Hace 12 años | Por chorizosiberico a publico.es
Publicado hace 12 años por chorizosiberico a publico.es

"Es una sentencia innecesariamente larga, con una exuberante cita de doctrina jurisprudencial, pero con un problema muy perturbador para el sistema: se le dice a los jueces que la interpretación de la jurisprudencia puede dar lugar a prevaricación", advierte José Antonio Martín Pallín, exmagistrado del Supremo.

Comentarios

#25 No puede ser palmariamente injusta si ha sido avalada por otros jueces y fiscales a estos no se les imputa.

TroppoVero

#26 No hagas que me repita, por favor. Ya he dicho que esa forma de argumentar es intrínsecamente peligrosa, porque basta con que un magistrado, un fiscal y la secretaria que pasaba por allí se pongan de acuerdo para que tengamos que aceptar que se conculque el derecho de defensa.

perico_de_los_palotes

#29 El que se tiene que repetir soy yo, ya que obviamente no eres capaz de comprender la jurisprudencia ya citada arriba y que indica de manera meridianamente clara lo que piensa el supremo al respecto: en ese caso, a menos que se pruebe lo contrario, el magistrado, el fiscal y la secretaria se equivocan, pero no prevarican.

"es doctrina reiterada de esta Sala que la disconformidad con una resolución judicial, no permite construir, sin más, la base de un procedimiento penal. El desacuerdo, si existe, debe ser combatido a través de los correspondientes recursos, salvo circunstancias especiales de tipificación penal del comportamiento de los magistrados...". TS., en Auto de 9-10-95

En cuanto a lo de la fiscalía, debes de tener razón. Es por eso que la fiscalía del supremo tambien pidió la absolucion.

http://www.rtve.es/noticias/20110417/fiscalia-del-tribunal-supremo-pide-absolucion-garzon-caso-escuchas-trama-gurtel/425378.shtml

Conclusión: Garzón es un lince que tiene a todos engañados.

Menos a los otros linces, claro.

TroppoVero

#38 De tus negritas: "salvo en circunstancias especiales de tipificación penal del comportamiento de los magistrados". ¿Y qué es la prevaricación, según tú, sino un tipo penal referido al comportamiento de los magistrados? No estamos hablando de disconformidad, por tanto, sino del incurrimiento en el tipo penal de prevaricación.

Que la Fiscalía pida la absolución no quita que la sentencia dice lo que dice, y que Garzón no hizo caso a la Fiscalía. La Fiscalía, en todo caso, tiene su criterio, como tú tienes el tuyo y yo el mío, y todos absolutamente respetables.

sotanez

#29 No, porque aunque se pongan de acuerdo luego en el juicio se retiran las pruebas si se considera que no son válidas. De ahí a 11 años de inhabilitación cuando es sujeto a interpretación...

ElCuraMerino

#23 El ordenamiento jurídico español no "se rige" por la wikipedia, pero tampoco por la jurisprudencia, ni por scribd.

Las fuentes del ordenamiento son la ley, la costumbre, y los principios generales del Derecho. Y la jurisprudencia complementa a estas fuentes, sin serlo propiamente.

Y la ley es clara y evidente en este punto.

En cuanto a la jurisprudencia que aportas, "los tribunales posteriores" - que fue un sólo magistrado posterior- tuvo que motivar exhaustivamente por qué consideraba adecuado prorrogar las escuchas, cosa que jamás hizo Garzón, porque el que sí fue "Tribunal posterior", anuló las escuchas, no las avaló.

En cuanto al Fiscal, que en teoría debe "promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad", con independencia e imparcialidad, sus intervenciones ni vinculan, ni avalan a nadie.

Es decir, que nadie "avaló" a Garzón, ni muchísimo menos.

A ver si ahora va a resultar que todo el mundo avaló a Garzón, cuando se han significado contra su atropello el Consejo General de la Abogacía Española, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la Asociación Profesional de la Magistratura, y ahora el Tribunal Supremo.

D

#20 Si las escuchas conculcan el derecho constitucional a la defensa, pero se permiten en casos de antiterrorismo. Entonces, ¿en esos casos se vulnera el derecho constitucional a la defensa? ¿Es la ley pues inconstitucional?

El problema no es que se vulnere el derecho a al defensa, sino (según la STS) que no se motivó adecuadamente.

#3 Las escuchas eran legales. Ese no era el problema. Se acusa de prevaricación porque no fueron motivadas. Vamos, por un formalismo técnico, porque los abogados pretendían delinquir de hecho.

