Burgos pagará 500.000€ a las constructoras por suspender el bulevar de Gamonal Gamonal no tendrá bulevar, pero Burgos pagará cara la decisión. Tanto como el 6% del presupuesto de la obra de licitación, que asciende a 8 millones de euros
Sólo me he presentado a un concurso público en mi vida porque requiere bastante esfuerzo para un tamaño de empresa pequeño pero bueno, vamos a suponerlo, yo empresa YO ME LO GUISO Y YO ME LO COMO S.L. decido presentarme a otro concurso público que encaja con mi perfil, que no es ni muy pequeño, ni muy grande y que creo que puedo ganar. Así que ni corto ni perezoso:
a) Preparo mi presentación al concurso, tanto la parte administrativa como la parte técnica ( algo que nos supuso aproximadamente 2 semanas de trabajo a 2 personas )
b) Me acredito para ser licitador del Estado.
c) Solicito un aval bancario ( o un seguro de caución ) para acreditar mi solvencia patrimonial que tiene un coste de apertura del 0.5% más un coste trimestral del 0.5% y el proyecto me va a suponer 2 trimestres.
Y a cambio de todo esto, yo llego a un acuerdo, a unas condiciones de contrato: si gano el concurso, conseguiré un contrato en unas condiciones determinadas y donde se incluyen una serie de cláusulas en uno y en otro sentido.
Bien, una vez presentado, da la casualidad que gano. Y no sólo gano, sino que se me notifica la fecha de inicio de las tareas.
Para afrontar las tareas con garantías de plazos refuerzo mi plantilla con un par de personas, hago la adquisición de materiales, alquilo o compro algún equipo técnico que necesito y a su vez puede ser que haya establecido acuerdos con terceros, formalizados ya bajo contrato y que incluyan cláusulas que penalicen su rotura ( algo bastante común ), etc, etc.
Hecho todo esto ... llega el momento de empezar el proyecto y lo empezamos. Sin embargo, a los X días, por protestas vecinales, se me notifica que el proyecto se rescinde de forma unilateral por parte del ayuntamiento.
¿Qué se supone que debe pasar entonces según todos los meneantes que les parece fatal que se indemnice a la empresa? ¿Qué es lo equivocado de que los contratos incluyan cláusulas de indemnización en caso de incumplimiento de contrato para resarcir a la parte que ha quedado afectada de la decisión unilateral de la otra parte?
Es muy fácil gritar que "SE JODAN LA EMPRESAS", pero cuando estás en el otro lado, me temo que es difícil verlo igual de sencillo.
#11:
#10 No has contestado a la pregunta que he hecho. ¿Qué debe pasar cuándo tras ganar un contrato público el contrato se rescinde por parte de la admon. pública sin que la causa de rescisión sea motivada por la empresa ganadora?
Sobre el resto que comentas, estoy explicando el proceso para el que no lo conozca, no diciendo que sea un proceso erróneo o extraño. Es normal, es una inversión, pero una inversión que se hace por un motivo. Y tiene un coste.
#16:
#14 En mi opinión, se están mezclando churras con merinas, que es algo que se da mucho en estos tiempos.
Si el concurso presenta algún tipo de irregularidad, nepotismo o tráfico de influencias en su adjudicación: a los tribunales.
Si el concurso no presenta ningún tipo de irregularidad: resolución según ley.
Si no nos gusta la legislación actual en materia de concursos públicos, trabajar como ciudadanos por cambiarla.
Por último, sobre lo que comentas de Méndez Pozo, es el ganador del concurso de ideas, no el constructor. La construcción es una UTE formada por 2 sociedades: Copsa y Aroasa.
#28:
#9
Si todo ha sido limpio y legal te mereces una indemnización.
Si has ganado el concurso con sobres y sobornos, hasta el punto de que incluso has redactado tú mismo las condiciones del mismo, te mereces una multa.
Así que lo conveniente es investigar y terminar con las corruptelas.
No solo por los ciudadanos, no solo por el deficit, también por las empresas como la tuya que juegan limpio.
Los empresarios somos los primeros interesados en terminar con la corrupción.
#15:
#12 ¿Por qué hay que "justificarlos"? Son las condiciones definidas para un concurso público. ¿Por qué yo, empresa YO ME LO GUISO Y YO ME LO COMO S.L., tengo que justificar que se me tiene que indemnizar cuando ese ese al acuerdo que hemos llegado previamente al inicio del proyecto y es lo que se recoge en el contrato?
