Hace 14 años | Por Fotoperfecta a samuelparra.com
Publicado hace 14 años por Fotoperfecta a samuelparra.com

La Audiencia Nacional ha confirmado la sanción de 12000 euros a una gestora de recobro de morosos por enviar un fax reclamando la deuda a la empresa donde presta sus servicios el deudor. Se entiende que el fax es un medio que no garantiza la confidencialidad de los datos expuestos en los documentos, dado que no puede garantizarse que quien recepciona el fax es el propio interesado y se vulnera por tanto la Ley Orgánica de Protección de Datos. Las técnicas de las empresas de cobro a morosos son cada vez más agresivas e invasivas....

R

¿Qué se puede hacer contra llamadas perdidas, llamadas constantes, etc.De este tipo de empresas?

¿Existe un procedimiento legal a seguir?

No mola esto de que realmente, cualquier empresa pueda conseguir los datos de alguien para solicitar un cobro.

P

Muchas compañías los usan como arma arrojadiza pese a no llevar razón. Por ejemplo en las bajas de ADSL que a pesar de cambiarte de compañía seguían amenazando para que pagaras por un servicio que no estaban dando.

Les está bien merecido no vale todo en este tema.

Fotoperfecta

Es que lo que dice la noticia poner los pelos de punta.
Imaginad que una empresa de estas se empeña en decir que les debes algo, y la brillante idea de la empresa de cobros es envíar un fax a tu empresa (que cualquier puede leer) y te avergüenzan delante de tus compañeros.
Es igual que sea verdad o mentira........la cara te la ponen colorada delante de todos.
Menuda pandilla de HdP.

kaidohmaru

¿Y cuándo la que reclama la deuda es Hacienda? Hace unos 6 meses, recibimos en mi casa una carta de Hacienda, reclamando que si no habiamos pagado a un contratista que estuvo arreglando la cocina, que si le pagabamos, se lo dieramos directamente a Hacienda, puesto que le estaban requisando todas las propiedades asi como el dinero.

En la carta, venían todos los datos de la empresa y del contratista. ¿Aquí no estaban vulnerando también la protección de datos?

O

#4 La pregunta es ¿por qué no le habías pagado?

kaidohmaru

#4 y #5 Creo que entendisteis mal mi comentario.

El trabajo se terminó hacía dos años, sin ningún problema por ninguna de las partes. A los dos años, este señor lo investiga hacienda, el embargan la empresa y hacienda se dedica a mandar a todos los usuarios una carta pidiendoles el dinero.

Nosotros ya le habiamos pagado y hacía tiempo, de ahí mi pregunta de si no estaban vulnerando el derecho a la intimidad de este hombre, ya que nosotros ya no teniamos nada que ver con él.

P

#4 No la vulneran.

En la carta, venían todos los datos de la empresa y del contratista. ¿Aquí no estaban vulnerando también la protección de datos?

¿Tu no conocías esos datos?, le dejaste por pagar un trabajo por el motivo X.

El contratista será el que le facilitase tus datos puesto que Hacienda puede hacerlo. Aun así como poco te lo notificarían por correo ordinario en tu buzón sino certificado.

Es decir, Hacienda se hace cargo de la deuda con el fin de cobrarle al tipo este sea como sea. Hacienda no te está reclamando nada, solo dice que si le vas a pagar le pagues a ello y la deuda queda legalmente saldada con el contratista.

bonobeando

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