Hace 3 años | Por RamondePatas a mascalvet.com
Publicado hace 3 años por RamondePatas a mascalvet.com

La Sala Primera del Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado el recurso de amparo interpuesto por la que fue concejal del Ayuntamiento de Catarroja, en Valencia, contra la sentencia del Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo, que la condenó pagar una indemnización por vulnerar el derecho al honor del torero Víctor Barrio, al que se refirió como asesino en redes sociales a las pocas horas de fallecer.

Comentarios

S

“La profesión a la que se dedicaba el Sr. Barrio es, hoy por hoy, lícita y, por tanto, no resulta posible dirigir expresiones injuriosas a quienes la ejercen por ese solo hecho, siendo claramente vejatoria la expresión ‘asesino’ para dirigirse a un torero, por el mero hecho de serlo, aunque no se comparta su actividad”.

A lo mejor es que hay que empezar a llamarlos ¿carniceros? Muy curioso la disonancia que existe entre el diccionario de la RAE y la justicia española, literalmente en pleno siglo XXI existe gente privando de la vida para que vaya gente a verlo, pero no digas nada que ya entonces existe vejación y el derecho al honor de un tipo que clava espadas a animales

Y hay algo que no llego a entender ¿No se supone que hay CCAA en las que esta actividad no está "permitida" por precisamente tratarse de una actividad cruel vestida de forma "lúdica"? Y ya no hablemos de intentar llevar un espectáculo así a un país de más allá de los pirineos ¿Existen jueces en Francia o Alemania vigilando en RRSS estos tratos "vejatorios"?

valzin

Va a ser SPAM

tiopio

Como vaya a Europa nos volverán a poner la cara colorada.

Mltfrtk

Edit

E

Imagino que la pobre concejal tendrá que acudir a la justicia a instancias europeas, porque aquí en España dudo que la encuentre.
La familia del torero estará feliz disfrutando de la indemnización y con el "honor" profesional bien defendido por la justicia de cualquier tipo de crítica.