Puedo estar de acuerdo en que este tipo de conflictos, entre empresas privadas, lo normal es que se resuelvan, si no se hace mediante un acuerdo entre las partes, en tribunal de arbitraje y que lo contratos (salvo que sean draconianos) simplemente incluyen una cláusula genérica que delimita la cuantía máxima de la indemnización, pero nunca la mínima que se define simplemente como "la parte que sea imputable".
Sólo me he presentado a un concurso público en mi vida porque requiere bastante esfuerzo para un tamaño de empresa pequeño pero bueno, vamos a suponerlo, yo empresa YO ME LO GUISO Y YO ME LO COMO S.L. decido presentarme a otro concurso público que encaja con mi perfil, que no es ni muy pequeño, ni muy grande y que creo que puedo ganar. Así que ni corto ni perezoso:
a) Preparo mi presentación al concurso, tanto la parte administrativa como la parte técnica ( algo que nos supuso aproximadamente 2 semanas de trabajo a 2 personas )
b) Me acredito para ser licitador del Estado.
c) Solicito un aval bancario ( o un seguro de caución ) para acreditar mi solvencia patrimonial que tiene un coste de apertura del 0.5% más un coste trimestral del 0.5% y el proyecto me va a suponer 2 trimestres.
Y a cambio de todo esto, yo llego a un acuerdo, a unas condiciones de contrato: si gano el concurso, conseguiré un contrato en unas condiciones determinadas y donde se incluyen una serie de cláusulas en uno y en otro sentido.
Bien, una vez presentado, da la casualidad que gano. Y no sólo gano, sino que se me notifica la fecha de inicio de las tareas.
Para afrontar las tareas con garantías de plazos refuerzo mi plantilla con un par de personas, hago la adquisición de materiales, alquilo o compro algún equipo técnico que necesito y a su vez puede ser que haya establecido acuerdos con terceros, formalizados ya bajo contrato y que incluyan cláusulas que penalicen su rotura ( algo bastante común ), etc, etc.
Hecho todo esto ... llega el momento de empezar el proyecto y lo empezamos. Sin embargo, a los X días, por protestas vecinales, se me notifica que el proyecto se rescinde de forma unilateral por parte del ayuntamiento.
¿Qué se supone que debe pasar entonces según todos los meneantes que les parece fatal que se indemnice a la empresa? ¿Qué es lo equivocado de que los contratos incluyan cláusulas de indemnización en caso de incumplimiento de contrato para resarcir a la parte que ha quedado afectada de la decisión unilateral de la otra parte?
Es muy fácil gritar que "SE JODAN LA EMPRESAS", pero cuando estás en el otro lado, me temo que es difícil verlo igual de sencillo.
#9 a) Que te curres una oferta que al final no ganas es pan de cada día en las empresas que compiten limpiamente. Lo normal es que no ganes, de hecho.
b) Tu acreditación te servirá para siguientes licitaciones.
c) Coste del negocio, como tener un local.
Por otro lado en este caso parece que de empresas como la tuya, nada. Son todos mamoneos.
#10 No has contestado a la pregunta que he hecho. ¿Qué debe pasar cuándo tras ganar un contrato público el contrato se rescinde por parte de la admon. pública sin que la causa de rescisión sea motivada por la empresa ganadora?
Sobre el resto que comentas, estoy explicando el proceso para el que no lo conozca, no diciendo que sea un proceso erróneo o extraño. Es normal, es una inversión, pero una inversión que se hace por un motivo. Y tiene un coste.
#12 ¿Por qué hay que "justificarlos"? Son las condiciones definidas para un concurso público. ¿Por qué yo, empresa YO ME LO GUISO Y YO ME LO COMO S.L., tengo que justificar que se me tiene que indemnizar cuando ese ese al acuerdo que hemos llegado previamente al inicio del proyecto y es lo que se recoge en el contrato?
Puedo estar de acuerdo en que este tipo de conflictos, entre empresas privadas, lo normal es que se resuelvan, si no se hace mediante un acuerdo entre las partes, en tribunal de arbitraje y que lo contratos (salvo que sean draconianos) simplemente incluyen una cláusula genérica que delimita la cuantía máxima de la indemnización, pero nunca la mínima que se define simplemente como "la parte que sea imputable".
#15 Acabo de leer la noticia detenidamente, es cierto, es la indemnización que les corresponde por ley. Lo bueno sería denunciar como ha dicho #17, pero me da la impresión de tienen todo bastante bien atado en ese aspecto.
