Hace 14 años | Por harlam a sindinero.org
Publicado hace 14 años por harlam a sindinero.org

Algo que no mucha gente sabe es que la prestación de incapacidad temporal iniciada durante la vigencia de un contrato de trabajo, aunque sea el último día de contrato, genera el derecho a la prestación correspondiente...y a partir de la fecha de extinción del contrato, se sigue manteniendo el derecho (con otro importe). Es decir, sabiendo esto, si sabes que no te van a renovar, y no tienes derecho a paro, si consigues una baja días antes, tendrás prestación. Lógicamente, esto abre las puertas a situaciones de abuso y picaresca...