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arualesteban el 29-10-2012 18:36 UTC publicado: 29-10-2012 20:00 UTC

Acabo de sufrir en carne propia cómo y qué bien y cuánto protegen las leyes a los profesores que se salen un pelín del camino trillado que marca el Poder. Hace unos años decidí que mis clases de Lengua castellana y Literatura en un Instituto de Secundaria podrían ser más entretenidas, estimulantes, participativas, menos latazo, en fin, si sustituía el libro de texto por un blog de mi creación en el que los chavales de 2.º de Bachillerato tuviesen a su alcance unos apuntes con todos los contenidos necesarios para conocer la asignatura.
etiquetas: ley sinde, protección intelectual, derechos de autor negativos:
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Esto tiene que acabarse ya.
Hosting extranjero: ACIERTO.
es.wikipedia.org/wiki/Francisco_Garc%C3%ADa_P%C3%A9rez
Para quien le interese este es su blog personal: pacogarciaperez.es/
La empresa que aloja el blog habrá recibido una notificación de infracción de derechos de autor incorrecta y es su responsabilidad cerrar o no el blog de este señor.
Cada día se envían miles de notificaciones DMCA incorrectas y nadie pone grito en el cielo. No es sensacionalista, directamente es errónea.
Un saludo
A estas alturas este buen señor debería de saber que a "el poder" no le interesa que el alumnado aprenda nada, de ahí que tema los proyectos que puedan ayudar a los chavales a interesarse por la literatura o cualquier otra materia.
Pero, quién sabe, lo mismo no puedes publicar un libro o documento que se llame igual que una obra registrada ya que eso induce a confusión. Sería como vender o regalar un producto que se llame igual que otro... Haces un refresco y lo llamas CocaCola ¿eso te parecería bien? Si fuese igualito que la Cocacola estás haciendo un "plagio" o "copia pirata" ... aprovechándote de la publicidad y de la innovación de esa empresa (ellos investigan y desarrollan el producto y tú lo copias y te aprovechas y les quitas ventas). Y si encima no es igual que la Cocacola entonces estás engañando y dañando la imagen de Cocacola. Y eso es lo que ocurre en este caso: poner un documento con un nombre igual a algo que pertenece a Planeta. Quizá por ahí van los tiros.
No se me entienda mal, la ley Sinde-Wert me parece una aberración. Si eso que ocurre en el blog fuese ilegal (que, como he explicado podría ser lógico que lo fuese) debería ser un juez el que lo valorase, lo cual no ocurre con la ley Sinde-Wert. En el caso que he dicho de la Cocacola debe ser un juez el que de la sentencia (o al menos una fuerza de la ley como, por ejemplo, la policía, la que retire dicho producto... y no la empresa Cocacola o unos funcionarios ni nada parecido) pero en el caso de Internet la ley Sinde-Wert permite que se haga así sin sentencia de un juez ni policías. Debemos protestar contra la ley, pero la ley está ahí y permite que se haga así, y, por tanto, ni Planeta ni las partes que van contra el bloguero hacen algo fuera de la ley.
Una vez te llega la denuncia ya poco puedes hacer, por lo que interpreto leyendo a este profesor no existe la posibilidad de cambiar el nombre al archivo para que la denuncia desaparezca.
Porque si como tú dices "Pero, quién sabe, lo mismo no puedes publicar un libro o documento que se llame igual que una obra registrada" entonces una editorial sólo tendría que publicar un documento que se llamara como cada una de las palabras de nuestro idioma, registrarlo y, voilà, dicha editorial sería la dueña de nuestro idioma con derecho a cobrar sobre cualquier cosa que publicáramos.
Un saludo
"entonces una editorial sólo tendría que publicar un documento que se llamara como cada una de las palabras de nuestro idioma, registrarlo y, voilà, dicha editorial sería la dueña de nuestro idioma con derecho a cobrar sobre cualquier cosa que publicáramos."
Primero, eso le saldría por un pastón... no creas que registrar marcas y eso es gratis. 88 000 palabras... si cuesta registrar una 100 euros (seguramente es más) serían 8 800 000 euros, ves preparando la pasta.
Segundo, no tendrías derecho a cobrar ni un duro a nadie, sólo a tocar los huevos en Internet a la gente que tenga documentos colgados cuyo título sea una palabra del castellano, en cuanto sea dos o más palabras o la misma palabra en plural ya no serviría tu registro. (lo cual, como dije, no me parece bien, pero así es la ley Sinde-Wert). Bravo, habrías gastado 9 millones de euros y un montón de tiempo para nada.