#43 Eso que pones es una escusa barata, sería muy sencillo que el chico los entregara en mano uno a uno, que supongo que no tendría otras cosas que hacer. A mi lo que realmente me da asco es la señora que grita, "oiga por favor, que vergüenza" está hablando putas la tacones.
#14 En mi opinión, se están mezclando churras con merinas, que es algo que se da mucho en estos tiempos.
Si el concurso presenta algún tipo de irregularidad, nepotismo o tráfico de influencias en su adjudicación: a los tribunales.
Si el concurso no presenta ningún tipo de irregularidad: resolución según ley.
Si no nos gusta la legislación actual en materia de concursos públicos, trabajar como ciudadanos por cambiarla.
Por último, sobre lo que comentas de Méndez Pozo, es el ganador del concurso de ideas, no el constructor. La construcción es una UTE formada por 2 sociedades: Copsa y Aroasa.
#16 Entiendo que sí que se tienen que fijar unas condiciones de indemnización, otra cosa es saber cuales son esas condiciones, si son equilibradas o no.
Sólo un detalle, en lo que se refiere al concurso del proyecto, ya está en los tribunales La adjudicación está recurrida en los tribunales por el PSOE, que sospecha que el concurso está amañado. Lo que nadie podía imaginar es que los indicios más flagrantes de esta adjudicación tan irregular estarían en la propia hemeroteca del Diario de Burgos. http://www.eldiario.es/escolar/Exclusiva-adjudico-obra-bulevar-Gamonal_6_219138085.html
#33 Ya he explicado en #16 lo que opino de ese tema, y que hasta donde alcanzo a conocer ( que no es mucho ): Méndez Pozo no es el constructor, sino el ganador del concurso de ideas (dos cosas diferentes).
Pero, insisto, somos mucho de mezclar churras y merinas y el artículo es un claro ejemplo de ello ( en mi opinión, que no digo que tenga que ser la buena, pq no vivo en Burgos, ni he seguido el tema desde el primer día ).
#34 Sí, son cosas diferentes, pero esta adjudicación es la culminación de un proceso irregular dónde el tráfico de influencias y las corruptelas han sido el modus operandi.
#35 Bien, en ese caso, donde tiene que terminar el tema es en los tribunales. Que es una pena que no acaben más casos allí, en eso poco tengo que decir. Y, también es cierto y triste, que cuando acaban allí no siempre terminan todo lo bien que sería deseable para el ciudadano (véase Palma Arena).
Pero no entiendo el sentido de criticar la indemnización de un contrato público ( lo que hace este artículo y lo que se ha hecho en muchos comentarios ) y pasar de puntillas (si lo ha habido y es notorio) sobre el nepotismo, las corruptelas y el tráfico de influencias.
#35 Y me acabo de dar cuenta que estamos discutiendo circularmente .. pq yo ya te había votado positivo a un comentario que habías hecho pq me había parecido interesante y razonable ... luego has venido con lo de Méndez Pozo y la verdad no te he relacionado con el otro comentario
#18 Si me preguntas a título personal: no tengo trabajadores, nunca los he tenido y nunca los tendré. Cuando tengo que desarrollar un proyecto donde necesito más que mis manos, busco a alguien que me pueda ayudar, le pregunto su precio y firmamos un contrato para el proyecto en los términos que a las dos partes nos parecen satisfactorias. Ese contrato, incluye entre otras cláusulas que definen qué pasa cuando el contrato se rompe y contempla las indemnizaciones pertinentes.
#24 Amf, bueno, si tú lo dices... no hay más que hablar.
Voy a llamar a mis socios en una de las sociedades en las que tengo participación y voy a contárselo ahora mismo, que oye, a lo mejor resulta que estábamos engañados todos estos años.
#18 ¿De donde ha salido el dinero que han cobrado los trabajadores desde el inicio de las obras?
La indemnización a la constructora tambien es para pagar todos los pagos e inversiones que lleva realizado, ya que aún no ha cobrado por certificación de final de obra, esto complementa lo indicado en #9
#9
Entonces serías un mal negociante y mal empresario. Dudo que tú con tu empresa hicieras eso.
1)Si son necesarios acuerdos con terceras empresas, se cierran preacuerdos que dependen de la concesión o no de las obras. Y en esos preacuerdos se fasean los pagos a terceros. Empresas en España hay decenas, si una te pone condiciones leoninas, te vas a por otra.
2)No se compra maquinaria ni bienes amortizables para la realización de unas obras, salvo que se considere interesante para la empresa y futuras acciones. Lo normal es alquilar,y se alquila por días,semanas.
