Algunos han descubierto en el juez del “caso Matas” a un literato de primer nivel. Nadie antes se había pronunciado con tanto estilo. Sea el talento del que narra o la fuerza de la historia, lo cierto es el auto es toda una obra de arte que bien podría jugar su papel en los próximos premios Planeta. Esta entrada busca encontrar los "mejores momentos" del auto que aseguro que "Matas ha venido a reírse de los simples mortales".
“Ya de entrada no se acaba de entender que se elabore un informe para ser leído en una reunión a la que no asiste nadie, ni tan siquiera su autor y con el que se proyecta vencer las reticencias de unos fantasmagóricos asistentes“.
o otra por ejemplo:
“Por todo ello, el aprobar la contratación del referido arquitecto por el expédito procedimiento de la adjudicación “a dedo” es un acto de meridiana ilegalidad ya que las razones de urgencia posibilitan una reducción de los plazos de los distintos trámites pero no el saltárselos deportivamente“
Yo no veo una opinión, sino una relación de "hechos probados", eso si, con bastante más literatura de lo habitual.
#1:
"no cabe aceptar la casualidad de unas coincidencias cuando éstas se advierten milagrosas" es que es muy grande...
Licitado por la Fundación Illesport. En acta de la Junta Rectora
de la F.I. de fecha 30 de junio de 2005 se aprueba el inicio del
expediente de contratación por importe de 3.822.366,11 €. En sesión
de la Junta Rectora de fecha 9 de agosto de 2005 se aprueba la
adjudicación de este lote a la entidad FCC (Fomento de
construcciones y contratas) con una baja de licitación del 32%.
JAUME MATAS, JOSÉ LUIS BALLESTER y JORGE
MOISES deciden realizar este concurso pese a la imposibilidad técnica del mismo, al no contar con los datos necesarios para proceder al mismo, puesto que ni siquiera disponían de los planos de construcción.
La decisión de celebrar un concurso y su posterior adjudicación
son prevaricadoras por los siguientes motivos:
a.- La adjudicación se realiza sobre el proyecto de
SHURMANN, y como antes se ha dicho no existía proyecto alguno,
puesto que sólo había entregado un 8% de la documentación necesaria
para realizar el concurso y, en consecuencia, para construir.
MIGUEL ANGEL VERGER, Ingeniero, que forma parte de la
mesa de contratación, señala reiteradamente las deficiencias en la
documentación aportada por SHURMANN.
GR-1 se pronuncia en el mismo sentido que el anterior.
Precisamente se rescinde el contrato de SHURMANN por este
motivo.
Si no existe documentación, y además, las valoraciones de
SHURAMNN son totalmente defectuosas, las preguntas son:
- Quien decide el importe de la licitación?
- En base a que documentación y valoraciones se decide dicho
importe?.
- En base a que criterios se realizan las ofertas por los licitadores?.
- Cómo es posible licitar algo que no está ni diseñado?.
- Cómo es posible valorar algo que no está ni diseñado?.
Ninguna de las anteriores preguntas obtiene respuesta coherente por parte de los imputados, puesto que la única conclusión lógica que se deriva de ello es que prescindieron de las más elementales reglas básicas para proceder a la contratación, acuciados por las instrucciones de JAUME MATAS.
b.- La mercantil FCC realiza una oferta a la baja de un 32%. Se trata de una baja temeraria, y por tanto, siguiendo estrictamente lo dispuesto en la Ley de contratos de las Administraciones públicas no podría haber sido admitida.
c.- El informe realizado por GR-1 y MIGUEL ANGEL
VERGER, que conforman la Dirección Facultativa de la obra, y
dirigido a la Junta Rectora del Consorcio en fecha 22 de mayo de
2007, no tiene desperdicio, al señalar textualmente respecto a este
lote que “*el* 12 de julio de 2005 se publica en el BOIB el concurso. Se concluye que la mejor oferta es la de FCC y se propone la adjudicación a dicha empresa. El delegado de FCC informa al DIRECTOR GENERAL DEPORTES que se deberá complementar el contrato con un 20% del precio ofertado más un 10% de liquidación final dado que han cometido un error de valoración, de lo contrario, renuncian a la licitación. Una vez aceptadas las condiciones de FCC se firma el contrato, iniciándose los trabajos durante el mes de septiembre de 2005”.
