Hace 4 años | Por Nieth a expansion.com
Publicado hace 4 años por Nieth a expansion.com

El mes pasado, el Tribunal Supremo ratificaba una sentencia de la Audiencia Provincial de Islas Baleares que condenaba a una empresa por entrometerse en la intimidad de un particular a través de sus cámaras de videovigilancia. El Supremo venía a confirmar que, aunque los dispositivos de la compañía no estaban grabando -tenían un objetivo disuasorio-, la persona afectada (y demandante) no tenía porqué saber que las cámaras eran falsas, por lo que, al estar apuntando al jardín de su vivienda, se estaba violando su intimidad.

Comentarios

D

edit.

Nieth

#1 qué significa lo de edit?? Gracias.

placeres

#2 Normalmente que escribió algo y se dio cuenta a posteriori que se había equivocado de post o dicho alguna chorrada. Como la página no deja borrar el post pues se pone editado y poco más.

Nieth

#3 ok. gracias.

D

#2 Pues que he leído el titular y he comentado para justo después leer la noticia y darme cuenta de que el comentario era más bien erróneo. Por eso lo he borrado y como no es posible dejar el mensaje en blanco, algo hay que poner. Y los meneantes solemos poner

editado:
en esos casos

Siendo sinceros el mensaje era:
"entonces es legal o es ilegal?"
Al leer la noticia ya me he enterado bien: es legal en el trabajo y es ilegal fuera del mismo.

Nieth

#4 ok.gracias.