3)La contratacion de personal no se realiza previo a la entrega de la oferta concursal. Puedes hacer la contratacion una vez te la hayan asignado. Y son contratos temporales. Los obreros no te van a cobrar indemnización.
4)Normalmente los concursos te obligan a que no subcontrates mas de un cierto porcentaje del monto total. Si eso es necesario es mejor acudir al concurso aliado con la empresa que subcontratarias.
5)Los materiales pueden estar pactados,pero la compra no realizarse hasta el momento de la concesión y de manera faseada.
Los Ayuntamientos suelen pagar en dos pagos: Uno denominado de arranque y otro de finalizacion. Salvo que sea un megaproyecto y se faseen otros pagos.
Para una constructora, que manejan margenes enormes de beneficio, con el de arranque deberian cubrir gran parte de los costes.
Si el Ayuntamiento le ha pagado ya el primer pago, esos 500.000 son una pasada. Si no le han hecho el primer pago, los 500.000 podrían ser "justos".
Lo que me suena a mí es que este es el precio de la mordida que se han llevado alguno
#27 Lo que comentas del punto 1 al 5 no va en contra de lo que he dicho.Cuando es un caso como este, de una obra/servicio iniciado: los acuerdos, los materiales, el alquiler ( o la compra si es conveniente ) de equipo, el personal, ... está todo cerrado y parte de ello desplegado. Vamos, yo no hubiese podido hacerlo de otra forma. Y hubiese gastado dinero en hacerlo, sin duda.
Sobre la segunda parte, no estoy tan de acuerdo, al menos en la parte que me atañe. Que no me presente directamente a concursos públicos no quiere decir que no lea pliegos de concursos públicos, que no colabore en ellos como parte de una UTE o que no sea subcontratado en ellos.
¿Se puede pagar a plazos? Sí, se puede pagar a plazos. Pero no significa que sea la norma. Si miro los últimos 5 pliegos que me han llegado, con importes entre los 190.000€ y los 420.000€ es cierto que todos tienen una cláusula similar a:
El pago del importe se realizará según se indique en el anexo X, pudiéndose establecer el pago de una sola vez a la entrega de los bienes o servicios; o mediante pagos parciales.
Sin embargo, cuando vas al anexo en todos estos lo que encuentras es "pago único". Como no participo en concursos de decenas de millones de euros, no sé si conforme se incrementa la cifra será más normal. Pero en mi experiencia no lo es.
#31 Siempre he defendido lo de un hombre un voto y todas esas cosas. Pero luego leo comentarios en menéame, el tuyo sin ir más lejos, y no puedo evitarlo: por momentos me lo cuestiono.
#32 Cuando se te pase puedes investigar las prácticas de este señor y su empresa. Así te darás cuenta por ti mismo porqué tu caso y el suyo no son comparables Ya te lo han explicado bastante más arriba.
Por mi parte no grito "SE JODAN LA EMPRESAS" sino "SE JODAN LOS QUE HACEN USO DEL TRÁFICO DE INFLUENCIAS."
Cerca de portada. De la noticia. El porcentaje del 6% se corresponde con el Beneficio Industrial (BI), una partida del Presupuesto de Ejecución Material (PEM), junto al 13% de los Gastos Generales (GG), que está fijada por leypara las obras que se adjudican desde las administraciones públicas. De esta manera, en caso de que la cancelación del contrato, concedido en concurso público, sea responsabilidad del contratante, el adjudicatario debe ser compensado con el equivalente al beneficio industrial correspondiente al presupuesto de la obra, como si....
#6 Garantizado que algo hay que pagar o que se va a compensar de alguna otra forma. Al menos el meneo recuerda algo importante... alguno que la tenía ya a la vista no se va a quedar sin la pasta.
#6 si hicieran referencia a los contratos donde aparece el tema indeminizatorio, vale. Si supiéramos que el ayuntamiento iba a hacer una declaración de lesividad pues también.
Lo veo muy precipitado y el artículo no parece decir nada más que apuntar un futurible sin base sólida (según se lee) No dudo que acabe "en falso", como apunta, pero el artículo no demuestra nada, sinceramente
pagese 500000 € pero con una condición, llenesen 1150 sacos de 100 kilos de centimo de euro cada uno, y dígale a Mendez Pozo que tiene que retirarlos con la sola ayuda de su espalda y fuerza física de la central del Banco de España en el plazo de tres horas.
