Hace 10 años | Por puesunomas a ayudalaboral.net
Publicado hace 10 años por puesunomas a ayudalaboral.net

Antes de la reforma laboral de RD-ley 3/2012 existía el denominado “despido exprés” de forma expresa, es decir, la empresa reconocía la improcedencia del despido, consignaba la indemnización en el juzgado y prácticamente ya era asunto resuelto. Pero con la reforma, esta opción desapareció y con ella las dudas sobre la persistencia de esa “modalidad” de despido.Pasado el tiempo, y contemplando con perspectiva la evolución del camino marcado por la norma arriba mencionada y su posterior perfeccionamiento en la Ley 3/2012, con la redacción...

Comentarios

javiy

Más rápido y más barato. Pero nos vendieron que había "desaparecido"
Quizá sí se siguen reconociendo las improcedencias, pero ahora en conciliación, a efectos fiscales exclusivamente, para que la indemnización no tribute.