Cuando se obtiene una sentencia desfavorable en primera instancia, como es popularmente conocido, se puede recurrir en apelación, acudiendo –a las Audiencias Provinciales- a que revisen la sentencia en segunda instancia. Por lo general todas la sentencias son apelables, a excepción de que la cuantía del litigio no exceda los 3000 €, que suelen ser los verbales, que no tendrá acceso al recurso de apelación.
Comentarios
#0 Falta un "¿" en esa pregunta.
Díselo a la Manada.
3000 pavos dice moyamarin