Hace unos años condenaron a un amigo por prevaricación por un asunto de un deslinde de costas. El caso es que el trabajaba como temporal en una empresa pública. Le pidieron un informe rápido del ministerio, y el lo hizo. Pero luego el Ministerio se basó en ese informe para deslindar (y se supone que el informe no era para eso). El caso es que unos poderosos promotores denunciaron y, sorpresa, fueron condenados. Si lo de mi amigo se consideró prevaricación, ¿hay algún empleado público en España que no prevarique en algún momento? En fin, que el rasero de la ley es distinto según a quién mida.

Bley

#3 Garzon es culpable, lo dice una sentencia UNANIME de 7 magistrados muy competentes del mas alto tribunal de España, no le ha condenado un jurado popular, esta sentencia es INDISCUTIBLE, por mucho que pataleen algunos (sin tener ni idea alimentados por los medios de manipulación).

d

#30 En esta vida hay muy pocas cosas indiscutibles (por no decir ninguna), y desde luego las sentencias judiciales no forman parte de ellas.

#3 tiene razón: ¿Cómo se puede acusar a un juez de hacer algo manifiestamente injusto cuando posteriores criterios de autoridades involucradas en el caso lo apoyan abiertamente? A eso hay que sumar, por lo menos, las opiniones de todos los expertos juristas que se mencionan en el artículo, que para mí tienen, no sé si más, pero por lo menos parecida autoridad a los jueces del TS.

Se podrá decir que la actuación de Garzón es criticable, pero no manifiestamente injusta, y el hecho de que el TS lo condene por unanimidad en unas circunstancias como las actuales, en contra de estas opiniones, y teniendo en cuenta el contexto de las acusaciones contra él (entre la que destaca la de los crímenes franquistas), sólo puede hacer pensar en presiones por parte de ciertos poderes. Y no creo que eso sea bueno.

D

#30 Se te olvida que Garzón recusó a 6 magistrados. Y que los que le condenaron fueron los que mejor le venian.

D

#3 Los fiscales no han tomado la decisión, pero en mi opinión debetrían ser expedientados por no cumplir con su trabajo. En cuanto a Pedreira, creo que debería seguir el mismo camino que Garzón, salvo por un detalle, la decisión de Pedreira de continuar con las escuchas fue anulada por el TSJM... si no me equivoco no llegó a producirse ninguna escucha de facto por orden suya... y eso es una diferencia muy importante.

ElCuraMerino

#9 No se puede imputar a una misma conducta dos tipos delictivos distintos. O es una, o es otra. O eso me parece a mí.

mekanet

#9 y #14 En el Derecho Penal existe el concurso de normas (dos delitos similares y debes aplicar uno) o concurso medial, en el que se comete un hecho delictivo como medio para cometer el delito que realmente habías pensado. En el caso del cohecho, es necesario cometer la prevaricación para poder obtener el fin perseguido por el primero.

ElCuraMerino

#27 y #14: Pues el Supremo no estimó que en el caso del tal Urquía, que desconozco, hubiese concurso de delitos (no "concurso de normas", como dices). Pero claro, si ahora resulta que cualquier persona a raíz del caso Garzón se autoconstituye en Juez del Tribunal Supremo con su particular interpretación sobre la aplicación de las normas, ¿por qué no os habéis presentado a oposiciones a Judicatura?

D

#36 Pues el Supremo no estimó que en el caso del tal Urquía, que desconozco, hubiese concurso de delitos

Gallifante para el caballero. Acaba de descubrir porque existe queja de corporativismo, de doble rasero o directamente del conocido sindrome juridico denominado tecnicamente como 'esto es el coño de la Bernarda' con respecto al Supremo.

ElCuraMerino

#39 No oigo a nadie decir que el Supremo sea el coño de la Bernarda. Sólo a los fans de Garzón en este caso.

D

#54 Y de acuerdo la interpretacion que hace el TS de ese articulo, si la actuacion de Garzon se hubiese debido a haber sido sobornado y haber recibido dinero, en vez de actuar motu propio, la condena habria sido mucho menor, ¿me equivoco?.

#53 eng-espana-continua-siendo-gran-cementerio#c-42

mekanet

#66 Podría discutirse si se trata de un delito de cohecho si. Piensa que la prevaricación puede ser administrativa o judicial y están reguladas en distintos títulos del Código. Pero no hay "cohecho judicial", por lo que se aplica el tipo básico.

