de tiempo en el que habrían estado en propiedad de los Franco tras ser espoliadas. "El argumento de su naturaleza como bienes de dominio público imprescriptibles es el único de los posibles para sostener jurídicamente esta acción reivindicatoria", dice, así como para "tratar de evitar las consecuencias que el transcurso del tiempo causa en la adquisición de los derechos".
El juzgado entiende que el Ayuntamiento no aporta documentación suficiente más allá del expediente administrativo ni nada que pruebe "la entrega efectiva de las estatuas al Ayuntamiento tras la adquisición y la decisión municipal sobre su emplazamiento para dar inicio a su condición de bienes de uso o servicio público"."
En fin, ¿otra prueba más del bocachanclismo de un puro deseo no bien fundamentado, como ocurre cuando actúan contra los bienes de la Iglesia? ¿Les dará el recurso la razón, si recurren?
#27 Se puede estar muy de acuerdo en que no justificaran nada, pero... ¿Pasividad? Sobretodo en 1936-75, menudos tontos que no se las reclamaban a Franco
Transición española?
De asesinos genocidas ladrones a que? A que han transicionado?
Por tenerlas robadas en su posesión años?
A robar todos a museos, si no encuentran las obras nuestros hijos o nietos tendrán la posesión.
Españistan en estado puro, nada nuevo cara al sol en la justicia española.
#7 se puede hacer. Con dejar una casa en herencia y decir "mira que ha aparecido aquí, Museo del Prado dame autenticidad de este cuadro" ya es de tu familia y puedes hacer lo que quieras. Esa práctica con un estilo muy similar ha sido muy usada por empresarios para hacerse con multitud de objetos sacros, sobre todo los del ladrillo con reformas en conventos.
#7 que opinas sobre el saqueo del museo arqueológico y las cajas de los bancos de los gobernantes republicanos? Y sobre el oro (cuartas reservas del mundo)? Eso era la España que admiras? Por cierto, de los miles de estatuas y demás bienes de interés cultural que destrozaron los comunistas, que opinas?
Hay que cambiar la constitución.
Titulo I - Articulo 14: todos los españoles son iguales ante la ley, dependiendo lo asesino genocida ladrón que sea su abuelo.
La estrategia del franquismo es clara. Amenazar con que "se va a liar" si te atreves a mover un dedo contra ellos, y así dejar correr los años suficientes para que cuando haya alguien con valor para plantarle clara, todo haya prescrito.
Con la memoria histórica, y los muertos en las cunetas están haciendo exactamente lo mismo.
#26 Si lo mueven, hay posibilidades de que acabe en el centro de Madrid... por lo que la progresía ha decidido callarse en este tema (ahora ya no existe para los medios de comucación) no sea que vuelvan a hacer el ridículo. Pedro Sánchez decidió agitar este tema nada más asumir la presidencia, pero por no tener preparada las cosas, ha tenido que recular una vez más, como con el relator.
#11 No está mal, aunque la victoria que realmente deseo es la del Valle de los Caídos. El Valle no se toca.
El valle de los caidos debe de desaparecer.
P.D. Positivo equivocado.
#11 Tú tranqui. Mientras estés mañana en la manifa ya vamos nosotros a por los huesos de Franco, aprovechando que el facherío estáis mirando a otro lado.
Comentarios
Me cago hasta en la puta. Esas estatuas estaban protegidas por la Ley de Patrimonio Artístico de 1933 (vigente hasta 1985), que establecía textualmente que nada del patrimonio histórico-artístico podía ser cedido por cambio, venta, o donación a particulares ni a entidades mercantiles. La venta, cesión, donación, o lo que sea que arguyen los Franco no podía ser válida en modo alguno.
#5 Será curioso leer las razones que da el juez para obviar el cumplimiento de la ley.
#13 Atento a este extracto: todo lo razonado en los fundamentos de esta resolución, determinan la desestimación de la demanda formulada por el Ayuntamiento de Santiago de Compostela, pues no concurren los requisitos necesarios para la viabilidad de la acción reivindicatoria dado que la parte actora no ha identificado los bienes cuya titularidad reclama, como tampoco su carácter de bienes demaniales, a lo que se añade el hecho de que, aún de haber concurrido tal identificación, la titularidad de los bienes habría sido adquirida por la demandada conforme a derecho por medio del instituto de la usucapión, y la acción reivindicatoria habría quedado prescrita al consumarse esta última
#14 No ha identificado las obras? Sorprende...
Y si la ley los protegia desde 1933 a 1985...
#17 Me extraña lo de la identificación, habida cuenta de la escritura pública de compra-venta de 1948, que según se decía en otra noticia contenía descripciones detalladas.
