La vigente Ley 7/2010, conocida como la Ley General de la Comunicación Audiovisual, establece en su artículo 7, orientado a proteger los derechos del menor, que los programas "con contenidos relacionados con el esoterismo y las paraciencias, sólo podrán emitirse entre las 22 y las 7 de la mañana". Esta restricción horaria no ha servido para alejar a estos espacios de las pantallas de los telespectadores La "oferta" de la TDT cada vez es mayor. No sólo la legal sino también la que no se ampara en ninguna licencia e incumple la legalidad.
Comentarios
Si ya era una mierda...dos tazas.
Pfff, ya ha pasado antes con las televentas o Belén Esteban.
Si no fuéramos un país de catetos estás cosas no pasarían.