En vez de buscar una alternativa para la obra, la gente pide que se suspenda... yo no entiendo la mentalidad de esa panda de personas, en vez de buscar alternativas constructivas, van a lo destructivo cueste lo que cueste.
La politica es una mierda, pero lo de la sociedad tambien es para echarse las manos a la cabeza.
#42 Si les das tú los 8 millones seguro que ya ni buscarían alternativas, aceptarían sin pensarlo. Pero estamos hablando de 8 millones que el ayuntamiento de Burgos no tiene, y que van a ser prestados por un banco. ¿Cual es la alternativa a eso?
Comentarios
Voy a hacer de abogado del diablo.
Sólo me he presentado a un concurso público en mi vida porque requiere bastante esfuerzo para un tamaño de empresa pequeño pero bueno, vamos a suponerlo, yo empresa YO ME LO GUISO Y YO ME LO COMO S.L. decido presentarme a otro concurso público que encaja con mi perfil, que no es ni muy pequeño, ni muy grande y que creo que puedo ganar. Así que ni corto ni perezoso:
a) Preparo mi presentación al concurso, tanto la parte administrativa como la parte técnica ( algo que nos supuso aproximadamente 2 semanas de trabajo a 2 personas )
b) Me acredito para ser licitador del Estado.
c) Solicito un aval bancario ( o un seguro de caución ) para acreditar mi solvencia patrimonial que tiene un coste de apertura del 0.5% más un coste trimestral del 0.5% y el proyecto me va a suponer 2 trimestres.
Y a cambio de todo esto, yo llego a un acuerdo, a unas condiciones de contrato: si gano el concurso, conseguiré un contrato en unas condiciones determinadas y donde se incluyen una serie de cláusulas en uno y en otro sentido.
Bien, una vez presentado, da la casualidad que gano. Y no sólo gano, sino que se me notifica la fecha de inicio de las tareas.
Para afrontar las tareas con garantías de plazos refuerzo mi plantilla con un par de personas, hago la adquisición de materiales, alquilo o compro algún equipo técnico que necesito y a su vez puede ser que haya establecido acuerdos con terceros, formalizados ya bajo contrato y que incluyan cláusulas que penalicen su rotura ( algo bastante común ), etc, etc.
Hecho todo esto ... llega el momento de empezar el proyecto y lo empezamos. Sin embargo, a los X días, por protestas vecinales, se me notifica que el proyecto se rescinde de forma unilateral por parte del ayuntamiento.
¿Qué se supone que debe pasar entonces según todos los meneantes que les parece fatal que se indemnice a la empresa? ¿Qué es lo equivocado de que los contratos incluyan cláusulas de indemnización en caso de incumplimiento de contrato para resarcir a la parte que ha quedado afectada de la decisión unilateral de la otra parte?
Es muy fácil gritar que "SE JODAN LA EMPRESAS", pero cuando estás en el otro lado, me temo que es difícil verlo igual de sencillo.
#9 a) Que te curres una oferta que al final no ganas es pan de cada día en las empresas que compiten limpiamente. Lo normal es que no ganes, de hecho.
b) Tu acreditación te servirá para siguientes licitaciones.
c) Coste del negocio, como tener un local.
Por otro lado en este caso parece que de empresas como la tuya, nada. Son todos mamoneos.
#10 No has contestado a la pregunta que he hecho. ¿Qué debe pasar cuándo tras ganar un contrato público el contrato se rescinde por parte de la admon. pública sin que la causa de rescisión sea motivada por la empresa ganadora?
Sobre el resto que comentas, estoy explicando el proceso para el que no lo conozca, no diciendo que sea un proceso erróneo o extraño. Es normal, es una inversión, pero una inversión que se hace por un motivo. Y tiene un coste.
#9 Estoy de acuerdo contigo, pero esos 500.000 € en números redondos hay que justificarlos, que yo creo que es mucha pasta.
#12 ¿Por qué hay que "justificarlos"? Son las condiciones definidas para un concurso público. ¿Por qué yo, empresa YO ME LO GUISO Y YO ME LO COMO S.L., tengo que justificar que se me tiene que indemnizar cuando ese ese al acuerdo que hemos llegado previamente al inicio del proyecto y es lo que se recoge en el contrato?
Puedo estar de acuerdo en que este tipo de conflictos, entre empresas privadas, lo normal es que se resuelvan, si no se hace mediante un acuerdo entre las partes, en tribunal de arbitraje y que lo contratos (salvo que sean draconianos) simplemente incluyen una cláusula genérica que delimita la cuantía máxima de la indemnización, pero nunca la mínima que se define simplemente como "la parte que sea imputable".
