www.elmundo.es/elmundo/2012/03/26/navegante/1332758658.html por
mecania el 26-03-2012 18:41 UTC publicado: 27-03-2012 09:20 UTC
El artículo 17.4 del texto dice que "transcurrido el plazo máximo para resolver sin que se haya dictado y notificado resolución expresa se entenderá que la solicitud ha sido desestimada", una figura conocida como silencio administrativo negativo, que puede recurrirse por la vía Contencioso-Administrativa. En cualquier caso, explica el texto, se podrá reclamar cualquier resolución ante la Agencia Estatal de Transparencia, Evaluación de las políticas Públicas y de Calidad de los Servicios, cuyas decisiones serán trasladadas al Defensor del Pueblo
etiquetas: borrador, ley de transparencia, propone silencio, artículo 17.4 negativos:
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Cojonudo
¡Amos Anda!
Articulo 14, Apartado 3.
El solicitante podrá incluir los motivos por los que solicita la información y que deberán ser tenidos en cuenta cuando se dicte resolución. No obstante, la ausencia de motivación no será por si sola causa de rechazo de la solicitud.
Es mejor que al cumplir 30 días no habiendo recibido nada puedas dar la petición por desestimada y acudir a los tribunales a que tengas que esperar indefinidamente y cuando vayas a los tribunales se limiten a responder que no está denegada sino que se sigue tramitando y se vayan de rositas.
Eso sí, sigue sin quedarme claro que sanciones hay para los que no cumplan por sistema y se limiten a ignorar las peticiones, y los plazos de los tribunales para obligar a la administración a entregar la información en segunda instancia, y de nuevo los castigos si vuelven a incumplir.
www.rtve.es/noticias/20120326/ley-transparencia-permite-silencio-admin
El ciudadano que quiera pedir una información deberá dirigirse a la administración competente. La solicitud deberá incluir su identificación, la información que quiere, una dirección de contacto, la modalidad en la que prefiere recibir la información y los motivos por los que demanda esos datos.
El anteproyecto de la ley de transparencia incluye las infracciones en materia económica-presupuestaria que serán castigadas con entre 5 y 10 años de inhabilitación.
Estas infracciones además de la inhabilitación llevarán aparejadas la obligación de restituir las cantidades percibidas o satisfechas indebidamente o la obligación de indemnizar a la Hacienda Pública.
Pues personalmente aunque posiblemente haya que revisar con mucho cuidado la aplicación real, lo poco que he visto me gusta. A ver que se consigue antes de la creación de la ley.
A estos 'inhabilitacion de 5 a 10 años'.
Te contare una bonita historia del ayuntamiento de vitoria-gasteiz cuando era del PP:
Pillaron al de urbanismo cambiando los registros del catastro para favorecer a una empresa constructora... pero le pillaron con las manos en la masa, vaya...
Juicio, patatin, patatan... 2 años de inhabilitacion y 3000 euros de multa.... El tio, para cuando salio la sentencia, ya no era concejal.... y por otro lado los 3000 euros los pago un seguro del partido... En definitiva: GRATIS, les salio GRATIS y eso que le pillaron!
A mi esa ley me parece una MIERDA. Robar el dinero publico es robarnos a todos, que menos que se castigue como el robo con agravantes ya que es mucho dinero -comparado con lo que suele ser en el caso del delito llamado 'robo'-
Esto se va a quedar en papel mojado, al tiempo.
Tampoco se proporcionará información pública que suponga un perjuicio para "la igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva, las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control, los intereses económicos y comerciales, la política económica y monetaria, el secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial, la garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión y la protección del medioambiente".
Vamos, que según las excusas que pueden poner, te pueden decir que no a cualquier cosa. Osea, que la ley no sirve para nada.
Nada por delante, nada por detrás.
Toma transparencia
piratepad.net/Mbs0BvZxXK
Esperaré a que la tramitación termine ya que aún pueden presentarse enmiendas parciales de otros grupos y que el PP las acepte (aguantad la risa), pero voy preparando los cubiertos.
Tonto de mí, uno siempre pierde si apuesta por la buena voluntad del PP.
www.leydetransparencia.gob.es/consulta/index.htm
Una Ley de Transparencia que permite el silencio administrativo es digna de un país bananero.
Crearé mi propia agencia pública, con furcias!!
Menos si es del amigo de alguien... que ya buscaran las vueltas...
Al resto de ciudadanos nos toman por gilipollas.
Estas son las cosas que pueden pasar como una noticia menor cuando en el fondo es algo muy muy serio.
Además es la última arma que nos queda para que la burocracia no sea tan lenta como es, si ahora para desestimar algo solo han de mantener silencio muchas cosas se dilatarán más.
En definitiva, un nuevo recorte en derechos a cambio de NADA.
El Gobierno tendrá el poder de controlar y sancionar sobre todos los cargos públicos, la norma no incluye ningún órgano independiente.
Los informes para tomar decisiones administrativas no serán públicos.
etc
Evidentemente, se trata de una ley de las del tipo 'se procurará, se intentará, se tralarí, se tralará' y lo que se vendió como "el mejor antídoto para la corrupción" va a terminar convertido en su mejor coartada. La Ley no incorpora ninguna novedad en materia de transparencia, sino que coarta la establecida en la Constitución, la LRJAP y la PAC ya que en realidad restringe el derecho de acceso a la información pública.
Apuesto a que el PSOE, que no fue capaz de crearla, no va a luchar contra ella porque también le conviene a sus corruptelas.
esto va a acabar mal, se va a liar una buena.va a ser como encender un cubo de gasolina desnudo y metiendo la cabeza jajaja.
p.d. me rio por no llorar por el futuro que nos espera, o la liamos o esclavitud.
Una persona tiene una gotera, llama para que la arreglen y tras la reparación ve que no han tapado todo el agujero y cuando pide explicaciones le contesta: -Sí claro, pero ¿cuánto goteaba ANTES?
Mi comentario posterior... al que has respondido simplemente indica que esto ya es un avance ya que esas medidas ni llegaban a sopesarse. No he dicho que tenga que quedar ahi, ahora si tu quieres darlo por sentado, adelante... cada cual es libre.
Si no hubiese un articulo que especificase cuanto tiempo es necesario podriamos estar esperando eternamente una respuesta.
El silencio administrativo entendido como negación es un absurdo tal que lleva a situaciones de indefensión jurídica total y por ello puede ser denunciado al Tribunal Constitucional por violación flagrante de los derechos más básicos.
Esto me suena ... um ... ah!, ya se, nuestra querida Iniciativa Legislativa Popular que en 27 años solo ha conseguido hacer llegar a buen puerto 1 propuesta www.abocaperro.es/index.php?option=com_content&view=article&id
Pero oye y lo bien que queda decir que el pueblo puede hablar y ahora hasta somos transparentes
Pero es que en el caso de esta ley, el silencio tampoco es lo importante, ya que un silencio positivo sólo implicaría la concesión de un derecho, pero si no te contestan, en definitiva no te han concedido el derecho que solicitabas (la concesión de la información), por lo que ibas a tener que recurrir de todas formas, ante una instancia superior, o ante el tribunal.
Y, además, siempre se puede contestar en plazo que "no procede la estimación de la solicitud", lo cual sería eficazmente la materialización de un silencio negativo, a todos los efectos.
Quien piense que un silencio positivo en una norma de este tipo le iba a suponer algún beneficio (es decir, no uno insustancial o "pírrico"), es que aún no ha tenido la desgracia de tener que 'lidiar' con nuestra queridísima Administración