Y no es la interpretación de ese artículo en concreto. La interpretación del TS (o cualquier otro Tribunal) ha de basarse en ese artículo. Me explico, deben decidir cual de los dos es el delito más amplio y que absorbe la otra conducta. Para ello han de fundamentar la sentencia porque aplican un tipo y no otro.

Y sinceramente, esto es (para mi) lo bonito del Derecho. Cuando entré en la carrera me dijeron 2+2 no son cuatro, será lo que las partes aleguen y el juez decida en base a esas alegaciones.

#63 Porque en España rige el principio acusatorio. Son las partes las que deben impugnar pruebas y solicitar la persecución de un delito. Una de las partes es el Fiscal, pero la abogada puede interponer una querella, argumentando y citando en la misma los fundamentos del TS de ésta.

p

#69 Pero no prevaricó el juez al hacer esas escuchas, ya que no es un caso de terrorismo?

D

#74 No, se le acusa de prevaricar por no motivar adecuadamente su auto. Vamos, que lo cogen por los pelos.

p

#75 Perdona, pero creo que te equivocas, le acusan de laminar el derecho de comunicación de los acusados con sus abogados, o eso llevo escuchando en varios medios desde que salió la sentencia ayer.

D

#78 Eso es lo que dice la sentencia, pero las escuchas son legales si se sospecha que las comunicaciones entre abogado y cliente se van a emplear para delinquir, como era el caso. El problema debe de ser que Garzón motivó mal el auto. O sea, que no especificó qué razones tenía para pensar que iban a delinquir.

El hecho es que si bien es un error del juez, no es un error que implique prevaricación.

Es como si te para un poli porque te tiene ojeriza para multarte. Si se pone a buscar, al final te encuentra algo que hagas mal para ponerte la multa. Y cuando te pilla, te pone la multa mayor dentro de sus posibilidades.

p

#85 Si la sentencia dicen que son ilegales, como puede luego ser legales?

Es mas, fue la policía como se vio en el juicio los que escuchaban las cintas y quitaban lo que no valía.

D

#88 Tú en qué debate estas? Se debate si la sentencia es justa o no. Por tanto, lo que diga la sentencia es irrelevante en este aspecto. De todas formas, la sentencia no dice que las escuchas no sean legales EN GENERAL, sino que es estas no se hicieron de la forma correcta.

Lo que haga la policía judicial con la edición de la escuchas es irrelevante tb. Es evidente que las editan. Por ejemplo, recortarán todo el contenido de la conversación de ámbito personal. No sé a dónde quieres llegar con eso.

p

#91 Como no va a importar lo que diga la sentencia y luego quieres debatir si es justa no?

Yo llevo escuchando a varios juristas varios días(por no decir semanas), que las escuchas solo son legales en caso de terrorismo.

Brogan

#97 Pues en este mismo artículo tienes varios juristas que opinan que no, así que la cosa no está tan clara.

Además, el hecho de que las escuchas estén mal hechas no lo convierte automáticamente en prevaricación. De la misma forma que un error de cálculo en la contabilidad no te convierte en un malversador.

p

#100 Ya, si yo también pienso así.

D

#97 Pues no. Y además eso no es lo que dice las sentencia. Las escuchas son legales si son para prevenir un delito, tanto si es de terrorismo como si es de blanqueo o de destrucción de pruebas. Tb hay una Directiva Europea al respecto. Las escuchas son legales si son motivadas. El TS lo que dice es que no son motivadas, sino arbritarias. En mi opinión los juristas que has escuchado se equivocan. ¿Dónde los has escuchado?

D

#97 Eso lo dice la ley penitenciaria. Aun así ¿como es que en el caso Marta del castillo se ha permitido? Tampoco se trataba de terrorismo. Y con esto no digo que se tenga que procesar al responsable de ese caso, sino que este tipo de sentencias no tienen sentido.

D

#69 Pues precisamente ese es el tema: que el Derecho no es una ciencia exacta y que dentro de las interpretaciones que se hagan, entran desde interpretaciones 'logicas' hasta otras que rozan el absurdo.

En este caso:

- Delito de prevaricacion > 11 años de inhabilitacion.
- Delito de cohecho que implica prevaricacion (es decir: ser sobornado y prevaricar) > se aplica cohecho > menos de 2 años de inhabilitacion.

Lo que es algo absurdo. El tema no es que se acuse al TS de no aplicar la ley, sino de interpretarla a su gusto y antojo con un rasero diferente segun quien.