#15 Y hay que sumar la pérdida de beneficios.
La única forma de librarse de esto es probando irregularidad por ambas partes, administración y empresa.
#15 Acabo de leer la noticia detenidamente, es cierto, es la indemnización que les corresponde por ley. Lo bueno sería denunciar como ha dicho #17, pero me da la impresión de tienen todo bastante bien atado en ese aspecto.
#43 Eso que pones es una escusa barata, sería muy sencillo que el chico los entregara en mano uno a uno, que supongo que no tendría otras cosas que hacer. A mi lo que realmente me da asco es la señora que grita, "oiga por favor, que vergüenza" está hablando putas la tacones.
#9 Lo que cuentas sería cierto si todo fuera como tiene que ser. ¿No has oído hablar de Mendez Pozo, que es el constructor detrás de todo esto? Méndez Pozo, socio de un ‘empresario Gürtel’, ‘amigo’ de Aznar y condenado por corrupción, detrás del parking de Burgos
Méndez Pozo, socio de un ‘empresario Gürtel’, ‘ami...
elplural.com#14 En mi opinión, se están mezclando churras con merinas, que es algo que se da mucho en estos tiempos.
Si el concurso presenta algún tipo de irregularidad, nepotismo o tráfico de influencias en su adjudicación: a los tribunales.
Si el concurso no presenta ningún tipo de irregularidad: resolución según ley.
Si no nos gusta la legislación actual en materia de concursos públicos, trabajar como ciudadanos por cambiarla.
Por último, sobre lo que comentas de Méndez Pozo, es el ganador del concurso de ideas, no el constructor. La construcción es una UTE formada por 2 sociedades: Copsa y Aroasa.
#16 Entiendo que sí que se tienen que fijar unas condiciones de indemnización, otra cosa es saber cuales son esas condiciones, si son equilibradas o no.
Sólo un detalle, en lo que se refiere al concurso del proyecto, ya está en los tribunales
La adjudicación está recurrida en los tribunales por el PSOE, que sospecha que el concurso está amañado. Lo que nadie podía imaginar es que los indicios más flagrantes de esta adjudicación tan irregular estarían en la propia hemeroteca del Diario de Burgos.
http://www.eldiario.es/escolar/Exclusiva-adjudico-obra-bulevar-Gamonal_6_219138085.html
Y una duda ¿para presentarte a un concurso, no es necesario estar en paz con la seguridad social? Lo digo por lo que comentan en este artículo.
http://www.publico.es/actualidad/495890/el-ayuntamiento-adjudico-la-obra-de-gamonal-a-una-empresa-que-debe-cuatro-nominas-a-sus-trabajadores
#33 Ya he explicado en #16 lo que opino de ese tema, y que hasta donde alcanzo a conocer ( que no es mucho ): Méndez Pozo no es el constructor, sino el ganador del concurso de ideas (dos cosas diferentes).
Pero, insisto, somos mucho de mezclar churras y merinas y el artículo es un claro ejemplo de ello ( en mi opinión, que no digo que tenga que ser la buena, pq no vivo en Burgos, ni he seguido el tema desde el primer día ).
#34 Sí, son cosas diferentes, pero esta adjudicación es la culminación de un proceso irregular dónde el tráfico de influencias y las corruptelas han sido el modus operandi.
#35 Bien, en ese caso, donde tiene que terminar el tema es en los tribunales. Que es una pena que no acaben más casos allí, en eso poco tengo que decir. Y, también es cierto y triste, que cuando acaban allí no siempre terminan todo lo bien que sería deseable para el ciudadano (véase Palma Arena).
Pero no entiendo el sentido de criticar la indemnización de un contrato público ( lo que hace este artículo y lo que se ha hecho en muchos comentarios ) y pasar de puntillas (si lo ha habido y es notorio) sobre el nepotismo, las corruptelas y el tráfico de influencias.
#35 Y me acabo de dar cuenta que estamos discutiendo circularmente .. pq yo ya te había votado positivo a un comentario que habías hecho pq me había parecido interesante y razonable ... luego has venido con lo de Méndez Pozo y la verdad no te he relacionado con el otro comentario
#9
¿ Y a los trabajadores los pagarías una indeminizacion o sólo por el tiempo trabajado mientras les despedirías por su contrato por obra ?
