Hace 9 años | Por alzcurda a invertia.com
Publicado hace 9 años por alzcurda a invertia.com

Artículo donde se argumenta, en base al Código Civil, como puede un deudor "recuperar" un crédito revendido a un fondo buitre.

Comentarios

D

Aparte de lo complicado que sería que el banco informase de esa operación al deudor, tenemos la dificultad añadida de que la mayoría de la gente que tiene un crédito difícilmente dispondría de capital para poder recomprar a tocateja ese crédito al fondo buitre.

Stash

#2 Y además creo recordar que hay plazos muy breves, 9 días o algo así, para reclamar ese pago. Una vez vencido, estás exactamente así, vencido.

D

#3 De todas formas el "fondo buitre" no podría cambiar las condiciones del crédito, así que al deudor lo mismo le da caer en las fauces del lobo (el banco) que ser atacado por los buitres.

Stash

#4 No se yo.
Los fondos buitres tienen ese nombre por algo...
Un banco se juega su credibilidad/imagen en el país ("El Santander es el más desahuciador del España"). A un fondo buitre se la pela su imagen, no viven de vender humo o duros a peseta sino de la carroña que nadie quiere y por eso pueden ser más agresivos en las ejecuciones.

D

#4 También se podría pensar que un gran banco tiene más facilidad de influir sobre los poderes del Estado y con ello que se movilicen las fuerzas de "seguridad" para proceder a un desalojo. Quizá un fondo buitre no tenga esa misma facilidad para movilizar efectivos policiales, claro, siempre y cuando no se trate del fondo buitre para el cual trabaja el hijo de Aznar.

D

Aquí los llamamos 'Fondo Gaviota'.

LuisPas

pero seguro que solo si puedes correr los 100m en menos de 9 segundos o algo asi

A

Edit, ya veo que el artículo habla del retracto por todos lados.