Es evidente la imposibilidad legal de acceder a dicha petición de
la UTE, ya que lo que procedía legalmente era ofrecer el contrato al
segundo licitador.
Y así a porrillo. Todo este asunto es un escándalo mayúsculo, algo fuera de todo parámetro conocido, de una irresponsabilidad absoluta, completa y total; y es lógico que el señor juez así lo certifique.
"Por cierto, matiza el Sr. Matas corrigiendo a este proveyente sobre el correcto uso del castellano, que no fue a verle para pedirle trabajo para ofrecerle sus servicios, que al parecer, no debe ser lo mismo"
Como se comentó en su meneo correspondiente, no veo muy correcto que un juez llene de opiniones personales un auto, pero la verdad es que es el primer auto que me he leído sin aburrirme desde el primer párrafo.
“Ya de entrada no se acaba de entender que se elabore un informe para ser leído en una reunión a la que no asiste nadie, ni tan siquiera su autor y con el que se proyecta vencer las reticencias de unos fantasmagóricos asistentes“.
o otra por ejemplo:
“Por todo ello, el aprobar la contratación del referido arquitecto por el expédito procedimiento de la adjudicación “a dedo” es un acto de meridiana ilegalidad ya que las razones de urgencia posibilitan una reducción de los plazos de los distintos trámites pero no el saltárselos deportivamente“
Yo no veo una opinión, sino una relación de "hechos probados", eso si, con bastante más literatura de lo habitual.
Polémica por las 'perlas' del José Castro en el auto
El CGPJ sólo analizará el auto del juez de Matas si el TSJ balear lo denuncia
El Consejo General del Poder Judicial no valorará las expresiones vertidas por el juez de Palma José Castro en el auto en el que ayer impuso una fianza de 3 millones de euros al ex presidente balear Jaume Matas salvo que el Tribunal Superior de Justicia de esa comunidad acuerde remitirle la resolución.
La portavoz del órgano de gobierno de los jueces, Gabriela Bravo, ha asegurado que para el Consejo "se trata de una cuestión jurisdiccional" que esta institución "no debe entrar a valorar" si no se dan los requisitos establecidos en la ley.
El artículo 418.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) considera falta grave -sancionable con una multa de entre 300 y 3.000 euros- "la utilización en las resoluciones judiciales de expresiones innecesarias o improcedentes, extravagantes o manifiestamente ofensivas o irrespetuosas desde el punto de vista del razonamiento jurídico".
El precepto añade, sin embargo, que, "en este caso, el Consejo General del Poder Judicial solo procederá previo testimonio deducido o comunicación remitida por el tribunal superior respecto de quien dictó la resolución, y que conozca de la misma en vía de recurso".
Para que luego digan que los funcionarios son vagos.
“Que la eficacia de nuestra Administración Pública llegue al extremo de que un escrito presentado el viernes reciba una respuesta afirmativa el lunes siguiente merece sin duda un aplauso, más caluroso aún cuando el importe solicitado es de 350.000 euros, que se corresponde justo con la cantidad solicitada y mucho más cuando se anticipa a la resolución que lo concede, martes día veinte“
Licitado por la Fundación Illesport. En acta de la Junta Rectora
de la F.I. de fecha 30 de junio de 2005 se aprueba el inicio del
expediente de contratación por importe de 3.822.366,11 €. En sesión
de la Junta Rectora de fecha 9 de agosto de 2005 se aprueba la
adjudicación de este lote a la entidad FCC (Fomento de
construcciones y contratas) con una baja de licitación del 32%.
JAUME MATAS, JOSÉ LUIS BALLESTER y JORGE
MOISES deciden realizar este concurso pese a la imposibilidad técnica del mismo, al no contar con los datos necesarios para proceder al mismo, puesto que ni siquiera disponían de los planos de construcción.
La decisión de celebrar un concurso y su posterior adjudicación
son prevaricadoras por los siguientes motivos:
a.- La adjudicación se realiza sobre el proyecto de
SHURMANN, y como antes se ha dicho no existía proyecto alguno,
puesto que sólo había entregado un 8% de la documentación necesaria
para realizar el concurso y, en consecuencia, para construir.
MIGUEL ANGEL VERGER, Ingeniero, que forma parte de la
mesa de contratación, señala reiteradamente las deficiencias en la
documentación aportada por SHURMANN.