Edito: Aquí está esa noticia. Cito de la misma: El expediente "es tan completo", detalla Noriega, que incluye un informe del escultor Francisco Asorey en el que detalla las características históricas y el valor de las piezas, muy superior al importe que figura en el expediente de venta (60.000 pesetas).
#15 Mira el comentario de #14
#19 gracias
#20 Pero dale un positivo, hombre.
#44 al yayo #19 ? Si dentro de 5 minutos no se acuerda
#14 pero, según recuerdo los bienes artísticos del patrimonio , y es algo muy de cabeza no se podían usucapir.
#21 Eso mismo juraría yo también. Según lo entiendo yo, esas estatuas nunca dejaron de estar protegidas por la ley. Primero por la de 1933 y luego por la de 1985.
#21 Estaba echando ahora un vistazo a la ley de patrimonio del 85. Algunos artículos destacables que vienen al caso:
Artículo 1.2
Integran el Patrimonio Histórico Español los inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor artístico, histórico o antropológico.
Artículo 28.2:
2. Los bienes muebles que forman parte del Patrimonio Histórico Español no podrán ser enajenados por las Administraciones Públicas, salvo las transmisiones que entre sí mismas éstas efectúen y lo dispuesto en los artículos 29 y 34 de esta Ley.
#14 Lo que tiene el lameculismo y la cobardía.
El ayuntamiento ha perdido por prescripción.
Como no se expropie...me da que el pórtico se queda sin figuras.
#32 el ayuntamiento ha perdido porque no le han interesado las estatuas hasta ahora. Es muy fuerte que te ocupes de estas y pases de reconstruir la que están en la catedral porque no son tuyas. A mamarla podemitas
#5 Díselo a la jueza que, además, parece haber desestimado el documento presentado por el Ayuntamiento que probaría su pertenencia (que parece que no) y su destino a uso público (que parece que tampoco):
"En el fallo, la magistrada considera que, después de examinar la documentación, las estatuas "nunca tuvieron el carácter de bienes de dominio público por adscripción a un determinado uso o servicio público", como defendía el Ayuntamiento, ya que no se pudo acreditar que las piezas "hubiesen estado en su poder". "La simple compra no las hace de dominio público, sino la adquisición unida a un destino de uso o de servicios públicos", dice la jueza, que considera que "ese extremo no quedó probado ni tan siquiera de forma indiciaria".
Alude también a la "pasividad del propio Ayuntamiento" a la hora de reclamar las estatuas y que duró, destaca, "63 años", en referencia al período de tiempo en el que habrían estado en propiedad de los Franco tras ser espoliadas. "El argumento de su naturaleza como bienes de dominio público imprescriptibles es el único de los posibles para sostener jurídicamente esta acción reivindicatoria", dice, así como para "tratar de evitar las consecuencias que el transcurso del tiempo causa en la adquisición de los derechos".
El juzgado entiende que el Ayuntamiento no aporta documentación suficiente más allá del expediente administrativo ni nada que pruebe "la entrega efectiva de las estatuas al Ayuntamiento tras la adquisición y la decisión municipal sobre su emplazamiento para dar inicio a su condición de bienes de uso o servicio público"."
En fin, ¿otra prueba más del bocachanclismo de un puro deseo no bien fundamentado, como ocurre cuando actúan contra los bienes de la Iglesia? ¿Les dará el recurso la razón, si recurren?
#27 Se puede estar muy de acuerdo en que no justificaran nada, pero... ¿Pasividad? Sobretodo en 1936-75, menudos tontos que no se las reclamaban a Franco
#5 haber ganado la guerra.
#5 Joder como no has pasado esa información al juez...
de los franco es todo el país, que para eso ganaron una guerra ha dicho el juez
#3 Franco dijo "esas estatuas son mías por mis cojones" y eso está demostrado que es falso
#29 te corrijo... dijo 'por mi cojon' pq sólo tenia uno
#48 lo puse a posta, de ahí la falsedad y el
Todo atado y bien atado.
Transición española?
De asesinos genocidas ladrones a que? A que han transicionado?
Por tenerlas robadas en su posesión años?
A robar todos a museos, si no encuentran las obras nuestros hijos o nietos tendrán la posesión.
Españistan en estado puro, nada nuevo cara al sol en la justicia española.
#7 se puede hacer. Con dejar una casa en herencia y decir "mira que ha aparecido aquí, Museo del Prado dame autenticidad de este cuadro" ya es de tu familia y puedes hacer lo que quieras. Esa práctica con un estilo muy similar ha sido muy usada por empresarios para hacerse con multitud de objetos sacros, sobre todo los del ladrillo con reformas en conventos.
#7 A robar al arqueológico como
http://blognumismatico.com/2012/04/03/el-expolio-del-museo-arqueologico-nacional/
#7 no te gusta? Vete
#55 irme?