#18 Si me preguntas a título personal: no tengo trabajadores, nunca los he tenido y nunca los tendré. Cuando tengo que desarrollar un proyecto donde necesito más que mis manos, busco a alguien que me pueda ayudar, le pregunto su precio y firmamos un contrato para el proyecto en los términos que a las dos partes nos parecen satisfactorias. Ese contrato, incluye entre otras cláusulas que definen qué pasa cuando el contrato se rompe y contempla las indemnizaciones pertinentes.
Si me pregutas a título hipotético: http://www.cuestioneslaborales.es/indemnizacion-por-contrato-de-obra-o-duracion-determinada/
#22
Entonces no eres una empresa
#24 Amf, bueno, si tú lo dices... no hay más que hablar.
Voy a llamar a mis socios en una de las sociedades en las que tengo participación y voy a contárselo ahora mismo, que oye, a lo mejor resulta que estábamos engañados todos estos años.
#18 ¿De donde ha salido el dinero que han cobrado los trabajadores desde el inicio de las obras?
La indemnización a la constructora tambien es para pagar todos los pagos e inversiones que lleva realizado, ya que aún no ha cobrado por certificación de final de obra, esto complementa lo indicado en #9
#9
Entonces serías un mal negociante y mal empresario. Dudo que tú con tu empresa hicieras eso.
1)Si son necesarios acuerdos con terceras empresas, se cierran preacuerdos que dependen de la concesión o no de las obras. Y en esos preacuerdos se fasean los pagos a terceros. Empresas en España hay decenas, si una te pone condiciones leoninas, te vas a por otra.
2)No se compra maquinaria ni bienes amortizables para la realización de unas obras, salvo que se considere interesante para la empresa y futuras acciones. Lo normal es alquilar,y se alquila por días,semanas.
3)La contratacion de personal no se realiza previo a la entrega de la oferta concursal. Puedes hacer la contratacion una vez te la hayan asignado. Y son contratos temporales. Los obreros no te van a cobrar indemnización.
4)Normalmente los concursos te obligan a que no subcontrates mas de un cierto porcentaje del monto total. Si eso es necesario es mejor acudir al concurso aliado con la empresa que subcontratarias.
5)Los materiales pueden estar pactados,pero la compra no realizarse hasta el momento de la concesión y de manera faseada.
Los Ayuntamientos suelen pagar en dos pagos: Uno denominado de arranque y otro de finalizacion. Salvo que sea un megaproyecto y se faseen otros pagos.
Para una constructora, que manejan margenes enormes de beneficio, con el de arranque deberian cubrir gran parte de los costes.
Si el Ayuntamiento le ha pagado ya el primer pago, esos 500.000 son una pasada. Si no le han hecho el primer pago, los 500.000 podrían ser "justos".
Lo que me suena a mí es que este es el precio de la mordida que se han llevado alguno
#27 Lo que comentas del punto 1 al 5 no va en contra de lo que he dicho.Cuando es un caso como este, de una obra/servicio iniciado: los acuerdos, los materiales, el alquiler ( o la compra si es conveniente ) de equipo, el personal, ... está todo cerrado y parte de ello desplegado. Vamos, yo no hubiese podido hacerlo de otra forma. Y hubiese gastado dinero en hacerlo, sin duda.
Sobre la segunda parte, no estoy tan de acuerdo, al menos en la parte que me atañe. Que no me presente directamente a concursos públicos no quiere decir que no lea pliegos de concursos públicos, que no colabore en ellos como parte de una UTE o que no sea subcontratado en ellos.
¿Se puede pagar a plazos? Sí, se puede pagar a plazos. Pero no significa que sea la norma. Si miro los últimos 5 pliegos que me han llegado, con importes entre los 190.000€ y los 420.000€ es cierto que todos tienen una cláusula similar a:
El pago del importe se realizará según se indique en el anexo X, pudiéndose establecer el pago de una sola vez a la entrega de los bienes o servicios; o mediante pagos parciales.
Sin embargo, cuando vas al anexo en todos estos lo que encuentras es "pago único". Como no participo en concursos de decenas de millones de euros, no sé si conforme se incrementa la cifra será más normal. Pero en mi experiencia no lo es.
#9
Si todo ha sido limpio y legal te mereces una indemnización.
Si has ganado el concurso con sobres y sobornos, hasta el punto de que incluso has redactado tú mismo las condiciones del mismo, te mereces una multa.
Así que lo conveniente es investigar y terminar con las corruptelas.
No solo por los ciudadanos, no solo por el deficit, también por las empresas como la tuya que juegan limpio.
