Muchos sabemos ya que la iglesia católica disfruta de subvenciones estatales millonarias, pero quizá sea menos conocido su estátus de religión de notorio arraigo. ¿Qué quiere decir esto? Pues que disfrutan de ventajas fiscales, exención del IBI en edificios religiosos, capacidad de negociación con los poderes públicos y permiso para introducirse en el sistema educativo público. (Nota: el enlace ha sido escogido para dar mayor credibilidad al meneo.)
Comentarios
Efectivamente se les ve el plumero a éstos de Forumlibertas (y me jode que me obligues a votarla, pero votada queda).
Te acerco la ley de libertad religiosa, de donde emana la declaración de religión de notorio arraigo: LEY ORGÁNICA 7/1980, DE 5 DE JULIO, DE LIBERTAD RELIGIOSA (B.O.E. de 24 de julio). http://www.mju.es/asuntos_religiosos/ar_n11_e.htm
El concordato franquista con el Vaticano: http://www.federacionatea.org/documentos/Concordato%201953.htm
Y la morificación en la transición: http://www.laicitat.org/arxius/AcuerdoEstadoEspanolySantaSede_1976.pdf
Posteriormente se han firmado otros:
http://www.laicitat.org/arxius/AcuerdoEstadoySantaSedesobreasistenciareligiosaenlasFuerzasArmadas_1979.pdf
http://www.laicitat.org/arxius/AcuerdoEstadoySantaSedesobreasuntosjuridicos_1979.pdf
http://www.laicitat.org/arxius/AcuerdoEstadoySantaSedesobreasuntoseconomicos_1979.pdf
http://www.laicitat.org/arxius/AcuerdoEstadoySantaSedesobreensenanzayasuntosculturales_1979.pdf
arraigo no sé, pero desde luego las ventajas fiscales son bien notorias