Hace 2 años | Por --652827-- a eldiario.es
Publicado hace 2 años por --652827-- a eldiario.es

El fallo solo se aplica a demandas dentro de la UE; es decir, empresas con sede en la UE que utilizan el Tratado para demandar a los países de la UE, a menudo por medidas contra el cambio climático. En teoría, el TCE aún podría ser utilizado por un inversor fuera de la UE para demandar a un Estado miembro de la UE

Comentarios

Priorat

Bueno, tiene sentido.

El TCE se usa para la defensa de inversores extranjeros contra arbitrariedades (por ejemplo, que un estado, una vez hecha una inversión, decida favorecer a las empresas de su país respecto a otras. Por ejemplo, un impuesto x para las empresas españolas y 2x para las extranjeras). Es solo un ejemplo de lo que cubre la TCE.
O que un estado te garantice un pago por una inversión y luego decida no hacerlo.

Lo que dice la UE es que el país ya no es un estado miembro, el país es toda la UE. Por tanto los que están dentro de "el país", la UE, deben ir a tribunales ordinarios.