Hace 15 años | Por Phineas a libertaddigital.es
Publicado hace 15 años por Phineas a libertaddigital.es

El presidente de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves, todavía no acepta la sentencia del TSJA que anula ciertos contenidos de Educación para la Ciudadanía. No ha dudado en atacar a los magistrados de este tribunal y ha asegurado que "va a seguir adelante aunque les moleste a algunos jueces". El socialista andaluz atacó a los opositores y dijo no poder "entender cómo se puede ser tan conservador". Desde Confapa, han criticado que Chaves "dé una vez más una lección del talante del 'régimen chavesiano'"

Comentarios

nadamas

Ha dicho que la sentencia es recurrible y hasta entonces no obliga. Cosa tan cierta para la Junta como para cualquier ciudadano de a pie.
Una vez mas la Libertaddigital es amarillismodigital (a dedo)

P

Tendría que ser el propio Chaves el que diera lecciones de EpC. La gente aprendería que un buen ciudadano debe llegar al poder público para colocar a su familia y hacer lo que le dé la gana sin respetar ni a la justicia ni al parlamento (hace poco la Junta anunció que va a desarrollar legalmente el estatuto andaluz por decretos ley sin acudir al parlamento, para hacerlo más rápido, cuando el propio estatuto dice que este sistema se reserva para medidas de urgencia).

D

#10 claro que la entiendo, solo aceptas las sentencias con las que estas deacuerdo.

Miles de padres en andalucia, han pedido su derecho constitucional a objetar esta asignatura, por intento de inculcar valores morales a sus hijos, contrarios a los suyos. Miles de padres, tendremos que ser escuchados y la justicia ya esta dando los primeros pasos para que esto pase.

Si el señor Chaves insiste en no acatar la justicia se las tendrá que ver con miles de padres...

D

Al margen de que tenga o no lógica la decisión de los jueces (en mi opinión la sentencia es pura basura), en un estado de derecho hay que acatar las decisiones judiciales, nos gusten o no. Y la cabeza política andaluza de la comunidad, más todavía. ¿Qué principios son estos?

Lamentable, hoy me avergüenzo de ser andaluz

c

Me encanta el ejemplo que dan a los ciudadanos. El juez ha dicho "tal" y a mi me la pela, haré lo que me apetezca. Pues oiga señor, no, si el juez dice que no, guste ó no, se acata.

D

#5 tu no eras de los que estas con la justicia a muerte?? o solo cuando te conviene?? ahora que no te gusta la sentencia dices que es que os jueces son retrogrados, etc... ya no se si lo tuyo es doble o triple moral...

andresrguez

Y porqué iba a acatar, algo que no es firme ya que está recurrido ?

Cantro

¿Link alternativo que nos dé otra visión?

D

#13 Estás equivocado. Asocial es contra lo social, no un insulto. En este caso, es una evidencia.

Reitero que nuestra sociedad está dotada de una moral propia. En España y en Europa. Nos hemos comprometido a ella con numerosas adscripciones y acuerdos.

Se resumen en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aplicables a los padres, sin duda. Y también a los hijos.

Esa es pues la moral común. Es de obligado seguimiento y cumplimiento para todos, católicos o ateos.

Luego ya cada uno en lo personal tenemos el derecho a tener nuestra propia moral, siempre que no entre en confrontación con la moral común, que es naturalmente de aplicación en lo de todos, como la enseñanza obligatoria.

Veamos cómo empieza la constitución:
TÍTULO I.
DE LOS DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES.
Artículo 10.

1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la Ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.

2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

Sigue luego:

DERECHOS Y LIBERTADES.
Artículo 14.

Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Sobre las religiones:
Artículo 16.

1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Ley. (que teneis que cumplir la ley)
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.

3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.

Sobre la educación:

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.

8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las Leyes.

Y ahora, la Declaración Universal:

La Asamblea General proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Artículo 26.

1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

Por lo tanto, queda claro que tu derecho a adoctrinar a tus hijos queda limitado a que tus hijos conozcan que tienen derecho a no ser adoctrinados.

shinjikari

Amen!

D

Una sentencia recurrida y contraria a varias otras sentencias ya establecidas en otras comunidades, que cuenta con el rechazo de la judicatura en general y que está demostrado se realizó por parte y no de forma neutral (intervinieron declarados católicos integristas en ella), no tiene más validez que la de la anécdota de saber que en la judicatura persisten ideas retrógradas, trasnochadas y contrarias al derecho constitucional.

D

#9 Pues claro que lo estoy. Y conforme con ella, aplico tanto la obligatoriedad de la enseñanza de la constitución y las leyes, expuesta en la Constitución, como la obligatoriedad de enseñar la Declaración Universal de los Derechos Humanos, conforme dice hagamos la constitución.

Igualmente estoy por la libertad de conciencia y de religión, como un derecho más pero no excluyente. Y naturalmente, con la jurisprudencia y directivas europeas que nos obligan.

Esa sentencia se salta todo ello, motivo por el cual debes entender que es contraria a derecho. Está recurrida y va a ser rectificada. YO, además, pediría purgas y responsabilidades al consejo general del poder judicial por permitir y mantener clericalistas en la judicatura, que es contrario a derecho pues no son neutrales.

De modo que la doble moral es la del que, aceptando el sistema, aplica una moral contraria, no la mía. ¿entendida la respuesta?.

D

Es que este se cree que al llevar tantos años en el poder y hacer y deshacer a su antojo que esta por encima de la ley. Alguien deberia de decirle que hasta incluso él tiene que acatar las leyes...

D

#11 Miles de padres no son España, sino unos cuantos asociales que consideran quedeben imponer a sus hijos sus creencias ocultándoles las de todos. Una cosa es que se te reconozca tal derecho y otra que olvides que es obligatorio que sea el estado quien decida los contenidos de las materias y las propias materias. Y olvidas que dice la constitución que los derechos de los españoles deben interpretarse conforme la declaración universal de los derechos humanos, base de la mporal española. Y en la declaración, nos obligamos a enseñar tales derechos a nuestros hijos, por encima de tu derecho a adoctrinarles.

Los valores morales de un credo no pueden negar los derechos humanos que tienen los hijos a los valores morales comunes.

A ver cuándo os dais cuenta de que la moralidad católica no es la moralidad española. Y que la moralidad católica es respetable... siempre que cumpla la ley, obligación primera a cumplir por esa organización si no desea que se la ilegalice, conforme dice la ley.

¿Mejor ahora o te lo demuestro con citas de la constitución y de la Declaración Universal (que ya sabes se niega a firmar ese estado teocrático, amoral e imperialista que es el Vaticano)