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Un juzgado de Granollers anula un préstamo del Santander por usura

l Juzgado de Primera Instancia número 4 de Granollers (Barcelona) ha anulado un préstamo del Banco Santander concedido a un particular invocando a la Ley de Represión de la Usura de 1908, según una sentencia dictada el pasado 28 de mayo.
etiquetas: préstamo, santander, usura
negativos: 0   usuarios: 139   anónimos: 14  
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  1. #1   Este tipo de leyes únicamente pueden venirnos dadas de siglos atrás. La "democracia" actual es incapaz de crear leyes para proteger a los débiles.
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    el 07-06-2012 17:41 UTC por sorrillo sorrillo
  2. #2   #1 Es que si está vigente y es buena, ¿para qué hacer leyes nuevas?
    104  votos: 8   link
    el 07-06-2012 17:42 UTC por natrix natrix
  3. #3   Una luz al final de un largo túnel
    30  votos: 2   link
    el 07-06-2012 17:45 UTC por ysetcc ysetcc
  4. #4   Lo que no se comprende es cómo alguien firma un préstamo al 18,5% de interés, 28,5% en caso de demora. De agárrate y no te menees.
    69  votos: 6   link
    el 07-06-2012 17:52 UTC por Rompe-y-RaSGAE Rompe-y-RaSGAE
  5. #5   Qué bueno sería contar con más jueces con voluntad de buscarles las cosquillas a los bancos... bueno con voluntad y con agallas
    45  votos: 4   link
    el 07-06-2012 17:52 UTC por JaLas JaLas
  6. #6   #4 Pues es como adquirieron el piso del centro y la torre de la sierra nuestros padres, y con un sólo sueldo.
    12  votos: 0   link
    el 07-06-2012 18:33 UTC por El_Mentecato El_Mentecato
  7. #7   Ley de 23 de julio de 1908, de represión de la usura


    1. Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.

    Será igualmente nulo el contrato en que se suponga recibida mayor cantidad que la verdaderamente entregada, cualesquiera que sean su entidad y circunstancias. Será también nula la renuncia del fuero propio, dentro de la población, hecha por el deudor en esta clase de contrato.

    3. Declarada con arreglo a esta ley la nulidad de un contrato, el prestatario estará obligado a entregar tan sólo la suma recibida; y si hubiera satisfecho parte de aquélla y los intereses vencidos, el prestamista devolverá al prestatario lo que, tomando en cuenta el total de lo percibido, exceda del capital prestado.

    4. Si el contrato cuya nulidad se declare por virtud de esta ley es de fecha anterior a su promulgación, se procederá a liquidar el total de lo recibido por el prestamista en pago del capital prestado e intereses vencidos; y si dicha cantidad iguala o excede al capital e interés normal del dinero, se obligará al prestamista a entregar carta de pago total a favor del prestatario, sea cual fuere la forma en que conste el derecho del prestamista.

    Si la cantidad es menor que dichos capital e interés normal, la deuda se contraerá a la suma que falte, la que devengará el interés legal correspondiente hasta su completo pago, y si no se hubiere satisfecho por el prestatario cantidad alguna, se reducirá la obligación al pago de la suma recibida y el interés normal.

    5. A todo prestamista a quien, conforme a los preceptos de esta Ley, se anulen tres o más contratos de préstamos hechos con posterioridad a la promulgación de la misma, se le impondrá como corrección disciplinaria una multa de 500 a 5.000 pesetas, según la gravedad del abuso y el grado de reincidencia del prestamista.