Por no contar con todas esas sentencias absolutamente sonrojantes que salen de vez en cuando, tipo 'le absolvio de la violacion porque ella llevaba una minifalda' pero de las cuales nunca sale la noticia de que el juez en cuestion haya sido procesado. ¿Cuantos jueces que cometen prevaricacion son condenados por ello?. Porque la sensacion general es que, si no te trata de una vendetta como la de Garzon, no es algo muy comun que un juez condene a otro...

ElCuraMerino

#77 Perdón, pero en el cohecho estamos hablando de 2 a 4 años de prisión. Y aquí de inhabilitación solamente.

Pues si eso te parece absurdo, lo absurdo no sería la aplicación de la Ley que hace el Juez, sino la propia Ley, que en este caso, tratándose del Código Penal, te recuerdo que lo aprobó el socialista Juan Alberto Belloch.

Edito: con el cohecho hablamos de tres a seis años de prisión, más multa, más posible inhabilitación.

ElCuraMerino

#63 Te iba a responder, pero #69 te ha respondido correctamente.

mekanet

#36 He explicado que hay distintos concursos, no sé si el TS aplicó el art.8 (concurso de leyes) del CP o el 77 (concurso medial) Está claro que el 73 (concurso de delitos) no se aplicó.

Por cierto, yo estoy opositando a judicatura y trato de explicar a la gente los distintos tipos de concurso existentes en nuestro derecho.

ElCuraMerino

#43 Ah, vale. Primera persona que veo que habla con conocimiento de causa. Lo ignoro todo sobre el caso de Urquía, y me importa un comino, además, puesto que el caso de Garzón es palmario.

D

#27 En caso de aplicar solamente uno de ambos delitos, ¿no seria lo logico aplicar aquel cuya pena es mayor?.

mekanet

#48 El artículo 8 establece criterios para aplicar una delito u otro.

El primero es el especial. Por ejemplo, asesinato u homicidio.

El segundo es el criterio subsidiario (que se aplica cuando la ley expresamente lo prevea)

El tercero: el delito más más amplio o complejo absorberá a los que castiguen las infracciones consumidas en aquél. Yo entiendo que el cohecho abarca la prevaricación, aunque se puede plantear la tesis del concurso medial (cometer una infracción como medio para cometer otra)

Y por último, si no se pueden aplicar los criterios anteriores, se aplica el precepto cuya pena sea mayor.

ElCuraMerino

#9 ¡Hay que joderse la cantidad de Magistrados y juristas que nacen como setas en menéame! ¿Por qué cojones no te has hecho las oposiciones a Juez si sabes tanto, como para poner en tela de juicio las sentencias del Supremo??

En el caso de Garzón, la sentencia lo que dice es que sería mejor que la propia ley definiese claramente los límites de los casos en que se puede vulnerar el derecho fundamental a la defensa, y no que hubiese tenido que completarse vía jurisprudencia. Aclaración necesaria para la legión de neomagistrados por un día que han nacido en España a raíz del caso Garzón.

El siguiente instructor tuvo que MOTIVAR exhaustivamente los inmotivados autos de Garzón, y aun sí el TSJ de Madrid anuló dichas resoluciones. Al Fiscal no se le procesa por prevaricación porque no dicta resoluciones.

Con el juez del caso Mari Luz, no sé a qué te refieres, ni qué tiene que ver con este caso.

Un enlace que me han pasado para enterarse de todo: http://www.jotdown.es/2012/01/tsevan-rabtan-conoce-usted-sus-derechos/

ElCuraMerino

#57 Es que yo soy jurista, tío listo. Soy abogado.

silencer

#60 HA DICHO ABOGADO, LAPIDADLE !!!!!



D

#60 Venga un aplauso para ti.

ElCuraMerino

#64 Más bien la cagada para tí. O el "owned", como gustan de anglosajonizar algunos, no sé por qué motivo ...

comunerodecastilla

#60 No seré yo quien ponga en duda tu profesionalidad, pero la mayoría de letrados que he conocido no pasan de ser picapleitos que se dedican a cursar papeles sin esforzarse en ayudar a sus defendidos, viendo un compadreo con el fiscal como lo diría suavemente...¿sospechoso?, he visto como a una persona le aconsejaban firmar cuatro años y medio sin mas pruebas que llamadas telefónicas, calificando como buena esa pena pues el fiscal solicitaba nueve, (menudeo de drogas) esta claro que hay abogados competentes (caso gurtel) pero creo que pesa mas las relaciones de estos con jueces y fiscales, que su autentica valía profesional, lo he dicho y lo repito, la justicia en España esta tan corrompida como la política, solamente podrás acceder a un juicio justo en la medida en que te lo permita tu bolsillo.