GR-1 se pronuncia en el mismo sentido que el anterior.
Precisamente se rescinde el contrato de SHURMANN por este
motivo.
Si no existe documentación, y además, las valoraciones de
SHURAMNN son totalmente defectuosas, las preguntas son:
- Quien decide el importe de la licitación?
- En base a que documentación y valoraciones se decide dicho
importe?.
- En base a que criterios se realizan las ofertas por los licitadores?.
- Cómo es posible licitar algo que no está ni diseñado?.
- Cómo es posible valorar algo que no está ni diseñado?.
Ninguna de las anteriores preguntas obtiene respuesta coherente por parte de los imputados, puesto que la única conclusión lógica que se deriva de ello es que prescindieron de las más elementales reglas básicas para proceder a la contratación, acuciados por las instrucciones de JAUME MATAS.
b.- La mercantil FCC realiza una oferta a la baja de un 32%. Se trata de una baja temeraria, y por tanto, siguiendo estrictamente lo dispuesto en la Ley de contratos de las Administraciones públicas no podría haber sido admitida.
c.- El informe realizado por GR-1 y MIGUEL ANGEL
VERGER, que conforman la Dirección Facultativa de la obra, y
dirigido a la Junta Rectora del Consorcio en fecha 22 de mayo de
2007, no tiene desperdicio, al señalar textualmente respecto a este
lote que “*el* 12 de julio de 2005 se publica en el BOIB el concurso. Se concluye que la mejor oferta es la de FCC y se propone la adjudicación a dicha empresa. El delegado de FCC informa al DIRECTOR GENERAL DEPORTES que se deberá complementar el contrato con un 20% del precio ofertado más un 10% de liquidación final dado que han cometido un error de valoración, de lo contrario, renuncian a la licitación. Una vez aceptadas las condiciones de FCC se firma el contrato, iniciándose los trabajos durante el mes de septiembre de 2005”.
Es evidente la imposibilidad legal de acceder a dicha petición de
la UTE, ya que lo que procedía legalmente era ofrecer el contrato al
segundo licitador.
Y así a porrillo. Todo este asunto es un escándalo mayúsculo, algo fuera de todo parámetro conocido, de una irresponsabilidad absoluta, completa y total; y es lógico que el señor juez así lo certifique.
A mi me da que el dia que se acceda a documentación similar en la Comunidad Valenciana(cuando pierda el PP las elecciones o algun juez obligue a entregarla) nos vamos a encontrar con cosas parecidas...
#10 hombre, yo veo una recopilación bastante buena de los highlights. Y eso, hablando de un auto de casi 150 páginas, bien merece un meneo por mi parte.
A mi esto es que me parece de traca: “La afirmación hecha por Don Bartolomé Reus Beltrán sobre que la Sra. Areal (mujer de Matas) estaba tan apenada de no haber podido llegar a ser propietaria del piso de Don Ramón de la Cruz que tanta ilusión le hacía, que quienes la rodeaban la consolaban facilitándole que actuara como si lo fuera, pretendiendo con ello justificar que como tal la tuvieran vecinos y porteros, permitiéndole ello asistir a las Juntas y contratar trasteros, es una burla a este Juzgado y a los ciudadanos y no se entiende cómo se le ha podido a alguien argumentar de esa manera“. O sea que la señora asistía a las Juntas de Propietarios pero el resto no se atrevían a decirle que ella no era propietaria para no herir sus sentimientos, es que es de risa...
¿Como se puede ser tan chapuzas a la hora de robar? Ya que son corruptos, esta gente al menos podría tener la decencia de no ser tan descarados. Deben pensar que todo el mundo es imbécil. No me extraña que el juez le diga a este individuo que ha venido a reirse de la gente.
Grande el juez. Una lástima que cuando dicte sentencia y los culpables recurran "una instancia superior" archive el caso. Quizás como sabe que todo esto es inútil se lo toma con solera
A mi me parece degradante, una humillacion innecesaria de un juez que se deja llevar por sus ideales politicos. Es de justicia que Matas pague por sus delitos, pero si esta es la justicia que tenemos, algo falla.
"no cabe aceptar la casualidad de unas coincidencias cuando éstas se advierten milagrosas"
Si esto lo hubiera dicho Bermudez cuando debía... pero claro, aquello era otro juicio.