    6. Esta corrección será impuesta por el mismo Tribunal que declare la nulidad del contrato de préstamo.

    7. A los efectos de lo que dispone el art. 5 de esta ley, el Ministerio de Gracia y Justicia, en vista de los antecedentes que deberán remitirle los Tribunales, formará un Registro Central de contratos de préstamos declarados nulos, con expresión   » ver todo el comentario
    118  votos: 11   link
    el 07-06-2012 18:38 UTC por Miguel_Martinez_1 Miguel_Martinez_1
  8. #8   #6 Eran tiempos muy distintos. Las cuentas corrientes daban el 8% de interés, la inflación era de dos dígitos, los tipos oficiales eran altísimos...
    66  votos: 5   link
    el 07-06-2012 18:38 UTC por Rompe-y-RaSGAE Rompe-y-RaSGAE
  9. #9   #8 y los aumentos salariales eran hasta del 25%
    71  votos: 6   link
    el 07-06-2012 18:45 UTC por Miguel_Martinez_1 Miguel_Martinez_1
  10. #10   #9, #8, #6 y había trabajo, y había gente que tenía hasta dos y tres empleos, y la gente se cambiaba de puesto de trabajo por aumentos de sueldo de 1000 pts de uno a otro....
    14  votos: 0   link
    el 08-06-2012 07:32 UTC por kampanita kampanita
  11. #11   #2 No veo que #1 haya dicho que haya que hacer nada nuevo. Dice que si no existiera hoy, esta Ley no se haría ni de coña.
    31  votos: 2   link
    el 08-06-2012 07:52 UTC por ElCuraMerino ElCuraMerino
  12. #12   #4 ¿Tú no has firmado muchos préstamos, ni contratado muchas tarjetas de crédito, ni nada parecido, verdad???
    17  votos: 1   link
    el 08-06-2012 07:52 UTC por ElCuraMerino ElCuraMerino
  13. #13   #7 Hay algunos puntos derogados de la Ley. Concretamente el 2, el 8, el 12 y el 13.
    11  votos: 0   link
    el 08-06-2012 07:54 UTC por ElCuraMerino ElCuraMerino
  14. #14   #13 efectivamente, habrás visto que dichos puntos no están.
    31  votos: 2   link
    el 08-06-2012 08:40 UTC por Miguel_Martinez_1 Miguel_Martinez_1
  15. #15   No lo entiendo, si el tío estaba dispuesto a recibir el préstamo al 18,5% ¿Qué pasa que cuando le han venido mal dadas y no puede devolverlo se escuda en una ley de 1908?

    Es cómo que denuncie a Solan de Cabras porque el agua de la botellita azul vale 6 veces más que la de marca blanca. ¿Y qué importa? Mientras nadie me obligue a comprarla que la empresa le ponga el precio que quiera. El interés no deja de ser el precio del dinero. Si el señor ha decidido comprar el dinero a un interés del 18,5% que se joda, él sabra por qué ha hecho esa estupidez.
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    el 08-06-2012 09:29 UTC por australia australia
  16. #16   #1 #2 #11
    En España teníamos una ley de Usura mucho más moderna y todo eso, pero resulta que la derogó Solchaga en una de las mayorías absolutas de González.
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    el 08-06-2012 10:28 UTC por Volin Volin
  17. #17   Joooder, que hay que pagarle el sueldito a Alonso de alguna manera. xD xD

    Bien por ir a juicio, pero me uno a lo dicho por #15 ¿por qué firmó un préstamos al 18,5%, no existía una alternativa crediticia?
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    el 08-06-2012 10:30 UTC por rafaelbolso rafaelbolso
  18. #18   Justicia en España?? no me lo puedo creer.
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    el 08-06-2012 10:46 UTC por del_dan del_dan
  19. #19   #17 No sé este caso, pero cuando fui a pedir un crédito hace unos años no querían decirme el interés. Me decían la cuota, pero no querían decirme qué interés tenía porque: "lo que te tiene que interesar es lo que pagas al mes, no el interés".
    Me levanté y me fui. Y cerré la cuenta que tenía con ellos. Pero porque soy bastante cabezón y malpensado. Siendo el "banco de toda la vida" y conociendo a algunos hasta de nombre, es fácil caer.
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    el 08-06-2012 12:42 UTC por hootie hootie
  20. #20   La Justicia comienza a hacer justicia. :->
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    el 08-06-2012 12:57 UTC por --2873-- --2873--
  21. #21   #16 No, señor.

    Lo que estaba en vigor era EL DELITO de Usura en el Código Penal desde 1928, si mal no recuerdo. No era nada "moderno".

    Solchaga (o Belloch), no recuerdo, la derogaron.
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    el 08-06-2012 13:18 UTC por ElCuraMerino ElCuraMerino
  22. #22   En España la usura no es un delito. Fue despenalizada por el Código penal de 1995, rompiendo el criterio penalizador recogido por el Código penal de 1928.

    rdmf.wordpress.com/2008/08/30/diez-preguntas-sobre-la-usura/

    Lo tenían todo planeado.
    7  votos: 0   link
    el 08-06-2012 22:36 UTC por Nabuconodosorcito Nabuconodosorcito
  23. #23   #1, PPSOE: "Comprometidos con el Medievo" :ffu:

    PPSOE es ruina y miseria.
    15  votos: 0   link
    el 09-06-2012 06:12 UTC por difusion difusion
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menéame