Hace 3 años | Por Blooder a elespanol.com
Publicado hace 3 años por Blooder a elespanol.com

La justicia vuelve a sacar los colores otra vez a la DGT. El juzgado Contencioso Administrativo n°5 de Cordoba ha anulado una multa de un radar fijo, condenando a Tráfico a pagar las costas del juicio por actuar claramente de mala fe.

Comentarios

D

Imposible! (me la juego )

D

#1. No tanto, los emojis son de cobardes...

D

#2 Touche! 😂

pitercio

Es que multar es juicio, sentencia y castigo en un solo acto. Me parecen cojonudas las multas, pero hay que usarlas con rigor y eficacia. No vale cualquier cosa para meter la mano en los bolsillos. Esta sentencia es beneficiosa para todos, a ver si arreglan la chapuza y se quitan la sospecha de encima.

Ragadast

#5 Es que es un delito en el que eres culpable hasta que se demuestre lo contrario...

hasta_los_cojones

#6 y apuesto a que todos los recursos se deniegan de forma automática sin leer y usando una plantilla, aunque el recurso exponga algo que ya ha sido confirmado por los tribunales.

T

#5 ¿Sospecha? Si es otra sentencia más en la que se refieren a la mala fe, repito, mala fe de la D.G.T.

Luego llegan los palmeros del correctismo político diciendo que si no te pasas de los límites no te multan, creyendo que así convencen a alguien que la D.G.T. no tiene ánimo recaudador.

Qué va.

c

Es decir, el radar fijo debe avalar la multa con dos fotografías diferentes del mismo vehículo. La multa no procede si está avalada únicamente por una fotografía de la que se han extraído dos imágenes diferentes, una con un campo de visión mayor y otra menor.

Es que vaya huevos... ya ni se esconden.

uGo

ya cambiaran el reglamento y apañao