Es curioso, este auto me ha recordado una noticia que apareció no hace mucho. En ella se venía a decir que el lenguaje judicial era ilegible y se imponía su «lavado».
Dado que van a recurrir la fianza, es obvio que si este auto tuviese una coma fuera de lugar, es lo primero que iban a esgrimir.
Humillante para todos es la insolencia de Matas, y ya va siendo hora de que se la quiten a sopapo limpio (sopapo semántico, se entiende). Esos aires de prócer sobran por todas partes en un vulgar chorizo como él.
/Creo que cualquiera que conozca el caso del palma arena sabe que este es un chorizo como mínimo por incomptencia preclara: la obra sale por el doble y no puede ser homologada para lo que se concibió.
Yo también leí el auto de cabo a rabo y me pareció hasta divertido. Lo cierto y verdad es que es posible que esa locuacidad también plasmada por el Juez, es posible que acarree problemas al procedimiento; y es muy posible que la defensa se agarre a ello.
En el apartado sexto del artículo 418 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que expone de forma "muy clara", según Bravo, los requisitos que se han de tener en cuenta para sancionar a un magistrado por el uso de "expresiones innecesarias o improcedentes, extravagantes...
Comentarios
"no cabe aceptar la casualidad de unas coincidencias cuando éstas se advierten milagrosas" es que es muy grande...
Un ídolo este juez.
A mí la que más me gusta es la de:
"Por cierto, matiza el Sr. Matas corrigiendo a este proveyente sobre el correcto uso del castellano, que no fue a verle para pedirle trabajo para ofrecerle sus servicios, que al parecer, no debe ser lo mismo"
Como se comentó en su meneo correspondiente, no veo muy correcto que un juez llene de opiniones personales un auto, pero la verdad es que es el primer auto que me he leído sin aburrirme desde el primer párrafo.
#4 No son opiniones. Pongo un ejemplo:
“Ya de entrada no se acaba de entender que se elabore un informe para ser leído en una reunión a la que no asiste nadie, ni tan siquiera su autor y con el que se proyecta vencer las reticencias de unos fantasmagóricos asistentes“.
o otra por ejemplo:
“Por todo ello, el aprobar la contratación del referido arquitecto por el expédito procedimiento de la adjudicación “a dedo” es un acto de meridiana ilegalidad ya que las razones de urgencia posibilitan una reducción de los plazos de los distintos trámites pero no el saltárselos deportivamente“
Yo no veo una opinión, sino una relación de "hechos probados", eso si, con bastante más literatura de lo habitual.
Polémica por las 'perlas' del José Castro en el auto
El CGPJ sólo analizará el auto del juez de Matas si el TSJ balear lo denuncia
El Consejo General del Poder Judicial no valorará las expresiones vertidas por el juez de Palma José Castro en el auto en el que ayer impuso una fianza de 3 millones de euros al ex presidente balear Jaume Matas salvo que el Tribunal Superior de Justicia de esa comunidad acuerde remitirle la resolución.
La portavoz del órgano de gobierno de los jueces, Gabriela Bravo, ha asegurado que para el Consejo "se trata de una cuestión jurisdiccional" que esta institución "no debe entrar a valorar" si no se dan los requisitos establecidos en la ley.
El artículo 418.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) considera falta grave -sancionable con una multa de entre 300 y 3.000 euros- "la utilización en las resoluciones judiciales de expresiones innecesarias o improcedentes, extravagantes o manifiestamente ofensivas o irrespetuosas desde el punto de vista del razonamiento jurídico".
El precepto añade, sin embargo, que, "en este caso, el Consejo General del Poder Judicial solo procederá previo testimonio deducido o comunicación remitida por el tribunal superior respecto de quien dictó la resolución, y que conozca de la misma en vía de recurso".
#6 " Polémica por las 'perlas' del José Castro en el auto
El CGPJ sólo analizará el auto del juez de Matas si el TSJ balear lo denuncia "
Con lo cual hablamos de una no-noticia. De algunos que intentan crear una polémica inexistente.
Para que luego digan que los funcionarios son vagos.
“Que la eficacia de nuestra Administración Pública llegue al extremo de que un escrito presentado el viernes reciba una respuesta afirmativa el lunes siguiente merece sin duda un aplauso, más caluroso aún cuando el importe solicitado es de 350.000 euros, que se corresponde justo con la cantidad solicitada y mucho más cuando se anticipa a la resolución que lo concede, martes día veinte“
Estas son las verdaderas perlas
Lote 1.B.- Aparcamiento.