ElCuraMerino

#71 Pues nada, cuando te veas en problemas legales, pasa de los abogados, verás qué bien te va.

D

#31 Anda, lo que dije yo ayer, y te ibas por las ramas. Acusan a Garzón por infudamentar su auto. Vamos, por una gilipollez, mal hecha, pero no merecedora de una condena de prevaricación.

otrosidigo

#94 Es que concretamente es el fundamento, o la falta o inadecuación del mismo, de su actuación lo que castiga la sentencia.
Otra cosa es que, dejando a un lado las cuestiones técnicas, sea justa...
Salvo mejor opinión.

D

#98 Ya, pero la gente está emperrada en que las escuchas, de manera general, son ilegales salvo en caso de terrorismo. Y eso porque lo escuchan en medios "informativos".

En mi opinión, la sentencia es tremendamente desproporcionada y, por tanto, injusta. Lo que primaba era la intención de condenarle, sobre la intención de impartir justicia.

ElCuraMerino

#94 Claro, hombre. Vamos a escuchar todas las conversaciones de todos los abogados de España, pero se nos olvida la "gilipollez" de fundamentar el por qué, y nos encontramos con la tremenda injusticia de 20 años de inhabilitación.

Y venga a llorar...

fjcm_xx

#31 ¿Desde cuando hay que opositar para cuestionar u opinar sobre algo? Mientras menéame sea un foro de opinión, se opina y se cuestiona, de política, de ciencia, de sentencias o de lo que a cada uno le salga de su santo badajo, y no es necesario hacer oposiciones a nada de lo anterior para cuestionarlo. Las opiniones son libres y basadas en los conocimientos que cada uno tenga sobre los temas. Esa es la grandeza y la esencia de menéame.

jacm

#6 pues sí, la solución que Garzón hubiera cogido dinero, ¿no? Así no tendría que pasar por esto.

D

#6 pues esto demuestra q probar la prevaricación es muy difícil, ni aún demostrando q el juez está comprado para dictar una sentencia se considera en todos los casos q ha prevaricado. supongo q el TS entendió q la sentencia estaba razonada sobre la ley, no era manifiestamente injusta (no tiene por qué serlo, el juez se basa en la ley, aprecia las pruebas q le conviene, y te saca la sentencia a medida sin prevaricar), de la misma forma q si el TS quiere, puede darle la vuelta a la tortilla y considerar un cohecho como una prevaricación, todo es interpretable.

lo q no tiene sentido es la penalización de ambos casos y q sea uno más barato q el otro.

#19 "dos años de prisión, siete de inhabilitación y multa de 73.800€ como autor de un delito de prevaricación. ... la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, entendió que no había delito de prevaricación y sí de cohecho, por lo que le condenó a 21 meses de suspensión del cargo y a una multa de 73.800€,

¿por qué te parece mejor el cohecho q la prevaricación?, compara las penas en el caso del q comentamos...

#76 Me refiero a que, ya de ser condenado, preferiría ser inhabilitado que ir a la cárcel, tener que pagar un dineral y encima estar también inhabilitado (4 años menos pero son bastantes también).
Era una respuesta a #11.

ElCuraMerino

#14 Por cierto, sé lo que es cohecho. No sé si te has dado cuenta de que estaba parafraseando literalmente a #4...

D

#6 Sería cohecho Y TAMBIÉN prevaricación. Si no hubo prevaricación para Urquía, no la debería haber para Garzón, por pura coherencia.

RubenC

#6 Bien dicho. Aquí es que la gente no se informa, y por eso al que le has contestado lo votan a bulto "si si si muy bien muy bien", sin querer (ni importarles) leer ni comprender ni entender nada.

D

#6 cohecho por aceptar dinero, prevaricación por la sentencia.

Oye que yo de derecho ni idea y de hecho puedes llamarme ignorante 10 veces si te apetece, pero de lógica... desde párvulos la suelo usar.

Aquí hay algo muy raro... en fin, veo que los ejpertos de menéame atacan de nuevo, en este caso ejpertos juristas.

c

#4 Tienes razón, todavía recuerdo los acusados del caso Palma Arena, del PP, paseados con las esposas puestas en todos los medios de comunicación mientras los responsables del desfalco de los ERES andaluces seguían en sus cargos. Nadie protestó. Ahora toca al juez estrella y todos protestan.

