Publicado hace 2 años por CamiloCienFuegos a prometheusnews.eu

El activista Toni Estela Frau, acaba de convertirse en el primer perseguido político y judicial en Mallorca. Su condena por llamar al Fiscal José Díaz Capa, «corrupto» y «florero», forman parte de las represalias en su contra. Toni Estela Frau, presentó una denuncia en la Fiscalía de Menores en 2017, donde denunciaba los casos de corrupción y abusos de menores en la Isla, y que, a su juicio, fueron desatendidas por el fiscal José Díaz Capa. Estela Frau, es uno de los principales denunciantes en la trama de prostitución de menores tuteladas.

Comentarios

a69

Los fiscales tienen la piel muy fina para ser servidores públicos

sofazen

La próxima ley mordaza se la otorgarán los jueces, y se llamará "democracia de la buena"

oso_69

"Los órganos jurisdiccionales, sistemáticamente vulneran el Convenio Europeo de Derechos Humanos, que en su artículo 10, consagrado a la libertad de expresión y de información, estipula:

Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión. Este derecho comprende la libertad de opinión y la libertad de recibir o de comunicar informaciones o ideas, sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas y sin consideración de fronteras. El presente artículo no impide que los Estados sometan a las empresas de radiodifusión, de cinematografía o de televisión a un régimen de autorización previa."


Una vez más copiamos/pegamos sólo la parte que nos interesa.

"Titulares del derecho al honor

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoce el derecho al honor tanto a personas físicas -privadas y públicas-, como jurídicas, e incluso a los colectivos.[...]

Marco de la crítica admisible

El Convenio ampara las críticas dentro de la libertad de expresión e información, incluso cuando se vierten en términos especialmente duros, que hieran, molesten u ofendan. Por otro lado, que la libertad de expresión ampare el empleo de expresiones exageradas o provocadoras, no significa que acoja el insulto o las expresiones o imputaciones ofensivas o gratuitas (OTTO-PREMINGER-INSTITUT)"


https://derechoalhonor.wordpress.com/2014/12/31/resumen-practico-del-derecho-al-honor-en-europa/

CamiloCienFuegos

#3 No deja de ser una crítica a la actuación de un funcionario. Una vez más tenemos que poner especial relevancia *El Convenio ampara las críticas dentro de la libertad de expresión e información, incluso cuando se vierten en términos especialmente duros, que hieran, molesten u ofendan*.

oso_69

#4 Hombre, llamarlo corrupto no es una crítica, es una acusación de haber cometido un delito de prevaricación o cohecho. Lo de "florero", pues mira, quizás sea una forma especialmente "fuerte" de crítica, pero lo otro... Para eso están los tribunales, para distinguir entre el derecho a la libertad de expresión y el derecho al honor y la imagen pública.

D

Yo diría que denunciar e insultar no son lo mismo.