Licitado por la Fundación Illesport. En acta de la Junta Rectora
de la F.I. de fecha 30 de junio de 2005 se aprueba el inicio del
expediente de contratación por importe de 3.822.366,11 €. En sesión
de la Junta Rectora de fecha 9 de agosto de 2005 se aprueba la
adjudicación de este lote a la entidad FCC (Fomento de
construcciones y contratas) con una baja de licitación del 32%.
JAUME MATAS, JOSÉ LUIS BALLESTER y JORGE
MOISES deciden realizar este concurso pese a la imposibilidad
técnica del mismo, al no contar con los datos necesarios para proceder
al mismo, puesto que ni siquiera disponían de los planos de
construcción.
La decisión de celebrar un concurso y su posterior adjudicación
son prevaricadoras por los siguientes motivos:
a.- La adjudicación se realiza sobre el proyecto de
SHURMANN, y como antes se ha dicho no existía proyecto alguno,
puesto que sólo había entregado un 8% de la documentación necesaria
para realizar el concurso y, en consecuencia, para construir.
MIGUEL ANGEL VERGER, Ingeniero, que forma parte de la
mesa de contratación, señala reiteradamente las deficiencias en la
documentación aportada por SHURMANN.
GR-1 se pronuncia en el mismo sentido que el anterior.
Precisamente se rescinde el contrato de SHURMANN por este
motivo.
Si no existe documentación, y además, las valoraciones de
SHURAMNN son totalmente defectuosas, las preguntas son:
- Quien decide el importe de la licitación?
- En base a que documentación y valoraciones se decide dicho
importe?.
- En base a que criterios se realizan las ofertas por los licitadores?.
- Cómo es posible licitar algo que no está ni diseñado?.
- Cómo es posible valorar algo que no está ni diseñado?.
Ninguna de las anteriores preguntas obtiene respuesta coherente
por parte de los imputados, puesto que la única conclusión lógica que
se deriva de ello es que prescindieron de las más elementales reglas
básicas para proceder a la contratación, acuciados por las
instrucciones de JAUME MATAS.
b.- La mercantil FCC realiza una oferta a la baja de un 32%.
Se trata de una baja temeraria, y por tanto, siguiendo
estrictamente lo dispuesto en la Ley de contratos de las
Administraciones públicas no podría haber sido admitida.
c.- El informe realizado por GR-1 y MIGUEL ANGEL
VERGER, que conforman la Dirección Facultativa de la obra, y
dirigido a la Junta Rectora del Consorcio en fecha 22 de mayo de
2007, no tiene desperdicio, al señalar textualmente respecto a este
lote que “*el* 12 de julio de 2005 se publica en el BOIB el concurso.
Se concluye que la mejor oferta es la de FCC y se propone la
adjudicación a dicha empresa. El delegado de FCC informa al
DIRECTOR GENERAL DEPORTES que se deberá
complementar el contrato con un 20% del precio ofertado más un
10% de liquidación final dado que han cometido un error de
valoración, de lo contrario, renuncian a la licitación. Una vez
aceptadas las condiciones de FCC se firma el contrato, iniciándose
los trabajos durante el mes de septiembre de 2005”.
Es evidente la imposibilidad legal de acceder a dicha petición de
la UTE, ya que lo que procedía legalmente era ofrecer el contrato al
segundo licitador.
Y así a porrillo. Todo este asunto es un escándalo mayúsculo, algo fuera de todo parámetro conocido, de una irresponsabilidad absoluta, completa y total; y es lógico que el señor juez así lo certifique.
Si esta noticia no es cansina, que venga Dios y lo vea.
A mi me da que el dia que se acceda a documentación similar en la Comunidad Valenciana(cuando pierda el PP las elecciones o algun juez obligue a entregarla) nos vamos a encontrar con cosas parecidas...
#10 hombre, yo veo una recopilación bastante buena de los highlights. Y eso, hablando de un auto de casi 150 páginas, bien merece un meneo por mi parte.
