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Fotoperfecta el 12-01-2013 12:25 UTC publicado: 12-01-2013 16:55 UTC

El Gobierno avisa de que si en una escuela pública no se ofertara la enseñanza de las distintas religiones, o se ofertara fuera del horario escolar, se vulneraría un derecho fundamental recogido en el artículo 27.3 de la Constitución española. Así lo advierte el Ejecutivo en una respuesta parlamentaria, recogida por Europa Press, y dirigida al portavoz de UPyD en la materia, Carlos Martínez Gorriarán, sobre la laicidad de la educación en España.
etiquetas: gobierno, inconstitucional, religión, escuela, pública, gorriarán negativos:
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No veo dónde dice que esa formación deba darse en la escuela pública y dentro del horario escolar. Pueden recibir esa educación perfectamente en los correspondientes centros religiosos que cada creencia estime oportunos.
Si ese artículo no se cumple, siendo de primera necesidad y afectando a la salud física de las personas, no veo porque tiene que tener preferencia un artículo sobre salud espiritual.
Fuera concordato, fuera religión de las aulas.
La iglesia que mejor alumbra el camino, es aquella que arde.
lefthandgod.blogspot.com.es/2012/06/religion-deja-la-educacion-sin-bec
Estas son el tipo de declaraciones que me hacen sentir esa sensación. Lo siento mucho, pero es así. Yo no entiendo cómo la gente se queda tan pancha mientras los tratan como subnormales de esa manera.
Por otro lado, considero que este sub artículo debería derogarse, porque obliga al estado a pagar la educación religiosa (adoctrinamiento) de cualquier convicción religiosa o moral, incluido el cristianismo o el islamismo radical, o incluso el satanismo.
Eso tampoco se interpreta necesariamente. Porque de esa interpretación se desprende que el estado debe costear TODA formación religiosa y moral. Garantizar el derecho no equivale necesariamente a costearlo, de la misma forma que garantizar el derecho a vivienda no equivale a comprarte una casa.
Digamos que el estado debe garantizar que no hay obstáculos para que los padres puedan educar a sus hijos como deseen.
4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.
Si, es una especie de declaración de mínimos, la creación de un sistema educativo público para la enseñanza básica y tal.
Es un tema complejo puesto que la redacción de la constitución es deliberadamente vaga.
Que se haga de educación para la ciudadanía una asignatura decente que no piense por los alumnos, con profesores que se tomen en serio enseñar sin machacar, y igual se arregla el problema solo.
Añadiré que una formación común, no necesariamente puntuable, que estimule le vertiente espiritual del ser humano (desde la creencia, el agnosticismo o aun desde el ateísmo, es decir, no adscrita a un credo) es vital para la supervivencia de la sociedad.
Desde luego el artículo 27 no dice que sea obligatorio en la escuela pública, sino que es deber del gobierno garantizar el libre aprendizaje de las mismas, pero hay que decirlo así, con argumentos, no con falacias. Porque hablar con falacias no hace sino debilitar el discurso.
Que si, que los curas son muy malos, y tienen mucho poder, pero ¡¡¡A ver si sabemos lo que decimos!!!
elpais.com/elpais/2007/05/22/actualidad/1179821827_850215.html
Querer hacer creer que la Constitución promueve que la Iglesia católica controle contenido y profesorado de una asignatura es tratarnos de imbéciles, o al menos al pollo de UPyD a quién se dirigían.
A los que reclaman clases de religión católica en los colegios,seguro que no les hace tanta grácia que en los coles haya que contratar y pagar a barbudos para que den clases de islamismo.
Pués con razón,podrian decir que todos moros o cristianos.
La religión fuera de las escuelas y más enseñanza de civismo,ética y convivencia ciudadana que hay muy poquita.
Artículo 47
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.
Artículo 50
Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente
actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo,
y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un
sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda,
cultura y ocio.