D

#2 ¿Se les premia? Y yo que pensaba que están empapelados hasta el tuetano... o a lo mejor te refieres Bono y Chaves... entonces sí estaría de acuerdo, hace tiempo que ambos deberían haber desfilado por los juzgados... pero ni siquiera los investigan...

otrosidigo

#15 Es que todas esas citas que aportas en tu comentario son opiniones personales, no argumentos jurídicos que permitan motivar una sentencia por parte de un tribunal.
Convendría separar mentalmente la sentencia y su explicación jurídica de las opiniones y valoraciones, aunque las hagan juristas de prestigio o legos en la materia (que todas son igualmente respetables en cuanto que opiniones).

Salvo mejor opinión.

jaz1

madre mia ...0j0
"Lo que los jueces del Supremo han dejado claro es que es un peligro investigar a los poderosos. Y lo que ya es el colmo es que la sentencia coin-cida además con que el Poder Judicial esté investigando al juez que instruye la causa de Iñaki Urdangarin", concluye.

osea nada de investigar corrupcion ni cositas que atañan a nuestros poderosos y politocs

D

Me está empezando a dar asco de vivir en este... ¿pais?

Polico

Es que ya ni se molestan en disimular o adornar sus actos. Nos ven tan dormidos que les da igual.

D

cuanto daño ha hecho boston legal

THX1138

Este tipo de cosas no son buenas. Tengo la desagradable sensación de que se está cociendo una ensalada de tortas que va a ser complicada de remediar.

ElCuraMerino

A todos los que apoyan a Garzón: ¿qué os parecería si cualquiera de los 7 Magistrados del Supremo hubieran aprobado escuchar las conversaciones de Garzón y su abogado?

p

#52 Y por que se utilizaron la escuchas en el caso marta del castillo y no es prevaricación?

otrosidigo

#63 Entiendo que el motivo debe ser que el abogado escuchado no formuló acusación al respecto contra el juez.
Salvo mejor opinión.

cuthbert_grau

No hace falta ser jurista. Con tener un mínimo de sentido común cualquiera se da cuenta de esto.

D

Bueno, lo mejor es que un diario como público Puede seguir su campaña a favor de una persona condenada en base a la ley, pues tienen libertad de pensamiento y prensa. Otros periodicos cerrados por el señor Garzón no disfrutaron de esos derechos.

comunerodecastilla

Me gustaría que los guiñoles franceses hiciesen una sátira de la justicia española...mas que nada por comprobar si nos indignábamos tanto como con lo de Contador.

u

Este señor ha ordenado escuchas entre abogados y acusados, lo cual es ilegal, qué esperábais, que le hubieran felicitado?

Se ha creído que es el sheriff, y no lo es, es un juez, y cuando un juez no sigue la ley a rajatabla, no puede seguir siendo juez.

silencer

#28 Léete lo q estan discutiendo gente q sabe de leyes (en esta página) y deja tus conclusiones de niño de 3 años, anda.

Haz como yo, lee a los mayores y aprende

d

#45 si, leelo, por que los que han dictado sentencia no tienen ni puta idea de leyes, jarrr.

ElCuraMerino

#49 Muy bien, y mucha suerte y mucho ánimo con tus oposiciones a Fiscal, que lo vas a necesitar.

D

#49 que tengas suerte, y gracias por explicarlo de manera que todo el mundo lo entienda

silencer

#49 3 cosas.

La primera, en otro lado decían algo de una directiva europea que tenía prioridad respecto a la ley española sobre lo de escuchar a los abogados. Sabes algo de esto?

La segunda, sin ninguna acritud. Cuando hagas las oposiciones (mucha suerte) intenta evitar el "en base a", suena muy mal

Tercera. Una cosa es q obrara mal y otra q exista prevaricacion. Como lo ves? Siendo los jueces el organismo mas corporativista q existe (tras los medicos), como explicas q le hayan condenado por prevaricar? Es una pregunta, sin mas.

mekanet

#56 El Reglamento comunitario es de aplicación directa y la directiva es una "ley de bases" (pongo entre comillas para dar la idea). Pero ambas normas comunitarias sólo pueden dictarse en materias para las cuales la UE tenga competencias atribuidas (en los tratados, protocolos,...) La UE no puede incidir en el ordenamiento penal español.

l

#49 ¿Y por todo eso es un prevaricador? Se extralimitó y se equivocó (y no es la primera vez), debió ser amonestado, castigado y quizás suspendido, pero no condenado por prevaricación, no es un prevaricador, eso lo veo hasta yo y no soy jurista.

Tu problema como el de los jueces que le han juzgado es que en este caso no saben ser imparciales, pero que esta falta de imparcialidad ocurra en el máximo órgano de justicia, eso sí que es grave.

n

#49 Estudia un poco más y opina un poco menos.