O luchar, es otra opción.
#64 ahí me has dao
#7 que opinas sobre el saqueo del museo arqueológico y las cajas de los bancos de los gobernantes republicanos? Y sobre el oro (cuartas reservas del mundo)? Eso era la España que admiras? Por cierto, de los miles de estatuas y demás bienes de interés cultural que destrozaron los comunistas, que opinas?
Putadón de la justicia
#1 Usucapión. Ajo y agua.
#6 ajo, agua y resina
#6 de dónde sacas eso?, No lo he visto en la noticia
#1 por mucha ley que sea, si es una mierda es una mierda.
#1 Qué justicia dices.
Hay que cambiar la constitución.
Titulo I - Articulo 14: todos los españoles son iguales ante la ley, dependiendo lo asesino genocida ladrón que sea su abuelo.
Buena noticia para los que somos demócratas y estamos a favor de la legalidad.
¿Os acordáis del Google bombing aquél contra la SGAE?
Mejor me callo, no quiero dar ideas...
Que lo lleven a Europa a ver qué dicen
como dicen por ahí estaría curioso llevar esto a tribunales europeos a ver que opinan en temas de herencias de genocidas
¡¡Y aún hay quien se extraña de que los catalanes se quieran ir de esta puta mierda de pais!!
En primera instancia. Cabe recurrir.
La estrategia del franquismo es clara. Amenazar con que "se va a liar" si te atreves a mover un dedo contra ellos, y así dejar correr los años suficientes para que cuando haya alguien con valor para plantarle clara, todo haya prescrito.
Con la memoria histórica, y los muertos en las cunetas están haciendo exactamente lo mismo.
#33 gana guerras y levanta países para que te digan los perdedores lo que tienes que hacer.
#58 ¿Conoces el angel de Valdepeñas y su historia?
Un mazo y un zincel y a tomar por culo tanta tontería.
#46 vas a hacer una réplica, se nota que no eres de podemos porque tienes ideas constructivas
es lo que tiene que no haya transición todavía
#60 a lo mejor la ha habido y eres tú el que no entiendes las cosas
La justicia española , aquí aún hay gente que no se entera de que va el tema de los jueces en Españistán.
#54 Siento comunicarle que no comparto las aficiones de los antecesores de vuesa merced.
Que se las metan por el culo.
#12 ya no te las quieres meter tu?
La ley ha hablado. Que los Franco las recojan.... que se las tiren desde el campanario de la catedral para que las agarren con las manos.
#40 Vete subiéndolas
Estas reclamaciones deben llegar al Supremo para que vayan creando jurisprudencia.
Haber elegido la otra píldora y sabríais a qué atenerse.
Santa Rita, Rita, Rita lo que se da no se quita.
#8 la diferencia es que aquí lo robaron los putos Franco
Arriba el caudillo! Y que le den a todos los republicanos por mongolos
#38 Eso eso, arriba, que lo levanten del agujero donde está y lo pongan en un FalconX, Carrero ya le mostró el camino
Me alegro por ellos.Viva Franco joder,que gana batallas 44 años despues de muerto
VIVA FRANCO por sus cojones morenos y que se jodan los rojos desentierramuertos subvencionados y las paguitas
Franco 1
Podemitas 0
Usucapión, idos a aprender un poco listillos 2.0
No está mal, aunque la victoria que realmente deseo es la del Valle de los Caídos.
El Valle no se toca.
#11 dales tu casa ya que tanto te gusta mantener sátrapas
#24 Lo que más me gusta es ver a la izquierda desquiciada.
Ojalá no consigan moverlo del Valle de los Caídos.
Y VOX que solo vote la investidura de Casado a cambio de la derogación de la Ley de Memoria Histórica.
#26 no hombre, con suerte te podrás comprar un adosado al lado de tu querido Franco
#26 Si lo mueven, hay posibilidades de que acabe en el centro de Madrid... por lo que la progresía ha decidido callarse en este tema (ahora ya no existe para los medios de comucación) no sea que vuelvan a hacer el ridículo. Pedro Sánchez decidió agitar este tema nada más asumir la presidencia, pero por no tener preparada las cosas, ha tenido que recular una vez más, como con el relator.
#11
No está mal, aunque la victoria que realmente deseo es la del Valle de los Caídos.
El Valle no se toca.El valle de los caidos debe de desaparecer.
P.D. Positivo equivocado.
#11 Tú tranqui. Mientras estés mañana en la manifa ya vamos nosotros a por los huesos de Franco, aprovechando que el facherío estáis mirando a otro lado.
#71 Al menos no dices que irás a la biblioteca en domingo como Antonio Maestre.