Hace 16 años | Por karako a adn.es
Publicado hace 16 años por karako a adn.es

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional decretó reducir 17 años y medio la pena a un hombre que en el año 2004 se fugó de los juzgados de El Prat de Llobregat en compañía de otro detenido tras matar de un tiro al policía nacional que les custodiaba. Ahora el Alto Tribunal le absuelve del delito de homicidio al considerar que la bala que mató al agente –al que le robaron la pistola– le alcanzó en el cuello "de rebote".

Comentarios

N

Personalmente, cuando existe imprudencia o mala fe, creo que las intenciones no deberían contar como atenuante. Una cosa es que tropezando caigas sobre alguien y le hagas daño, que no es tu culpa... Y otra muy distinta ponerte a dar tiros con una pistola robada recién salido de la cárcel. Al pobre policía le da igual cómo entrara la bala: está muerto. Igual ocurre con su viuda y sus hijos huérfanos, si los dejó. Si me arreas una paliza, y "sin querer" me saltas un ojo o me rompes la espalda, a mí me da igual que no fuera ésa tu intención, el caso es que estoy paraplégica o tuerta por tu culpa.

No es lo mismo algo que no sea culpa tuya (tu coche resbala sobre una mancha de aceite cuando vas a velocidad normal, y te estrellas contra alguien), a un "accidente" que se produce porque a)Ibas sin carnet; b) ibas demasiado rápido; c) estabas pegando a alguien; d) estabas pegando tiros; e) estabas pegando tiros con una pistola robada mientras te escapabas de la cárcel.

Al trullo, y que no vuelvan a salir. No haber robado la pistola ni disparado con ella. Al que está muerto, le es indiferente la intención, y creo que todos sabemos que las pistolas son peligrosas.

r

que ridiculez