Tus explicaciones en los puntos 1, 2, 3 y 4 demuestran que no has leído demasiado atentamente ni los autos de Garzón, ni los artículos que intentas citar. Parece que hablas de oídas, se parece demasiado lo que dices a lo que se oye cada día en intereconomia, cope y declaraciones de políticos de todo pelaje que se la tenían jurada a este juez, que, como todos ellos -la judicatura es casi una secta prevaricadora y manipuladora- se creen más de lo que son.

Sólo hay que recordar cómo se reparten entre ellos los puestos de responsabilidada, como niños cambiando cromos: tu me pones a este aqui y yo te pongo al otro allí. Penoso que pidan respeto unos malhechores.

LISTAS ABIERTAS YA.

u

#70 "Estudia un poco más y opina un poco menos"

Así es el totalitarismo progreguay moderno, "si no compartes mi opinión, cállate y no opines". Gracias por quitarte la careta.

Pero entrando en la discusión, intentas decirme que el juez no ordenó escuchas entre abogados y acusados? o por el contrario admites que sí ordenó las escuchas, pero que las escuchas entre abogado y acusado son legales? o qué defiendes exactamente?

Cris_Is

#49 En mis tiempos, además de estudiarse todas las leyes del mundo mundial, sabíamos puntuar los textos.
P.D. Una resolución judicial (o un decreto del fiscal) lleno de faltas de ortografía debería ser nulo de pleno derecho.

u

#45 También tienen 3 años los que saben de leyes que te han contestado? Ese es el problema de los progueguays, que os creéis que tenéis razón y no sabéis ni de lo que habláis. Te han dado un buen zas en toda la boca.

silencer

#80 Aprende a leer, y luego contesta chato, q no sabes ni lo q dices

D

En penal el principio es el de la legalidad, y la tipicidad, no es como otros procesos como el civil que si cabe mayor interpretacion de la doctrina, el penal es muy distinto y mas rigido hecho a posta para que no haya garzones que haga lo que le salga de la toga, para mi que estos juristas juegan a confundir a la masa y recabar mas apoyo en la tactica de encumbramiento de una figura.

D

hay que quitarse la careta, bravo por el tribunal constitucional.

Por lo que veo, hay mucha gente que pensaba que Espanja es un país democrático y ejemplar. Claramente erróneo.

Todo el mundo estamos de acuerdo en que la transición fue una farsa. Bien, si TODO el mundo estuviéramos de acuerdo, hace años que el franquismo hubiera pagado por su golpe de estado, y más años que Fraga estaría en la cárcel.

Si esto no ha sucedido, NO ES porque somos tontos y nos engañan. ES porque la mitad de los españoles están de acuerdo con esa transición y con la figura entrañable de Franco.

Así que, basta ya de pensar que el problema es de 4 magistrados. LA mitad de espanja está podrida, ya lo dijo Rubianes.

r

Nuestro sistema judicial tiene una última oportunidad de salvarse cuando Garzón recurra el Supremo y ya veremos que hacen los jueces elegidos a dedo por nuestros políticos.

c

CGPJ y Tribunal Supremo cómplices de la corrupción.
CGPJ y Tribunal Supremo cómplices de los crímenes del franquismo, crímenes contra la Humanidad.
CGPJ y Tribunal Supremo cómplices de la venganza más enconada.
CGPJ y Tribunal Supremo cómplices del desmembramiento de esta caricatura de democracia.

CGPJ y Tribunal Supremo, el respeto no se exige, se gana.

D

¿Y digo yo, no puede ir a recurrir la sentencia a otro tribunal de algun pais civilizado? Me refiero a si puede ir a algun tipo de tribunal Europeo o algo por el estilo.
Aqui es como cuando habia un juicio en tiempos de Franco, que si, tambien habian juicios y todos eran "totalmente objetivos con la ley" desde luego, jamas condenaron a nadie injustamente en tiempos de Franco..

r

Increible:
adj. Que no puede creerse o es muy difícil de creer:
historia increíble.
Impresionante, extraordinario:
tiene una suerte increíble.

a

Policia: Hay indicios de delito en los abogados que se entrevistan con los acusados.
Garzon: Grábense TODAS las comunicaciones de los acusados con TODOS los abogados,previniendo el derecho de defensa.

Parece que la cuestión técnica es: no ha dado suficientes detalles de cuales son los indicios y las personas sospechosas y tampoco ha precisado cómo se debe asegurar el derecho de defensa.