A mi esto es que me parece de traca: “La afirmación hecha por Don Bartolomé Reus Beltrán sobre que la Sra. Areal (mujer de Matas) estaba tan apenada de no haber podido llegar a ser propietaria del piso de Don Ramón de la Cruz que tanta ilusión le hacía, que quienes la rodeaban la consolaban facilitándole que actuara como si lo fuera, pretendiendo con ello justificar que como tal la tuvieran vecinos y porteros, permitiéndole ello asistir a las Juntas y contratar trasteros, es una burla a este Juzgado y a los ciudadanos y no se entiende cómo se le ha podido a alguien argumentar de esa manera“. O sea que la señora asistía a las Juntas de Propietarios pero el resto no se atrevían a decirle que ella no era propietaria para no herir sus sentimientos, es que es de risa...
¿Como se puede ser tan chapuzas a la hora de robar? Ya que son corruptos, esta gente al menos podría tener la decencia de no ser tan descarados. Deben pensar que todo el mundo es imbécil. No me extraña que el juez le diga a este individuo que ha venido a reirse de la gente.
#13 Simplemente se creían tan intocables que ya ni se preocupaban de hacer los chanchullos bien.
Grande el juez. Una lástima que cuando dicte sentencia y los culpables recurran "una instancia superior" archive el caso. Quizás como sabe que todo esto es inútil se lo toma con solera
¡Club de fans de este juez en el Facebook ya!
La explicación que dan a lo de la mujer de Matas en las reuniones de vecinos, parece sacado de una comedia de enredos española de los 70.
A mi me parece degradante, una humillacion innecesaria de un juez que se deja llevar por sus ideales politicos. Es de justicia que Matas pague por sus delitos, pero si esta es la justicia que tenemos, algo falla.
Lo peor de todo es la sensacion de que Matas, un presidente de una Comunidad Autonoma Y MINISTRO es un autentico inepto. Dios mio que vergüenza.
"no cabe aceptar la casualidad de unas coincidencias cuando éstas se advierten milagrosas"
Si esto lo hubiera dicho Bermudez cuando debía... pero claro, aquello era otro juicio.
Ojala lo entruyen, estoy hasta el nabo de tanto hijo de puta.
Es curioso, este auto me ha recordado una noticia que apareció no hace mucho. En ella se venía a decir que el lenguaje judicial era ilegible y se imponía su «lavado».
http://www.diariojuridico.com/noticias/un-grupo-de-expertos-modernizara-el-lenguaje-juridico.html
#18 Eres mas papista que el papa:
Rafael Perera, abogado defensor de Matas:
"Respeto absolutamente la terminología y el tono que el juez usa"
[...]
"no han excedido los límites de lo correcto"
http://www.publico.es/espana/304149/abogado/matas/recurrira/fianza
Dado que van a recurrir la fianza, es obvio que si este auto tuviese una coma fuera de lugar, es lo primero que iban a esgrimir.
Humillante para todos es la insolencia de Matas, y ya va siendo hora de que se la quiten a sopapo limpio (sopapo semántico, se entiende). Esos aires de prócer sobran por todas partes en un vulgar chorizo como él.
/Creo que cualquiera que conozca el caso del palma arena sabe que este es un chorizo como mínimo por incomptencia preclara: la obra sale por el doble y no puede ser homologada para lo que se concibió.
#16 http://www.facebook.com/pages/Tambien-quiero-que-el-juez-Castro-siga-desmantelando-la-corrupcion/380964250489
Yo también leí el auto de cabo a rabo y me pareció hasta divertido. Lo cierto y verdad es que es posible que esa locuacidad también plasmada por el Juez, es posible que acarree problemas al procedimiento; y es muy posible que la defensa se agarre a ello.
El CGPJ sólo actuará contra el juez de Matas si el TSJ balear se lo pide
El CGPJ sólo actuará contra el juez de Matas si el...
europapress.esEn el apartado sexto del artículo 418 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que expone de forma "muy clara", según Bravo, los requisitos que se han de tener en cuenta para sancionar a un magistrado por el uso de "expresiones innecesarias o improcedentes, extravagantes...
Lo malo de esto es que al instructor le corresponde instruir y aquí hay algo más por simpático que parezca.
#23 Sí si, pero mira lo de Garzón y tmbién parecía correcto no?
Y en lo de "causaliddes y coincidencia" no ha sido original que se lo ha copia a Zapatero.
Muy bueno, con mucho humor e ironía
A la puta cárcel con todos los chorizos. Matas, ladrón, devuelve el dinero robado a los contribuyentes o púdrete en la cárcel.