Hace 16 años | Por --40844-- a gaceta.es
Publicado hace 16 años por --40844-- a gaceta.es

Según el Reglamento de Sanidad Mortuoria (124/1997), el “destino final de los restos humanos de entidad suficiente procedentes de abortos, mutilaciones, operaciones quirúrgicas o autopsias” será “el enterramiento en lugar autorizado, la incineración o cremación o la utilización para fines científicos o de enseñanza”. Durante años las clínicas abortistas han incumplido esta norma (no así los hospitales que hacen abortos). Tras las denuncias de hace un año, por fin acreditan el uso de funerarias.

Comentarios

espanol_pero_no_facha

Hombreeeee un nuevo periódico católico ultra como fuente (la noticia está en la sección “familia”) jejejejejeje AMARILLISTA como mínimo.

Arrikitinkitan

#3 ¿Que le vas a pedir a alguien que no pasa de leerse las instrucciones de la Play?

makokiholes

A mí las que me parecen amarillistas son las etiquetas.

D

#1 Gaceta de los Negocios es un prestigioso diario especializado en economía con años de experiencia. Últimamente ha ampliado su interés a temas de sociedad.

No entiendo los negativos. Es un artículo simplemente descriptivo de la ley y las prácticas de tratamiento de residuos (seres humanos abortados, en este caso).