Tercero, es posible que aunque pagues no te dejen registrar todo lo que quieras, imagino que tendrás que demostrar que hay un producto con ese nombre. (quizá con otros registros y documentaciones... sigue preparando mucha más pasta y un poco de suerte de que te concedan los registros de nombres)
Pero como has dicho, es completamente demencial que se pasen la presunción de inocencia por el forro de los cojones y acusen a alguien de hacer algo (que encima no ha hecho) dejando en su mano la labor de demostrar que no ha habido comisión de delito. Y no sólo violan la presunción de inocencia e invierten la carga de la prueba, sino que el espacio de tiempo para poder demostrar tu inocencia (en caso de que tengas la suerte de tener los medios para demostrar algo que no existe, como es el delito que se le presupone) es tan corto que prácticamente no se permite hacerlo.
Es tan demencial, que comprendería perfectamente que no hubiera deseado plegarse ante esta ley tan injusta que se han sacado de la manga esos politicuchos para favorecer a amiguitos, prejudicando al resto de ciudadanos. Y en este caso (y en otros muchos), ciudadanos completamente inocentes.
Apoyo a este hombre, y apoyo que, bien por desconocimiento o por consciente rebeldía, no renombrase el archivo.
Justo debajo del artículo: "Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de La Nueva España. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual"
Es decir, Meneame también incurre en delito por reproducir parcialmente el artículo... tócate el pene
Viceberzas: se empleaba en el siglo XIX para designar al secretario de un tonto o al que sirve a alguien más idiota que él.
De todos modos tampoco creo que el bot se ofenda porque le insulten.
Ole por sus cojones y ole por su entrega.
Si me lee, gracias, porque más profesores de este tipo son los que necesitamos.
Si fuera por mí empezaba por Brasil a mirar si hay algo.
Dicen que no se deriva responsabilidad civil de la informática y por eso no se regula. Pues a mi que me expliquen cómo se llama y si está relacionado con la informática o no, un fallo de un perito diciendo que un fichero es de idéntico contenido que otro solo por compartir nombre.
Joder, que país!
De verdad que no tiene desperdicio:
su777root.blogspot.com.es/2011/10/reforma-urgente-de-la-fp.html
Al fin al cabo esto es una violación de la propiedad privada.
#28: Establo de derecho. Condenando a gente inocente y perdonando a delincuentes.
Pero bueno, es lo que hemos votado, que nos gobierne la Cifuentes.
Parece tontería, pero agilizan mucho la lectura, porque no tienes que andar revisando dónde empieza la pregunta.
#5 y #22: cambiar el nombre del archivo no basta, porque... ¿Que pasa cuando el nombre de la obra literaria es un nombre común?
¿Y si yo escribo una obra literaria sobre las cualidades organolépticas de la hiel y llegan y me cierran el blog porque lo llamé "Apreciando el sabor a Hiel" y me dicen que he copiado ese plagio que hizo Ana Rosa Quintana? ¿Porqué no iba a poder llamar a mi obra como me de la gana?
No es una cuestión de nombres de ficheros, es una cuestión de derechos. ¿Dónde están los derechos de los ciudadanos?
La Editorial Planeta demuestra ser una empresa-basura, por intentar robar la propiedad privada de la gente.
#40: Hay miles de canciones que comparten el nombre, y son totalmente diferentes en letra y melodía.
Piensa en lo que te pueden hacer si es una web de un negocio.
Te quedas sin clientes, sin empresa, sin nada.
Pues tienes toda la razón, hay muchas canciones con el mismo nombre sin ser "covers", es decir, no son versiones de otro intérprete sino diferente música y letra: "Always", "I miss you", "Tú", "Mother", etc...
Y pinturas con el mismo nombre: "La última cena", por ejemplo.
Y también hay libros con el mismo nombre... por lo que vi hay varios llamados "Mother".
Así que igual que hay la "Venus" de Milo o el "David" de Miguel Ángel... también podría la «Historia de una escalera.doc» de Francisco García Pérez sin que eso supusiese un problema.
En el ejemplo que puse de la Cocacola sería diferente... ya que Cocacola no es una palabra del idioma sino una marca y, por tanto, llamar a algo con ese nombre tiene una clara intención de confundir, sobre todo si es envasado de forma similar al producto original.
Con el comentario de #57 me di cuenta de que yo estaba equivocado en #45 y #40.
No es lo mismo una marca (como Cocacola), especialmente si ese nombre de marca no es una palabra del idioma, que un título de una obra sobre todo como es este caso cuando el título es una frase en idioma castellano. Aparte de que la marca suele llevar consigo un logotipo, unos colores, una imagen de portada o una forma o empaquetado... lo cual no existe en este caso, es sólo un documento con el mismo título y eso al parecer es permisible y habitual.