Hace 14 años | Por peggy a abc.es
Publicado hace 14 años por peggy a abc.es

DURANTE miles de años, el mero concepto de «propiedad intelectual» resultó inconcebible. Al juglar que recorría los pueblos recitando romances no se le hubiera ocurrido impedir que su auditorio los memorizase y propagase por doquier, por la sencilla razón de que tales romances no le pertenecían: eran una «propiedad colectiva», brotada de los manantiales ancestrales del genio popular, sobre la que el juglar actuaba a modo de «médium» o catalizador.

Comentarios

D

Claro que no le "pertenecían". Los juglares erna personajes de clase social baja y escasa cultura que como no sabían componer (excepto una pequeña minoría) tenían dos posibilidades:
a) Interpretar obras de la cultura popular
b) Interpretar adaptaciones de las canciones compuestas por los trovadores. Teniendo en cuenta que los trovadores eran nobles y reyes, dudo mucho que éstos les solicitaran "canon". Por el contrario en ocasiones los trovadores tenían juglares a su servicio y les pagaban un sueldo.

D

Al juglar no es que no se le ocurriese.. es que no tenía medios.

Nhat

la labor que desempeñan las bibliotecas, supervisada por el dominio, se engloba en la difusa categoría de «democratización de la cultura»; en cambio, la labor que desempeñan los internautas es calificada de «crimen», tan pavoroso que justifica que nuestras navegaciones por internet sean «supervisadas» y nuestras conexiones interrumpidas, si el dominio descubre que estamos compartiendo con otro internauta una canción o una película. Trato semejante no reciben ni siquiera los pederastas que trafican al cobijo de internet; debe de ser porque no infringen ese expolio denominado «propiedad intelectual».