Yo diría que la resolución no está bien motivada, pero ¿injusta a sabiendas?
Me parece discutible...

Konata_Izumi_II

La justicia española es oficialmente un prostíbulo al servicio de la derecha mas recalcitrante

Nomada_Q_Sanz

Lo que es increible es que un juez como Garzon sea juzgado por prevaricación dos veces. ¿Cual sera el proximo numero de este circo?

ElCuraMerino

#10 Lo que es increíble es que Garzón es el único Juez de España al que se le ocurre hacer estas cosas.

m

#37 NO, tú has dicho y cito textualmente "llevar un carnet del PSOE en el bolsillo". Eso es un gazapo como una catedral.

Manda huevos que sea yo el que te corrija y encima seas tú el que me recomiende leer cosas que ya sé de sobra, ¿por qué te crees sino que te señalo tu error?. ¿Qué edad tienes? desde luego te falta madurez para reconocer las meteduras de pata, en vez de seguir metiendo la pata.

Como diría el minisTrillo "manda huevos" la cosa.

D

Pues yo soy jurista y lo increíble es que hubieran tardado tanto en acabar con quien confundió su papel de juez con el de Sherriff

Arriezu

Desde luego, qué pesados con que Garzón es inocente. Y todo por politizar algo tan serio como la justicia. Jueces progresistas, conservadores, de derechas o de izquierdas. ¡Pero qué coño es esto!

D

Esto es mas, os picho a todos el telefono por si acaso haceis algo, aunque ni tenga pruebas, solo a mi criterio personal y porque yo lo valgo

Y despues nos rompemos las vestiduras con los malwares, los sms invisibles, que si nos scanean los emails...etc etc

c

Esta es la consecuencia de varias cosas:

- Jueces que se venden al Poder Político de los Partidos
- Gobiernos que intervienen de facto la justicia
- Tribunales que se descalifican a si mismos ejerciendo de marionetas
- Código Penal lleno de lagunas absurdas

¿Dónde colocamos a Garzón? Probablemente él sabía que podría quemarse al llevar un carnet del PSOE en el bolsillo. Fue incómodo para Felipe González y ahora ha sido incómodo para el PP. Esta sentencia es la consecuencia lógica en un país donde la justicia obedece ciegamente al Poder Político. Probablemente todos somos culpables de ello cuando no hemos protestado también en la anterior legislatura con la legalización de Bildu y el consecuente desprecio hacia las víctimas por parte del Constitucional contradiciendo una sentencia del Supremo.
Lo triste es que seguiremos asistiendo al "hoy me toca a mi y mañana te tocará a ti"
Cuando llueve se molesta el que vende gafas de sol y cuando hace sol se molesta el vendedor de paraguas. En esta España dividida por culpa de unos y otros desgraciadamente siempre será así.

m

#22 #22 Garzón carnet del PSOE?? joer como hace mella la manipulación mediática.

c

#34 Deberías leerte la investigación del Caso GAL. Lo de carnet del PSOE es una figura retórica pero estuvo excedente de la Audiencia Nacional para presentarse por las listas del PSOE de Felipe González, que es a lo que yo me refería. No se salió con la suya y volvió a la Audiencia Nacional. Hay hemeroteca
http://es.wikipedia.org/wiki/Baltasar_Garz%C3%B3n#Caso_GAL
http://lahaine.org/espana/baltasar_paloma.htm

u

"Lo que hay aquí es un mensaje para todos los jueces: cuidado con lo que hacéis porque si os saltáis el guión os arriesgáis a que se os considere prevaricadores"

Bueno, yo creo que "lo que hay aquí es un mensaje para todos los jueces: cuidado con lo que hacéis porque si os saltáis LA LEY os arriesgáis a que se os considere prevaricadores"

Y Garzón se ha saltado la ley, la ley que dice que no se pueden escuchar conversaciones entre abogados y acusados.

"Se consolida una doble vara de medir en Derecho Penal. Una, exquisita para los amigos y la otra, durísima para los adversarios"

Que se lo digan a Garzón, cómo aplicó la "durísima vara" a los adversarios del PP poniendo escuchas entre acusados y abodados, habría aplicado la misma para los "amigos del PSOE"???

"Lo que los jueces del Supremo han dejado claro es que es un peligro investigar a los poderosos"

No, lo que han dejado claro es que un juez que infringe la ley no puede seguir siendo juez, y él lo hizo ordenando escuchas ilegales. Puedes investigar a los poderosos sin infringir la ley.

T

Cansino el tema!!

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