Publicado hace 13 años por LADOGA a machacandolasalmendra.blogspot.com

Por lo tanto, ha de volver a recordarse y subrayar que los tres hechos relevantes que han de ser objeto de la investigación son: a) si el querellado ha dictado los dos autos cuestionados; b) si cuando dictó los autos tenía algún indicio incriminatorio contra los letrados que habían asumido la defensa de los presos a partir del día 3 de marzo de 2009, única posibilidad de que esas resoluciones tuvieran una cobertura normativa de legalidad constitucional y ordinaria; y c) si esas resoluciones se ejecutaron en la práctica. Los tres elementos fác

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LADOGA

Donde está la razón y el derechos muchos quieren imponer la manipulación ideológica y mediática. Nadie esta por encima del DERECHO.