Los empresarios somos los primeros interesados en terminar con la corrupción.
#9 Mendez Pozo. ¿Eres tú?
#31 Siempre he defendido lo de un hombre un voto y todas esas cosas. Pero luego leo comentarios en menéame, el tuyo sin ir más lejos, y no puedo evitarlo: por momentos me lo cuestiono.
Afortunadamente se me pasa rápido.
#32 Cuando se te pase puedes investigar las prácticas de este señor y su empresa. Así te darás cuenta por ti mismo porqué tu caso y el suyo no son comparables Ya te lo han explicado bastante más arriba.
Por mi parte no grito "SE JODAN LA EMPRESAS" sino "SE JODAN LOS QUE HACEN USO DEL TRÁFICO DE INFLUENCIAS."
#9 Si se hubiese aplicado la democracia participativa y se hubiese preguntado a los vecinos, todo esto no hubiese ocurrido.
Tenemos 8,5 millones de euros, ¿que hacemos con ellos?
Seguro que hay grandes ideas dignas de estudio. Y también gilipolleces como hacer la calle más bonita y con un parking de pago.
#41
Solo un iluso creeria en la democracia participativa.... pues esa democracia a la que aludes seria nuestra perdición.
Cerca de portada. De la noticia.
El porcentaje del 6% se corresponde con el Beneficio Industrial (BI), una partida del Presupuesto de Ejecución Material (PEM), junto al 13% de los Gastos Generales (GG), que está fijada por leypara las obras que se adjudican desde las administraciones públicas. De esta manera, en caso de que la cancelación del contrato, concedido en concurso público, sea responsabilidad del contratante, el adjudicatario debe ser compensado con el equivalente al beneficio industrial correspondiente al presupuesto de la obra, como si....
Del BOE que cita (http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-10541)
Este porcentaje se aplicará a los proyectos que se aprueben a partir de la publicación de la presente orden.
Tercero.
Los proyectos ya aprobados y no licitados se actualizarán para la aplicación de esta orden.
El proyecto aprobado no estaba licitado y ha sido actualizado o ya estana adjudicado y en ejecucion? Pregunto.
se va a liar parda
Para mi es normal que se indemnice, pero el problema es que ese dinero debería salir del PP y no del Ayuntamiento.
Esto no tiene pinta de estar confirmado. Lo leo y no lo veo tan claro
#3 No, eso tambien toca pagarlo, faltaría mas...
#6 Garantizado que algo hay que pagar o que se va a compensar de alguna otra forma. Al menos el meneo recuerda algo importante... alguno que la tenía ya a la vista no se va a quedar sin la pasta.
#6 si hicieran referencia a los contratos donde aparece el tema indeminizatorio, vale. Si supiéramos que el ayuntamiento iba a hacer una declaración de lesividad pues también.
Lo veo muy precipitado y el artículo no parece decir nada más que apuntar un futurible sin base sólida (según se lee) No dudo que acabe "en falso", como apunta, pero el artículo no demuestra nada, sinceramente
Estos negocios sin riesgo que hacen las empresas afines a politicos tendrian que acabarse. saquean si o si
("Pregunto" porque las máquinas estaban ya en el tajo levantando la calle)
¿Y la zanja de la calle, la dejan sin tapar?
pagese 500000 € pero con una condición, llenesen 1150 sacos de 100 kilos de centimo de euro cada uno, y dígale a Mendez Pozo que tiene que retirarlos con la sola ayuda de su espalda y fuerza física de la central del Banco de España en el plazo de tres horas.
Están jugando con fuego.
Que le digan a la empresa como me dice a mí la mía cuando me echan. Finalización de obras y servicio, pa tu casa!
A las trincheras, esto no ha acabado.
LA BANCA SIEMPRE GANA
Ya lo decía yo...
Y quien pierde y quien gana? (Los de siempre, faltaria mas)
En vez de buscar una alternativa para la obra, la gente pide que se suspenda... yo no entiendo la mentalidad de esa panda de personas, en vez de buscar alternativas constructivas, van a lo destructivo cueste lo que cueste.
La politica es una mierda, pero lo de la sociedad tambien es para echarse las manos a la cabeza.
#42 Si les das tú los 8 millones seguro que ya ni buscarían alternativas, aceptarían sin pensarlo. Pero estamos hablando de 8 millones que el ayuntamiento de Burgos no tiene, y que van a ser prestados por un banco. ¿Cual es la alternativa a eso?