#5 Ya lo pusistes
3.bp.blogspot.com/-bFA8t7Y7g_A/Ty1vlNlYd0I/AAAAAAAAAQY/z-D_C9XYSuY/s16
Increíbles frases de religiosos
www.meneame.net/go.php?id=1810843
Sé tolerante, págate tú tus aficiones. No me obligues a pagártelas.
Bien que la reforman, pero solo cuando quieren.
Podría hacerse un referéndum, que unos pocos no decidan el futuro de todos. ¿No se dice eso para cataluña? pues debería aplicarse lo mismo en el resto de ámbitos, que no decidan cuatro beatas lo que se puede o no estudiar en la escuela pública.
www.youtube.com/watch?v=kuMMFLCPDWg
Que no esté no implica obligatoriedad.
#4 o nacionalcatólico (cristofascista).
En segundo lugar las leyes, incluida la constitución, no puede interpretarse "por partes" ni aislando sus artículos del texto, pues se podría llegar a descontextualizar su significado en favor de intereses impropios de aquellos a los que va dirigido el propio texto legal; es en definitiva una práctica muy peligrosa. Los artículos de una lay deben entenderse dentro del contexto en el que están redactados y del sentido general que la propia ley tiene.
Por último decir que no integrar la enseñanza religiosa dentro de la formación académica pública no significa que el estado no garantice que quien desee recibir dicha educación no pueda hacerlo, de igual modo que no se regalan viviendas a los ciudadanos para garantizar el derecho a una vivienda digna.
Os voy a contar un secreto (que sólo saben todos los opositores de España y yo por "conocimientos gananciales") En la Constitución hay dos tipos de derechos, los fundamentales y "los otros" (es que no me acuerdo como se llaman)
es.wikipedia.org/wiki/Derechos_fundamentales_en_la_constituci%C3%B3n_e
Los fundamentales son inviolables (derecho a la vida, libertad de expresión, libertad religiosa, derecho a la huelga ...) y los otros pues como que son guías (como el derecho a la vivienda) que se deberían seguir si es posible (vamos, que no) Los fundamentales creo que van hasta el artículo 10 o algo similar (siempre he trabajado para la empresa privada, no he estudiado la Constitución, mi mujer si) y el resto son orientativos (por desgracia, el derecho a la vivienda es orientativo, no fundamental)
En ningún momento la libertad religiosa (es decir, que creas lo que te salga de las narices) implica la obligatoriedad de la enseñanza religiosa. Lo te impide es perseguir a nadie por sus ideas religiosas, no tener que meter curas/imanes en las escuelas.
Es una idiotez tan enorme que sólo cabe pensar que la ha redactado un miembro del opus o de la jerarquía eclesiástica, pero no un servidor del estado.
Articulo 27.3 constitucion española
"3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones."
Articulo 18 de la declaración universal de los derechos humanos.
"Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia."
Los niños también son personas y por lo tanto tienen derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Nadie, ni siquiera sus padres, tiene derecho a recortar dicha libertad inculcándoles una religión.
Vale pero yo quiero que se dé budismo en las escuelas. Y no la religión católica. Ya que España es un estado aconfensional y por tanto sin religión definida...
Salu2
¿Será porque toco el islam ?
(Aunque lo cierto es que lo que dice el titular no aparece en la Constitución, si el PP considera eso, entonces debería ser cambiada para aclarar puntos en los que nadie se pone de acuerdo para su interpretación)
www.cadenaser.com/espana/articulo/fiscalia-acusa-profesor-religion-abu
es otro ejemplo, de hoy mismo, de lo que decía antes: de esos empleados de la iglesia que acarician con mucha intensidad a los pobres niños...
Es como la ley hipotecaria, que tiene un siglo de antigüedad, sigue siendo vigente. Es preconstitucional, pero no inconstitucional.
Otra cosa muy diferente es que tanto el concordato como la santa sede como la ley hipotecaria deberían ser inconstitucionales, si tuviéramos una constitución como Dios manda